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Documento BOE-A-2023-23855

Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castejón/Muruarte y de desmontaje de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2 (Comunidad Foral de Navarra y TH de Gipuzkoa)".

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2023, páginas 156181 a 156223 (43 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-23855

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 14 de julio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso–Castejón/Muruarte y de desmontaje de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2 (Comunidad Foral de Navarra y TH de Gipuzkoa)», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, como órgano sustantivo, a solicitud de Red Eléctrica de España, SAU, como promotor del proyecto.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

Esta evaluación no incluye aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones, de planeamiento urbanístico, de seguridad y salud en el trabajo u otros, que disponen de normativa reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera del alcance de la evaluación ambiental.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto consiste en una línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV de 92,482 km, que conectará la subestación (en adelante SE) de Itxaso, situada entre los términos municipales de Gabiria y Ezkio-Itxaso (Guipúzcoa), con el apoyo T110 de la línea eléctrica a 400 kV Castejon-Muruarte (Navarra). La configuración es de doble circuito trifásico, tres conductores por fase y dos cables de tierra-fibra óptica; y 192 apoyos de celosía metálica, cada uno con cuatro zapatas de hormigón troncocónicos de 2 m2 por peana.

Para el montaje e instalación de apoyos y el tendido del cableado de la línea, se precisa la apertura de campas de trabajo; habilitación de accesos (nuevos, existentes en buen estado o a acondicionar, tramo con actuación y campo a través), con una anchura máxima de 4 m, y un total de 60,5 km de longitud; así como la apertura de calles de seguridad.

Durante la tramitación ambiental, el proyecto ha sido modificado, trasladándose el apoyo T1, coincidente con el T110, de entronque con la línea Castejón-Muruarte 400 kV, al apoyo T113.

Por otra parte, el proyecto incluye el cierre y desmantelamiento de la línea aérea a 220 kV «Itxaso-Orcoyen 1» (línea I-O1), mediante el desmontaje de 234 apoyos, y de la línea a 220 kV «Itxaso-Orcoyen 2» (línea I-O2), de 175 apoyos. Se procederá a desmontar el cableado, al troceado de los apoyos metálicos y al picado de sus peanas, utilizando en gran medida accesos y calles de seguridad existentes. Los residuos se retirarán en el menor tiempo posible y se gestionarán según lo dispuesto en la normativa vigente.

El 70 % del ámbito del proyecto se localiza en la Comunidad Foral de Navarra y el 30 % en el territorio histórico de Guipúzcoa de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), e incluye 63 municipios (44 y 19 respectivamente). Se estima una ejecución de 51 meses.

La línea de 400 kV se encuentra incluida en la «Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020». Los desmantelamientos de las dos líneas de 220 kV se incluyen en la planificación energética para el periodo 2021-2026, pendiente de aprobación a la fecha de elaboración del estudio de impacto ambiental (EsIA), mayo de 2021.

Diversas alegaciones cuestionan que el desmantelamiento de las 2 líneas 220 kV se vaya a llevar a cabo de una forma completa. La respuesta del promotor precisa que el proyecto sometido a autorización contempla el desmontaje de 55,02 km de los 57,95 km de la línea I-O1: se excluyen 2,93 km entre el apoyo 235 y la SE Itxaso ya que en ese tramo se comparten los apoyos con otras líneas. En la línea I-O2 se desmantelan 62,51 km de sus 62,77 km: se excluyen 0,26 km entre el apoyo 1 y la SE Itxaso por las mismas razones.

2. Tramitación del procedimiento

Con fecha 16 de agosto de 2019, este órgano ambiental formula documento de alcance del estudio de impacto ambiental (EsIA) del proyecto «Línea de entrada y salida en la SE a 400 kV Itxaso de la línea eléctrica a 400 kV, doble circuito, Castejón-Muruarte y repotenciación de las líneas eléctricas a 220 kV Itxaso-Orcoyen 1 y 2 (Navarra, País Vasco)», el cual se remite al promotor junto con las contestaciones recibidas en el trámite de consultas.

El 9 de septiembre de 2021, el órgano sustantivo publica en el «Boletín Oficial del Estado», el anuncio por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, de declaración de utilidad pública, de autorización administrativa de construcción y de evaluación del impacto ambiental del proyecto. El 14 y 22 de septiembre de 2021, el anuncio se publica en los boletines oficiales de Navarra y Guipúzcoa, respectivamente. Con fecha 14 de octubre de 2021, se publica la ampliación del plazo de información pública en el BOE. Durante el citado trámite, se reciben 673 alegaciones, como recoge el anexo I.

Conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo traslada consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas recogidas en el anexo I y remite la documentación recibida al promotor para su consideración.

Tras el análisis formal del expediente, esta Dirección General, de acuerdo con el artículo 40.2, requiere completar los informes preceptivos en relación con la gestión de residuos, que se reciben el 26 de abril y 17 de mayo de 2023; y con la Red Natura 2000, que son incorporados a la tramitación el 27 de julio y el 4 de octubre de 2023.

Asimismo, el promotor remite en junio de 2023, «Información adicional», relativa a campos electromagnéticos, distancia a poblaciones y viviendas, residuos y paisaje, a requerimiento de este órgano ambiental, al amparo del artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental.

Con fecha 31 de agosto de 2023, se reciben respuestas del promotor a segundas alegaciones de varios ayuntamientos, el cual, asimismo, corrige determinados aspectos del EsIA en el «Documento de aclaraciones», recibido el 4 de octubre de 2023.

3. Análisis técnico del expediente

3.1 Análisis de alternativas.

Entre los diversos «escenarios energéticos» del documento inicial del proyecto, el EsIA opta por el escenario 5, como consecuencia de las respuestas obtenidas en el trámite de consulta para formulación del documento de alcance y del proceso voluntario de participación ciudadana efectuado. El escenario 5 contempla, además de la construcción de la línea de 400 kV, el desmantelamiento de las dos líneas de 220 kV entre Itxaso y Orcoyen, que se pretendían repotenciar en otros escenarios. De esta forma, el análisis de alternativas persigue seleccionar el trazado de la línea 400 kV de menor impacto, junto con el desmontaje de las líneas existentes de 220 kV.

En una primera fase, el EsIA analiza las diferentes restricciones y condicionantes al desarrollo del proyecto dentro del denominado ámbito de estudio ampliado, definido mediante una envolvente de 2.104,4 km2, que comprende todas las alternativas analizadas para la línea de 400 kV y las dos líneas a desmantelar. El EsIA realiza un análisis en cascada de la capacidad de acogida de 20 opciones o pasillos alternativos para la nueva línea, incluida la alternativa 0, resultado de la combinación de diferentes tramos. Identifica 4 pasillos prioritarios, o alternativas de trazado, que compara en base a condicionantes y criterios de diversos factores. Los ambientales incluyen los espacios protegidos, vegetación, hábitats, fauna, patrimonio cultural, paisaje, etc. El análisis multicriterio selecciona como alternativa de menor impacto la número 3, constituida por los tramos A+B+F+H+I+J+L+Q+O, en especial por la mejor valoración de las afecciones al medio abiótico, biótico, ecosistemas del milenio, socioeconomía, planificación territorial y urbanística y paisaje.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra informa que el proyecto de construcción de la línea 400 kV puede resultar ambientalmente compatible, siempre que se realice el desmantelamiento de las dos líneas de 220 kV y se lleven a cabo las medidas y condiciones incluidas en los respectivos proyectos y en el EsIA, además de las que especifica en su informe, que se detallan en otros apartados de la presente resolución.

Diferentes alegaciones señalan que el EsIA es incompleto al no incluir un análisis detallado de la alternativa cero y que el proyecto no puede considerarse como parte de la red de transporte recogida en la planificación 2015-2020 y, por tanto, ni está aprobado por ley ni está sometido a una evaluación ambiental estratégica.

El promotor responde que la alternativa cero, desde una perspectiva ambiental, resultaría más desfavorable en el corto, medio y largo plazo, ya que impediría el desmantelamiento de las dos líneas existentes y la consiguiente reducción de sus impactos, los cuales considera que exceden a los impactos que generará la nueva línea a ejecutar. Adicionalmente, no resulta la más adecuada a las necesidades actuales y futuras de la sociedad y del sistema eléctrico, desde el punto de vista ambiental, el socioeconómico y de desarrollo sostenible, ya que supondría el mantenimiento de los problemas de suministro de energía eléctrica que motivaron la necesidad de plantear la nueva infraestructura. Asimismo, responde a las alegaciones relativas a la planificación.

3.2 Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Tras la selección de la alternativa 3 del escenario 5, la última fase del EsIA se centra en la evaluación de los impactos en una banda de ancho variable de unos 4 km a ambos lados de las tres líneas eléctricas (ámbito de estudio detallado) que ocupa alrededor de 613 km2.

3.2.1 Atmósfera, salud humana y cambio climático.

Durante la construcción y desmantelamiento de las líneas, disminuirá la calidad del aire, por el incremento de materiales en suspensión (polvo y gases de combustión) debido a los movimientos de tierra y al tránsito de maquinaria, que el promotor valora como compatible por su carácter temporal y reversible.

Durante la ejecución de las obras, la maquinaria pesada supone la generación de un ruido apreciable de carácter discontinuo, temporal y puntual. El promotor identifica los núcleos de población más próximos, todos situados a más de 100 m, y señala la existencia de varias edificaciones a menos de 100 m de la línea, si bien se cumplen las distancias de seguridad establecidas por el Reglamento de líneas de alta tensión. Valora como compatible el impacto durante las obras de la línea de 400 kV y moderado durante el desmantelamiento de las líneas de 220 kV por la presencia de varias edificaciones a menos de 100 m.

En la fase de funcionamiento, el ruido provocado por el efecto corona de las líneas eléctricas es de pequeña intensidad y sólo se aprecia en la proximidad inmediata a la línea eléctrica, no percibiéndose al alejarse unas decenas de metros. El EsIA indica que la distancia de la línea a las poblaciones y a edificaciones dispersas evitará cualquier afección por ruido durante su funcionamiento. Identifica varias edificaciones próximas a las líneas a desmantelar, incluso bajo ellas, en las que la nueva línea se separa de la calle de la línea existente, por lo que se mejora la situación actual. A partir de datos de mediciones de ruido y de los valores límite recomendados por la OMS (Organización Mundial de la Salud), el promotor deduce que el ruido originado por el funcionamiento de la línea es similar al valor medio de áreas rurales o residenciales y, debido a las características de propagación del sonido, concluye con la valoración de afección no significativa.

El EsIA contempla medidas como la prohibición del uso de explosivos; utilización de maquinaria de bajo nivel sónico y adecuado mantenimiento y uso de acuerdo con la normativa reguladora; limitar a lo imprescindible el paso de vehículos pesados por los núcleos de población; cubrir la caja de los camiones con lonas; riegos periódicos de los accesos en períodos de sequía; y la aplicación de la Ley del Ruido y reglamentos de desarrollo.

En relación con los campos electromagnéticos, el promotor alude a la normativa internacional más extendida, promulgada por ICNIRP (Comisión Internacional para la Protección contra la Radiación No Ionizante), organismo vinculado a la Organización Mundial de la Salud. La Unión Europea se basó en ICNIRP para elaborar la Recomendación del Consejo de Ministros de Sanidad (RCMSUE) relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz), 1999/519/CE, publicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» en julio de 1999. Su objetivo es únicamente prevenir los efectos agudos (a corto plazo) producidos por la inducción de corrientes eléctricas en el interior del organismo, puesto que no existe evidencia científica de que los campos electromagnéticos estén relacionados con enfermedad alguna.

El Consejo Europeo recomienda como restricción básica para el público limitar la densidad de corriente a 2 mA/m2 en sitios donde pueda permanecer bastante tiempo, y calcula unos niveles de referencia para el campo electromagnético de 50 Hz: 5 kV/m para el campo eléctrico y de 100 μT para el campo magnético. Si el nivel de campo medido no supera este nivel se cumple la restricción básica y, por tanto, la Recomendación; sin embargo, si se supera el nivel de referencia entonces se debe evaluar si se supera la restricción básica.

El EsIA expone que las líneas aéreas de alta tensión no producen una exposición a campo magnético superior a 100 μT, incluso en el punto más cercano a los conductores; y, en la mayoría de los casos, la exposición a campo eléctrico tampoco va a superar 5 kV/m. En circunstancias muy determinadas, el campo eléctrico puede situarse por encima de 5 kV/m, justo debajo de los conductores de algunas líneas de 400 kV; sin embargo, el campo eléctrico es detenido por árboles, paredes o techos, por lo que en cualquier caso sería prácticamente nulo en el interior de un inmueble. Por tanto, concluye que las instalaciones eléctricas de alta tensión cumplen la recomendación europea, pues el público no estará expuesto a campos por encima de los recomendados en sitios donde pueda permanecer mucho tiempo.

En el estudio sobre campos electromagnéticos del anexo del EsIA se calcula, para la nueva línea de 400 kV, la denominada distancia de seguridad, en base a sus características y de determinadas hipótesis de cálculo. Señala que el valor del campo magnético depende de la corriente que circula por la línea, que varía a lo largo del día y suele estar muy lejos de la corriente máxima que por diseño puede circular. En valor medio, la potencia transportada por las líneas de 400 kV está en el entorno del 30 %. En el análisis realizado, el promotor calcula, para potencias de entre el 30 % y el 100 %, los valores del campo magnético a diferentes distancias de la línea, a 1 m de altura sobre el terreno. A 100 m de distancia, el valor del campo magnético es de 0,29 μT para carga del 100 % y de 0,03 μT para carga del 30 %. La distancia correspondiente a 0,4 μT es de 89 m para el 100 % de carga y de 37 m para el 30 %. La distancia correspondiente a 10 μT es de 23 m para el 100 % de carga y de 0 m para el 30 %.

