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Documento BOE-A-2009-11653

Resolución de 15 de junio de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la de 1 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra Norte de Granada" para los vinos originarios de la zona geográfica del norte de la provincia de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 14 de julio de 2009, páginas 59032 a 59033 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-11653

TEXTO ORIGINAL

El 7 de mayo de 2009 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la Orden de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la de 1 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada» para los vinos originarios de la zona geográfica del norte de la provincia de Granada.

La Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, prevé, en su artículo 32, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la normativa específica de los vinos de mesa con derecho a la mención tradicional «vino de la tierra» aprobada por las comunidades autónomas, a efectos de su protección nacional, comunitaria e internacional.

A tal fin, ha sido remitida al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, certificación de la Orden de 23 de abril de 2009, cuya publicación debe ordenarse.

En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas a esta Dirección General, acuerdo:

La publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la de 1 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada» para los vinos originarios de la zona geográfica del norte de la provincia de Granada, que figura en el anexo de la presente resolución, a efectos de su protección nacional, comunitaria e internacional.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 15 de junio de 2009.–El Director General de Industria y Mercados Alimentarios, Francisco Mombiela Muruzábal.

ANEXO
Orden de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la de 1 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada» para los vinos originarios de la zona geográfica del Norte de la provincia de Granada
PREÁMBULO

Mediante Orden de 1 de abril de 2005, de la Consejería de Agricultura y Pesca, se establece la norma de utilización de la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada» para los vinos originarios de la zona geográfica del Norte de la provincia de Granada.

Con objeto de liberar la indicación geográfica «Granada» para su uso exclusivo en los vinos amparados bajo la denominación «Vino de Calidad de Granada», se sustituye la mención protegida «Vino de la Tierra Norte de Granada» por la mención «Vino de la Tierra Altiplano de Sierra Nevada».

En su virtud, considerada la demanda del sector afectado, y previa propuesta del Director General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 83 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con el Decreto 120/2008, de 29 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, en uso de las facultades que tengo conferidas, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 1 de abril de 2005.

Se modifica la Orden de 1 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada» para los vinos originarios de la zona geográfica del Norte de la provincia de Granada, en el siguiente sentido:

Se sustituye la mención «Vino de la Tierra Norte de Granada» por la mención «Vino de la Tierra Altiplano de Sierra Nevada» en todo su articulado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de abril de 2009.–El Consejero de Agricultura y Pesca en funciones, Martín Soler Márquez.

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