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Documento BOE-A-2021-9915

Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se publican los requisitos técnicos actualizados de la interfaz radioeléctrica reglamentada IR-267, relativa a terminales interactivos de satélite (SIT) y terminales de usuario por satélite (SUT), en el rango de frecuencias 29,5-30 GHz.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 2021, páginas 72398 a 72399 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-9915

TEXTO ORIGINAL

El artículo 16 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, aprobado por Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo, establece que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, hoy en día Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, publicará como resolución en el «Boletín Oficial del Estado» las interfaces reglamentadas en España que hayan sido notificadas a la Comisión Europea.

La presente resolución tiene como objeto la publicación de los requisitos técnicos de la interfaz relativa a terminales interactivos de satélite (SIT) y terminales de usuario por satélite (SUT), en el rango de frecuencias 29,5-30 GHz, actualizadas con arreglo al Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor.

El cumplimiento de estos requisitos de interfaz es necesario para el uso de terminales interactivos de satélite (SIT) y terminales de usuario por satélite (SUT), en el rango de frecuencias 29,5-30 GHz que operen en España, y no exime del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el mencionado Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones.

Esta interfaz podrá ser revisada, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en vigor, como consecuencia de nuevas necesidades nacionales en cuanto al uso eficaz del espectro o bien como consecuencia de tratados o acuerdos internacionales en los que España sea parte.

Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre.

De acuerdo con lo anterior y en uso de la competencia que el artículo 16 del Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de conformidad de los aparatos de telecomunicaciones atribuye a esta Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, resuelvo:

1. Publicar los requisitos de la interfaz reglamentada IR-267, que se relaciona en el anexo a esta resolución.

IR-267 Terminales interactivos de satélite (SIT) y terminales de usuario por satélite (SUT), en el rango de frecuencias 29,5-30 GHz

Madrid, 12 de marzo de 2021.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, P.D. (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo), el Subdirector General de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, Pedro Luis Alonso Manjón.

ANEXO
España Interfaz Radioeléctrica Terminales interactivos de satélite (SIT) y terminales de usuario por satélite (SUT), en el rango de frecuencias 29,5-30 GHz Referencia IR-267
  N.º Parámetro Descripción Comentarios
Parte normativa. 1 Servicio de Radiocomunicación. Fijo por satélite (Tierra-espacio).  
2 Aplicación. SIT/SUT.  
3 Banda de frecuencias. 29,5-30,0 GHz. Dirección Tierra-espacio.
4 Canalización.    
5 Modulación/Ancho de banda.

FXW (modulación de frecuencia).

GXW (modulación de fase).

FM, BPSK, QPSK.
6 Dirección/Separación duplex.    
7 Potencia transmitida/Densidad de potencia. La potencia transmitida se especifica en la licencia.  
8 Método de acceso al canal y condiciones de ocupación.    
9 Tipo de autorización. Precisa autorización de frecuencias. Uso privativo del dominio público radioeléctrico.
10 Requisitos esenciales adicionales.    
11 Planificación de frecuencias. Polarización lineal o circular.  
Parte informativa. 12 Cambios previstos.    
13 Referencias.

CEPT/ERC/REC 74-01.

ETSI EN 301 459.

 
14 Notificación. 2020/764/E.  
15 Observaciones. Rangos de frecuencias en la dirección espacio-Tierra 10,7-11,7 GHz, 12,5-12,75 GHz y 17,7-20,2 GHz.  

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