El estudio concluye que en el caso de la línea 400 kV, para cargas del 100 %, la distancia mínima a la que se obtendrán valores de campo magnético compatibles con la instalación, según las recomendaciones de las Administraciones autonómicas (valor de 10 μT en los informes de los órganos regionales competentes en materia de salud del documento de alcance del EsIA) es de 23 m a la proyección del eje central de la línea.

El anexo de campos electromagnéticos incluye el estudio de distancias de la nueva línea a núcleos de población y edificaciones aisladas. El promotor recuerda que el desmantelamiento de las dos líneas de 220 kV supone la desafectación de varios municipios por el paso de una línea eléctrica de transporte. Además, en los tramos conflictivos, se ha alejado la nueva línea de los núcleos de población.

De acuerdo con el promotor, los núcleos de población situados a menos de 550 m de la nueva línea y sus correspondientes distancias son los siguientes: Ochovi, 255,60 m; Errotz, 273,30 m; urbanización Uharte-Arakil, 312 m; Santa Lutzi-Anduaga, 353,70 m; Satrustegui, 385 m; Urritzola, 407,60 m; Zuhatzu, 454,80; Izurdiaga, 473,20 m; Ekai, 510,40 m; Muru-Astrain, 550 m. El promotor indica que todas estas poblaciones ya soportan la percepción de las líneas a desmontar en la mayoría de los casos y que la nueva línea se proyecta más alejada de estos núcleos respecto a los trazados existentes, mejorando la situación actual. En relación con ello, el anexo incluye relación de los núcleos localizados a menos de 500 m de distancia de cada una de las líneas de 220 kV a desmontar.

Respecto de las edificaciones aisladas a lo largo del trazado, el anexo al EsIA incluye la relación de las situadas a menos de 100 m, que asciende a 50, y especifica la distancia de cada edificación a la línea de 400 kV medida desde el punto más cercano, así como el tramo correspondiente. El promotor indica que la mayoría no se corresponden con viviendas habituales. Las viviendas situadas alrededor de la subestación de Itxaso son las más próximas al nuevo eje, si bien ya tienen otras líneas de transporte a su alrededor. La línea se proyecta equidistante a ellas.

El estudio de distancias a núcleos y viviendas concluye que no hay ninguna edificación con estancia de personas de más de 4 horas a menos de la distancia mínima calculada de 23 m referida con anterioridad. Por tanto, el promotor valora el impacto como no significativo.

El informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra concluye que «… en la situación legislativa europea, estatal y autonómica, las instalaciones proyectadas deberán cumplir con los límites de exposición de 5 kV/m para el campo eléctrico y de 100 μT para la densidad del flujo magnético, y así mismo se tendrá en cuenta el objetivo de calidad de 10 μT para la exposición en lugares donde permanezcan menores de 15 años más de 4 horas, al menos un día a la semana, con especial consideración a posibles zonas de uso recreativo existentes o futuras. Se deberán realizar mediciones reales de los niveles de exposición a los campos eléctrico y magnético a fin de confirmar los límites establecidos en la citada legislación…». Por otro lado, la Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco considera que «… se deben adoptar las medidas adecuadas para minimizar la exposición a los campos electromagnéticos creados en los diferentes elementos de las instalaciones y la comprobación del cumplimiento de los valores límites de exposición establecidos para la protección sanitaria recomendados por la normativa (Recomendación 1999/519/CE y RD 1066/2001) durante la fase de funcionamiento. Así mismo y en aplicación del principio de precaución, se recomienda incluir medidas adicionales en los lugares donde puedan permanecer niños, haya núcleos bitados o viviendas de manera que la exposición sea lo más baja posible». En ambos casos el promotor acepta expresamente los condicionados.

Constan numerosos informes y escritos de alegaciones que muestran su desacuerdo con el estudio elaborado por el promotor, al considerar que debería ser más riguroso y exhaustivo al afectar a la salud pública. Señalan discrepancias entre diferentes apartados del EsIA respecto de las distancias calculadas desde la nueva línea de 400 kV a los núcleos de población y las estiman, en todo caso, incorrectas de acuerdo con sus propias mediciones y criterio –definiciones de núcleo de población y de vivienda aislada del Plan de ordenación territorial POT-3- Área Central–, que arrojan un total de 15 núcleos de población a distancia inferior a 500 m. También resaltan el número de edificaciones aisladas situadas a menos de 100 m e indican omisión de datos. Consideran que el EsIA no se ha ajustado a las determinaciones del documento de alcance y se muestran disconformes con la distancia de seguridad fijada por el promotor de 23 m para el nivel de campo magnético de 10 μT y con la valoración del impacto como no significativo. Resaltan el agravio comparativo por el diferente criterio aplicado por REE en otros proyectos –respetar una distancia de 100 m a vivienda aislada y 500 m a núcleo de población– y reiteran que la distancia mínima de seguridad debe calcularse sobre la base de 1 m/1 kV, ampliado a 600-1.000 m para poblaciones y viviendas habitadas, de acuerdo con las conclusiones de numerosos estudios, trabajos y resoluciones de diversas agencias, entidades y organismos que relacionan.

La respuesta del promotor indica que el proyecto cumple la normativa sectorial y que la línea eléctrica no supera en ningún caso los niveles de referencia de intensidad de campos eléctricos y magnéticos establecidos al efecto por la Recomendación del Consejo de la Unión Europea y las recomendaciones de las comunidades autónomas (CC. AA.). Considera que hay consenso en la comunidad científica internacional acerca de que la exposición a campos eléctricos y magnéticos de frecuencia industrial generado por las instalaciones no supone riesgos para la salud pública, tal como lo han expresado numerosos organismos científicos de reconocido prestigio que relaciona. Señala que REE ha adoptado como principio general de precaución mantener la mayor distancia posible a las viviendas aisladas y, especialmente, a núcleos de población, tal y como se desprende del Documento de alcance y el EsIA y, seguidamente, expone la argumentación de la Sentencia n.º 2722/2016 de 21 de diciembre del Tribunal Supremo que concluye, sintéticamente, «Como se ha dicho con anterioridad, las distancias de 100 y 500 m son una intención de deseable aplicación sólo cuando sea técnicamente posible, por no exigirlo norma alguna». Reitera que no existe ninguna edificación con estancia de personas de más de 4 horas a menos de la distancia mínima de seguridad de 23 m. Insiste en que la nueva línea se aleja de los núcleos que ya soportan la percepción de las líneas a desmontar y cuestiona el criterio empleado en las mediciones de las alegaciones, basado en la definición de núcleo de población y vivienda aislada del Decreto Foral 44/2011, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación Territorial de Navarra, que tiene su ámbito de aplicación específico y que no pueden entenderse como «definiciones universales».

En respuesta al requerimiento de esta Dirección General, el promotor expone en la información adicional los motivos de las discrepancias en las distancias recogidas en el EsIA y realiza nuevos cálculos, utilizando como fuente la base topográfica nacional de la web del Instituto Geográfico Nacional de mayo de 2023. Se mide la distancia más desfavorable, es decir, desde el punto más cercano del perímetro del núcleo a la línea. Las distancias de la línea a los núcleos situados a menos de 1.000 m son las siguientes: Uharte-Arakil, 181 m; Errotz, 189 m; Ochovi, 213 m; Ekai, 216 m; Ariz, 220 m; Satrustegui, 248 m; Anduaga (Santa Lutzi), 289 m; Urritzola, 274 m; Zuhatzu, 352 m; Izurdiaga, 360 m; Muru-Astrain, 386 m; Ihabar, 523 m; Paternáin 524 m; Bakaiku, 531 m; Astráin 570 m; Arbizu, 579 m; Hiriberri Arakil, 598 m. Por encima de 600 m y hasta los 1.000 m, se encuentran Irañeta, Aldaz, Ororbia, Zuasti, Aldaba, Lakuntza, Adiós, Ibero, Zerain, Larraya, Arruazu, Iturmendi, Eneritz y Uterga.

El promotor señala que ningún núcleo de población se situará a menos de 100 m de la línea proyectada y que a esta distancia no se superarán 0,29 μT en el supuesto de carga máxima (situaciones puntuales un par de días al año). En el supuesto de carga normal de operación (30 % de la carga máxima), el campo magnético alcanzará niveles de 0,03 μT.

En relación con la recomendación del documento de alcance de alejar la línea por encima de 200 m de núcleos de población, a 181 m del trazado previsto se localiza una urbanización en Uharte-Arakil. En esta zona, la línea a desmontar I-O1 pasa unos metros más cerca de dicha urbanización. Los criterios seguidos en esta zona han sido minimizar afecciones a la zona especial de conservación (ZEC) Urbasa-Andia cuyo límite es cruzado por las líneas. De este modo se ha tratado de aprovechar en lo posible la calle de seguridad existente, evitando sobrevolar una edificación que en la actualidad está bajo línea. Respecto a Errotz, situado a 189 m, se ha buscado un paso equidistante entre Izurdiaga y este mismo núcleo, con el condicionante añadido de que había que encontrar un paso favorable del río Arakil salvando desniveles en un área de relieve complejo. En la zona, además, el trazado de la línea nueva pasa de seguir la traza de la línea a desmontar I-O1 a la traza de la línea I-O2.

Por otro lado, identifica 12 viviendas a menos de 100 m de la línea 400 kV, a partir de la misma base cartográfica, con su distancia al vano correspondiente y el valor del campo magnético para la situación puntual de carga máxima. Los valores estimados oscilan entre 0,3 μT (distancia de 98 m) y 3,5 μT (distancia de 38 m), muy inferiores al límite de los 100 μT e incluso de la recomendación de los 10 μT. También, se exponen los principales condicionantes del territorio que imposibilitan mantener distancias a estas casas superiores a las finalmente establecidas.

Finalmente, incluye la relación del resto de edificaciones (naves agrícolas e industriales y un depósito de agua), situadas a menos de 100 m, la distancia correspondiente, el vano de la línea y su campo magnético estimado a carga máxima. Finalmente, incluye cartografía con las edificaciones situadas a menos de 500 m de la línea. En síntesis, el promotor determina que no existe ninguna vivienda a menos de 23 m. Las edificaciones más cercanas son naves industriales o depósitos de agua.

3.2.2 Suelo, subsuelo, geodiversidad.

El relieve y morfología de las distintas zonas del ámbito de estudio presentan fuertes contrastes, con pendientes de 0 a más de 35 % y diferentes grados de erosión y pérdida de suelo. El promotor señala diversas formaciones geológicas relevantes como dos lugares de importancia geológica (LIG) en Guipúzcoa y varios puntos de importancia geológica (PIG) en Guipúzcoa y Navarra.

Se pueden producir modificaciones de la morfología y disminución de calidad del suelo (perdida horizonte superficial, compactación, etc.) debido a los movimientos de tierras por excavación de apoyos y accesos; el incremento de los procesos erosivos (regueros, cárcavas y taludes), en especial en fuertes pendientes donde sea necesario calle de seguridad; la ocupación (permanente) de unos 263.000 m2. por la nueva línea (20.800 m2 en los apoyos y 242.219 m2 en los 60,5 km de accesos), aunque se liberan unos 45.000 m2 entre apoyos y accesos en el desmantelamiento; la generación de residuos y la contaminación por vertidos accidentales. El EsIA los valora de moderados y compatibles.

El promotor señala que se producirán afecciones sobre el LIG denominado Complejo minero del domo de Mutiloa (Minas Troya), por cruzamiento de 1.268 m y por la cimentación de los nuevos apoyos T180 y T181, indicando que no se verán afectadas las capas profundas de esta formación de interés minero. Señala también que el apoyo 7 de la línea I-O2 coincide con dicho LIG, aunque no se prevén afecciones en su desmontaje.

Las principales medidas propuestas son la elección del tipo de apoyo con patas desiguales en pendientes mayores al 10 % (136 apoyos), reduciendo los movimientos de tierra; la ubicación de los apoyos, aprovechando al máximo la calle de seguridad de las líneas a desmantelar, priorizando las lindes de las parcelas y terrenos cultivados o marginales. Se priorizará el uso de los caminos existentes, reduciendo la apertura de nuevos accesos y, siempre que sea posible, se plantearán campo a través, aprovechando los accesos de las líneas a desmantelar y otras buenas prácticas constructivas. Las tierras procedentes de la excavación para la cimentación de los apoyos se extenderán alrededor de los apoyos o serán trasladadas a vertedero autorizado. Las instalaciones auxiliares se situarán en terrenos baldíos y bajo las líneas a desmantelar o junto a los apoyos. Se evitará el establecimiento de parques de maquinaria en zonas sensibles, se realizará el mantenimiento en taller y se aplicarán adecuadas medidas para evitar vertidos accidentales y la contaminación del suelo o del agua. Finalizados los trabajos, se cerrarán y restaurarán los caminos salvo aquellos que decida la administración competente que deban mantenerse. Se restituirán las zonas afectadas a la forma y aspecto originales lo antes posible. En espacios protegidos, no se abrirán nuevos accesos ni se modificarán los existentes para realizar trabajos en la fase de funcionamiento sin previa consulta al órgano ambiental.

En caso de llevar a cabo movimientos de tierras en los suelos potencialmente contaminados del entorno de la SE de Itxaso, se notificará al órgano competente del Gobierno Vasco, conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación.

El promotor incluye estudios de gestión de residuos de la nueva línea y de los desmantelamientos y relaciona los distintos tipos generados en todas las fases del proyecto codificados de acuerdo con la lista europea de residuos, así como la estimación de cantidades, entre las que destaca 689.473 kg de chatarra metálica procedente del desmantelamiento. Primará la minimización de generación de residuos, la reutilización, el reciclaje-valoración y la eliminación, conforme a la legislación vigente y al Plan de gestión de residuos donde se recogerán las zonas de acopio definitivas y los gestores autorizados. No existirán almacenes a pie de obra.

El Ayuntamiento de Orcoyen señala la necesidad de una cuidadosa gestión de los residuos y de medidas de recuperación de los suelos afectados en cuanto al proceso de desmontaje.

