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Documento BOE-A-2017-2494

Resolución de 20 de febrero de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Comunidad de Castilla y León para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2017, páginas 17345 a 17347 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-2494

TEXTO ORIGINAL

Que con fecha 31 de octubre de 2013 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial Castilla y León, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de noviembre de 2013 y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» el 15 de noviembre de 2013.

Que según la cláusula novena dicho Convenio se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Castilla y León», surtiendo efectos desde la fecha de su publicación en este último diario oficial hasta el 31 de diciembre de 2016, pudiendo prorrogarse por ambas partes por un plazo de tres años, siempre que su prórroga se adopte con anterioridad a la finalización de su plazo de vigencia. Este fin de vigencia, al amparo de la cláusula undécima, también era de aplicación a las Entidades Locales adheridas al mencionado Convenio pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Por otra parte, la disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé el mantenimiento de los canales existentes hasta que no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico para garantizar el derecho de las personas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones.

En cumplimento de esta disposición, con fecha 28 de diciembre de 2016 ambas partes suscribieron una prórroga del Convenio Marco, con el fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de oficinas integradas de atención al ciudadano y cuyos efectos se extenderán desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en la cláusula quinta del Acuerdo de prórroga al Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León, esta Secretaría de Estado de Función Pública dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 2017.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado Martínez.

ACUERDO DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN

En Madrid, a 28 de diciembre de 2016

REUNIDOS

De una parte, D.ª Elena Collado Martínez, Secretaria de Estado de Función Pública, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 437/2016, de 11 de noviembre, en nombre y representación de dicho Ministerio, actuando en ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por el titular del Departamento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

De otra parte, D. José Antonio de Santiago-Juárez López, Consejero de la Presidencia, en virtud de nombramiento por Acuerdo 8/2015, de 7 de julio, actuando en nombre y representación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 I) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 31 de octubre de 2013 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de noviembre de 2013 (BOE n.º 271), y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» (BOCyL n.º 221) de 15 de noviembre de 2013.

Segundo.

Que en la cláusula décima de dicho Convenio las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y que el periodo de vigencia finalizaría el 31 de diciembre de 2016, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia por un período de tres años. Este periodo de vigencia, al amparo de la cláusula undécima, también era de aplicación a las Entidades Locales adheridas al mencionado Convenio pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Tercero.

Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula undécima del referido Convenio Marco, las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las entidades locales adheridas al Convenio, y las que se adhieran por el procedimiento establecido en la cláusula duodécima del mismo, se entienden vigentes desde la publicación de dicho Convenio Marco en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta su extinción o bien, por las causas previstas en las cláusulas décima y undécima del precitado Convenio Marco.

Cuarto.

Que la disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé el mantenimiento de los canales existentes hasta que no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico para garantizar el derecho de las personas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones.

En cumplimiento de esta disposición, ambas partes consideran necesario suscribir una prórroga del Convenio Marco, con el fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de las oficinas integradas de atención al ciudadano.

Quinto.

Que ambas partes, de conformidad con lo establecido en la cláusula décima del Convenio, suscriben el presente Acuerdo, al amparo de lo dispuesto por los artículos 149.1.18 de la Constitución Española, relativo a la competencia del Estado y 32.3 y 71.1 de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, relativos a las competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de procedimiento administrativo y régimen local.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de prórroga al referido Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes firmantes acuerdan suscribir una prórroga del Convenio formalizado con fecha 31 de octubre de 2013, para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Los efectos del presente Acuerdo se extenderán desde el día 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019.

Segunda.

Las Administraciones firmantes de este Acuerdo y las Entidades Locales adheridas al mencionado Convenio así como aquellas que en un futuro se adhieran al mismo, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a la prestación de los servicios integrados que constituyen el objeto del Convenio Marco para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León.

Tercera.

Las obligaciones asumidas entre las Administraciones Públicas mencionadas en la cláusula anterior, se entenderán vigentes hasta la extinción del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en las cláusulas décima y undécima del precitado Convenio Marco.

Cuarta.

Cualquier referencia contenida en el Convenio suscrito el 31 de octubre de 2013, del que este Acuerdo de prórroga trae causa, al Ministerio de Administraciones Públicas, se entenderá realizada al Ministerio de Hacienda y Función Pública. Asimismo, cualquier referencia contenida en dicho Convenio a la Dirección General de Modernización Administrativa, se entenderá realizada a la Dirección General de Gobernanza Pública.

Quinta.

El presente Acuerdo de prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

La Secretaria de Estado de Función Pública. Elena Collado Martínez.–El Consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León. José Antonio de Santiago-Juárez López.

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