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Documento BOE-A-2014-8564

Acuerdo GOV/87/2014, de 10 de junio, por el que se declaran bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, los yacimientos de vertebrados de La Noguera, que incluyen los yacimientos de la Mata del Viudà (Àger), del Espinau (Àger - Les Avellanes i Santa Linya), de la Massana, de la Masia del Marull y de la Carretera del Doll (Camarasa), de Peralba (Vilanova de Meià) y de la Vall d'Ariet (Artesa de Segre).

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 7 de agosto de 2014, páginas 63614 a 63624 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2014-8564

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución CLT/1589/2013, de 14 de junio (DOGC núm. 6423, de 23.7.2013), se archivó el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos en los términos municipales de Àger, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre, se incoó el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de vertebrados de La Noguera, que incluyen los yacimientos de la Mata del Viudà (Àger), del Espinau (Àger – Les Avellanes i Santa Linya), de la Massana, de la Masia del Marull y de la Carretera del Doll (Camarasa), de Peralba (Vilanova de Meià) y de la Vall d’Ariet (Artesa de Segre) y se abrió un período de información pública.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

Constan en el expediente los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.

Durante la tramitación del expediente se han presentado alegaciones que han sido debidamente analizadas y contestadas por la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio y que han comportado la modificación del perímetro inicialmente previsto para el yacimiento del Espinau.

A propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno Acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, los yacimientos de vertebrados de La Noguera, que incluyen los yacimientos de la Mata del Viudà (Àger), del Espinau (Àger – Les Avellanes i Santa Linya), de la Massana, de la Masia del Marull y de la Carretera del Doll (Camarasa), de Peralba (Vilanova de Meià) y de la Vall d’Ariet (Artesa de Segre), según la descripción y la ubicación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo. La delimitación de las zonas paleontológicas, cuya justificación consta en el anexo 2, se detalla en los planos que se publican junto a este Acuerdo.

2. Determinar como criterio básico que, con carácter específico, debe regir las intervenciones en la zonas paleontológicas declaradas, la necesidad de autorización previa del Departamento de Cultura para las siguientes actuaciones:

a) La tala y el arranque de árboles.

b) La plantación de árboles.

c) El arranque de vides.

d) La plantación de vides.

e) La plantación, la siembra o la substitución de cultivos.

f) La puesta en cultivo de zonas yermas.

g) Los trabajos de prospección y afines para la investigación minera.

h) Las remociones y excavaciones del terreno para gaseoductos, conducciones eléctricas, obras de alcantarillado y/o desguace de aguas o de otro tipo de instalaciones.

i) El arreglo de los caminos o viales existentes, así como la apertura de nuevos.

j) Las nivelaciones de fincas o parcelas.

k) Las reparcelaciones.

3. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, en conformidad con lo que prevé el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a las personas interesadas y a los ayuntamientos donde radica el bien.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, o bien un recurso contencioso-administrativo ante Tribunal Superior de Justícia de Catalunya en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya o desde el día siguiente al de la correspondiente notificación.

Barcelona, 10 de junio de 2014.–El Secretario del Gobierno, Jordi Baiget i Cantons.

ANEXO 1
Descripción y ubicación

Los yacimientos de vertebrados de la zona de la Noguera, con evidencias directas e indirectas de dinosaurios, configuran un patrimonio de gran importancia, no solamente desde el punto de vista cultural sino también natural.

La zona paleontológica comprende siete yacimientos: la Mata del Viudà, el Espinau, la Vall d’Ariet, Peralba, la Massana, la Masia del Marull y la Carretera del Doll. Se encuentran al sur de la sierra del Montsec, a veinticinco quilómetros al norte de Balaguer, al este de la Noguera Pallaresa, en los municipios de Àger, les Avellanes i Santa Linya, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre.

Los diversos afloramientos suman aproximadamente unos 3.000 m2, una de las superficies paleontológicas más extensas conocidas para el estudio del registro fósil de dinosaurios del Cretácico superior en Europa. Se conservan, en total, unas mil quinientas icnitas de dinosaurios y otros restos de interés paleontológico, especialmente huesos de dinosaurios, sobretodo de ornitópodos y saurópodos, especímenes que se desarrollaron en un ambiente tropical, húmedo y fluvial de costa dentro de las facies del Garumniense, en el Cretácico superior. Su vida y extinción, al final del Maestrichtiense, ha dejado evidencias en la Formación Tremp o Garumniense, que abarca del Maestrichtiense (Cretácico superior) al Paleoceno (Paleógeno inferior).

La relevancia de estos restos radica en que algunos se encuentran en el límite de las formaciones del Cretácico y del Terciario, lo que permite estudiar los últimos grandes reptiles justo antes de su extinción, como también, a partir de la presencia completa de la Formación Tremp en esta zona, estudiar y contextualizar las condiciones paleoambientales de las fases de extinción.

Yacimiento de la Mata del Viudà.

Se extiende unos 40 m2 y se conservan 8 icnitas de ornitópodos y una docena de hiporelieves.

Yacimiento del Espinau.

Se conservan abundantes restos óseos y de huevos de hadrosauro.

Yacimiento de la Vall d’Ariet.

Se conservan centenares de icnitas de de saurópodos en 1.000 m2.

Yacimiento de Peralba.

Se conservan hasta 20 icnitas de dinosaurios saurópodos.

Yacimiento de la Massana.

Se conservan 98 icnitas de dinosaurios saurópodos en 1.200 m2.

Yacimiento de la Masia del Marull.

Se conservan hasta 30 icnitas de dinosaurios saurópodos en 500 m2.

Yacimiento de la Carretera del Doll.

Se conservan varias icnitas.

ANEXO 2
Justificación de la delimitación

En conjunto, esta zona de la Noguera reúne todos los requisitos para ser declarada bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, basándonos en los aspectos siguientes:

– Por coherencia científica y patrimonial.

– Por la excepcionalidad y relevancia científica.

– Por los altos valores didácticos y pedagógicos de este paraje, que facilita la comprensión de una de les etapas de la historia de nuestro planeta de gran trascendencia, de una forma viva y directa.

Este espacio patrimonial comprende siete yacimientos identificados con siete zonas delimitadas por polígonos definidos por las coordenadas UTM ED50 referenciadas en los correspondientes mapas.

Zona 1, yacimiento de icnitas de la Carretera del Doll.

Zona 2, yacimiento de la Mata del Viudà.

Zona 3, yacimiento de icnitas de la Massana.

Zona 4, yacimiento de la Masia del Marull.

Zona 5, yacimiento de icnitas de Peralba.

Zona 6, yacimiento de la Vall d’Ariet.

Zona 7, yacimiento del Espinau.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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