El segundo informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra considera adecuado el estudio de gestión de residuos del promotor, concreta la normativa de aplicación relativa a la producción, gestión y requisitos de traslado e incluye diversas prescripciones a llevar a cabo en la gestión de los residuos. Así mismo, la Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco indica que los estudios de gestión de residuos de los proyectos de desmontaje son estándar, orientados a construcción y no al desmontaje y que es difícil valorar si las acciones de gestión de residuos y el presupuesto asignado son adecuados, especialmente en zonas de difícil acceso y más valor natural, existiendo el riesgo de que sean abandonados «in situ». Informa de las obligaciones relativas a la producción, gestión y requisitos de tramitación, conforme a la normativa de aplicación.

La Información adicional del promotor indica que cada estudio de gestión de residuos de desmontaje describe los trabajos, residuos a generar y almacenamiento hasta su gestión. El plan de gestión de residuos recogerá el destino final, de acuerdo con la legislación vigente. Las indicaciones de los informes se incorporarán como de obligado cumplimiento en el pliego de condiciones previo a la elaboración del plan de gestión de residuos.

3.2.3 Agua.

La mayor parte del ámbito de estudio se localiza en la margen izquierda de la cuenca del río Ebro, fundamentalmente en la subcuenca del río Arga. En Guipúzcoa, la cuenca del río Oria se ubica en la Demarcación Hidrográfica (DH) del Cantábrico Oriental, y una pequeña superficie de la cuenca del río Urola en la DH Cantábrico Occidental. El EsIA relaciona otros cursos fluviales, como los ríos Elorz, Justapeña, Arakil, etc. También, recoge las zonas protegidas de los respectivos planes hidrológicos (abastecimiento de origen superficial y subterráneo, piscícolas, tramos de interés fluvial, etc.). Asimismo, determina la delimitación de zonas inundables que presenta una peligrosidad por inundación alta, pero, dado el tipo de proyecto, no se espera un incremento del riesgo de inundación.

Los potenciales impactos se producirán principalmente en la fase de construcción, por las eventuales alteraciones de la red de drenaje para realizar y acondicionar los accesos a los apoyos T-89, T-82 y T-143 de la nueva línea 400 kV, y por la ubicación en la zona inundable del río Arakil del apoyo T-131 y del río Arga de los apoyos T-53 y T-54. Asimismo, se podría producir la pérdida de calidad de las aguas, por aporte de materiales disueltos o en suspensión, incremento de la turbidez y contaminación por vertidos accidentales.

Para proteger el medio hídrico, se respetarán las servidumbres de 5 m a cauces públicos y todas las actuaciones en zona de policía deberán contar con las preceptivas autorizaciones de los organismos de cuenca; los apoyos se ubicarán lejos de las corrientes de agua, respetando la distancia al cauce y la altura con respecto al sistema hídrico y evitando la cercanía de canales, lejos de zonas susceptibles de avenidas, zonas de servidumbre y evitando la afección de riberas en buen estado; los pasos de caminos de cauces respetarán su capacidad hidráulica y calidad hídrica; se evitará la formación de regueros y en ningún caso se obstruirá el libre paso del agua. El EsIA relaciona otras medidas, además de las relativas a residuos y contaminación accidental ya recogidas en el apartado de suelo. Se solicitarán a los organismos de cuenca las autorizaciones preceptivas.

La Confederación Hidrográfica (CH) del Ebro informa de los cauces coincidentes con el trazado de la línea 400 kV y recoge una extensa relación de condiciones relativas a la ejecución de los trabajos; directrices en función de la ubicación de las actuaciones en dominio público hidráulico (DPH) y en zona de policía (ZP), y dentro de esta última diferentes limitaciones según se ubiquen en zonas de servidumbre, de flujo preferente e inundables; y criterios técnicos para la autorización de actuaciones en DPH y en ZP.

La CH del Cantábrico relaciona las masas de agua del ámbito del proyecto coincidente con la DH Cantábrico Oriental, indicando que los ríos Agunza y Oria I se encuentran incluidos en el Registro de Zonas Protegidas como zonas de protección de hábitats y especies con el nombre de Oria Alto, así como otras masas consideradas como zonas de captación de agua para abastecimiento. Considera asumibles y temporales los impactos producidos por el proyecto aplicando las medidas propuestas, que valora adecuadas, y siempre que se tengan en cuenta una serie de consideraciones relativas, principalmente, al cumplimiento de la normativa de aguas y obtención de autorizaciones preceptivas. Añade una serie de medidas preventivas y correctoras y prescripciones técnicas, que constan en el expediente.

La Agencia Vasca del Agua (URA) identifica la red principal atravesada por las líneas eléctricas; indica que algunos tramos se localizan dentro de las zonas de servidumbre y policía; y recoge consideraciones en relación con el DPH y sus zonas de protección, con el riesgo de inundación y con el registro de zonas protegidas que relaciona. Añade que todas las obras y actuaciones a desarrollar en las márgenes fluviales respetarán el Plan Territorial Sectorial (PTS) de ordenación de los ríos y arroyos de la CAPV en relación con los retiros definidos a cauce; que se evitará la colocación de nuevos apoyos en zona de flujo preferente, y se estará a lo dispuesto en la normativa de la planificación hidrológica, en relación con la inundabilidad. Finalmente, recuerda que cualquier actuación dentro del DPH o sus zonas de protección (servidumbre y policía) requerirá de la preceptiva autorización del órgano competente.

El promotor acepta expresamente los condicionados de los anteriores informes.

3.2.4 Flora, vegetación y hábitats.

El ámbito se encuentra muy modificado por las actividades humanas, con importantes superficies ocupadas por prados y cultivos, en especial en el corredor navarro de la Barranca (Sakana en euskera) y en el tramo de la nueva línea de 400 kV entre Irurtzun y Artajona. También destacan las plantaciones forestales, así como el número de poblaciones y la densa red de carreteras y caminos.

En la fase de construcción de la línea eléctrica de 400 kV, será necesario despejar la vegetación para abrir los accesos hasta el punto de emplazamiento de los apoyos y limpiar una plataforma a su alrededor (campa temporal), donde se realizarán las labores de montaje e izado. En las formaciones arbóreas de talla elevada, se abrirá una calle de seguridad para mantener la distancia reglamentaria entre las ramas más altas y los conductores más bajos. En determinadas situaciones, será suficiente con la poda selectiva de las ramas conflictivas, aunque en otras deberá procederse a la eliminación o tala de los árboles en la calle de seguridad. Los trabajos pueden afectar a especies catalogadas y provocar la eliminación y degradación de las comunidades vegetales, algunas de ellas con interés de conservación e incluso clasificadas como hábitat de interés comunitario (HIC).

Para estudiar las formaciones vegetales y especies de flora de interés presentes en el entorno, se utilizó la cartografía de HIC del País Vasco y de Navarra incluidos en la Directiva Hábitats, así como otras clasificaciones de vegetación, y se prospectaron el pasillo previsto para la nueva línea y las calles de las dos líneas a desmontar. Se ha valorado el estado de conservación en función de la cobertura, composición específica, diversidad, estructura, etc., y se han clasificado en favorable, desfavorable-inadecuado y desfavorable-malo.

Respecto de las especies incluidas en los catálogos de flora amenazada del País Vasco y de Navarra, cabe destacar Hydrocotyle vulgaris y Orchis papilionacea, cuya presencia ha sido citada próxima a la localidad navarra de Ibero, cerca del pasillo de la línea de 400 kV. Las poblaciones de otras especies amenazadas quedan lejos del trazado de las líneas. Ninguna de las dos especies fue localizada en las prospecciones de campo. No obstante, se debe asegurar que no se produce ningún tipo de afección sobre los pequeños cerros margosos –con características propias de Orchis papilionacea, catalogada «En Peligro de Extinción» en Navarra– próximos y coincidentes con el pasillo de la nueva línea. Respecto de Hydrocotyle vulgaris, catalogada como «Vulnerable» en Navarra, es propia de zonas encharcadas de bordes de enclaves higroturbosos y orillas de lagos y balsas, ambientes no presentes en Ibero.

Entre las unidades vegetales de interés se encuentran diversos tipos de hayedo (Fagus sylvatica), robledal de distintas especies (Quercus robur, Quercus petraea y Quercus pubescens), encinar y carrascal (Quercus ilex y Quercus rotundifolia), bosque de ribera (Alnus glutinosa, Fraxinus excelsior, Salix alba y Populus alba) y coscojar (Quercus coccifera), acompañados por diversas especies de matorral, prados de siega y pastizales. Gran parte del ámbito se encuentra ocupado por cultivos agrícolas y forestales.

Algunas de las formaciones anteriores se corresponden con los siguientes tipos de HIC (* prioritario): 4090. Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga; 5210. Matorrales arborescentes de Juniperus spp; 6210. Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos (Festuco-Brometalia); 6510. Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis); 9120. Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus(Quercion robori-petraeae o Ilici-Fagenion); 9160. Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del Carpinion betuli; 91E0*. Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior(Alno- Padion, Alnion incanae, Salicion albae); 9230. Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica; 92A0. Bosques galería de Salix alba y Populus alba; 9340. Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia.

El EsIA relaciona los diferentes tipos de formaciones vegetales y de HIC sobrevolados por la línea eléctrica de 400 kV, especificando los vanos, longitud del trazado y estado de conservación. De la vegetación sobrevolada, sólo un 28,67 % se corresponde con vegetación natural de interés y, de este porcentaje, el 88,41 % son hayedos, robledales, coscojares, carrascales y vegetación de ribera. Del total de formaciones de interés, tan sólo el 24,06 % tienen un estado de conservación favorable.

Sobre los cultivos compatibles (todos menos las plantaciones forestales), no se generan efectos negativos graves ni permanentes, ni por el tendido de cable, ni por la apertura de la campa, dada la reversibilidad de las afecciones provocadas. El EsIA relaciona los vanos que precisan la apertura de calle de seguridad mediante tala y la cubierta forestal afectada, que asciende a un total de 48 ha, fundamentalmente masas de pinos y chopos, además de algunas pequeñas superficies de robles, encinas, avellanos y matorral.

También se incluye relación de los apoyos que requieren la apertura de campa en zonas con vegetación natural, con detalle del tipo de HIC afectado y estado de conservación. La superficie de ocupación temporal del apoyo individual es de 1.600 m2 y la permanente de 100 m2. La ocupación temporal total de vegetación natural de interés asciende a 33.600 m2, 28.800 m2 con categoría de HIC. La ocupación permanente de vegetación natural de interés es de 2.100 m2 (1.800 m2 con categoría de HIC, ninguno de ellos prioritario), mayoritariamente carrascales, coscojares y, en menor medida, robledales.

Los accesos que suponen mayor afección son los de nueva construcción, ya que los realizados campo a través se recuperan posteriormente y los existentes a acondicionar sólo conllevan podas o actuaciones leves. El EsIA especifica la forma de acceso a cada apoyo, la unidad de vegetación natural de interés o HIC ocupado, su estado de conservación y la superficie afectada. La superficie total de afección a formaciones vegetales de interés por accesos de nueva construcción es de 3.487,5 m2, en su mayor parte correspondiente a carrascales y coscojares (con un estado de conservación desfavorable) y 38,37 m2 de robledal de roble peloso. De la superficie total anterior, 3.449,13 m2 corresponden a HIC. Ningún acceso discurre sobre HIC prioritarios.

En cuanto a las dos líneas a desmontar de 220 kV, las formaciones de interés se corresponden con zonas de vegetación de ribera en los ríos Oria y Arakil y en pequeños tributarios de estos. También aparecen carrascales, robledales, hayedos y formaciones mixtas en la calle de seguridad, principalmente en zonas de vaguada. En general, se trata de formaciones de pequeña talla, que no se talaron en la apertura de las calles de seguridad, por lo que podrían verse afectadas durante el proceso de desmontaje. Finalmente, destacan dos tramos de calle de seguridad con una notable regeneración de carrascas merecedoras de preservación, así como otro tramo con un pequeño rodal de roble peloso en el que aparecen numerosos fresnos juveniles. No se han considerado de interés los matorrales de brezal-argomal-helechal, formaciones de sustitución de la comunidad climácica de robledal o hayedo (en ocasiones sustituidas por plantaciones de coníferas), procedentes de las operaciones de desbroce y tala periódica de la vegetación de la calle de seguridad.

El EsIA especifica los vanos coincidentes con las formaciones de interés referidas y su longitud, que ascienden en las líneas de 220 kV I-O1 y I-O2 a un total, respectivamente, de 3.141 m y 4.249 m. El promotor señala que no existe afección potencial a los HIC por el desmantelamiento de las líneas ya que se ubican sobre una calle existente donde no se han localizado hábitats, así como que los caminos de acceso son todos existentes.

La principal medida para minimizar las afecciones a la vegetación es la elección del emplazamiento óptimo del trazado. Otras medidas de carácter preventivo son el alejamiento de los apoyos de los HIC, con las consideraciones ya recogidas en el apartado de suelos, la elección del tipo de apoyos y su altura, evitando en la medida de lo posible la tala de frondosas autóctonas, así como el uso de apoyos con patas desiguales. Como se expuso con anterioridad, se han planificado los accesos con el fin de priorizar el uso de los existentes. La apertura nuevos caminos se limitará a las zonas en las que no es viable el movimiento de máquinas y personas por el terreno. Las áreas de acopio y de maniobra se ubicarán siempre que sea posible en las zonas de vegetación de menor valor. En las líneas a desmontar, los acopios se realizarán bajo calle o junto a los apoyos. El parque de maquinaria y almacenes se ubicarán en pueblos próximos, no siendo preciso a pie de obra u otros lugares al efecto. Se prohíbe establecer los parques de maquinaria en zonas sensibles, como espacios naturales protegidos, HIC, Red Natura 2000 y próximas a cauces.

El montaje de los apoyos se realizará en el suelo y se izará posteriormente mediante grúa, excepto aquellos coincidentes con HIC y formaciones de frondosas autóctonas (relacionados en el EsIA) que se izarán con pluma para minimizar las afecciones. En las líneas a desmantelar, en las zonas ambientalmente sensibles y en espacios protegidos, a criterio de la dirección ambiental de obra, se desmontarán los apoyos mediante pluma.

