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Documento BOE-A-2018-17062

Real Decreto 1434/2018, de 7 de diciembre, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 14 de diciembre de 2018, páginas 122623 a 122633 (11 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-17062
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2018/12/07/1434

TEXTO ORIGINAL

La Constitución en su artículo 149.1.21.ª dispone que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma.

Por su parte según el artículo 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres. Asimismo, de acuerdo con el artículo 12.9, le corresponde la ejecución de la legislación del Estado en materia de ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Asimismo entre los fines de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, declarados en su artículo 2, se hallan, entre otros, garantizar un sistema común de transporte ferroviario en el territorio del Estado y facilitar el desarrollo de la política europea común de transporte ferroviario, favoreciendo la interconexión y la interoperabilidad de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte.

El artículo 4 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, establece que, desaparecidos los motivos de interés general que justificaron la inclusión de una determinada infraestructura ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General, la misma podrá ser traspasada a la comunidad autónoma respectiva mediante el correspondiente expediente resuelto por el Consejo de Ministros.

En consecuencia y conforme al contenido de la Sentencia del Tribunal Constitucional 124/2016, de 23 de junio, procede el traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo por haber quedado excluidas de la Red Ferroviaria de Interés General.

Por el Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto, se transfirieron al Consejo General del País Vasco las competencias sobre establecimiento, organización, explotación e inspección de los ferrocarriles.

Finalmente la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y el Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, establecen la forma y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco adoptó, en su reunión del día 26 de noviembre de 2018, el Acuerdo de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo, que se eleva al Gobierno para su aprobación mediante real decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de diciembre de 2018,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta.

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su reunión del día 26 de noviembre de 2018, y que se transcribe como anexo de este real decreto.

Artículo 2. Ampliación de funciones y servicios.

En consecuencia quedan traspasados las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo, según figura en el Acuerdo de la Comisión Mixta y en los términos y condiciones que allí se especifican.

Artículo 3. Efectividad de la ampliación.

El traspaso será efectivo a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este real decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del País Vasco», adquiriendo vigencia el día siguiente al de su publicación.

Dado en Madrid, el 7 de diciembre de 2018.

FELIPE R.

La Ministra de Política Territorial y Función Pública,

MERITXELL BATET LAMAÑA

ANEXO

D. Jorge García Carreño y D.ª Begoña Pérez de Eulate González, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía del País Vasco,

CERTIFICAN:

Que en el Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco, celebrado el día 26 de noviembre de 2018, se adoptó un Acuerdo de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de ferrocarriles y transporte ferroviario en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo, en los términos que a continuación se expresan:

A) Normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso.

La Constitución en su artículo 149.1.21.ª dispone que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma.

Por su parte según el artículo 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva en materia de ferrocarriles y transportes terrestres. Asimismo, de acuerdo con el artículo 12.9, le corresponde la ejecución de la legislación del Estado en materia de ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

Asimismo entre los fines de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, declarados en su artículo 2, se hallan, entre otros, garantizar un sistema común de transporte ferroviario en el territorio del Estado y facilitar el desarrollo de la política europea común de transporte ferroviario, favoreciendo la interconexión y la interoperabilidad de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte.

El artículo 4 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, establece que, desaparecidos los motivos de interés general que justificaron la inclusión de una determinada infraestructura ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General, la misma podrá ser traspasada a la comunidad autónoma respectiva mediante el correspondiente expediente resuelto por el Consejo de Ministros.

En consecuencia y conforme al contenido de la Sentencia del Tribunal Constitucional 124/2016, de 23 de junio, procede el traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo por haber quedado excluidas de la Red Ferroviaria de Interés General.

Por el Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto, se transfirieron al Consejo General del País Vasco las competencias sobre establecimiento, organización, explotación e inspección de los ferrocarriles.

Finalmente la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y el Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, establecen la forma y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sobre las bases de estas previsiones normativas procede formalizar el Acuerdo de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de transporte por ferrocarril en relación con las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo.

B) Funciones que asume la comunidad autónoma e identificación de los servicios que se traspasan.

1. La Comunidad Autónoma del País Vasco asume el ejercicio de las funciones y servicios que viene desarrollando la Administración del Estado en relación con la administración y los servicios ferroviarios correspondientes relativos a las líneas Basurto Hospital-Ariz e Irauregi-Lutxana-Barakaldo.

