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Documento BOE-A-2012-9918

Resolución de 5 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Encauzamiento de las ramblas de La Entrevista y Los Caballos en San Juan de los Terreros, término municipal de Pulpí, Almería.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2012, páginas 53030 a 53038 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-9918

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Encauzamiento de las ramblas de La Entrevista y Los Caballos en San Juan de los Terreros, término municipal de Pulpí (Almería), se encuentra encuadrado en el artículo 3.2 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental por posible afección a espacios pertenecientes a la Red Natura 2000.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El principal objetivo del proyecto consiste en la protección frente al riesgo de inundación de avenidas, durante episodios de intensas precipitaciones, de los terrenos y viviendas colindantes existentes, y de los futuros desarrollos urbanísticos previstos en la zona.

Las actuaciones consisten en el encauzamiento del tramo final de dos ramblas cercanas. Concretamente, se realizará el encauzamiento de un tramo de 542 metros en la rambla de La Entrevista, y de 536 metros en la rambla de Los Caballos.

Ambas ramblas sobre las que se pretende actuar, se localizan en el término municipal de Pulpí, dentro de la provincia de Almería, próximas a la localidad de San Juan de los Terreros.

El proyecto ha sido promovido por «Viñamares, S.L.», siendo el órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Segura, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural recibe, con fecha 10 de agosto de 2011, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la tramitación ambiental a seguir. Adjunto a esta documentación se incluye informe de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, de la Consejería de Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía, de fecha de 9 de mayo de 2011.

Posteriormente, con fecha 22 de septiembre de 2011 se le solicita al promotor subsanación de la documentación presentada, recibiéndose el documento ambiental subsanado el 10 de enero de 2012.

Con fecha de 30 de enero de 2012 se inició el periodo de consultas a organismos y entidades. En el cuadro siguiente se muestran los organismos que fueron consultados, marcándose con una «X» aquellos que han emitido respuesta:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Administración General del Estado

 

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

X

Servicio de Costas de Almería de la Demarcación de Costas de Andalucía Mediterráneo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

X

Comunidades Autónomas y Administración Local

 

Delegación Provincial de Medio Ambiente en Almería de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

X

Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

 

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

 

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

 

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía

X

Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Medio Ambiente, Junta de Andalucía

 

Subdelegación del Gobierno en Almería

 

Diputación Provincial de Almería

X

Ayuntamiento de Pulpí

 

Organizaciones sociales y ambientales

 

Asociación Ecologista Cóndor.

 

Asociación para la Conservación Piscícola y de los Ecosistemas Acuáticos del Sur- ACPES

 

Ecologistas en Acción de Andalucía

 

Grupo Ecologista Mediterráneo-GEM

 

SEO/BirdLife

 

WWW/Adena

 

A continuación se expone el resumen de los informes recibidos:

La Delegación Provincial de Almería, de la Consejería de Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía, concluye que no considera necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, ya que, con la aplicación de las medidas contempladas en la documentación ambiental, lo considera compatible con la Red Natura 2000.

El Servicio Provincial de Costas en Almería estima que las obras proyectadas no modificarán sensiblemente el tramo de costa. No obstante, si se espera una mayor erosión en la playa en caso de avenidas, dado que se alcanzará un mayor calado y velocidad del agua. Para minimizar la erosión, este organismo propone la construcción de un cuenco amortiguador a la salida del encauzamiento.

La Consejería de Cultura, de la Junta de Andalucía, informa que no se tiene conocimiento de la existencia de restos arqueológicos en el área de actuación. Consideran suficientes las medidas propuestas en la documentación ambiental, y añade que, el seguimiento arqueológico deberá ser realizado por una persona cualificada y experta en arqueología, que deberá presentar el proyecto de intervención arqueológica en la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura, para su autorización, inspección y supervisión.

