De conformidad con lo dispuesto en el artículo 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Murcia, creado y constituido por el Real Decreto 1050/2020, de 1 de diciembre, con sede en la ciudad de Cartagena, en virtud de acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 3 de diciembre de 2020, desde la fecha de su entrada en funcionamiento, conocerá de los asuntos de su competencia correspondientes a los partidos judiciales de Cartagena y San Javier.
Esta medida se adopta con carácter excepcional, en base a que el partido judicial de Cartagena tiene por sí mismo una importante población, una actividad mercantil e industrial considerable, además de una elevada actividad relacionada con el transporte marítimo.
Particípese el presente acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, al Servicio de Personal y Oficina Judicial y a la Unidad de Documentación de la Vicesecretaría General del Consejo General del Poder Judicial, así como al Ministerio de Justicia a través de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
Madrid, 11 de marzo de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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