2. Las funciones que asume la Comunidad Autónoma del País Vasco comprenden la regulación, planificación, gestión, coordinación e inspección de dichos servicios, y, en particular, las funciones relativas a la gestión de la seguridad en la circulación ferroviaria en las líneas señaladas.

3. La asunción de dichas funciones por parte de la Comunidad Autónoma deberá garantizar el acceso a las líneas transferidas y estaciones incluidas en las mismas por parte de cualquier operador que necesite utilizar unas u otras para prestar servicios ferroviarios en la Red Ferroviaria de Interés General del Estado.

C) Fórmulas institucionales de cooperación.

1. A los efectos de asegurar la necesaria coordinación de los órganos competentes de la Administración del Estado con los de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ambas Administraciones podrán celebrar convenios de colaboración que faciliten la cooperación y la actuación conjunta en la prestación de los servicios ferroviarios en las materias que resulten convenientes.

2. La cooperación prestará especial atención a facilitar la conexión entre estas infraestructuras ferroviarias y la Red Ferroviaria de Interés General, fomentando la interoperabilidad entre las diferentes redes. Asimismo determinará las cuestiones relativas a la regulación del tráfico y el mantenimiento de las instalaciones de seguridad.

D) Bienes, derechos y obligaciones que se traspasan.

1. Quedan traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco la titularidad y explotación de los bienes, así como los derechos y obligaciones que correspondan, por razón de las funciones y servicios que se traspasan y en los términos que se recogen en la relación número 1.

Este traspaso queda condicionado al cumplimiento de las previsiones normativas establecidas y aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias suscribirán el instrumento jurídico pertinente que tenga por objeto la determinación de la obligación de la regulación del tráfico, del mantenimiento de las instalaciones de seguridad y cualesquiera otros aspectos necesarios en el espacio comprendido entre el Punto Kilométrico 0/000 a partir del cual se traspasan las líneas y el Punto Kilométrico en el que se sitúa la señal avanzada de entrada a las estaciones.

En todo caso, las estaciones de Basurto e Irauregi se mantendrán en la Red Ferroviaria de Interés General, si bien, los servicios promovidos por la Comunidad Autónoma Vasca que circulen por la infraestructura transferida con origen o destino en ambas estaciones podrán acceder y estacionar en las mismas, así como emplear el tramo de línea férrea que sea preciso para garantizar el acceso y operación en ellas, siendo necesario un acuerdo entre los administradores de infraestructura para garantizar la oportuna cooperación en las actividades de tráfico.

Considerando la cotitularidad de la estación de Lutxana y su afectación al servicio público de la Red Ferroviaria de Interés General del Estado y de las líneas ferroviarias que se transfieren a la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante convenio a suscribir entre ambas Administraciones se establecerá el régimen de cotitularidad y de gestión conjunta de la citada estación, atendiendo, entre otros criterios, al porcentaje de circulaciones que opere en cada una de las infraestructuras.

2. El traspaso de los activos derivados del Convenio firmado entre Ministerio de Fomento, FEVE, Diputación Foral de Bizkaia, Ayuntamiento de Bilbao, Bilbao Ría 2000, de fecha 17 de junio de 2010, se condiciona suspensivamente al cumplimiento de las obligaciones dimanantes del mismo, a la liquidación del mismo y a la posterior entrega de las obras previamente recepcionadas por ADIF a la Comunidad Autónoma del País Vasco, entrega que se realizará dentro de los seis meses siguientes a la suscripción del presente Acuerdo.

3. En el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en vigor del real decreto por el que se aprueba este Acuerdo, se firmarán, en su caso, las correspondientes actas de entrega y recepción.

4. En el supuesto de que fuera necesario introducir correcciones o rectificaciones en la citada relación, se llevará a cabo, previa constatación por ambas Administraciones, mediante certificación expedida por la Secretaría de la Comisión Mixta de Transferencias.

5. La Comunidad Autónoma del País Vasco se subroga en la posición jurídica ostentada hasta ahora por el Estado como consecuencia de su titularidad sobre las líneas ferroviarias referidas. Sin perjuicio de lo anterior, el Estado mantendrá a su cargo todas las obligaciones y derechos que resulten exigibles hasta la fecha de efectividad del traspaso.