La Subdelegación del Gobierno en Almería, considera improbable que las actuaciones puedan causar efectos negativos sobre la Red Natura 2000, y concluye que no considera necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Subdirección General de Medio Natural, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, concluye que la actuación prevista no tendrá repercusiones negativas significativas sobre la biodiversidad ni sobre la Red Natura 2000, siempre y cuando se cumplan, además de las medidas incluidas en la documentación ambiental, una serie de medidas adicionales, como la realización de un estudio de estabilización de los taludes mediante técnicas de ingeniería biológica, y ajustar el diseño del encauzamiento de manera que se facilite la recuperación de los tarayales presentes en el ámbito de la actuación.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

Características del proyecto. La ejecución de las obras se ha estructurado en dos fases. En una primera fase se realizará el encauzamiento, en 536 metros, de la rambla de Los Caballos, y el tramo comprendido entre la desembocadura y la carretera A-332 en la rambla de La Entrevista; mientras que la segunda fase comprende el encauzamiento de esta última rambla para el tramo localizado aguas arriba de la A-332, siendo la longitud total del canal proyectado en ambas fases de 542 metros.

Para cada una de las ramblas se han definido varias secciones tipo, que comparten las siguientes características:

Taludes 1,5:1 en ambas márgenes.

Formación de un camino, de 5 metros de ancho, en coronación de ambos márgenes del cauce (zona de servidumbre), pavimentado con zahorra artificial y con plantación de árboles en hilera cada 10 metros.

Protección con escollera en los taludes de los cajeros, para evitar la erosión de la sección de tierras. A su vez, se ejecutarán correas de cimentación con la finalidad de fijar el lecho del cauce y asegurar los cimientos de los muros de escollera. El tradós del muro se rellenará con una capa de 20 cm de material filtrante que irá cubierto con una lámina de geotextil, para evitar la pérdida del material del substrato.

Formación de cauce de aguas bajas con hormigón ciclópeo, de 4 metros de ancho y 75 centímetros de calado.

Protección del lecho del cauce con geoceldas y relleno con suelo apto para revegetar mediante hidrosiembra.

Para la rambla de Los Caballos, todas las secciones son trapezoidales de 16,90 metros de base, diferenciándose en la altura de los taludes según la siguiente tabla:

 

Tipo A

Tipo B

(Transición)

Tipo C

(Obra de drenaje número 1)

Longitud

450,58 m

77,10 m

8,90 m

Altura

2,20 m

2,20-3,50 m

3,50 m

Para la rambla de La Entrevista, todas las secciones son trapezoidales de 18,90 metros de base, diferenciándose en la altura de los taludes según la tabla:

 

Tipo G

(Transición)

Tipo H

(Obra de drenaje

número 2.2)

Tipo I

(Transición)

Tipo J

Longitud

41,61 m

11,10 m

20,00 m

192,34 m

Altura

2,60-3,00 m

2,60 m

1,70-2,60 m

1,70 m

En las secciones tipo C y H se prevé la instalación de una estructura con una pila intermedia en el centro del cauce en los tramos donde se cruzan con la antigua carretera N-332.

Las secciones han sido definidas para poder desaguar una avenida de aguas pluviales correspondiente a un periodo de retorno de hasta 500 años, con un resguardo mínimo de 0,50 metros; para ello ha sido necesario generar rellenos localizados en las márgenes de los encauzamientos, simulados hidráulicamente mediante el modelo HEC-RAS, para evitar hipotéticas roturas de motas, conforme a lo prescrito por la Confederación Hidrográfica del Segura. Las superficies y espesores de dichos rellenos son:

 

Rambla de Los Caballos

Rambla de La Entrevista

Superficie

26.215 m2

3.300 m2

Espesor variable

0-0,98 m

0-0,46 m

Espesor medio

0,70 m

0,30 m

Volumen del relleno

9.175 m3

495 m3

Ubicación del proyecto. La actuación se localiza al oeste de la localidad costera de San Juan de los Terreros, a unos 150 metros de la urbanización «Bella Vista», perteneciente al término municipal de Pulpí, provincia de Almería. En concreto, el encauzamiento proyectado pertenece al tramo final, antes de su desembocadura en el mar, de las ramblas de La Entrevista y Los Caballos.

