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Documento BOE-A-2022-17161

Resolución de 13 de octubre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Institut Valencià de Cultura de la Generalitat Valenciana, el Ayuntamiento de Murcia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y la Asociación Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública, para la organización de las XIV Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas y la Música 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 20 de octubre de 2022, páginas 143163 a 143170 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-17161

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, el Institut Valencià de Cultura de la Generalitat Valenciana, el Excmo. Ayuntamiento de Murcia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, y la Asociación «Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública» han suscrito, con fecha 07 de octubre de 2022, un convenio para la organización conjunta de las XIV Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas y la Música 2022, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 13 de octubre de 2022.–El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco Conchillo.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música; el Institut Valencià de Cultura de la Generalitat Valenciana; el Excmo. Ayuntamiento de Murcia; la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía; y la Asociación «Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública», para la organización conjunta de las XIV Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas y la Música 2022

En Madrid, a 7 de octubre de 2022.

De una parte, don Joan Francesc Marco Conchillo, Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, n.º 1 (28004) Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 229/2022, de 29 de marzo de 2022, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de Diciembre (BOE núm. 306 de 20 de diciembre).

De otra parte, Raquel Tamarit Iranzo, Consellera d'Educació, Cultura i Esport de la Generalitat Valenciana, nombrada por Decreto 12/2022, de 14 de mayo, del president de la Generalitat, que interviene en calidad de presidenta en nombre y representación del Institut Valencià de Cultura, con NIF Q-9655132-J, y con domicilio fiscal en Valencia (CP 46002), pl. de l'Ajuntament, 17. Actúa en virtud de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 4 del Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de CulturArts Generalitat (actualmente denominado Institut Valencià de Cultura), en relación con lo señalado en el artículo 7 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, regulador de los convenios que suscribe la Generalitat, y expresamente facultada para la suscripción del presente convenio por Acuerdo del Consell de 9 de septiembre de 2022.

De otra parte, don Pedro José García Rex, en calidad de Concejal de Cultura, Turismo y Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, con C.I.F. P3003000A y domicilio social en Glorieta de España, 1 (30004), Murcia; en virtud de su nombramiento y competencias delegadas del alcalde en su cargo por decreto de la alcaldía de Murcia de 29 de marzo de 2021. Asistido por doña Isabel Fernández Guerras, Directora de la Oficina del Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Murcia como fedatario público del mismo.

De otra parte, doña Almudena Bocanegra Jiménez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con CIF Q9155027G y domicilio en Edificio Estadio Olímpico, Puerta 13, Isla de la Cartuja, s/n (41092), Sevilla; en virtud de su nombramiento por Decreto 316/2019, de 12 de febrero («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», Extraordinario núm. 3, jueves 14 de febrero de 2019) y de las facultades delegadas en la Gerencia mediante el Acta de la sesión ordinaria n.º 4 del Consejo Rector de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de 7 de diciembre de 2012 (punto séptimo del orden del día).

De otra parte, don Juan Ignacio Herrero Fernández, en calidad de presidente de la Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública, con domicilio en calle Carretas, 14-8.ºF, 28012. Madrid, con CIF G82577685, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por acuerdo de la Asamblea General del 21 de diciembre de 2021, elevado a público en escritura presentada ante el notario don Santiago Cháfer Rudilla con fecha de tres de febrero de dos mil veintidós.

Todas las partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente convenio.

EXPONEN

I. Las Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas y la Música se organizan desde 2009 por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en estrecha colaboración con varias instituciones públicas y privadas. Las Jornadas surgieron de una primera colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, el British Council y el desaparecido festival Escena Contemporánea de Madrid.

El objetivo inicial era dar visibilidad institucional y artística a una serie de proyectos escénicos y musicales de carácter inclusivo, que se desarrollaban entonces en España y, al mismo tiempo, mostrar a los profesionales españoles otros proyectos ya muy consolidados del Reino Unido. Ante el éxito de esa primera edición y convencidos de la necesidad de seguir trabajando en esta línea de difusión de las artes escénicas y musicales inclusivas, se consolida el proyecto convocando anualmente las Jornadas. En este proceso de crecimiento de las Jornadas ha sido fundamental la incorporación de nuevas entidades públicas y privadas que han permitido aumentar el nivel de los contenidos y enriquecer las líneas de trabajo. Cada nueva edición ha contado con propuestas nacionales e internacionales en torno a la inclusión social y su relación con las artes escénicas y la música, que han sido muy valoradas por los profesionales españoles asistentes.

