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Documento BOE-A-2020-13086

Resolución de 23 de junio de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incluye en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, el yacimiento de Cildadeya, en el concejo de Villanueva de Oscos.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de octubre de 2020, páginas 92769 a 92773 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2020-13086

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

El yacimiento arqueológico de Cildadeya comprende una estructura lineal de la que se conservan 115 metros de longitud, que posiblemente se corresponde con una línea defensiva, existiendo vínculos tipológicos entre ella y otras documentadas arqueológicamente en otras sierras de Asturias y Cantabria.

Segundo.

Con fecha 28 de febrero de 2019 se incoó, mediante Resolución de la Consejería de Educación y Cultura (publicada en el BOPA núm. 89 de 10 de mayo de 2019), expediente para la inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, del yacimiento de Cildadeya, en el concejo de Villanueva de Oscos.

Con posterioridad a dicha incoación se han seguido los trámites indicados en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural. Así, se solicitaron y obtuvieron los siguientes informes de instituciones consultivas relativos a esta propuesta de protección:

– El Real Instituto de Estudios Asturianos informó con fecha 8 de julio de 2019 de manera favorable esta propuesta de protección, considerando que la documentación aportada como justificación técnica de la propuesta se ajusta a lo establecido en la Ley de Patrimonio Cultural.

– La Real Academia de la Historia informó el 22 de julio de 2019 de manera favorable la propuesta de protección, considerando que el yacimiento ha sufrido numerosas alteraciones, lo que incrementa la necesidad de que se proceda a esa inclusión en el Inventario.

– La Universidad de Oviedo informa el 18 de septiembre de 2019 de manera favorable, aunque considerando que debiera establecerse un entorno de protección referenciado claramente y proporcionado al yacimiento.

– Por su parte, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias informó la propuesta de protección, mediante acuerdo de su comisión permanente de fecha 19 de junio de 2019, indicando que este yacimiento se localiza en Suelo No Urbanizable de Especial Protección e Interés Forestal, no estando recogido el bien en el Catálogo del PGO de Villanueva de Oscos.

Tercero.

Con fecha 15 de octubre de 2019 se publicó en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» la apertura del trámite de información pública, no presentándose durante los 20 días naturales posteriores ningún escrito relativo a esta propuesta en la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.

Cuarto.

El conjunto de la tramitación fue analizado por la Comisión Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias en su sesión del día 16 de enero de 2020, acordándose en la misma informar favorablemente la inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias del yacimiento de Cildadeya en el concejo de Villanueva de Oscos, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias, 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero.

Vistos los artículos 22, 24, 59, 60, 61,62 y 65 y demás concordantes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, así como los artículos 29 y siguientes del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Segundo.

Examinada la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.

En lo relativo a las competencias, es de aplicación el Decreto 13/2019 de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

En virtud de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, resuelvo:

Primero.

Incluir en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de Yacimiento Arqueológico Inventariado (IPCA-Y), el yacimiento de Cildadeya, en el concejo de Villanueva de Oscos, según la descripción literal y gráfica del yacimiento que consta en el anexo I de la presente Resolución, que forma parte de la misma.

Segundo.

Notificar la presente Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Villanueva de Oscos, así como al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado, y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial de Estado», en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad previa de interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, los interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Oviedo, 23 de junio de 2020.–La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.

ANEXO I
Descripción del Yacimiento de Cildadeya, en el Concejo de Villanueva de Oscos

Esta estructura lineal se encuentra en el monte conocido como Cildadeya, próximo al pueblo de A Bovia (parroquia de San Cristobo, Villanueva de Oscos). Se trata de un talud que desciende por la ladera desde un crestón rocoso a 1.100 msnm. Sigue una dirección ONO-ESE, con un trazado ligeramente curvado, y tiene su parte más baja a unos 1.000 msnm. La longitud conservada es de 115 metros y, a juzgar por los fotogramas aéreos del «Vuelo Americano» de 1957, continuaba unas decenas de metros hasta conectar con la cabecera de un arroyo inmediato.

El talud tiene una anchura que se encuentra alrededor de los 4 metros, con cierta variabilidad en cada tramo. El foso, con forma tendente a V, supera los dos metros de anchura en su techo. Se puede suponer el levantamiento del talud con el material resultante de la excavación del foso. Por otro lado, en la cara del talud que limita con el foso se observa una mayor acumulación de bloques pétreos en aquellas zonas más descubiertas de vegetación. Dichas acumulaciones, a juzgar por las fotos aéreas más antiguas, parecen trazar una línea continua que podría corresponderse con algún tipo de muro o refuerzo del talud para evitar su colapso hacia el foso.

Hay varias razones para considerar que puede tratarse de una línea defensiva. Se dispone cortando el único paso existente por la ladera, entre el crestón rocoso de la cima –que funciona como barrera natural ante un avance por el eje de la sierra– y el inicio de un pequeño pero angosto corte natural que secciona la parte baja de la ladera. La línea, en combinación con el crestón –una corona rocosa en la cima de fácil defensa– y el valle cierra cualquier paso a través del eje de la sierra. Por otro lado, la entidad de la estructura recomienda descartar otro tipo de obras agrarias como zanjas de división de montes, conocidas en la zona pero con unas dimensiones muy inferiores que no suelen superar el metro de anchura.

Es razonable, por tanto, relacionarla con otras estructuras semejantes documentadas arqueológicamente en otras sierras asturianas y cántabras. Esta sierra también tiene en común con aquellas el ser una ruta natural cómoda para el avance hacia la costa y el haber sido aprovechada por el ejército romano por sus ventajas estratégicas. Esta línea podría tratarse de una estructura defensiva romana –como complemento de los campamentos de El Chao de Carrubeiro, A Pedra Dereta, El Pico el Outeiro y A Penaparda– o bien responder a necesidades defensivas en otro período posterior, de lo que hay paralelos en La Mesa y La Carisa.

Como posible refuerzo a esta hipótesis debe añadirse que el topónimo Cildadeya (Ciuitate + Icula «ciudad pequeña») y las constantes menciones en la tradición oral a «guerras» desarrolladas en el entorno son sumamente sugerentes e invitan a reforzar las interpretaciones expuestas hasta ahora.

El estado de conservación es desigual. La parte inferior ha sido mutilada por diversas obras lineales que la atraviesan (carretera y conducciones subterráneas). La afección más reciente es un vallado trazado de manera paralela a la carretera varios metros por encima de ésta. La maquinaria utilizada para su colocación, así como varias de sus estacas, han alterado la estructura.

Por otro lado, desde las primeras fotos aéreas, donde se observaba una línea clara correspondiente a una estructura en piedra, hasta la actualidad se ha desarrollado significativamente el matorral. Por esta razón, los bloques de piedra visibles hoy en día son escasos y se encuentran en su mayoría en pequeños senderos exentos de vegetación por el paso recurrente de animales.

LOCALIZACIÓN Y EXTENSIÓN DEL YACIMIENTO DE CILDADEYA

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