La superficie que ocupará el encauzamiento (incluidos los caminos perimetrales y taludes) será de unos 41.000 m2, de los que un 44 % se encuentra ocupado principalmente por caminos, carreteras, y suelos desnudos y removidos. No obstante, en la zona del encauzamiento pueden encontrarse los siguientes hábitat de interés comunitario:

143014 Salsolo oppositifoliae-Suaedetum verae, de tipo nitrófilo que ocupa un 32% de la superficie.

143011 Atriplicetum glauco-halimi y 143012 Atriplici glaucae-Suaedetum pruinosae, de tipo halonitrófilo y ocupan un 12 % de la superficie.

621123 Typho-Schoenopletetum glauc. Ocupa un 8 % de la superficie y se localiza en la zona más cercana a la desembocadura de las ramblas.

82D021 Agrostio stoloniferae-Tamaricetum canariensis. Corresponde a tarayales que ocuparían un 3% de la superficie.

Por tanto, la vegetación de la zona corresponde principalmente a formaciones arbustivas y herbáceas constituidas por matorrales dispersos y espacios abiertos con escasa cobertura, adaptados a la aridez del medio, destacando formaciones de tarays, adelfares, pastizales, cañas, juncos y carrizos. En el ámbito del encauzamiento proyectado no se han identificado elementos con alguna categoría de protección local o regional.

Las ramblas de La Entrevista y Los Caballos desaguan en el mar Mediterráneo, en un tramo litoral catalogado como Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM) y Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES6110010 denominado Fondos marinos del levante almeriense. Su calidad e importancia radica en las praderas de Posidonia oceanica, situadas entre Villaricos y Terreros, en buen estado de conservación y que se extienden desde la misma línea de costa hasta unos 30 metros de profundidad. La presencia de estas formaciones enriquece de forma cualitativa y cuantitativa la comunidad íctica del área, encontrando en ella especies catalogadas como amenazadas dentro del Mediterráneo.

Este LIC alberga dos tipos de hábitat de interés comunitario:

1120 Grandes calas y bahías poco profundas.

1430 Matorrales halonitrófilos ibéricos (Pegano-Salsoletea).

Características del potencial impacto. Las principales afecciones, tanto directas como indirectas, generadas principalmente por la propia ejecución del proyecto serán las siguientes:

Afección a Red Natura 2000:

a) Medio terrestre. El cauce de las ramblas en las que se efectuarán las actuaciones coincide con varios hábitat de interés comunitario, ninguno de carácter prioritario. Dichos hábitat, principalmente de tipo nitrófilo y halonitrófilo, se encuentran ampliamente distribuidos por el oriente peninsular, considerándose las superficies a afectar de estos hábitat mínimas frente a las existentes en sus áreas de distribución. Asimismo, en el documento ambiental se valora el estado de conservación general de los hábitat con índices de naturalidad medio-bajo, ya que la zona sufre continuas incidencias ligadas a la actividad humana.

b) Medio marino. Limítrofe a la actuación proyectada se localiza el LIC Fondos marinos del levante almeriense.

Puede existir un potencial riesgo de afección a la calidad de las aguas marinas, y su hábitat asociado, debido al arrastre hacia el mar de sustancias químicas (hidrocarburos, aceites, etc.), partículas en suspensión y/o materia orgánica procedentes de residuos, vertidos y elementos de la obra, en el caso de que se originen caudales como consecuencia de lluvias intensas. No obstante, al estar el área perteneciente al LIC fuera del ámbito del encauzamiento, la posible afección indirecta sobre los valores ambientales del medio marino se prevé escasa o nula de acuerdo con la adopción de las pertinentes medidas preventivas y correctoras durante la fase de ejecución de las obras, como la construcción de un muro de gaviones de piedra al final del encauzamiento, o las proyectadas en materia de gestión de residuos, emplazamiento de la maquinaria e instalaciones asociadas a las obras.