II. La organización de las Jornadas ha constatado también que hay un interés creciente en este campo de la inclusión social y las artes comunitarias por parte de los profesionales del sector cultural, así como una mayor oferta de propuestas artísticas que cuentan ya con un recorrido que les ha conferido calidad y profundidad.

III. Para estas Jornadas sigue siendo un reto de futuro paliar los desequilibrios territoriales respecto a las posibilidades de desarrollo y gestión de los proyectos artísticos que están en marcha o se proponen por parte de los artistas o instituciones, que actualmente encuentran dificultades para ser sostenibles o que tienen problemas para su difusión. Por tanto, las Jornadas mantienen su voluntad de seguir convocando nuevas ediciones anuales por distintos territorios del Estado.

IV. Las fechas de celebración de las XIV Jornadas serán el 7, 8, y 9 de noviembre de 2022.

Y en virtud de cuanto queda expuesto, las Partes manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM), el Institut Valencià de Cultura de la Generalitat Valenciana (en adelante, Institut Valencià de Cultura), el Excmo. Ayuntamiento de Murcia (en adelante, Ayto. de Murcia), la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía (en adelante, AAIC), y la Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública (en adelante, La RED) con objeto de organizar conjuntamente las XIV Jornadas sobre Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas y la Música.

Las XIV Jornadas se celebrarán los días 7, 8 y 9 de noviembre de 2022 en Valencia El formato de esta edición tendrá carácter presencial, no obstante algunos contenidos de relevancia se registrarán digitalmente y estarán a disposición del público en general en las redes sociales del INAEM.

Segunda. Compromisos de las partes.

Las instituciones firmantes del presente convenio se comprometen a elaborar conjuntamente y aprobar por consenso en el seno de la comisión de seguimiento del mismo, la programación de contenidos de las XIV Jornadas, e implicarse directamente en su organización, difusión coordinada por medio de sus canales habituales, así como en su desarrollo y balance final. Las XIV Jornadas consistirán en la realización de diversas ponencias por parte de prestigiosos profesionales del sector, foros de debate en torno a grupos de trabajo o vinculados a presentaciones de eventos relacionados con las artes escénicas inclusivas y comunitarias en España, así como en la exhibición de espectáculos.

Las instituciones firmantes acuerdan designar a una persona como coordinadora de producción de las XIV Jornadas, encargándose de diversas facetas de la producción y de mantener abierto y activo el canal oficial de comunicación con las instituciones, las organizaciones y los profesionales interesados en participar en dichas Jornadas. Asimismo, las instituciones firmantes acuerdan designar a una persona como coordinadora artística de las XIV Jornadas.

El INAEM, para el cumplimiento del objeto del presente convenio, se compromete a la creación y puesta en servicio de la plataforma digital para la gestión de las XIV Jornadas, a gastos derivados de la contratación artística, a la gestión de las comunicaciones con los participantes, coordinación de producción y logística de las Jornadas, al mantenimiento de la página web y canal de Twitter y a la elaboración de contenidos, así como al pago de gastos de producción y proveedores según la distribución que se decida en la comisión de seguimiento.

El Institut Valencià de Cultura, para el cumplimiento del objeto del presente convenio se compromete a poner a disposición los espacios escénicos apropiados para la celebración de las XIV Jornadas. Este compromiso incluye el pago de gastos de producción y proveedores según la distribución que se decida en la comisión de seguimiento: servicios de atención al público, seguridad, limpieza, acomodación, impresión y merchandising, señalética, transportes internos, personal técnico externo y mantenimiento, así como los servicios de comunicación que requieran dichos recintos para el buen desarrollo de las XIV Jornadas.

