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Documento BOE-A-2020-13102

Resolución de 25 de junio de 2020, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incluye en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, la Cueva´l Gatu, en Ambás, concejo de Grado.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de octubre de 2020, páginas 92844 a 92847 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2020-13102

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

La Cueva’l Gatu, en Ambás, es una pequeña cavidad caliza con una única sala y dos entradas, en la que se han encontrado restos óseos humanos y restos cerámicos, mostrando las dataciones radiocarbónicas efectuadas fechas calibradas de 3470 +/- 30 BP.

Segundo.

Con fecha 22 de febrero de 2019 se incoó, mediante Resolución del Consejero de Educación y Cultura (publicada en el BOPA núm. 60 de 27 de marzo de 2019), expediente para la inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado, de la Cueva´l Gatu, en Ambás, en el concejo de Grado.

Con posterioridad a dicha incoación se han seguido los trámites indicados en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural. Así, se solicitaron y obtuvieron los siguientes informes de instituciones consultivas relativos a esta propuesta de protección:

– El 8 de julio de 2019 se recibió informe del Real Instituto de Estudios Asturianos favorable a la inclusión, considerando que la documentación aportada como justificación técnica de la propuesta se ajusta a lo establecido en la Ley de Patrimonio Cultural.

– El 3 de junio de 2019 se recibe informe favorable a la inclusión de la Real Academia de la Historia.

– El 18 de septiembre de 2019, la Universidad de Oviedo emite informe favorable al considerar necesaria la protección del enclave, definiendo la propuesta como objetiva y práctica. No obstante, considera mejorable la cartografía obrante en el expediente.

– Por su parte, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias traslada, con fecha 9 de octubre de 2019, acuerdo de su Permanente, adoptado en sesión de 26 de septiembre de 2019, en el que pone de manifiesto que los terrenos incluidos en el área de protección propuesta están clasificados por el vigente Plan de Ordenación de Grado como suelo no urbanizable, dentro de las categorías de especial protección e interés». Señala, asimismo, que el yacimiento de la Cueva´l Gatu no está incluido a fecha de su informe en el Catalogo Urbanístico de Grado.

Tercero.

Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» la apertura del trámite de información pública, no presentándose durante los 20 días naturales posteriores ningún escrito relativo a esta propuesta en la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.

Cuarto.

El conjunto de la tramitación fue analizado por la Comisión Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias en su sesión del día 28 de febrero de 2020, acordándose en la misma informar favorablemente la inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias de la Cueva´l Gatu en el concejo de Grado, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias, 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero.

Vistos los artículos 22, 24, 59, 60, 61,62 y 65 y demás concordantes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, así como los artículos 29 y siguientes del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Segundo.

Examinada la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.

En lo relativo a las competencias, es de aplicación el Decreto 13/2019 de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

En virtud de los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho, resuelvo

Primero.

Incluir en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, con la categoría de Yacimiento Arqueológico Inventariado (IPCA-Y), la Cueva´l Gatu, en el concejo de Grado, según la descripción del yacimiento que consta en el anexo I de la presente Resolución, que forma parte de la misma.

Segundo.

Dotar a la Cueva´l Gatu de una zona de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.3 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, según la descripción que se concreta en el anexo II de la presente Resolución, que forma parte de la misma.

Tercero.

Notificar la presente Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Grado, así como al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado, y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial de Estado», en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad previa de interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, los interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Oviedo, 25 de junio de 2020.–La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Turismo, Berta Piñán Suárez.

ANEXO I
Descripción de la Cueva´L Gatu, en Ambás, concejo de Grado

La Cueva’l Gatu es una pequeña cavidad caliza con una única sala y dos entradas. La boca principal está orientada al Noreste y tiene unas dimensiones de 1,20 x 1,10 metros, y la secundaria al Noroeste (está colmatada casi en su totalidad). La sala central presenta una planta de forma ovalada de unos 20 x 6 metros. La mayor parte de la cueva presenta techo abovedado con alturas que oscilan entre el 1,5 y los 2 metros. En la zona central aparecen una serie de estalagmitas y estalactitas.

Según indican varios informantes, la cueva contaba con un muro de piedra seca que dividía el espacio de forma perpendicular. Actualmente ese muro se encuentra destruido, pero se aprecia un derrumbe con gran cantidad de piedras en la zona centra. La sala central y única parece contener tres espacios diferenciados. Uno en el entorno más cercano a la entrada, hasta el muro derruido; esta zona presenta una menor humedad, y los suelos son de tierra con una mayor elevación. Del muro al interior hay dos espacios, el primero aparecen suelos de tierra mezclados con gran cantidad de piedras careadas, seguramente de la obra de muro. La tercera zona está al fondo de la cavidad y se encuentra rehundida. Tanto la zona interior como la central presentan restos óseos humanos, mientras que los restos cerámicos únicamente se localizaron en la primera zona (dos fragmentos) y en el fondo (un fragmento). El estudio antropológico de los restos óseos ha permitido documentar un número mínimo de tres individuos, dos adultos y un niño. Uno de estos fragmentos óseos (un diente perteneciente a un individuo adulto) fue utilizado para su datación radiocarbónica (AMS), resultando una fecha calibrada de 3470 +/- 30 BP.

En cuanto a su estado de conservación, la cueva presenta alteraciones por la presencia de madrigueras de animales salvajes, que han dejado al descubierto restos arqueológicos de interés: cerámica y restos óseos humanos.

ANEXO II
Descripción literal y gráfica de la zona de protección de la Cueva´l Gatu, en Ambás, concejo de Grado

La Cueva’l Gatu se localiza al noroeste de la localidad de Ambás. Su boca se abre en en terrenos de la parcela 45 del Polígono 99, de referencia catastral 33026A099000450000BB, cerca de la confluencia del límite esta con los linderos de las parcelas 32 y 38 del mismo polígono.

El ámbito de protección, afecta parcialmente a dicha parcela 45, así como a las subparcelas B y C de las parcelas 32 y 38, respectivamente. Su perímetro viene a coincidir con el de una circunferencia imaginaria de 30 metros de radio y centro en la propia cueva, en correspondencia con el punto definido por las coordenadas: X: 732.635 / Y: 4.800.313 (Datum ETRS89, Huso 29).

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