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Documento BOE-A-2008-7278

Orden ECI/1128/2008, de 24 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Deporte y Transplante Carlos Sanz.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 24 de abril de 2008, páginas 21303 a 21304 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-7278

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don ..., solicitando la inscripción de la Fundación Deporte y Trasplante Carlos Sanz, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Juan Carlos Sanz Hernández, don José Antonio Visus Apellaniz, don Luis Martín Ortín Salvador, en Zaragoza, el 29 de febrero de 2008, según consta en la escritura pública número 487, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Aragón, don Fernando Usón Valero. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Zaragoza (50013), calle Francisco de Quevedo, número 11, piso 5.º A, siendo su ámbito estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación, consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria. El resto será desembolsado en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines generales de la Fundación los siguientes:

1. Promocionar la donación de órganos y sensibilizar a la sociedad en general de los beneficios del trasplante.

2. La promoción del estudio e investigación clínica con el fin de profundizar en un mejor manejo y uso de los fármacos relacionados con el trasplante y que permitan una mayor supervivencia del paciente y del injerto trasplantado. 3. Promover la práctica del ejercicio físico, el deporte de competición y los hábitos de vida saludables en las personas con un órgano trasplantado, en lista de espera para ser trasplantados o con enfermedades relacionadas o derivadas de patologías asociadas al trasplante. 4. Apoyar a los deportistas de elite trasplantados en su participación en las diversas competiciones.

Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Juan Carlos Sanz Hernández; Vicepresidente: Don Luis Martín Ortín Salvador, y Secretario: Don José Antonio Visus Apellaniz. En la escritura de constitución consta la aceptación de los nombramientos como patronos y de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Deporte y Transplante Carlos Sanz en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Deporte y Transplante Carlos Sanz, de ámbito estatal, con domicilio en Zaragoza (50013), calle Francisco de Quevedo, número 11, piso 5.º A, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 24 de marzo de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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