El Ayto. de Murcia, para el cumplimiento del objeto del presente convenio, asumirá los gastos referentes a la grabación audiovisual, realización y edición para la difusión de las XIV Jornadas.

La AAIC para el cumplimiento del objeto del presente convenio, se compromete a asumir parte de los gastos derivados de la coordinación de la producción de las XIV Jornadas.

La RED, para el cumplimiento del objeto del presente convenio, asumirá gastos referentes al pago de ponentes, talleristas, producción y gastos relativos al catering durante las XIV Jornadas.

Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

La actividad tendrá un presupuesto general máximo de 144.500 euros (ciento cuarenta y cuatro mil quinientos euros) IVA incluido, repartido de la siguiente manera:

La aportación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de 100.000 euros (cien mil euros) IVA incluido, según los compromisos adquiridos en la cláusula segunda, cuantía que se articulará a través de pagos específicos de distintos servicios, artistas, ponentes y proveedores, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.22606 correspondiente al ejercicio de 2022 a través de la ejecución de contratos artísticos, contratos menores de servicios y/o abiertos.

La aportación económica de la participación del Institut Valencià de Cultura se cuantifica en un máximo de 25.000 euros (veinticinco mil euros) IVA incluido. Este compromiso incluye el pago de gastos derivados de la contratación de producción con cargo a la aplicación presupuestaria 1/110/22699 correspondiente al ejercicio de 2022.

El Ayto. de Murcia asumirá los gastos referentes a la grabación audiovisual, realización y edición para la difusión de las XIV Jornadas, según los compromisos adquiridos en la cláusula segunda, por una cantidad máxima de 6.500 euros (seis mil quinientos euros) IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 094/3349/226.99 correspondiente al ejercicio de 2022.

La AAIC asumirá parte de los gastos derivados de la coordinación de la producción de las XIV Jornadas según los compromisos adquiridos en la cláusula segunda, por una cantidad máxima de 6.500 euros (seis mil quinientos euros) IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 1851/01/0000/G/45E/22718/00/01 correspondiente al ejercicio de 2022.

La RED asumirá gastos referentes al pago de ponentes, talleristas, producción y gastos relativos al catering durante las XIV Jornadas según los compromisos adquiridos en la cláusula segunda, por una cantidad máxima de 6.500 euros (seis mil quinientos euros) IVA incluido.

En el anexo del presente convenio se detalla este desglose general de gasto de las XIV Jornadas de Inclusión Social y Educación en las Artes Escénicas.

Cuarta. Inscripciones y distribución de ingresos.

El coste de inscripción para los participantes en las Jornadas será gratuito para todas las actividades: ponencias, talleres y espectáculos. Los posibles ingresos generados por la venta de las localidades sobrantes de los espectáculos revertirán en su integridad al Institut Valencià de Cultura, institución facilitadora de los espacios escénicos que se encargará, en su caso, de gestionar los pagos correspondientes por los derechos de autor que se generen.

Quinta. Promoción y difusión.

Todas las partes se comprometen a utilizar sus recursos por sus medios habituales y con arreglo a sus presupuestos para facilitar la difusión del evento tanto en el ámbito local como nacional.

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio habrá de figurar el nombre y/o el logotipo de las instituciones involucradas, que aparecerán bajo el epígrafe «Organizan», formando en su conjunto una unidad de imagen institucional, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El INAEM pondrá a disposición de las XIV Jornadas una dirección de correo electrónico corporativo: jornadasinclusionsocial@inaem.cultura.gob.es, y una cuenta en la red social twitter «@Jdas_Inclusion», que serán administradas por el INAEM.

Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

La comisión de seguimiento de las XIV Jornadas estará formada por los siguientes representantes de cada una de las instituciones: el/la titular de la dirección general del INAEM o persona en quien delegue; el/la titular de la dirección general del Institut Valencià de Cultura o persona en quien delegue; el/la titular de la Secretaria General de Innovación Cultural y Museos de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía en representación de la AAIC o persona en quien delegue; el/la titular de la Presidencia de la RED o persona en quien delegue; y el/la titular de la Concejalía de Cultura, Turismo y Deportes del Ayto. de Murcia o persona en quien delegue la representación.