Por otro lado, una vez ejecutado el proyecto, el encauzamiento de las ramblas, mejorará indirectamente la calidad de las aguas costeras por la disminución de los residuos provocados actualmente por el desbordamiento de ambos cauces.

Afección a la vegetación. Los impactos serán fundamentalmente por destrucción directa, tanto por los desbroces y excavaciones necesarias para ejecutar el encauzamiento, como por el relleno de las márgenes. También habrá una afección indirecta a través de otros componentes del medio, como atmósfera, hidrología superficial o sistema edáfico. Para minimizar estos impactos se han propuesto las siguientes medidas:

Antes del inicio del desbroce, se procederá al jalonamiento de la zona de proyecto, incluyendo las áreas de ocupación temporal, zonas de instalaciones auxiliares y caminos de acceso. Esta delimitación del perímetro de obra se ajustará a la planta de los dos encauzamientos proyectados en el tramo comprendido entre la antigua carretera N-332 y la playa de La Entrevista, con el fin de ocasionar la mínima afección posible a las formaciones dunares costeras localizadas en este sector.

En el caso de que, durante la ejecución de la obra, se detecte algún ejemplar vegetal identificado como especie de flora protegida, se procederá a su transplante. Previamente, deberá solicitarse autorización a la consejería competente en materia de medio ambiente, tal como aparece establecido en el Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitat.

Se recuperará la capa superior de suelo vegetal que pueda estar, directa o indirectamente, afectada por la obra para su posterior utilización en los procesos de restauración.

Afección a la fauna. Dentro de la documentación ambiental presentada por el promotor, se incluye un estudio de la fauna presente en el ámbito de estudio, así como la posible afección de la ejecución del proyecto sobre las especies que habitan en la zona. En él, se pone de manifiesto que los tramos de rambla a encauzar se encuentran en un entorno fuertemente antropizado, condicionado por la presencia de infraestructuras viarias (carretera A-332 y vial de acceso a San Juan de los Terreros), el desarrollo urbanístico (proximidad del área urbana de San Juan de los Terreros y zonas residenciales como la urbanización Bella Vista), y la existencia de fincas agrícolas de regadío. Todos ellos factores que actúan como una barrera física y fuente generadora de ruidos, para el hábitat y la movilidad de las distintas especies presentes en la zona.

De acuerdo al Inventario Nacional de Biodiversidad se incluyen hasta 24 especies catalogadas presentes en la zona de ubicación del proyecto, de las cuales 14 tienen sus lugares de alimentación, estancia o reproducción en puntos muy alejados de la zona del proyecto (sierras interiores, zonas marinas o el islote de Terreros). De las especies catalogadas que podrían estar presentes, la mayor parte, se corresponden con aves esteparias, especialmente aláudidos (terrera común y cogujada montesina) y paseriformes (collalba negra y curruca rabilarga). Especies, todas ellas, con una amplia distribución en los territorios semiáridos del sudeste peninsular. Otra ave esteparia citada es el alcaraván común (Burhinus oedicnemus), pero la probabilidad de presencia en la zona es muy baja, ya que el área de actuación no reúne los requisitos adecuados para su estancia o reproducción.

De acuerdo con informe emitido por la Consejería de Medio Ambiente, de la Junta de Andalucía, de fecha 9 de mayo de 2011, se identifican dos especies catalogadas por su potencial riesgo de amenaza: el águila azor perdicera (Hieraaetus fasciatus) y la tortuga mora (Testudo graeca), clasificadas respectivamente, en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitat), en las categorías de vulnerable y en peligro de extinción.

En relación a la posible afección del proyecto sobre el águila perdicera, ésta se estima muy baja, ya que la zona no reúne las características del hábitat de distribución de la especie, que prefiere cortados rocosos y sierras litorales como las sierras de Aguilón, los Pinos y Almenara, situadas aproximadamente a unos 3 kilómetros de la zona de actuación.