E) Créditos presupuestarios afectados por el traspaso.

El coste total anual a nivel estatal asociado al presente traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en el ejercicio de 2018, se recoge en la relación número 2.

F) Entrega de documentación y expedientes.

La entrega de la documentación y expedientes de las funciones y servicios que se traspasan se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del real decreto por el que se aprueba este Acuerdo.

G) Fecha de efectividad del traspaso.

El traspaso de funciones y servicios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del real decreto por el que se aprueba este Acuerdo.

Y para que conste se expide la presente certificación en Bilbao, a 26 de noviembre de 2018.–Los Secretarios de la Comisión Mixta, D. Jorge García Carreño y D.ª Begoña Pérez de Eulate González.

RELACIÓN NÚMERO 1
Bienes, derechos y obligaciones que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco

Se traspasa a la Comunidad Autónoma del País Vasco la titularidad de las líneas ferroviarias Basurto Hospital-Ariz entre el PK 0/000 y PK 7/906 e Irauregi-Lutxana-Barakaldo entre el P.K. 0/000 y P.K. 5/810.

Ambas administraciones y, en su caso, sus respectivos administradores ferroviarios, establecerán las condiciones de circulación de las que se derivarán la gestión y la operación, teniendo en cuenta que en el caso de la estación de Basurto-Hospital, el punto de conexión de líneas será el PK 1/236 (baliza ASFA) y en el caso de la estación de Irauregi, el punto de conexión de línea será el PK 0/020.

En tanto se establecen las citadas condiciones de circulación, ADIF mantendrá transitoriamente la gestión de las líneas desde el inicio de los tramos transferidos hasta el punto kilométrico correspondiente a la baliza ASFA relacionada con las señales de avanzada de las estaciones de Basurto Hospital y de Irauregi, ubicadas respectivamente en el P.K. 1/507 de la línea Basurto Hospital-Ariz y en el P.K. 1/748 de la línea Irauregi-Lutxana-Barakaldo.

ANEJO I
Activos

Descripción del activo

Término municipal

Km inicial

Km final

Suelo (m²)

Superficies construidas

(m2 construidos) edificaciones

Cod. Tramo

Descripción del Tramo / Estación Terminal

Tipo inmovilizado contable

Código de activo

Código estación / Terminal

Recinto (trazado vía)

Recinto estación

Estación

Viviendas

Otros

Unidad de Inventario 24.01.0840

Bilbao

0/000

0/386

152

2929*

Unidad de Inventario 24.04.0010

Bilbao

0/386

4/290

44.857

Unidad de Inventario 24.04.0020

Arrigorriaga

4/290

5/127

3.638

Unidad de Inventario 24.04.0030

Basauri

5/127

7/131

13.572

Unidad de Inventario 24.04.0040

Basauri

7/131

7/906

20.294

Túnel

Arrigorriaga y Basauri

4/653

5/264

Edificio. U.I. 24.04.0010. Casilla de la Peña

Bilbao

3/390

77

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Edificios

002110012324

Edificio. U. I. 24.04.0010. Caseta

Bilbao

3/400

31

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Edificios

002110012326

Edificio. U.I. 24.04.0040. Est. Mercancías

Basauri

7/748

156,40

Cuarto de contadores. U.I. 24.04.00100

Basauri

7/996

5

Terminal de Ariz

Edificios

002111027389

05713

Caseta de vía y obras. U.I. 24.04.00100

Basauri

7/384

12,67

Terminal de Ariz

Edificios

002111027919

05713

CASETA VESTUARIO FEMENINO

Terminal de Ariz

Edificios

002111027914

05713

Unidad de Inventario 24.01.0765

Alonsotegi

0/000

0/567

299

9228**

Unidad de Inventario 39.01.1276

Alonsotegi

0/567

1/019

7.120

Unidad de Inventario 39.01.1278

Barakaldo

1/019

4/772

71.048

Unidad de Inventario 39.01.1280

Barakaldo

4/772

5/810

38.819

Unidad 39.01.1276. Edificio de locales.