En las operaciones de tendido y destendido de cables, se extremarán los cuidados para evitar daños a la vegetación y se reducirán las eventuales cortas a ejemplares aislados de especies sin valor natural. En las zonas de la nueva línea ocupadas por frondosas arboladas autóctonas o con presencia de HIC –que el EsIA relaciona–, el tendido se realizará a mano o con dron. Así mismo, en las zonas en las que las líneas a desmantelar cruzan vegetación sensible y HIC, cuyos vanos aparecen listados en el EsIA, se recomienda la retirada del cable mediante máquinas de tiro y freno.

En relación con la apertura de la calle de seguridad, en las zonas arboladas a sobrevolar por la línea eléctrica se respetará al máximo la cubierta vegetal de la faja afectada, limitando la eliminación de la vegetación a la estrictamente necesaria para realizar las labores correspondientes y cumpliendo las distancias reglamentarias. La tala se reducirá a las plantaciones forestales incompatibles con la presencia de la línea eléctrica; se priorizarán las podas en las masas de frondosas autóctonas de porte alto (especialmente hayas, robles y fresnos); y se mantendrán en lo posible las masas de especies de frondosas autóctonas de menor porte (encinas, enebros y avellanos). Una vez efectuadas las cortas y talas, la madera será convenientemente apilada y retirada a la mayor brevedad para evitar focos de infección o el riesgo de incendios forestales.

Otras medidas preventivas son las siguientes: evitar el tránsito de maquinaria por las masas de vegetación arbórea y de HIC; balizado de todas las zonas de trabajo en las cercanías del apoyo T-51 para reducir el riesgo de afección a Orchis papilionacea; balizado de las zonas de trabajo y accesos a todos los apoyos coincidentes con HIC o vegetación de interés; señalización visible y duradera para evitar el paso innecesario de maquinaria; los daños y heridas accidentales en el arbolado se sanearán dejando cortes limpios y lisos; las podas y talas serán realizadas de forma manual y nunca con maquinaria pesada; retirada a vertedero autorizado de los restos vegetales u otras formas de gestión acordadas previamente con los órganos competentes.

Respecto de las medidas correctoras, el EsIA incluye la restauración de zonas degradadas en las plataformas de los apoyos (los nuevos y los desmontados), caminos nuevos, accesos campo a través y calle de seguridad, devolviendo al suelo la situación previa a las obras, en la medida de lo posible, y revegetando aquellas zonas compatibles con la explotación. Entre las acciones concretas, se incluyen restauraciones fisiográficas del terreno, extendido de tierra vegetal, hidrosiembras (se descarta la realización de plantaciones cerca o bajo la línea de alta tensión), restauración paisajística y consolidación de taludes en los caminos nuevos que permanezcan durante el mantenimiento de la línea, etc. El promotor señala que redactará un Proyecto de Restauración donde se detallarán las acciones a realizar y en el que se primará el uso de especies autóctonas.

Durante la fase de explotación, se precisa controlar el crecimiento del arbolado de la calle de seguridad que pueda interferir, por su altura, con la línea eléctrica. En caso de detectar ejemplares cuyas ramas se aproximen a los conductores a una distancia inferior a la de seguridad, se procederá, previa solicitud del correspondiente permiso, a su desbroce o tala en función de su compatibilidad con la línea eléctrica para garantizar las distancias de seguridad durante la vida útil. El EsIA detalla el tipo de maquinaría adecuado a cada método de intervención, prescripciones técnicas de ejecución, así como especificaciones relativas al manejo y retirada de restos vegetales y de prevención de incendios forestales. Los restos de la corta se sacarán del monte, se triturarán, o se acordonarán en montones o filas sobre el terreno para su descomposición. Los trabajos de mantenimiento de las calles se deberán realizar, siempre que sea posible, fuera del periodo de mayor riesgo de incendio.

Tras la aplicación de las medidas preventivas y correctoras indicadas, el impacto residual por eliminación de vegetación supone la tala de 48 ha de vegetación arbórea (en su mayor parte, pinos y chopos) en la calle de seguridad, si bien el promotor señala que no afecta a vegetación de interés ni a HIC. Respecto de los apoyos y accesos, el impacto residual corresponde a las superficies de formaciones vegetales de interés y de HIC ocupados permanentemente reflejados con anterioridad. El promotor considera moderado el impacto residual en las zonas de eliminación de coscojares, carrascales y robledales, aunque globalmente es valorado como compatible. Durante la fase de operación, la afección está limitada a la poda y tala selectiva en la calle de seguridad. Respecto del impacto residual del desmantelamiento de las líneas de 220 kV, la afección a la vegetación de interés se considera como compatible: la vegetación podrá recuperarse después del desmantelamiento al no ser ya necesarias los trabajos de tala y poda en la «antigua» calle de seguridad y el impacto será positivo.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra informa que la eliminación de vegetación natural se ceñirá a lo estrictamente imprescindible y, en caso de corta de árboles de diámetro normal mayor de 15 cm, deberá solicitarse autorización de acuerdo con la normativa foral en materia forestal. El promotor se coordinará con el titular del monte para permitir el posible aprovechamiento de los árboles cortados, cuya saca se realizará a la mayor brevedad. Así mismo, se aplicarán las medidas del EsIA dirigidas a la preservación de Orchis papilionacea, así como en zonas con HIC o vegetación de interés.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco señala que no ha sido contabilizada la afección que supondrá la apertura de la campa de trabajo y de nuevos accesos sobre varias manchas de robledal (apoyos 160, 161,162, 170, 176 y 190) por lo que deberán plantearse en el EsIA medidas concretas para prevenir, corregir y, en su caso, compensar esta afección. Destaca la regeneración natural como opción seleccionada por el promotor para la recuperación de las calles de las líneas a desmantelar y valora positivamente las medidas propuestas.

En su respuesta, el promotor acepta expresamente los condicionados y requerimientos de los informes anteriores, que serán incluidos en las especificaciones que definen todas las acciones necesarias en el desarrollo del plan de vigilancia ambiental en las fases preoperacional, operacional y de restauración ambiental de los espacios degradados.

Diversas alegaciones e informes destacan, entre otros aspectos, las especies de interés presentes, la superficie de vegetación y de HIC afectada y la apertura de más de 50 km de nuevos accesos. Solicitan la ejecución de acciones de reposición de superficies de masas forestales equivalentes a las afectadas en los MUP, de acuerdo con lo establecido en la legislación sectorial, y la emisión de informe al respecto por la Administración forestal. Consideran que el impacto provocado es significativo y que se ha minusvalorado en el EsIA.

En sus respuestas a las alegaciones, el promotor detalla algunas de las medidas correctoras del EsIA, así como la elaboración en una fase posterior de la tramitación de un proyecto de restauración, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal de Navarra, que conllevará la reforestación de espacios.

3.2.5 Fauna.

En el ámbito de estudio detallado (buffer de 4 km a ambos lados de las tres líneas), se han citado en bibliografía un total de 241 taxones de fauna vertebrada: 10 peces, 15 anfibios, 22 reptiles, 137 aves y 57 mamíferos. El EsIA incluye una relación de las especies presentes, obtenida a partir de información oficial de ámbito nacional y regional con las distintas categorías de normativa europea, estatal y autonómica. Respecto del grupo de aves, se han realizado campañas de muestreo en la zona de estudio durante un ciclo anual mediante transectos a pie, en vehículo y con puntos fijos de observación. Entre febrero de 2020 y enero de 2021, se registraron un total de 133 especies, para las que se ha detallado su estatus estival, migrador, sedentario o invernante, además de su correspondiente categoría en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), Catálogo Navarro de Especies Amenazadas (CNEA), Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (CVEA), Listado de especies silvestres en régimen de protección especial (LESRPE) y otros. Se relacionan seguidamente las especies de mayor interés por su grado de amenaza:

Cangrejo de río (Austropotamobius pallipes), incluido en el CNEA con la categoría «en peligro de extinción». Cuenta con un plan de recuperación en Navarra, cuyo ámbito de aplicación se corresponde con el área de distribución de la especie. En la zona de estudio, coincide con el río Arga, aguas arriba del puente de Larraga.

Tritón alpino (Mesotriton alpestris). Anfibio incluido en la categoría de «rara» en el CVEA, «sensible a la alteración de su hábitat» en el CNEA y como «de interés especial» en el CEEA.

Rana ágil (Rana dalmatina). «Vulnerable» en el CVEA, «sensible a la alteración de su hábitat» en el CNEA y «de interés especial» en el CEEA. Se ha llevado a cabo un estudio específico sobre su situación en las áreas de afección del proyecto en la Barranca, donde se localizan numerosos humedales con reproducción de la especie.

Águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus). «En peligro de extinción» en el CVEA y el CNEA, y «vulnerable» en el CEEA. La población ha sufrido un fuerte retroceso en los últimos años en la zona. En el País Vasco se limita actualmente a una pareja reproductora y, según SEO/Birdlife (2018), a una pareja en Navarra. En el trabajo de campo, se han detectado 10 ejemplares (3 juntos). Navarra cuenta con un plan de recuperación cuyo ámbito de actuación incluye las áreas de reproducción, cría y alimentación, entre ellas el Roquedo de Etxauri, declarado Área de Protección de la Fauna Silvestre (APFS-14), la más cercana al ámbito de estudio, a 3,8 km de la línea 400 kV. El plan determina que se evitará la instalación de nuevos tendidos eléctricos de cable desnudo a menos de 500 m del ámbito de aplicación.

Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus). «En peligro de extinción» en los tres catálogos de especies amenazadas. En la CAPV, actualmente algunos ejemplares ocupan de manera más o menos estable la Sierra de Aralar, en Guipúzcoa. Aunque no se ha observado ninguna tentativa de reproducción, en dicho espacio se tiene constancia de la presencia de 3 individuos residentes. Desde hace varios años, es habitual ver el paso de varios individuos cruzando la Sakana entre Andía, Urbasa y Aralar generalmente a gran altura. Probablemente son ejemplares que se desplazan entre los núcleos poblacionales del Pirineo y el N de la Cordillera Ibérica. Se ha comprobado que han bajado a alimentarse junto a los buitres en un campo en la Sakana cercano a la autovía. Se han registrado 3 contactos durante los trabajos de campo. La parte NO del ámbito de estudio, al S del río Arakil, desde Ibero hasta Irurtzun, se encuentra afectada por el II Plan de Recuperación del Quebrantahuesos en Navarra.

Alimoche común (Neophron percnopterus). «Vulnerable» en los tres catálogos de especies amenazadas. En 2018 se contabilizaron 129 parejas estimadas según datos del Gobierno de Navarra. Hay una zona de interés para la especie en el País Vasco en Beamaburu, al E de San Gregorio. Durante los trabajos de campo se ha contactado en 40 ocasiones con un total de 47 individuos. Según los resultados del estudio de avifauna, la especie hace un uso intenso en el valle de la Sakana en Uharte-Arakil y Etxarri-Aranatz, ya que dispone de territorios de cría cercanos (peña de Zamartze, Oskia-Atondo, Peña Etxauri).

Águila real (Aquila chrysaetos). «Vulnerable» en el CVEA y CNEA e incluida en el LESRPE. En 2018, se han contabilizado en Navarra un total de 43 territorios. En el País Vasco, los parques naturales de Aralar y Aizkorri-Aratz son Zonas de Distribución Preferente. En la CAPV, se conocen 4 parejas con territorios seguros en el ámbito de estudio. Se han obtenido 23 contactos con un total de 25 individuos. Al S del ámbito se localiza un territorio de la especie cuyas zonas de máximo uso se localizan a 1,3 km y 8 km del apoyo 1.

Milano real (Milvus milvus). «Vulnerable» en el CNEA y en «Peligro de Extinción» en el CVEA y el CEEA. La población estimada es de unos 2.028 ejemplares en Navarra. Se han identificado 12 dormideros invernales en el entorno del proyecto, la mayoría localizados en el valle de la Sakana, entre el apoyo 102 y el 132 de la línea 400 kV, en la zona de Etxarri-Aranatz. Hay otros 3 dormideros en la zona de Ibero en el río Arakil y en la zona de Muru-Astrain entre el apoyo 42 y el 56 de la nueva línea.

Otras especies presentes en el entorno son halcón peregrino (Falco peregrinus), buitre leonado (Gyps fulvus), aguiluchos (Circus spp.) y cernícalo primilla (Falco naumanni).

Se ha localizado pico mediano (Dendrocopos medius) en el estudio específico realizado, así como pico menor, pico picapinos y pito real. El pico mediano se incluye en el LESRPE y tienen categoría «vulnerable» en los catálogos regionales. El pico menor (Dendrocopos minor) es «de interés especial» en el CVEA. En el trabajo de campo, se han identificado dos territorios con presencia segura de pico mediano, el de Etxarri-Aranatz-Arbizu y el de Altsasua-Urdiain. Además, hay tres zonas de interés, Altsasua-Zegama, Lakuntza-Arruazu y Ergoiena en las que no se ha podido confirmar su presencia en el estudio anual, si bien pueden haberla albergado en el pasado y ser colonizados en años posteriores. La nueva línea coincide con la calle de seguridad de la línea a desmantelar I-O2 en el área segura de Altsasua-Urdiain, así como en las de interés de Altsasua-Zegama y de Ergoiena. El área segura de Etxarri-Aranatz-Arbizu se localiza a unos 200 m de la línea a desmantelar I-O1.

Quirópteros. En las prospecciones del estudio específico realizado en el País Vasco con referencia en la localidad de Mutiloa y corredor del proyecto, se ha confirmado la presencia de 15 taxones, 5 incluidos en el CVEA cono vulnerables o en peligro de extinción. En el área prospectada, aparte de algunos edificios incluidos en los cascos urbanos aledaños, no se conocen refugios importantes de cría o hibernación.

