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Documento BOE-A-2015-2989

Orden DEF/487/2015, de 10 de marzo, por la que se modifica la Orden DEF/1511/2002, de 11 de junio, por la que se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 12 en los términos municipales de Espinosa de los Monteros (Burgos) y Soba (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2015, páginas 24702 a 24704 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-2989

TEXTO ORIGINAL

La Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional establece en su artículo tercero que se denominan zonas de seguridad de las instalaciones militares, o de las instalaciones civiles declaradas de interés militar, las situadas alrededor de las mismas, que quedan sometidas a las limitaciones que por esta Ley se establecen, en orden de asegurar la actuación eficaz de los medios de que disponga, así como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad y, en su caso, la de las propiedades próximas, cuando aquellas entrañen peligrosidad para ellas.

El artículo 11.2 del Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, establece que la delimitación de la zona de seguridad deberá hacerse para cada instalación por el Ministerio de Defensa.

Por Orden DEF/1511/2002, de 11 de junio, se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 12 en los términos municipales de Espinosa de los Monteros (Burgos) y Soba (Cantabria).

Para dar cumplimiento al Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España, procede modificar la relación de las coordenadas geográficas que define la zona de seguridad de la citada instalación militar Escuadrón de Vigilancia Aérea número 12, en los términos municipales de Espinosa de los Monteros (Burgos) y Soba (Cantabria).

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/1511/2002, de 11 de junio, por la que se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 12 en los términos municipales de Espinosa de los Monteros (Burgos) y Soba (Cantabria).

La Orden DEF/1511/2002, de 11 de junio, por la que se señala la zona de seguridad del Escuadrón de Vigilancia Aérea número 12 en los términos municipales de Espinosa de los Monteros (Burgos) y Soba (Cantabria) queda modificada de la siguiente manera:

Uno. El artículo segundo, «zona próxima de seguridad», queda redactado como sigue:

«Segundo.–De conformidad con lo preceptuado en los artículos 15 y 17 del citado Reglamento, se señala la zona próxima de seguridad, que vendrá determinada por el espacio comprendido entre la valla que delimita el perímetro de la instalación y la línea poligonal cerrada formada por la unión sucesiva de los siguientes puntos, cuyas coordenadas geográficas son:

Punto

Latitud

Longitud

A01

43º 11’ 00,70’’ N

3º 38’ 59,24’’ W

A02

43º 10’ 57,44’’ N

3º 38’ 45,06’’ W

A03

43º 10’ 49,75’’ N

3º 38’ 39,87’’ W

A04

43º 10’ 42,55’’ N

3º 38’ 41,98’’ W

A05

43º 10’ 38,44’’ N

3º 38’ 48,27’’ W

A06

43º 10’ 31,99’’ N

3º 39’ 10,25’’ W

A07

43º 10’ 46,89’’ N

3º 39’ 21,68’’ W

A08

43º 10’ 52,86’’ N

3º 39’11,53’’ W

A09

43º 10’ 54,17’’ N

3º 39’ 11,63’’ W

A01

43º 11’ 00,70’’ N

3º 38’ 59,24’’ W

Sistema de coordenadas geográficas de referencia ETRS89.»

Dos. El artículo tercero, «zona de seguridad radioeléctrica», queda redactado como sigue:

«Tercero.–En aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de dicho Reglamento, se establece una zona de seguridad radioeléctrica de 5.000 metros de anchura, definida por los siguientes determinantes:

Zona de instalación: La superficie comprendida dentro del recinto que encierra la valla exterior, determinada por el polígono delimitado por los puntos cuyas coordenadas geográficas son:

Punto

Latitud

Longitud

P01

43º 10’ 49,96’’ N

3º 38’ 56,87’’ W

P02

43º 10’ 49,65’’ N

3º 38’ 56,26’’ W

P03

43º 10’ 49,40’’ N

3º 38’ 54,48’’ W

P04

43º 10’ 48,40’’ N

3º 38 ‘ 53,89’’ W

P05

43º 10’ 47,75’’ N

3º 38’ 54,12’’ W

P06

43º 10’ 47,30’’ N

3º 38’ 54,83’’ W

P07

43º 10’ 47,17’’ N

3º 38’ 55,50’’ W

P08

43º 10’ 46,86’’ N

3º 38’ 55,40’’ W

P09

43º 10’ 45,62’’ N

3º 39’ 00,25’’ W

P10

43º 10’ 45,67’’ N

3º 39’ 00,69’’ W

P11

43º 10’ 45,52’’ N

3º 39’ 01,19’’ W

P12

43º 10’ 45,35’’ N

3º 39’ 02,60’’ W

P13

43º 10’ 44,61’’ N

3º 39’ 02,93’’ W

P14

43º 10’ 44,21’’ N

3º 39’ 04,40’’ W

P15

43º 10’ 44,44’’ N

3º 39’ 04,56’’ W

P16

43º 10’ 44,88’’ N

3º 39’ 03,57’’ W

P17

43º 10’ 45,26’’ N

3º 39’ 03,24’’ W

P18

43º 10’ 46,17’’ N

3º 39’ 01,71’’ W

P19

43º 10’ 47,28’’ N

3’ 39’ 00,62’’ W

P20

43º 10’ 48,35’’ N

3º 38’ 57,84’’ W

P21

43º 10’ 49,39’’ N

3º 38’ 57,94’’ W

P22

43º 10’ 49,86’’ N

3º 38’ 57,43’’ W

P01

43º 10’ 49,96’’ N

3º 38’ 56,87’’ W

Sistema de coordenadas de referencia ETRS89.

Plano de referencia: Plano horizontal correspondiente a la altitud de 1.636,3 metros.

Superficie de limitación de altura: Es la superficie engendrada por un segmento que, partiendo de la proyección ortogonal del perímetro de la zona de instalación sobre el plano de referencia, mantiene con éste una pendiente negativa del 5 por 100.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de marzo de 2015.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

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