En el caso de la tortura mora, se ha comprobado su existencia en el entorno de la sierra de Aguilón, aunque la probabilidad de su presencia en la zona de la actuación es muy baja, debido a la compartimentación que sufre esta parte del territorio, existiendo importantes barreras físicas como las carreteras que la cruzan. Según se indica en la documentación ambiental, en el transcurso de los itinerarios realizados no ha sido hallado ningún ejemplar de la especie.

En cualquier caso, se ha propuesto la adopción de las siguientes medidas específicas para la protección, tanto de la tortuga mora, como de la fauna en general:

Previamente al inicio de las obras se realizará una prospección minuciosa de las zonas a afectar por técnico especialista en la materia. Se realizarán entre los meses de abril y junio, ya que la tortuga mora presenta periodos de inactivación, tanto en invierno (sobre todo las hembras), como en verano (especialmente los machos). Asimismo, durante la fase de obras se contará con la presencia de un técnico competente para supervisar la ausencia de individuos de tortuga mora, y de otras especies de interés, en el recinto de la actuación.

Construcción de zanjas con sus extremos en cuesta, para permitir la escapada de esta u otra especie en caso de caída. Para su definición y ejecución, se deberán seguir las Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales, del entonces Ministerio de Medio Ambiente (2006).

Prospección de las zanjas de forma diaria, antes del inicio de la jornada de trabajo.

Jalonamiento de la superficie del terreno a ocupar.

Se evitará un aumento de los niveles sonoros mediante el correcto mantenimiento de la maquinaria, de modo que se cumpla la legislación vigente en materia de emisión de ruidos y vibraciones de la maquinaria de obras públicas.

Realización de diversas batidas en el terreno afectado que no finalizarán hasta comprobar la ausencia de especies dentro del área perimetral de las obras.

Por otro lado, según informa la Subdirección General de Medio Natural, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, es posible la presencia en la zona del alzacola (Cercotrichas galactotes), ave declarada como vulnerable en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, desarrollado en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero. De tal manera, que en las prospecciones previas a realizar se prestará especial atención a la existencia de nidos de esta especie en la zona de actuación.

Geomorfología y suelos. El encauzamiento de los tramos finales de las ramblas supondrá una alteración de la morfología de la zona, y de los procesos de erosión y sedimentación, aunque se consideran de escasa magnitud en el conjunto de la cuenca vertiente de cada rambla. De tal modo, que aguas arriba del inicio del encauzamiento proyectado, se detectan modificaciones antrópicas por rellenos en las motas de los cursos o alteración del talud original del lecho de inundación, originadas por la construcción de viviendas próximas o implantación de explotaciones agrícolas.

En relación a los suelos, durante la fase de obras se producirá la pérdida de la capa edáfica y compactación de los suelos por el paso de la maquinaria. Se podrán generar fenómenos puntuales de contaminación por vertidos de aceites, hidrocarburos, etc.

Para paliar estos impactos se han propuesto las siguientes medidas:

El trazado en planta y en alzado del encauzamiento previsto se ajustará al máximo al lecho de las ramblas existentes, siguiendo los criterios y directrices marcadas por la Confederación Hidrográfica del Segura.

Se aprovecharán, en la medida de lo posible, los caminos existentes.

Para controlar la erosión en los dos cauces canalizados, se aplicará una capa de geoceldas que será recubierta con un estrato de suelo de manera que proteja el lecho ante la pérdida de material litológico.

A la hora de diseñar el proyecto final se deberá tener en cuenta la propuesta del Servicio Provincial de Costas en Almería, de construir un cuenco amortiguador a la salida del encauzamiento para minimizar la erosión en la playa en caso de avenidas.

Atmósfera. Se prevé que el empleo de la maquinara ocasionará, durante la fase de obras, la emisión a la atmósfera de partículas, polvo y gases, incidiendo de forma negativa, aunque mínima, en la calidad del aire de la zona. Para paliar estos impactos se han proyectado riegos periódicos de los caminos de acceso, instalaciones auxiliares, parques de maquinaria y vertederos; y transporte de los materiales tapados con lonas.