Visón europeo (Mustela lutreola). «En peligro de extinción» en los tres catálogos. Guipúzcoa cuenta con un plan de gestión que define las Áreas de Interés Especial (AIE). En el ámbito del proyecto, parte del cauce del río Oria se encuentra dentro de AIE. Por otro lado, la mayoría de los arroyos presentes en el área guipuzcoana son Zonas de Distribución Preferente. Los cruzamientos de la línea 400 kV y de la línea a desmantelar I-O2 con el río Oria, así como los de la línea I-O1 con el río Agauntza, coinciden con el plan de gestión.

Nutria (Lutra lutra). «En peligro de extinción» en el País Vasco (CVEA) y en el listado de especies en régimen de protección especial tanto en Navarra como a nivel nacional. Está presente en el ámbito de estudio en Navarra, en el río Arakil y en sus afluentes.

Desmán ibérico (Galemys pyrenaicus). «En peligro de extinción» en el País Vasco y «vulnerable» en Navarra y a nivel nacional. Guipúzcoa dispone de plan de gestión en el que se incluye el río Agauntza, cruzado en tres ocasiones por la línea I-O1.

Entre las zonas de interés para las aves en el ámbito de estudio ampliado, se encuentran diversos espacios naturales y de la Red Natura 2000, las áreas de aplicación de los planes de recuperación y gestión, la Red de comederos de aves carroñeras en Navarra y el Plan de gestión de aves necrófagas en el País Vasco. También incluye el área importante para las aves (IBA) Peñas de Etxauri, de interés para aves rupícolas, en particular buitre leonado, y con cría de águila perdicera, alimoche, halcón, etc. De especial relevancia para las aves acuáticas, cabe citar las balsas de Loza e Iza, a 1,2 km de la nueva línea, y el río Arga, a 6 km. También, próximos a línea de 400 kV, se encuentran el muladar de Dorrao, en Sakana-Ergoiena, frecuentado por aves carroñeras, y varios dormideros de milano real. Diversos embalses constituyen enclaves de interés en la invernada de muchas especies de aves acuáticas migratorias europeas. Otras zonas son las utilizadas para la reproducción por milano real, pícidos, halcón y otras especies. Al sur del inicio de la línea, se encuentran varios territorios de aguilucho lagunero y cenizo y cría el elanio azul. El paso de Oskia, Atondo, representa la conexión natural usada por la avifauna migradora que se desplaza desde Pirineos hacia la Cordillera Ibérica, como en el caso del quebrantahuesos. La Sierra de El Perdón es paso de migración muy intensa y frecuente, tanto prenupcial como postnupcial, de aves pequeñas y medianas, rapaces, grullas y cormoranes.

En relación con los impactos, la pérdida de vegetación derivada de la construcción de la nueva línea y el desmontaje de las existentes puede reducir y/o alterar algunos biotopos, destruir nidos y madrigueras y obligar a sus poblaciones a desplazarse a otros lugares, más o menos próximos, donde puedan encontrar hábitats acordes con sus necesidades. Estos impactos afectan especialmente a la fauna terrestre y a la acuática. La magnitud del impacto varía según la época del año en que se realizan los trabajos.

El EsIA incluye la relación de los tramos de la línea 400 kV que sobrevuelan áreas sensibles en las que podrían producirse impactos potenciales, entre las que figuran los terrenos de interés para las rapaces rupícolas (águila azor-perdicera, quebrantahuesos, alimoche, buitre leonado, …), los dormideros de milano real, áreas forestales de interés para pícidos y rapaces, cruce de diversos cauces. Además, se incluye la Sierra del Perdón, por sus movimientos migratorios de aves; el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del quebrantahuesos; y la zona de interés para quirópteros. El promotor no prevé generar afecciones directas por pérdida de hábitats o zonas de cría en las áreas de interés para aves acuáticas, como la Balsa de Loza e Iza, la Balsa de Muniain o la IBA Peña de Etxauri.

Respecto de los corredores fluviales de los ríos Arga, Arakil y Oria y otros ambientes húmedos que albergan especies sensibles de peces, avifauna de ríos (mirlo acuático, martín pescador y otras especies de ribera), desmán, nutría, visón europeo y rana ágil, se trata de taxones ligados casi exclusivamente al medio fluvial o sus riberas y no están previstas obras de construcción o desmantelamiento sobre ese medio, de forma que no se va a producir ninguna pérdida, fragmentación o alteración de sus biotopos. La probabilidad de vertido accidental y de perjudicar la calidad de las aguas, con afección derivada a la fauna acuática, es escasa, ya que se evitará la realización de acciones potencialmente contaminantes cerca de los cauces y se aplicarán medidas preventivas adecuadas. Las posibles molestias durante las obras son reducidas ya que las actuaciones se ejecutan relativamente alejadas de las riberas, no hay ningún acceso de nueva creación próximo y el apoyo más cercano en todos los cruces de los ríos se localiza a más de 100 m de distancia. No se prevé grave riesgo de permanencia de los humedales reproductores de rana ágil de la Barranca, aunque en determinadas charcas se extenderán las medidas de precaución durante las obras al hábitat terrestre circundante en unos 300 a 500 m.

Respecto de los pícidos, en especial del pico mediano, la nueva línea y la I-O2 a desmantelar discurren por la única zona conflictiva, si bien en esta zona ya existe una calle de seguridad y las obras a ejecutar no implican la reducción de la superficie actualmente existente de bosque caducifolio propio de la especie en la zona ni la tala de ningún ejemplar de roble maduro. En cuanto a las molestias, podrían llegar a ocasionar afecciones sobre la población local si se produjesen durante su periodo de cría.

El EsIA incluye la relación de las zonas donde se puede producir alteración de los hábitats de interés faunístico por el desmantelamiento de las dos líneas de 220 kV, especificando los apoyos, longitudes sobrevoladas y elementos sensibles, que resultan coincidentes con los señalados anteriormente para la nueva línea de 400 kV. El EsIA significa que las tres líneas discurren alejadas de las principales zonas de nidificación de especies rupícolas (alimoche, halcón peregrino, quebrantahuesos, buitre leonado, etc.) las cuales se sitúan a más de 1 km de las actuaciones del proyecto.

Respecto de las modificaciones en las pautas de comportamiento, especialmente en época de reproducción, por las molestias derivadas del aumento del ruido y de la presencia humana y de maquinaria, el promotor considera reversible la afección, si bien recomienda desplazar la mayor parte de la actividad al período otoñal e invernal, especialmente en las zonas forestales y en las riberas fluviales. Las zonas más sensibles aparecen relacionadas en el EsIA y son, especialmente, aquellas en las que se localizan áreas de nidificación o alimentación. Por otro lado, los movimientos de tierra pueden producir la eliminación directa de ejemplares, que incidirá fundamentalmente en los invertebrados edáficos, ya que la movilidad de otros grupos permite prever que no resultarán afectados.

El principal riesgo para la avifauna durante el funcionamiento de la nueva línea eléctrica se debe a los accidentes por colisión. En las líneas de alta tensión, como la proyectada de 400 kV, no existe riesgo de electrocución. De las aves presentes en el área de estudio, las que tienen mayor riesgo de colisión son las ligadas al medio acuático, el pico mediano y algunas rapaces, como águila real, milanos y aguiluchos.

El estudio específico de avifauna describe las zonas con mayor intensidad de uso (análisis kernel) de las especies más relevantes del entorno, así como los mapas de sensibilidad desarrollados por REE. Del resultado de estos estudios, se deduce que las zonas con mayor riesgo potencial de colisión son el valle de la Sakana (Bakaiku – Etxaren), el Paso de Oskia y el este de Peña Etxauri. Otras zonas, como el cruce de los ríos Arakil, Oria, Ega, etc., las zonas del sur del ámbito de estudio por presencia de aguiluchos y las zonas de interés para pícidos también pueden resultar conflictivas. El ámbito de estudio se localiza en una zona por la que discurren los principales flujos migratorios que atraviesan los Pirineos y se dirigen hacia el SO de la península ibérica. La mayor parte de estos desplazamientos son a gran altura. El EsIA relaciona los siguientes tramos de línea coincidentes con flujos migratorios y movimientos de avifauna: T15 – T77: flujos migratorios principales (entre Pirineos y Sierra Urbasa); T28 – T41: Sierra del Perdón; T53 – T54: río Arga; T78 – T79 y T130- T131: rio Arakil; T159 – T154: Etxegarate; T17O – T171: río Oria.

En el caso de los dormideros de milano real, el proyecto supone una reducción de las posibles colisiones en los núcleos situados en la zona oriental, ya que se desmantela la línea I-O1, más cercana a la ubicación de estos dormideros, mientras que la nueva línea 400 kV mantiene prácticamente el trazado de la línea I-O2 a desmantelar. Para los 9 núcleos de la zona occidental, el proyecto también disminuye la longitud de tendidos actual, ya que la nueva línea se aleja significativamente del trazado existente de la I-O2 para 5 dormideros, se mantiene igual para 2 y se acerca para los 2 restantes, en los que discurre tangencialmente por sus límites debido al cambio de trazado de la línea de 400 kV al paso por la localidad de Etxarri-Aranatz por las distancias de seguridad más exigentes.

Entre las medidas contempladas para mitigar los impactos sobre la fauna, se encuentra la prospección previa al inicio de las actuaciones para la detección de madrigueras, nidos y refugios, además de las ya citadas de protección de la vegetación. Los movimientos de tierra y demás acciones especialmente molestas para las especies más sensibles se llevarán a cabo, en la medida de lo posible, en épocas de mínima actividad biológica. Respecto de las especies de aves de mayor interés, quebrantahuesos, águila perdicera, pícidos y rapaces forestales, para eliminar las afecciones durante el período de reproducción, se desplazará la mayor parte de la actividad a finales del verano-otoño-invierno. Se realizarán seguimientos de individuos previamente a cada fase de obra y se tendrán en cuenta los datos facilitados por las Administraciones regionales para determinar los periodos definitivos de parada de obras, además de los ya especificados en el EsIA por presencia de pícidos y de rana ágil. Esta medida se aplicará tanto en la línea nueva a construir como en las dos líneas a desmontar.

Se retirará el cable de las líneas a desmontar lo antes posible con la finalidad de reducir el período de aumento del riesgo de colisión de avifauna por convivencia de las tres líneas. En el caso de aparición de nidos de especies protegidas en los apoyos de las líneas a desmantelar, se aplicará el protocolo previsto en el EsIA para reducir los riesgos en la retirada de los nidos. Se consultará a los organismos de medio ambiente correspondientes.

El promotor contempla la señalización de los cables de tierra con espirales y, en los tramos de mayor riesgo, con dispositivos con catadióptrico en forma de aspa, en aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión y el Decreto Foral 129/1991, de 4 de abril, por el que se establecen normas técnicas sobre instalaciones eléctricas de alta y baja tensión con objeto de proteger a la avifauna.

Asimismo, destaca el desmantelamiento de las dos líneas de 220 kV y que, siempre que ha sido posible, se aprovecha el pasillo de una de ellas para construir la futura línea, con una reducción significativa de longitud de tendidos (unos 28 km) respecto de la situación existente antes de la ejecución del proyecto. Las mayores dimensiones del tendido a construir respecto de la línea a desmantelar pueden incrementar algo los riesgos a igualdad de longitud, si bien la instalación de balizas salvapájaros en la nueva línea debe reducir los riesgos respecto de la situación actual.

En el caso de aparición de nidos de especies protegidas en los apoyos, se respetarán en todas las fases de la construcción y en el mantenimiento de la línea, siempre que no interfieran en el correcto funcionamiento de la instalación o se estime un verdadero riesgo para la propia ave, en cuyo caso podrá procederse a la retirada de los nidos aplicando un procedimiento análogo al del desmantelamiento.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra informa favorablemente con las siguientes condiciones:

Respecto a la rana ágil, en determinadas charcas que relaciona existentes en los términos de Iturmendi, Bakaiku, Etxarri- Aranatz, Arbizu y Lakuntza, y en un entorno circundante a las mismas de 300-500 m de radio, las obras se realizarán en el segundo semestre del año.

Respecto al pico mediano, en la zona Alsasu-Urdiain, las obras se realizarán fuera de la época de reproducción, de marzo a junio, ambos incluidos. Además, si durante las obras fuese necesario el apeo de algún pie de diámetro mayor de 35-40 cm, en la medida de lo posible, se deberá consensuar su elección con la Sección de Guarderío.

Si durante el periodo de hibernación de los quirópteros (mediados de noviembre a principios de marzo), fuese necesaria la corta de árboles de grandes dimensiones, viejos, con fisuras y/u oquedades, etc., deberá comprobarse la posible ocupación de murciélagos hibernando. En caso afirmativo, habrá que esperar a que finalice la hibernación, o proceder a su traslado en condiciones y a lugares adecuados, pudiendo ser necesaria la instalación de cajas-refugio en el entorno, siguiendo las recomendaciones del Manual de conservación y seguimiento de los quirópteros forestales. Tanto la comprobación de la ocupación como el traslado deberán realizarse por personal técnico especializado.

En los trazados de las tres líneas del proyecto, desde su entrada en Navarra por el O, hasta la Sierra de Bizkai en los concejos de Atondo y Ochovi al E, cuando las obras vayan a ejecutarse en el periodo de abril a junio, ambos incluidos, deberá realizarse una prospección previa al inicio entre mediados de marzo y mediados de abril para identificar posibles zonas de nidificación de milano real que pudieran verse afectadas. En caso afirmativo, estas no podrán realizarse en dichas zonas en el periodo de abril a junio, ambos incluidos. Deberá ponerse en conocimiento del Negociado de Seguimiento Ambiental antes del inicio de las obras el resultado de la prospección y las decisiones a aplicar.

Dados los elevados valores relativos a avifauna existentes en todo el trazado de la línea a su paso por Navarra y la mayor eficacia demostrada para el dispositivo catadióptrico frente al de espiral, el balizamiento deberá realizarse en Navarra siempre con dispositivos catadióptricos móviles, dispuestos al tresbolillo en los cables de tierra, con una separación máxima de 14 m entre elementos en cada uno de los cables.