Barakaldo

1/800

83

Unidad 39.01.1278. Bloque de viviendas

Barakaldo

4/363

4/387

200,30

Unidad 39.01.1280. Bloque de viviendas.

Barakaldo

4/910

444

Aguada

Barakaldo

5/175

19

ESTACIÓN DE ARIZ/AZBARREN: ENCLAVAMIENTO ELÉCTRICO INICIO: 7/258 FINAL: 8/410

7/258

8/410

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Instalaciones de señalización

002120515097

PASO A NIVEL BASKONIA N.º 4 PK 6/009

6/009

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Instalaciones de señalización

002120515276

5 EMISORAS LUCHANA, ARIZ

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Instalaciones de telecomunicación

002120818762

RED DE COMUNICACIÓN VÍA RADIO TRAMO BASURTO - ARIZ/AZBARREN INICIO: 0/000 FINAL: 8/410

0/000

8/410

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Instalaciones de telecomunicación

002120818831

RAMAL BASURTO - ARIZ/AZBARREN: INSTALACIONES TELEFÓNICAS INICIO: 0/000 FINAL: 8/410

0/000

8/410

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Instalaciones de telecomunicación

002120821064

PUENTE ECHE-ERRE PK. INICIO 2/868

2/868

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120022965

TÚNEL MADARIAGA INICIO: 5/895 FINAL: 5/933

5/895

5/933

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120023337

TÚNEL RENFE INICIO: 6/267 FINAL: 6/349

6/267

6/349

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120023344

TÚNEL OLLARGAN INICIO: 4/654 FINAL: 5/743

4/654

5/743

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120023346

TÚNEL SAN ADRIÁN INICIO: 1/222 FINAL: 2/364

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120023347

RAMAL BASURTO - ARIZ 0/000 - 7/750

0/000

7/750

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120200133

ESTACIÓN DE ARIZ - AZBARREN. 7/258 - 7/750 INICIO

7/258

7/750

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Plataforma

002120200630

TÚNEL SAN ADRIÁN - BALASTO

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114923

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL OLLARGAN Y TÚNEL MADARIAGA - TRAVIESA

5/743

5/895

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114924

BASURTO-TÚNEL SAN ADRIÁN - CARRIL

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114927

BASURTO-TÚNEL SAN ADRIÁN - TRAVIESA

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114928

BASURTO-TÚNEL SAN ADRIÁN - BALASTO

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114929

TÚNEL SAN ADRIÁN - TRAVIESA

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114931

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL SAN ADRIÁN Y TÚNEL OLLARGAN - TRAVIESA

2/364

5/764

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114933

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL SAN ADRIÁN Y TÚNEL OLLARGAN - TRAVIESA

2/364

5/764

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114934

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL SAN ADRIÁN Y TÚNEL OLLARGAN - BALASTO

2/364

5/764

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114935

TÚNEL OLLARGAN - CARRIL

4/654

5/743

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114936

TÚNEL OLLARGAN - TRAVIESA

4/654

5/743

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114937

TÚNEL OLLARGAN - BALASTO

4/654

5/743

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114938

TÚNEL SAN ADRIÁN - CARRIL

1/222

2/364

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114940

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL OLLARGAN Y TÚNEL MADARIAGA - BALASTO

5/743

5/895

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114950

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL OLLARGAN Y TÚNEL MADARIAGA - CARRIL

5/743

5/895

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114960

TÚNEL RENFE - BALASTO

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114977

TÚNEL MADARIAGA - CARRIL

5/895

5/933

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114978

TÚNEL MADARIAGA - TRAVIESA

5/895

5/933

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114979

TÚNEL MADARIAGA - BALASTO

5/895

5/933

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114980

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL MADARIAGA Y TÚNEL RENFE - CARRIL

5/933

6/267

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114981

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL MADARIAGA Y TÚNEL RENFE - TRAVIESA