Las instituciones participantes, en el seno de la Comisión de Seguimiento, concretarán por consenso detalles de la ejecución del convenio relativos al diseño de los contenidos de las XIV Jornadas, la distribución de competencias para la gestión y producción de las mismas, la distribución final de las partidas de gasto entre las instituciones y de la organización y general seguimiento del evento cultural, en el marco de las actuaciones y compromisos que se estipulan en las cláusulas segunda y tercera del presente convenio.

Las instituciones firmantes del presente convenio se comprometen a realizar un cierre definitivo de las XIV Jornadas, junto con el resto de las instituciones participantes, con una memoria de actividades y un informe de gestión económica que permita cerrar adecuadamente las actividades y proceder al cierre de la propia comisión organizadora antes del 31 de diciembre de 2022.

Las instituciones firmantes del presente convenio resolverán de común acuerdo los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.

Séptima. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que hayan firmado sus signatarios, y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Octava. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la comisión organizadora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución anticipada, las actuaciones previstas en la cláusula primera que se encontraran en curso de ejecución deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las partes en el momento de la resolución, y los ingresos distribuidos de acuerdo con lo señalado en la cláusula cuarta en los términos establecidos en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Novena. Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1, y por el Capítulo VI denominado De los convenios (artículos 47-53) de la citada Ley 40/2015.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado tanto entre ellas.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, vigilancia y control, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Duodécima. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las Partes se comprometen a respetar en todo momento la normativa nacional y europea en materia de protección de datos de carácter personal en el contexto de la operación de este convenio, fundamentalmente el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) y resto de normativa aplicable vigente actualmente o que la modifique, complemente o sustituya.

Las Partes únicamente se comunicarán aquellos datos de carácter personal que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades derivadas del presente Convenio, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos al día, obligándose a comunicar a la otra, sin dilación indebida, aquellos que hayan sido rectificados y/o deban ser cancelados según proceda.

Los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM.

Finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en su ejecución.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es

Decimocuarta. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–En representación del INAEM, Joan Francesc Marco Conchillo, Director General.–En representación del Institut Valencià de Cultura, Raquel Tamarit Iranzo, Consellera d'Educació, Cultura i Esport.–En representación del Ayuntamiento de Murcia, Pedro José García Rex, Concejal de Cultura, Turismo y Deportes.–En representación de la RED, Juan Ignacio Herrero Fernández, Presidente.–En representación de la AAI, Almudena Bocanegra Jiménez, Gerente.

ANEXO
Desglose general del gasto de las XIV Jornadas de Inclusión Social y Educación y la Música en las Artes Escénicas
Comité organizador Concepto

Gasto máximo

Euros

Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Creación y puesta en servicio de la plataforma digital para la gestión de las XIV Jornadas, a gastos derivados de la contratación artística, a la gestión de las comunicaciones con los participantes, coordinación de producción y logística de las Jornadas, al mantenimiento de la página web y canal de Twitter y a la elaboración de contenidos, así como al pago de gastos de producción y proveedores según la distribución que se decida en la comisión de seguimiento. 100.000,00. IVA incluido
Institut Valenciá de Cultura. Puesta a disposición de los espacios escénicos apropiados para la celebración de las XIV Jornadas. Este compromiso incluye el pago de gastos de producción y proveedores según la distribución que se decida en la comisión de seguimiento: servicios de atención al público, seguridad, limpieza, acomodación, impresión y merchandising, señalética, transportes internos, personal técnico externo y mantenimiento, así como los servicios de comunicación que requieran dichos recintos para el buen desarrollo de las XIV Jornadas. 25.000,00. IVA incluido
Ayuntamiento de Murcia. Gastos referentes a la grabación audiovisual, realización y edición para la difusión de las XIV Jornadas. 6.500,00. IVA incluido
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Asunción de parte de los gastos derivados de la coordinación de la producción de las XIV Jornadas. 6.500,00. IVA incluido
Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública. Gastos referentes al pago de ponentes, talleristas, producción y gastos relativos al catering durante las XIV Jornadas 6.500,00. IVA incluido
 Total.  

144.500,00.

IVA incluido

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