Finalmente, indica que debe modificarse el trazado de manera que se aproveche el pasillo de la línea existente 220 kV Orcoyen-Tafalla, conforme a determinadas especificaciones, para reducir la afección sobre una zona de nidificación de una especie rapaz vulnerable del CNAE en el extremo este de la línea de 400 kV. Debido a la inviabilidad técnica (interferencia con servidumbre de aerogeneradores y proximidad al embalse de Artajona), REE ha propuesto una variante entre el apoyo T-6 y el entronque con la línea 400 kV Castejón-Muruarte en el entorno del apoyo T-113, que permitiría lograr la mejora ambiental perseguida. En informe posterior, la Dirección General considera la modificación propuesta por el promotor ambientalmente compatible. El promotor ha aceptado ajustarse a esta variante, así como cumplir el resto de las condiciones de la Administración regional.

Por otra parte, la Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, tras analizar los diferentes impactos y medidas, considera asumibles las posibles afecciones a la comunidad de quirópteros, así como las afecciones a la avifauna, teniendo en cuenta el conjunto del proyecto –en el que se reduce considerablemente la longitud total de líneas– y las medidas planteadas. El promotor ha aceptado expresamente los condicionados y requerimientos recogidos en el informe.

El informe de la Dirección General de Montes y Medio Natural, de la Diputación Foral de Guipúzcoa, respuesta al requerimiento de esta dirección general, considera que el proyecto puede suponer una mejora de la situación actual, al disminuir la longitud de tendidos eléctricos que atraviesan la zona. No obstante, debe incluir la instalación de salvapájaros en la totalidad del trazado en territorio guipuzcoano.

Entre otros aspectos, numerosas alegaciones relacionan las especies de interés presentes, consideran inadecuado el radio de estudio seleccionado para algunas aves y sostienen la insuficiencia de la medida de instalación de balizas salvapájaros frente al riesgo de colisión, debido a la presencia de diversas especies amenazadas y de varios puntos estratégicos para los flujos migratorios que coincidirán con el trazado de la línea, como el paso de Otzuarte, corredor de Sakana, la balsa de Loza/Iza y, especialmente, el alto de El Perdón. También señalan la incompatibilidad del proyecto con los planes de recuperación de águila perdicera y quebrantahuesos, que recogen la necesidad de suprimir las líneas eléctricas.

En sus respuestas, el promotor reitera, entre otros argumentos, la reducción del riesgo de colisión derivada de la disminución de longitud de líneas eléctricas y de la señalización y expone las razones que justifican el cumplimiento de los planes de recuperación aludidos.

3.2.6 Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

El EsIA relaciona los espacios naturales y otras figuras de protección, entre los que destacan el Parque Natural –y Reserva Natural– de Urbasa y Andía, en Navarra, el Parque Natural de Aralar y el Parque Natural de Aizkorri-Aratz, en Guipúzcoa. La línea de 400 kV no sobrevuela ningún espacio protegido mientras que la línea a desmantelar I-O1 discurre 10.283 m por el Parque Natural de Aralar y la línea I-O2 sobrevuela 1.098 m las balsas de Loza e Iza. Todas las figuras protegidas se localizan a más de 1 km de la línea de 400 kV, excepto el Parque Natural de Aralar, a 908 m; la balsa de Troia, a 560 m; y el trampal de Lasurtegi, a 982 m. La línea a desmantelar I-O2 se encuentra a una distancia mayor de 1.200 m, excepto al Parque Natural de Aralar, a 908 m y a la balsa de Troia, a 729 m. Por último, la línea a desmantelar I-O1 se sitúa a más de 2 km, excepto a las balsas de Loza e Iza, a 607 m. El impacto es valorado como compatible con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras planteadas para los diferentes factores ambientales. Tras el desmantelamiento de las líneas supondrá un impacto positivo.

En relación con la Red Natura 2000, las ZEC Alto Oria, ZEC Aralar, ZEC Sierra de Aralar y ZEC Urbasa y Andía pueden resultar afectadas de forma directa por las acciones de construcción y desmantelamiento de las líneas. El EsIA relaciona otros trece espacios, que no coinciden espacialmente con el proyecto, en los que sus elementos clave, esencialmente especies de aves, pueden ser afectados indirectamente, junto con la distancia mínima a las actuaciones: Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Peña de Etxauri (3,7 km); ZEC Río Barrundia (8,2 km); ZEC Entzia (9,3 km); ZEC Río Arakil (7,7 km); ZEC Aizkorri-Aratz (720 m); ZEC Hernio-Gazume (13,8 km); ZEC Río Araxes (13,3 km); ZEC Río Leitzaran (19,6 km); ZEC Belate (11,0 km); ZEC Ríos Ega-Urederra (9,9 km); ZEC Montes de la Valdorba (7,2 km); ZEC Laguna del Juncal (9,4 km); ZEC Robledales de Ultzama y Basaburua (10,6 km). Se resumen a continuación las potenciales afecciones.

ZEC Alto Oria (Guipúzcoa). La nueva línea de 400 kV sobrevuela la ZEC en una longitud de 50 m y las líneas a desmantelar I-O1 e I-O2 en 70 m y 75 m respectivamente. En los tres cruzamientos, los apoyos de las tres líneas más cercanos se encuentran alejados de los límites de la ZEC, situados a distancias superiores al límite de 15 m establecido en el Plan de Gestión. En el caso de la nueva línea, ha sido imposible hacer coincidir su trazado con el de la línea a desmantelar I-O2, debido a las distancias de seguridad más exigentes que debe respetar a edificaciones cercanas. No obstante, los accesos previstos a los apoyos discurren íntegramente por el exterior de la ZEC y no están previstas actuaciones de construcción o desmantelamiento sobre los biotopos que albergan especies clave, de forma que no se va a producir ninguna pérdida, fragmentación o alteración de estos. El promotor concluye que no hay afecciones sobre los hábitats clave y las afecciones por molestias sobre las especies clave (visón europeo y aves de río) son limitadas y puntuales, ya que las obras se van a ejecutar a distancia de los cauces. La afección sobre la conectividad no es significativa ya que, aunque se va a producir un cruzamiento sobre la ZEC, se van a desmantelar otros dos. Así mismo, la nueva línea irá dotada de salvapájaros.

ZEC Aralar (Guipúzcoa). La nueva línea 400 kV y la línea a desmantelar I-O2 discurren en todo su trazado fuera de la ZEC, a una distancia mínima de 1.040 m. La línea a desmantelar I-O1 cruza la ZEC en una longitud de 10.000 m, entre los apoyos 161 y 204. Para el desmantelamiento, se ha reducido al mínimo la apertura de nuevos caminos ya que, en general, se utilizan los ya existentes, y las afecciones a los HIC de la ZEC únicamente se producen por el desmontaje de los apoyos. El único HIC afectado es el 6510 (prados pobres de siega de baja altitud), con 5.520 m2. alterados por la circulación de maquinaria campo a través, que representa un 0,08 % de las 691 ha existentes en la ZEC. Este impacto va a ser además temporal, ya que la cubierta herbácea degradada puede recuperarse tras el desmantelamiento al no ser necesario mantener los accesos después de las obras. Así mismo, cabe destacar el proceso de regeneración que permitirá la recuperación de la calle de seguridad, principalmente por parte de las formaciones arboladas.

El promotor descarta afecciones significativas a especies clave de la ZEC vinculadas al medio acuático, como el cangrejo de río, desmán ibérico y visón europeo, ya que no se prevén actuaciones en ríos ni márgenes y no se va a alterar el caudal, la calidad de las aguas, ni la vegetación riparia. Estima las posibles molestias y modificaciones de comportamiento como puntuales y temporales. Tampoco considera afectados otros elementos clave, como las especies de flora rupícola y los quirópteros, al no coincidir las actuaciones con las áreas que los albergan, entre otras razones. Respecto del quebrantahuesos, la pérdida de hábitat provocada por las obras no se valora significativa, ya que no se actúa sobre su hábitat de nidificación y la pérdida de superficie de campeo va a ser muy reducida y temporal. En cuanto a las molestias, sólo se pueden producir afecciones relevantes si tienen lugar durante el periodo de cría y en las inmediaciones del nido, dada la gran capacidad de desplazamiento y las dimensiones del área de campeo de la especie. Adicionalmente, aunque existen datos históricos de su cría en Aralar, actualmente no se reproduce en la ZEC y, si bien se observan desde hace años uno o dos ejemplares de forma estable, la especie no termina de asentarse y no se han registrado intentos de cría. Por otro lado, para descartar las molestias durante las obras a otras aves rupícolas con territorios de cría en la ZEC, como el halcón peregrino y alimoche, el promotor propone adoptar un cronograma que respete los periodos de cría si se confirma su reproducción en el reconocimiento previo a la construcción, conforme dictamine la autoridad competente. Durante la fase de funcionamiento, las afecciones se consideran positivas sobre la avifauna, ya que se elimina el tendido eléctrico sin señalizar que atravesaba el espacio y se reduce la longitud total de líneas en el entorno, si bien el trazado de la nueva línea se acerca al muladar de Dorrao, zona de alimentación de algunas de ellas.

ZEC Sierra de Aralar (Navarra). La nueva línea de 400 kV discurre a una distancia mínima de 55 m de los límites de la ZEC y la línea a desmantelar I-O2 es adyacente a su límite suroeste. La línea a desmantelar I-O1 cruza la ZEC en cuatro tramos discontinuos de 8 km.

Las afecciones sobre los HIC de la ZEC únicamente se producen por el desmantelamiento de los apoyos de la línea I-O1 situados en su interior, ya que los accesos a estos se realizan generalmente mediante los caminos existentes. El HIC 6210 (prados secos seminaturales y facies de matorral…) va a resultar afectado en 280 m2, el 0,001 % de la superficie presente en la ZEC. Además, esa afección se origina por la circulación de maquinaria campo a través sobre los prados, por lo que la degradación será temporal. La afección a los HIC de formaciones arbóreas 9120, 9160 y 9230 es de 800, 1.440 y 480 m2, respectivamente, y se limita a la poda de algunos ejemplares para acondicionar caminos existentes, sin que esté prevista su tala. El porcentaje de afección respecto de la ocupación en la ZEC es inferior al 0,25 % para cada uno de los HIC anteriores. Finalmente, la calle de servidumbre va a ver favorecida su revegetación.

Las especies de flora amenazada de la ZEC se localizan alejadas, en general, de la zona de actuación y en hábitats que no se encuentran en la misma. No obstante, el promotor prevé la prospección en detalle de las zonas de actuación. En caso de localizar alguna de las especies claves de la ZEC, en especial de Narcissus pseudonarcissus, se tomarían las medidas adecuadas para su preservación (trasplante o conservación de los ejemplares, etc.) de acuerdo con las autoridades ambientales navarras.

El proyecto no supone ninguna afección al hábitat ocupado por las especies de invertebrados amenazados de la ZEC, fundamentalmente bosques caducifolios y arbolado maduro de hayas y robles, por lo que no se van a producir repercusiones significativas sobre ninguna de ellas. La ZEC está incluida en el ámbito del Plan de Recuperación del cangrejo de río autóctono en Navarra, si bien el proyecto no contempla actuaciones en el hábitat de la especie, ligada casi exclusivamente a las aguas fluviales. El promotor también descarta afecciones al tritón alpino (asociado a humedales de la zona alta de la Sierra de Aralar, no coincidente con el trazado) y a la rana ágil, especie cuyos muestreos específicos realizados concluyen en la ausencia de afección. No obstante, el promotor prevé medidas para minimizar el posible impacto por atropello, como la limitación de velocidad a 30 km/h en la zona de obras y la prohibición de trabajar en periodo nocturno y en ciertas épocas.

El promotor descarta afecciones al quebrantahuesos por las razones expuestas para la ZEC Aralar. El territorio históricamente ocupado, en la zona de Malloak, se encuentra muy alejado de la línea a desmantelar (mínimo de 9 km), por lo que incluso en el caso de producirse la nidificación, las obras del proyecto no provocarían molestias de ningún tipo.

La línea a desmantelar no discurre por zonas con presencia de pico mediano confirmada en el estudio de pícidos realizado, aunque debido a la continuidad de las masas forestales es posible que sí haya ejemplares cerca de algunos de los apoyos. No obstante, las actuaciones no implican la reducción del bosque caducifolio ni la tala de ningún ejemplar de roble maduro y, por tanto, no van a suponer impactos sobre la especie por pérdida o fragmentación de hábitat. En cuanto a las molestias, el promotor prevé ajustar el cronograma a los periodos críticos de cría de la especie, si se comprueba su nidificación. El promotor expone consideraciones similares para el pito negro. Respecto de los quirópteros, no se van a producir afecciones a los posibles refugios y la pérdida de hábitat en la ZEC, en relación con la disponible, va a ser muy reducida, además de temporal. El comportamiento nocturno de las especies excluye las molestias en sus vuelos de campeo.

El promotor descarta efectos significativos sobre la conectividad durante la ejecución y destaca los positivos por los desmantelamientos, en especial la recuperación de la calle de seguridad para los bosques caducifolios que favorecerá a diversas especies de fauna.

ZEC Urbasa y Andía (Navarra). La línea de 400 kV bordea el límite N de la ZEC a lo largo de unos 21 km. La sobrevuela 5.940 m de línea y se ubican en su interior 12 apoyos. La línea a desmantelar I-O2 también bordea los límites de la ZEC en un trazado muy similar al de la anterior, aunque algo más separado de ella en la zona O, con 12 apoyos en su interior y 3.990 m de sobrevuelo. La línea a desmantelar I-O1 bordea el extremo NE de la ZEC, con 3 apoyos en su interior, y la sobrevuela 510 m. Todos los apoyos de las tres líneas situados en el interior de la ZEC se ubican sobre zonas calificadas como E «de restauración ecológica» o C1 «de gestión forestal» en el Plan de gestión de la ZEC, evitando las zonas «de protección especial», que tampoco son sobrevoladas por ninguno de los tendidos. El proyecto cumple con las prohibiciones del Plan de gestión de realizar cortas de arbolado extramaduro o de ejemplares de roble de interés ecológico y de circulación de vehículos fuera de las pistas. Respecto de la eliminación de la incidencia de los tendidos eléctricos sobre el quebrantahuesos y milano real, elementos clave del Plan de gestión, se desarrolla más adelante.