También durante la fase de obras, se generarán emisiones de niveles de ruidos elevados que afectarán a la fauna y a la urbanización cercana. Las obras susceptibles de generar ruidos deberán realizarse dentro del periodo de tiempo comprendido entre las 8:00 y las 22:00.

Sistema hidrológico y calidad del agua. El encauzamiento del tramo final de las ramblas supondrá una modificación del régimen hidráulico de los tramos encauzados ya que, en episodios de generación de avenidas, se producirá un aumento de la velocidad de flujo, aunque en el contexto de la cuenca vertiente la afección sobre las condiciones hidrológicas es mínima.

Tampoco se espera afección sobre las aguas subterráneas, tan sólo durante la fase de obras existe el riesgo por infiltración de sustancias contaminantes, por lo que el parque de maquinaria y zonas de depósito de materiales se situarán en sectores de litología con escasa permeabilidad. Por otro lado, el encauzamiento evitará un posible arrastre de residuos, por desbordamiento de las ramblas, en sectores aledaños antropizados, que puedan posteriormente infiltrase en el subsuelo.

Otras medidas previstas en la documentación ambiental son las siguientes:

Las aguas residuales se derivarán y someterán a un sistema de desbaste y decantación de sólidos.

Gestión de los residuos de acuerdo a la normativa aplicable.

En caso de caminos que vadeen las dos ramblas se construirán pasos provisionales que eviten la turbidez de las aguas por el paso frecuente de maquinaria pesada. Estos pasos se retirarán tras la obra y se procederá a la restauración de la zona afectada.

Los acopios de tierras no se depositarán en las zonas con mayor riesgo de escorrentía superficial.

Paisaje. De acuerdo a los rasgos paisajísticos de la zona, que según se indica en la documentación presenta una alta calidad paisajística y fragilidad visual, y el diseño constructivo de la actuación proyectada, el impacto visual será mínimo. Para conseguir la integración paisajística se han definido las medidas siguientes:

El proyecto incluirá un capítulo de recuperación ambiental e integración paisajística de la obra, con el grado de detalle necesario para su contratación y ejecución conjunta con el resto de las obras.

Se realizará una plantación arbórea en hilera en ambos márgenes, de manera que los tramos encauzados se integren en el paisaje. Se emplearán especies adaptadas a las condiciones climáticas y vegetación potencial, de manera que no supongan un elemento visual discordante con los rasgos paisajísticos de la zona. Como referencia se propone consultar el trabajo Bases ecológicas preliminares para la conservación de los hábitat de interés comunitario de España, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (2009).

Las siembras y plantaciones se diseñarán con especies propias de la flora local, teniendo en cuenta las características físicas de las unidades de actuación, la litología y la composición de la vegetación de su entorno inmediato.

Medio socioeconómico. Destaca el impacto positivo de la actuación sobre el medio socioeconómico, ya que supone una protección frente al riesgo de inundación y desbordamiento existente actualmente en episodios de generación de avenidas extraordinarias, no sólo sobre las poblaciones cercanas, si no también sobre la carretera N-332, lo que se traduce en un incremento significativo sobre la seguridad vial.

Finalmente, se llevará a cabo un plan de vigilancia ambiental que controle el cumplimiento de las medidas aplicadas y su corrección si fuera necesario. A este respecto, el seguimiento arqueológico deberá ser realizado por una persona cualificada y experta en arqueología, que presentará el proyecto de intervención arqueológica en la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura, para su autorización, inspección y supervisión, tal y como indica este organismo en la fase de consultas.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve:

De acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, no es previsible que el proyecto Encauzamiento de las ramblas de La Entrevista y Los Caballos en San Juan de los Terreros, término municipal de Pulpí (Almería), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notifica al promotor y al órgano sustantivo, pudiéndose interponer contra la misma recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico, en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que se notifique la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 5 de julio de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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