5/933

6/267

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114982

SUPERESTRUCTURA ENTRE TÚNEL MADARIAGA Y TÚNEL RENFE - BALASTO

5/933

6/267

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114983

TÚNEL RENFE - TRAVIESA

6/267

6/349

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114985

TÚNEL RENFE-E. ARIZ - BALASTO

6/349

7/750

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114986

TÚNEL RENFE-E. ARIZ - CARRIL

6/349

7/750

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114987

TÚNEL RENFE-E. ARIZ - TRAVIESA

6/349

7/750

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114988

TÚNEL RENFE - CARRIL

6/267

6/349

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Superestructura de vía

002120114994

EXPLANACIÓN DESDE EL PRINCIPIO DEL T.M. BASAURI HASTA ESTACIÓN ARIZ/AZBARREN

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Terrenos

002100073743

EXPLANACIÓN DESDE EL PRINCIPIO DEL T.M. ARRIGORRIAGA A FIN T.M. ARRIGORRIAGA

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Terrenos

002100073744

EXPLANACIÓN DEL SOTERRAMIENTO DE BASURTO HASTA FIN DEL T.M. BILBAO

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Terrenos

002100073745

ESTACIÓN DE ARIZ/AZBARREN

087820010

Tramo Basurto Hospital-Ariz

Terrenos

002100073768

ESTACIÓN DE LUTXANA: ENCLAVAMIENTO ELÉCTRICO INICIO: 4/779 FINAL: 5/794

4/779

5/794

087840010

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Instalaciones de señalización

002120515089

ESTACIÓN DE LUTXANA - EDIFICIO VIAJEROS: COMUNIC. VÍA RADIO

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Instalaciones de telecomunicación

002120818745

ESTACIÓN DE LUTXANA - EDIFICIO VIAJEROS: COMUNIC. VÍA RADIO - RADIO PORTÁTIL MOTOROLA GP 360

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Instalaciones de telecomunicación

002120818746

RAMAL LUTXANA - IRAUREGUI: INSTALACIONES TELEFÓNICAS INICIO: 0/000 FINAL: 5/794

0/000

5/794

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Instalaciones de telecomunicación

002120821104

ESTACIÓN DE LUTXANA - EDIFICIO VIAJEROS: INSTALACIONES. TELEFÓNICAS.

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Instalaciones de telecomunicación

002120821138

A.T. PROYECTO REMODELACIÓN ESTACIÓN BILBAO

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Otros inmovilizados

002010010054

A.T. ESTADO DE LOS PUENTES SOBRE RENFE EN EL RAMAL LUTXANA

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Otros inmovilizados

002010010093

PUENTE C ZUBILETA

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Plataforma

002120022955

RAMAL LUTXANA - IRÁUREGUI. INICIO: 0/000 FINAL: 5/794

0/000

5/794

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Plataforma

002120200134

ESTACIÓN DE LUTXANA. INICIO: 4/779 FINAL: 5/794

4/779

5/794

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Plataforma

002120200628

E. IRAUREGUI-E. LUTXANA - CARRIL

0/000

5/794

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Superestructura de vía

002120114989

E. IRAUREGUI-E. LUTXANA - BALASTO

0/000

5/794

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Superestructura de vía

002120114990

E. IRAUREGUI-E. LUTXANA - TRAVIESA

0/000

5/794

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Superestructura de vía

002120115018

ESTACIÓN DE LUTXANA

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Terrenos

002100073661

EXPLANACIÓN DESDE EL PRINCIPIO DEL T.M. DE BARACALDO HASTA ESTACIÓN DE LUTXANA

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Terrenos

002100073662

EXPLANACIÓN DESDE ESTACIÓN IRAUREGUI HASTA FIN DEL T.M. DE ALONSOTEGUI

Tramo Irauregi-Lutxana-Barakaldo

Terrenos

002100073663

SOTERRAMIENTO DE IRALA Y OTRAS ACTUACIONES

Inversiones en curso

ESTACIÓN DE ARIZ-AZBARREN - CARRIL

Terminal de Ariz

Superestructura de vía

002120115084

05713

ESTACIÓN DE ARIZ-AZBARREN - TRAVIESA

Terminal de Ariz

Superestructura de vía

002120115104

05713

ESTACIÓN DE ARIZ-AZBARREN - BALASTO

Terminal de Ariz

Superestructura de vía

002120115115

05713

ARIZ. INSTALACIÓN PÓRTICOS PREGALIVO TOLVAS

Terminal de Ariz

Instalaciones de señalización

002120518763

05713

ESTACIÓN ARIZ/AZBARREN - EDIFICIO VIAJEROS: INST. TELEFÓNIC.