Se plantea utilizar al máximo la red de caminos existente para acceder a los apoyos, en especial los que sirven en la actualidad para el mantenimiento de la línea a desmantelar I-O2, coincidente en gran parte con la nueva línea de 400 kV. Así mismo, la calle de seguridad necesaria para la nueva línea ya está en buena medida construida debido a la analogía de trazados, aunque en algunos tramos de zonas arboladas con recorridos no coincidentes será necesaria la apertura de calle. En el caso de la línea a desmantelar I-O1 (y de I-O2 en tramos no coincidentes con la línea nueva) no cabe señalar afecciones por apertura de calle de seguridad, sino al contrario, se va a producir el proceso de recuperación de las formaciones arboladas en la calle ya existente.

En resumen, la afección sobre los HIC debida a la nueva línea es de 86.552 m2 (16.204 m2 por accesos y plataformas; y 70.348 m2 por la apertura de la calle de seguridad), repartidos de la siguiente manera: 8.004 m2 del HIC 6210 (pastizales meso-xerófilos), 14.842 m2 del HIC 9160 (robledal mixto) y 63.706 m2 de robledales pelosos navarro-alaveses (no incluidos en la Directiva Hábitat, aunque considerados elementos clave de la ZEC), originadas estas dos últimas, principalmente, por las podas necesarias para la apertura y mantenimiento de la calle de seguridad. La afección por el desmantelamiento de las líneas es de 3.340 m2 al HIC 6210, originado por algunos accesos a los apoyos.

La afección total sobre el HIC 6210, elemento clave de la ZEC bajo el epígrafe «pastizales y matorrales», asciende a 11.344 m2, el 0,04 % de las 3.212,49 ha existentes en la ZEC. Sobre el HIC 9160 (robledal mixto) y sobre los robledales pelosos navarro-alaveses, integrados ambos como elemento clave de la ZEC en el epígrafe «robledales», la afección conjunta será de 78.548 m2, el 0,78 % de las 1.001 ha existentes en la ZEC. El estado de conservación de los hábitats afectados por el proyecto se valora desfavorable inadecuado o malo en todos los casos, según las prospecciones de la Universidad del País Vasco.

Respecto de las especies clave de flora amenazada de la ZEC, únicamente se plantea una escasa posibilidad de afección a Hydrocotyle vulgaris, Narcissus asturiensis y Narcissus pseudonarcissus, si bien el promotor contempla la prospección en detalle de las zonas de intervención, tal y como se ha indicado anteriormente para otros elementos clave.

Los insectos clave amenazados están asociados a bosques caducifolios y arbolado maduro, especialmente robledal y hayedo, cuya afección supone menos del 1% de los robledales y del 0,1 % de las masas caducifolias de la ZEC. Además, las superficies afectadas tienen un estado de conservación desfavorable inadecuado o malo en todos los casos y el posible efecto de fragmentación de la calle de seguridad es descartado, ya que los tramos abiertos por las actuaciones en este tipo de bosques son de escasa entidad. Respecto del cangrejo autóctono, cabe remitirse a lo expuesto para la ZEC Sierra de Aralar. No se prevén actuaciones que puedan afectar a hábitats de medios acuáticos propios de los anfibios amenazados Alytes obstetricans, Hyla arborea, Triturus marmoratus y Triturus alpestris, no obstante, se prevén medidas para reducir el riesgo de atropello.

La ZEC está incluida en el II Plan de recuperación del quebrantahuesos en Navarra. Respecto de la posible pérdida de hábitat y las molestias sobre el quebrantahuesos, se reitera lo señalado anteriormente para las ZEC Aralar y Sierra de Aralar. La reproducción, de tener lugar, se localizaría en cortados rocosos con características ausentes en las zonas de obras del proyecto y, adicionalmente, los existentes en la ZEC se encuentran a gran distancia (mínimo 2 km), por lo que incluso en el caso de producirse la nidificación, las obras no provocarían molestias de ningún tipo.

Durante el funcionamiento, las afecciones derivan del riesgo de colisión con la línea 400 kV. El Plan de gestión de la ZEC considera como objetivo para el quebrantahuesos y milano real la eliminación de la incidencia de los tendidos de Urbasa y la Sakana en su supervivencia. Para ello, recoge dos medidas: revisar los tendidos eléctricos y valorar el riesgo de mortalidad de aves causada por electrocución o colisión; y corregir o suprimir los tendidos peligrosos. Determina que los nuevos tendidos incluirán las características necesarias para minimizar su impacto sobre la fauna en general y las rapaces en particular. El promotor sostiene que, si bien el proyecto implica un nuevo tendido de 400 kV, la eliminación de las dos líneas de 220 kV supondrá una reducción sustancial de la longitud total de líneas (34,5 km) existente en el entorno (10 km) de la ZEC. En cuanto al trazado del nuevo tendido, no supone cambios significativos, ya que coincide en gran medida con el de la línea a desmantelar I-O2, bordeando el N de la ZEC por el límite del valle de la Sakana y con la única modificación apreciable de rodear el núcleo urbano de Etxarri–Aranatz algo más al sur para respetar la distancia de seguridad más exigente. Este trazado, por tanto, no modifica las distancias del tendido existente a las zonas de riesgo (territorios de cría y zonas de alimentación, esencialmente). Por otro lado, y como recoge el Plan de gestión, el nuevo tendido será balizado con salvapájaros.

Respecto del milano real, durante la fase de obras se pueden producir molestias sobre algún posible territorio de cría instalado en las inmediaciones. No obstante, se prevé adoptar un cronograma de obras en los términos ya expuestos para otras especies. Esta misma medida se adoptará para los trabajos de mantenimiento en la fase de funcionamiento de la nueva línea, salvo casos de emergencia. El promotor descarta la pérdida de zonas de reproducción o campeo derivada de la apertura de la calle de seguridad, ya que la especie selecciona paisajes en mosaico con zonas abiertas y bosque. Respecto de las colisiones con la nueva línea, son aplicables las mismas consideraciones generales que para el quebrantahuesos, si bien en el caso del milano real debe añadirse la existencia de los 12 dormideros invernales identificados del valle de la Sakana en el entorno de la ZEC. Como ya se expuso con anterioridad en el apartado de fauna, el proyecto disminuirá el riesgo de colisión para le especie con la aplicación de las medidas previstas.

El estudio de pícidos de 2020 no verificó la presencia de pico mediano en el robledal de Ergoiena (donde el Departamento de Medio Ambiente la recogía en 2015) ni en Arakil, atravesados ambos por la línea 400 kV en paralelo y a corta distancia de la línea I-O2 a desmantelar. Si bien no se ha confirmado su presencia, se considera probable que haya población de pico mediano en las inmediaciones de algunos de los apoyos a instalar o desmantelar por ser zonas de interés para la especie. Muchos de los elementos de la nueva línea aprovechan en gran medida los viales o la propia calle de seguridad de la línea a desmantelar. En resumen, el proyecto supone la poda de 27.748 m2 de robledal para la apertura de la calle de seguridad. Ante las posibles molestias durante el periodo de cría, el promotor prevé adoptar un cronograma de obras en los términos expuestos para otras especies. Por otro lado, aunque esta especie no se encuentra entre las más vulnerables a la colisión, el proyecto puede tener un impacto positivo sobre ella, ya que supone la sustitución de un tendido sin señalizar por otro con el mismo trazado, pero señalizado. Respecto del pito negro, es posible que también aparezca en robledales del entorno de los tramos de las líneas dentro de la ZEC, con afecciones muy similares a las del pico mediano.

Respecto de los murciélagos, el promotor señala que la ZEC tiene gran potencialidad para su cría e invernada debido a la abundancia de cuevas y simas y la presencia de numerosas bordas y otras construcciones tradicionales, además de la existencia de masas forestales cercanas. El proyecto no contempla actuaciones en zonas rocosas ni en las inmediaciones de las cavidades más importantes para los quirópteros cavernícolas en la ZEC, por lo que no se afectará a los propios refugios. Así mismo, se considera poco probable que se afecte a especies estrictamente forestales, ya que no se afectan árboles maduros seleccionados por estas. Respecto de la posible pérdida como hábitat de campeo, la reducción de superficie forestal de interés potencial es muy pequeña respecto a la disponible en la ZEC.

La conectividad ecológica es considerada un elemento clave en el Plan de Gestión de la ZEC, en especial con la Sierra de Aralar a través del valle de la Sakana o del Arakil. Actualmente, el valle está ocupado por numerosas infraestructuras que configuran el eje Pamplona-Vitoria (autovía, carreteras, vías férreas) que constituyen una importante barrera al desplazamiento de fauna vertebrada entre dos espacios de la Red Natura 2000. El promotor reitera que la nueva línea se construye prácticamente sobre el mismo pasillo ocupado en la actualidad por la línea I-O2 que será desmantelada. No obstante, las mayores dimensiones de la nueva línea y sus infraestructuras asociadas (especialmente la calle de seguridad en las zonas arboladas) y la longitud algo mayor del trazado en el valle de la Sakana (debido a las distancias de seguridad más exigentes), van a suponer cierto incremento del efecto barrera en este corredor. Por otro lado, el proyecto supone el desmantelamiento de una segunda línea que también discurre por el valle de la Sakana en su zona oriental (entre Irurtzun y Lakuntza), con reducción del efecto barrera en ese tramo.

Afecciones indirectas a espacios de la Red Natura. Las afecciones indirectas se limitan a la posible colisión provocada durante el funcionamiento de la nueva línea sobre la avifauna ligada a cada espacio que sobrevuele el trazado en el curso de desplazamientos migratorios, de campeo o de otro tipo. Los 12 espacios analizados por encontrase algún tramo de la línea 400 kV a distancia inferior a 10 km son las ZEC Alto Oria, Aizkorri-Aratz, Urbasa y Andía, Aralar, Sierra de Aralar, Río Barrundia, Ríos Ega-Urederra, Montes de la Valdorba, Laguna del Juncal, Entzia, Rio Arakil y la ZEPA Peña de Etxauri.

El EsIA relaciona la distancia de los espacios a la nueva línea y las poblaciones de aves consideradas clave en cada uno de ellos. Para valorar las afecciones indirectas sobre estas poblaciones (centrada en la posible colisión), se ha analizado el uso del entorno de las líneas por estas especies en función de su abundancia, altura y dirección de vuelo, fenología, etc., recogidos en el estudio anual de avifauna. Otros aspectos estudiados son la reducción de la longitud total de tendidos en un entorno de 10 km del espacio; la proximidad al trazado de enclaves sensibles, como dormideros y zonas de nidificación; el desmantelamiento de la línea I-O1, que discurre a mayor altitud que la nueva línea, atravesando las ZEC Sierra de Aralar y Aralar, y a menor distancia de zonas elevadas que frecuentan varias especies necrófagas; el trazado de la nueva línea próxima al muladar de Dorrao; las mayores dimensiones de la nueva línea; los posibles desplazamientos de las aves acuáticas asociadas a zonas húmedas próximas, etc.

En base a los resultados obtenidos, el promotor considera compatibles las repercusiones indirectas sobre la ZEPA Peña de Etxauri, la ZEC Montes de la Valdorba y la ZEC Laguna del Juncal, ya que, si bien la nueva línea incrementa el riesgo de siniestralidad de algunas especies clave, las distancias a las que se encuentran estos espacios, las zonas de máxima frecuentación de esas especies detectadas en el seguimiento de avifauna y la instalación de salvapájaros limitan el riesgo. Las repercusiones sobre las ZEC Entzia y Aizkorri-Aratz se consideran positivas, ya que se reduce la longitud total de tendidos en el entorno, aunque el trazado de la nueva línea se acerca al muladar de Dorrao. Las repercusiones sobre las ZEC Río Barrundia y Río Arakil son no significativas, ya que las especies clave no van a tener afecciones indirectas derivadas del proyecto. Las repercusiones sobre la ZEC Ríos Ega-Urederra son no significativas, ya que no hay aves entre sus elementos clave. Anteriormente ya se analizaron las afecciones indirectas sobre las ZEC Alto Oria, Sierra de Aralar, Aralar y Urbasa y Andía, valoradas como positivas por el promotor.

Conectividad de la Red Natura. Respecto de las repercusiones sobre la conectividad entre los espacios de la Red Natura 2000, el EsIA incluye un análisis donde considera los corredores prioritarios de WWF, los corredores definidos en el Plan de Ordenación Territorial de Navarra, los corredores del País Vasco, los caminos de mínimo coste y corredores calculados por el promotor con el programa de GIS Linkage Mapper, así como la integración de todos los corredores identificados por los métodos anteriores.

En la zona de estudio, el principal problema para la conectividad entre los espacios de la Red Natura es la presencia de la autovía A-10, que constituye una barrera a los desplazamientos. Si bien la línea de 400 kV atraviesa los corredores identificados, los tendidos aéreos son bastante permeables ya que la fauna terrestre puede atravesarlas sin problemas; la acuática tampoco va a ser afectada al no interrumpirse el cauce; y la avifauna va a ser afectada principalmente por el riesgo de colisión más que por ver impedida la conectividad. En este sentido, los desplazamientos de la avifauna entre espacios suelen ser a gran altura y la línea discurre en su gran mayoría por zonas de valle (la Sakana).

