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Documento BOE-A-2015-240

Resolución de 9 de enero de 2015, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2015, páginas 2466 a 2466 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-240
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/01/09/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Orden AAA/1512/2014, de 30 de julio, modificada por la Orden AAA/1/2015, de 7 de enero, establece un plan de gestión para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (VIIIc y IXa).

En virtud de lo establecido en los artículos 4.2, 4.4, 5 y 6.3 de la citada Orden, se faculta a la Secretaría General de Pesca a establecer topes de capturas, reservar cierta cantidad para uso exclusivo de flotas pertenecientes a artes menores especialmente dependientes, comunicar la cantidad de captura disponible y la fecha de inicio de la pesquería de sardina.

El Secretario General de Pesca, una vez oído el sector, resuelve:

Primero.

Para la campaña de pesca 2015, la cantidad máxima de sardina ibérica que podrá ser capturada por las flotas de España y Portugal es de 19.005 tn.

Segundo.

Para la flota española se establecen unos topes mensuales de capturas de 1.000 toneladas para toda la sardina capturada en las zonas CIEM VIIIc y IXa.

Tercero.

Para la totalidad de la campaña se reserva una cantidad de 200 toneladas, no sujeta a topes de captura, para poder ser pescada exclusivamente por aquellos buques que usen el arte de xeito para faenar.

Cuarto.

La pesquería de la sardina dará comienzo para toda la flota a partir de las 0:00 horas del 1 de marzo. No obstante lo anterior, con anterioridad a ese periodo los buques que usen el arte de xeito para faenar sí están autorizados a pescar sardina.

Madrid, 9 de enero de 2015.–El Secretario General de Pesca, Andrés Hermida Trastoy.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/01/2015
  • Fecha de publicación: 10/01/2015
  • Efectos desde el 1 de marzo de 2015.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 12 de enero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-343).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Orden AAA/1512/2014, de 30 de julio (Ref. BOE-A-2014-8731).
Materias
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Zonas marítimas

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