Terminal de Ariz

Instalaciones de telecomunicación

002120820858

05713

ESTACIÓN ARIZ/AZBARREN - EDIFICIO VIAJEROS: COMÚN. VÍA RADIO

Terminal de Ariz

Instalaciones de telecomunicación

002120820859

05713

ESTACIÓN DE ARIZ/AZBARREN - ESTACIÓN

Terminal de Ariz

Edificios

002111027404

05713

ESTACIÓN DE ARIZ/AZBARREN

Terminal de Ariz

Edificios

002111028518

05713

ESTACIÓN DE ARIZ: CARTEL ADVERTENCIA DE RIESGOS

Terminal de Ariz

Instalaciones logísticas y comerciales

002150030191

05713

ESTACIÓN DE ARIZ: GRÚA PÓRTICO

Terminal de Ariz

Instalaciones logísticas y comerciales

002150031526

05713

ESTACIÓN DE ARIZ: GRÚA PÓRTICO

Terminal de Ariz

Instalaciones logísticas y comerciales

002150031527

05713

A.T. REHAB. CAMINO RODADURA PÓRTICO ARIZ (BILBAO-BALMASEDA)

Terminal de Ariz

Otro inmovilizado

002010010119

05713

1 TAQUILLA ESTACIÓN DE ARIZ

Terminal de Ariz

Otro inmovilizado

002160034598

05713

SILLA PARA ARIZ

Terminal de Ariz

Otro inmovilizado

002160034657

05713

ESTACIÓN DE LUTXANA - BALASTO 5455

Terminal de Lutxana-Barakaldo

Superestructura de vía

002120115112

13305

ESTACIÓN DE LUTXANA - TRAVIESA

Terminal de Lutxana-Barakaldo

Superestructura de vía

002120115113

13305

ESTACIÓN DE LUTXANA - CARRIL

Terminal de Lutxana-Barakaldo

Superestructura de vía

002120115114

13305

Nota: Las líneas Irauregi-Lutxana Baracaldo como la de Ariz-Basurto Hospital tienen vía única no electrificada según se indica en el mapa 5.1 de la Declaración de Red vigente (a 31 de diciembre de 2017).

Nota: El tramo del Soterramiento de Irala, de vía única, tiene actualmente tendida catenaria, si bien todavía no está puesta en servicio. Por parte de BR2000 está gestionando la autorización con la AESF (si bien actualmente está pendiente de que ADIF entregue a BR2000 algún documento de seguridad).

* Los metros cuadrados corresponden con el recinto de la estación de Basurto Hospital.

** Los metros cuadrados corresponden con la estación de Irauregi.

ANEJO II
Concesiones, arrendamientos y convenios sobre los bienes

Naturaleza

Titular

Objeto

Km. inicial

Km. final

Superficie (m²)

Unidad

Fecha de inicio

Concesión demanial

Diputación Foral de Bizkaia

Vuelo de la Variante Sur Metropol. Tramo 8 B (Larraskitu-Buia)

2/444

2/527

901,64

24.04.010

08/01/2007

Concesión demanial

Ayuntamiento de Bilbao

Ampliación Paso Superior de acceso al Barrio Buia

4/600

24.04.010

12/07/2012

Concesión demanial

Iberdrola Distribución SAU

Cruce de línea eléctrica DC Larraskitu-Asua 1-2

3/105

3/429

2.569

24.04.010

01/11/2016

Concesión demanial

Naturgas Energía Distribución SAU

Cruce de tuberías de gas, Área Sarratu

6/665

7/099

44

24.04.0030

01/03/2015

Concesión demanial

Ayuntamiento de Basauri

Urbanización C/ Kareaga Behekoa. Sobre el túnel

6/252

6/402

24.04.0030

15/07/2002

Concesión demanial

Ayuntamiento de Basauri

Cruce subterráneo de tubería de saneamiento colector Pozokoetxe Fase 1

6/663

24.04.0030

14/05/2009

Concesión demanial

Ayuntamiento de Basauri

Urbanización Plaza

14

24.04.0030

16/09/1981

Concesión demanial

Ayuntamiento de Basauri

Ocupación y cierre del Parque de Cantabria

340

24.04.0040

10/07/1979

Concesión demanial

Ayuntamiento de Basauri

Cierre de Terminal de Contenedores Ariz

7/870

7/921

24.04.0040

11/09/2001

Concesión demanial

Euskaltel

Instalación de línea de comunicaciones

7/870

7/931

63

24.04.0040

09/08/2000

Arrendamiento

Luis Ángel Martínez Oña

Arrendamiento terreno rústico

3/360

3/445

1.398

24.04.010

01/06/2018-31/05/2023

Convenio de gestión

SME RENFE Mercancías

Terminales de Mercancías de Ariz y Lutxana Barakaldo.

24.04.0040

39.01.1280

01/01/2013-31/12/2018

Concesión demanial

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Ampliación de la corta de arbolado de la línea eléctrica ST. Alonsotegi-ST. Ortuella 2

0/819

0/866

890

39.01.1276

01/11/2016-31/10/2091

Concesión demanial

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Cruce de línea eléctrica ST Basauri-ST Retuerto

1/350

44

39.01.1278

01/11/2018-31/10/2093

Concesión demanial

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Ampliación de la corta de arbolado de la línea eléctrica ST. Alonsotegi-ST. Oxinorte

1/110

1/222

1.066

39.01.1278

01/11/2016-31/10/2091

Concesión demanial

Diputación Foral de Bizkaia

Variante de la Variente Sur Metropol. Tramo 6. Enlace del Cadagua.

1/268

1/461

738,13

39.01.1280

08/01/2008

Concesión demanial

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Cruce de línea eléctrica Matallana-Balmaseda

5/900

50

39.01.1280

15/05/2012

Arrendamiento

Jaione Ranero Villalón

C/ Las Delicias, n.º 11 Local n.º 1 (Barakaldo)

1/782

13

39.01.1276

01/11/2015-31/10/2020

Arrendamiento

Juan Manuel Moreno Murciano

C/ Las Delicias, n.º 11 Locales n.º 2 y 8 (Barakaldo)

1/782

30

39.01.1276

01/12/2016-30/11/2021

Arrendamiento

Guillermo de la Fuente García

C/ Las Delicias, n.º 11 Locales n.º 3 y 5 (Barakaldo)

1/782

20

39.01.1276

01/01/2017-31/12/2021

Arrendamiento

Luis Javier Seco Villalvilla

C/ Las Delicias, n.º 11 Local n.º 11 (Barakaldo)

1/782

30

39.01.1276

01/04/2015-31/03/2020

Arrendamiento

Sibelco Minerales, S.A. (antes Arenas de Arija, S.A.)

Depósitos de arena

5/000

5.268,49

39.01.1280

17/11/1977 (1)

Arrendamiento

Desguace Industrial y Naval, S.L. (DINA)

Desguace de barcos y posterior transporte por línea ferroviaria

5/800

4.800

39.01.1280

01/01/2003 (2)

Concesión demanial

ADIF

Concesión de un muelle sobre el rio Cadagua (3). R.O. 16/12/1957

07/08/1909 Indefninida

Convenio

Firmado por FEVE, Ayuntamiento de Barakaldo y Burtzeña Enpresa Parkea, S.A.

Desarrollo del PERI 05 Burtzeña de Barakaldo.

26/10/2005

(1) Establecido con carácter indefinido y vinculado al transporte ferroviario de mercancías.

(2) Con prórrogas tácitas y vinculado al transporte ferroviario de mercancías.

(3) El uso de los terrenos concesionados están siendo utilizados por la Mercantil DINA.

RELACIÓN NÚMERO 2
Coste total anual a nivel estatal

Dotaciones ejercicio 2018

Sección 17 Ministerio de Fomento

Capítulo

Importe en euros

17.01.451N

1

18.260

17.01.451N

2

6.920

17.01.451N

6

1.740

17.20.451N

8

1.436.690

17.20.453A

2

550

17.20.453A

6

51.550

17.20.453A

7

659.950

17.20.000X

4

22.380

17.20.000X

7

14.950

TOTAL

2.212.990

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/12/2018
  • Fecha de publicación: 14/12/2018
  • Fecha de entrada en vigor: 15/12/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-1980-23778).
    • art. 12.9 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30177).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Ferrocarriles
  • Ministerio de Fomento
  • País Vasco

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