En resumen, el proyecto supone mantener la misma longitud de línea eléctrica que atraviesa los corredores actualmente, al utilizarse en la nueva línea los pasillos existentes de las líneas a desmantelar y, en algunas zonas (ZEC Aralar y ZEC Sierra de Aralar), supone una importante disminución (por el desmantelamiento de la línea I-O1) mejorando la conectividad interior. El proyecto en conjunto también supondrá para varios de los espacios una reducción sustancial de la longitud total de tendido existente en su entorno. Además, el proyecto contempla medidas anticolisión y, por tanto, se considera que no existe una afección significativa para la conectividad global entre los espacios Red Natura.

Tras el estudio de repercusiones, el promotor concluye que con la adopción de los condicionantes de diseño y de las medidas preventivas y correctoras contempladas, no se producirán afecciones significativas sobre la coherencia global de la Red Natura 2000 ni sobre los elementos clave por los que fueron declarados los distintos espacios que forman parte de ella, quedando mitigados los impactos que se puedan producir.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco informa que el proyecto en su conjunto no generará un perjuicio a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000 del País Vasco.

Numerosas alegaciones manifiestan su oposición a la conclusión del promotor sobre las afecciones a los elementos clave de los espacios y a la coherencia con la Red Natura 2000. Sintéticamente destacan, entre otras, las repercusiones a la ZEC Urbasa y Andía teniendo en cuenta la superficie de HIC directamente afectada; el efecto de las líneas sobre el quebrantahuesos y milano real y las determinaciones del Plan de gestión al respecto; la acumulación de impactos con otros proyectos. Señalan que no se han estudiado los efectos acumulativos y sinérgicos, que no se ha considerado la documentación especializada recomendada y que no se incluye la valoración de los órganos gestores de los espacios, todo ello solicitado en el trámite de consultas previas. Los alegantes indican que los informes desfavorables emitidos por la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra respecto a los proyectos de energía renovable Kyoko y Ume serían aplicables al presente proyecto, al coincidir parte del trazado de la línea de evacuación por el mismo pasillo. Finalmente, concluyen que se producirán afecciones significativas sobre la coherencia global de la Red Natura 2000, incluso tras la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas.

En sus respuestas, el promotor muestra su desacuerdo con los argumentos de las alegaciones anteriores y reitera las razones que justifican su valoración y conclusiones.

Por otro lado, el informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, en respuesta a requerimiento de este órgano ambiental, señala que las afecciones del proyecto sobre la Red Natura 2000 son compatibles con sus objetivos de conservación y que, en cualquier caso, no se produce una afección a la integridad de ninguno de los espacios afectados. Así mismo, la Dirección General de Montes y Medio Natural de la Diputación Foral de Guipúzcoa informa que el proyecto en su conjunto no generará un perjuicio a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000, teniendo en cuenta el análisis abordado por el EsIA y las medidas preventivas y correctoras previstas en el mismo.

3.2.7 Paisaje.

Los documentos de paisaje de los Planes de Ordenación del Territorio (POT) de Navarra, Planes de Acción, Cartografía de Paisaje de la CAPV y otra documentación identifican 4 grandes zonas paisajísticas en el entorno del proyecto. Para el ámbito de estudio detallado, el EsIA describe las características de las 24 unidades de paisaje recogidas en los POT de Navarra y de las 17 cuencas visuales de la CAPV, así como de los componentes relevantes e hitos de interés (de naturaleza puntual, lineal o enclaves; con categoría patrimonial e histórica, paisajes y árboles singulares, caminos y cascos históricos, núcleos rurales, estaciones megalíticas,…) y de otros elementos de concentración potencial de observadores, como miradores, sendas turísticas, rutas, áreas recreativas, centros de interpretación, etc. También se han analizado los diferentes catálogos y planes paisajísticos de las dos CC. AA., con sus objetivos de calidad, acciones y directrices, con la finalidad de identificar aquellos aspectos que pudieran suponer restricciones al proyecto.

Los principales impactos se producirán por afección directa a unidades de paisaje, elementos, componentes relevantes o hitos paisajísticos y originan la alteración o pérdida de la calidad intrínseca del paisaje donde se perciben, así como por afección indirecta a la percepción, o intrusión visual, al generar los elementos artificiales introducidos cambios en las vistas, tanto cotidianas (vistas de carreteras o núcleos de población) como contemplativas (afección a vistas relacionadas con hitos paisajísticos, miradores o rutas). El EsIA incluye cartografía de visibilidad de cada una de las tres líneas obtenido mediante el cálculo de la cuenca visual de los elementos del proyecto con el modelo digital del terreno, altura del observador de 1,7 m, altura media de los apoyos de 40 m y un ámbito de alcance visual de 3,5 km. También se ha obtenido cartografía de la aptitud paisajística del territorio afectado mediante el análisis de la fragilidad visual y de la calidad paisajística.

Durante la construcción, se modificarán las características visuales de las superficies ocupadas por la presencia de maquinaria, obras y cambios morfológicos del terreno derivados de las operaciones de instalación de la nueva línea. El promotor estima que el 30 % de la superficie de afección directa por accesos y apoyos se producirá sobre componentes y elementos de aptitud paisajística baja o muy baja. En el caso de las líneas a desmontar, la ocupación de obras en zonas de aptitud baja o muy baja es del 28 %, si bien los accesos son en su mayor parte existentes y se ocuparán temporalmente. Las medidas correctoras encaminadas a la restauración de superficies de obra y accesos disminuirán sensiblemente el impacto, a lo que se añade su carácter temporal. El impacto sobre la calidad intrínseca se valora como compatible-moderado en la línea nueva y compatible en las líneas a desmontar. El impacto por intrusión visual es valorado como compatible, tanto para la línea nueva como para las líneas a desmontar.

Durante la fase de funcionamiento, el impacto sobre la calidad intrínseca de los elementos de la línea 400 kV, en especial de la calle de seguridad, se considera moderado dado que el trazado combina, en general, tramos con aptitud baja o muy baja (el 44 %) con otros de aptitud más favorable. No obstante, algunos tramos atraviesan enclaves singulares e hitos de interés paisajístico, en los que el promotor valora el impacto como severo al quejigal de Ezkieta, robles de Irañeta (considerado paisaje de atención especial –PAE–), robledal-castañar de Bakaiku y otros robledales de la Barranca, robledales de Urdiain Baikolar-Ermita de Aitziber-Sarabe (PAE) y a Barga de Urbasa (PAE). Por tanto, el impacto para la nueva línea se considera moderado-severo. En cuanto a las dos líneas a desmantelar, mejorará la calidad del paisaje al recuperarse el estrato arbóreo, alrededor de 50 ha de plantaciones forestales y de 103 ha de bosques autóctonos, en las calles de las líneas a desmantelar y se eliminan elementos artificiales en zonas de elevada calidad, paisajes y entorno de núcleos singulares, por lo que el impacto se valora positivo. El promotor concluye que el impacto global durante el funcionamiento sobre la calidad intrínseca se valora como moderado, dado que se combinan impactos de signos distintos.

Respecto de la intrusión visual durante el funcionamiento, el promotor se apoya en los estudios antes citados para valorar la visibilidad de la nueva línea desde las vías de comunicación situadas a menos de 500 m o cruzadas por ella, así como desde los núcleos de población a menos de 3.500 m. Indica que se producen los mayores impactos en los núcleos de Zuhatzu, Santa Lutzi-Anduaga, Urritzola, Izurdiaga, Ochovi, Errotz, Ekai y Satrustegi. Destacan los tres últimos, núcleos tradicionales propuestos para su conservación, aunque las ocho poblaciones citadas ya soportan la percepción de las líneas a desmontar y el nuevo tendido se aleja en todos los casos respecto a los trazados existentes, mejorando la situación actual al no introducir nuevas infraestructuras en sus vistas. Se analiza la intrusión visual sobre paisajes relevantes e hitos de interés paisajístico con recomendaciones de protección visual, y resalta los principales impactos en los montes de Txurregi y Gaztelu, en el monte San Donato-Beriain y en el entorno de la Ermita de Santa María de Eunate (paisaje singular de Navarra), entre otros. También cuantifica el grado de visibilidad de la línea desde caminos históricos, rutas y recorridos paisajísticos situados dentro del alcance visual del proyecto; y relaciona los afectados por intrusión visual máxima debido a su proximidad a la instalación (menos de 500 m), como el Camino de Santiago, la Calzada de Bernoa, etc. Numerosos hitos paisajísticos puntuales pueden ser afectados, si bien el impacto es valorado en todos ellos como moderado. Por tanto, el impacto para la nueva línea se considera moderado-severo. En cuanto a las líneas a desmontar, se valora el impacto positivo ya que se eliminará el efecto severo actual por intrusión visual a los núcleos de población más cercanos (radio de análisis 500 m) que relaciona, al eliminar 418 apoyos, algunos de ellos en el interior de enclaves singulares y PAE. Dado que se combinan impactos de signos distintos en esta fase, el impacto global se considera moderado.

Entre otras medidas, el EsIA, incluye el diseño del trazado por las zonas con menor impacto paisajístico; distribución de apoyos evitando, en la medida de lo posible, las zonas de máxima visibilidad y fuera de senderos y zonas de interés turístico; la minimización e integración de los desmontes y terraplenes; el empleo de calles de seguridad y caminos existentes; la integración de los elementos con formas, texturas y color del entorno; y otras ya descritas con anterioridad. Entre las zonas en las que se actuará, señala aquellas con problemas de compactación, accesos campo a través, caminos innecesarios para el mantenimiento y otras ya recogidas en el apartado de vegetación. Concreta la ejecución de plantaciones de arbolado compatible con la instalación en el camino a las piscinas municipales del bosque de Urdiain por el impacto de la calle de seguridad en el robledal.

La Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco considera asumibles las afecciones al paisaje, teniendo en cuenta que buena parte de la nueva línea coincide con el pasillo de la línea I-O2 a desmontar y que, sobre todo, se desmantela la línea I-O1, que actualmente atraviesa Aralar, un espacio de gran valor paisajístico.

La Dirección General de Ordenación del Territorio, del Gobierno de Navarra, informa que la línea de 400 kV afecta los Planes de Ordenación Territorial POT2, POT3 y POT4, que establecen en algunos casos limitaciones para acoger infraestructuras eléctricas, si bien determina que la infraestructura es coherente con el modelo de desarrollo territorial de los POT y no resulta incompatible. Señala que, según el EsIA, la nueva línea discurre próxima a 6 paisajes singulares recogidos en los POT: Sierra de Aralar (Santuario de San Miguel de Aralar); Peña de Etxauri; Alto de los Pinos y entorno de Loza e Iza; San Donato-Beriain; Txurregi Gaztelu; y entorno de ermita de Santa María de Eunate, y destaca los impactos por intrusión visual en los tres últimos. También resalta los PAE Robledal de Iraña, Barga de Urbasa y robledal de Urdiain en los que el EsIA valora el impacto como severo, así como las zonas de atracción de visitantes localizadas en el Santuario de San Miguel de Aralar.

Concluye que en el entorno de los paisajes singulares y de los PAE mencionados se deberán estudiar e implantar medidas de integración paisajística y/o compensatorias, y su presupuesto deberá ser proporcional a la entidad del proyecto. Igualmente, respecto de las líneas de 220 kV, requiere que se concreten las actuaciones de restauración y correspondiente presupuesto. El promotor acepta expresamente los condicionados.

En respuesta al requerimiento de concreción de las medidas paisajísticas, a petición del órgano autonómico de Navarra, el promotor contesta que el EsIA incluye, en diferentes apartados, las medidas mencionadas y las reproduce. Añade que, según los trabajos de campo del Informe botánico para la evaluación ambiental del proyecto realizado por la Universidad del País Vasco, se ha observado que ya hay zonas en las calles de seguridad de las líneas a desmontar que presentan regeneración natural de bosque de ribera, carrascales, robledales, hayedos y otras formaciones vegetales, y concreta sus coordenadas de referencia. También incluye precios unitarios orientativos y cuadro de mediciones de las operaciones que integrarán el presupuesto a concretar y definir en el proyecto de restauración final. Asimismo, incluye una propuesta de directrices y medidas de restauración ecológica e integración paisajística sobre las que se desarrollará la restauración de la nueva línea y de las líneas a desmantelar.

Diversas alegaciones recogen que el EsIA pasa de valorar el impacto de severo a moderado en base a los desmontajes, aspecto sobredimensionado hasta tal punto que equipara la afección de una línea de 400 kV con la de una de 220 kV, cuando por sus dimensiones, características y elementos asociados (apertura de campa, accesos, etc.), los efectos sobre el paisaje pueden no ser los mismos, como se observa en los cuadros sobre aptitud paisajística aportados. Señalan que en el pasillo de la nueva línea el impacto paisajístico sería muy superior al actual. Por otro lado, no se tiene en cuenta que el efecto paliativo no afecta a una tercera parte del trazado, donde no se valoran debidamente los efectos sinérgicos respecto de la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla. Insisten en la ausencia de estudio de efectos acumulativos y sinérgicos del proyecto con la línea a 220/400 kV SET Bayo-SET Vitoria 220 kV sobre el paisaje, en concreto sobre la ZEC Urbasa y Andía y en lo relativo a su plan de gestión. La documentación señala la afección de 11 enclaves de interés paisajístico, que cuentan con protección específica, y de 14 rutas y recorridos paisajísticos donde el efecto de intrusión visual sería máximo; pese a reconocer el impacto residual que supone sobre el paisaje, no se recogen medidas compensatorias. Por último, los estudios realizados para valorar los impactos y medidas correctoras desconocen los criterios y medidas propuestos por los POT para el análisis paisajístico y de sus valores regionales, comarcales, locales y singulares. Consideran que no se respeta lo establecido en la Normativa de Planificación Territorial Supramunicipal y comarcal de Navarra que es de obligado cumplimiento.

El promotor responde que se ha tenido en cuenta el paisaje como uno de los factores en la determinación del trazado de menor impacto. Para ello, se consideran las unidades paisajísticas y la sensibilidad del paisaje, en concreto determinados enclaves que relaciona. El trazado escogido intenta conseguir un paralelismo en el territorio con otras infraestructuras lineales y, de esta manera, se consigue establecer unos pasillos de infraestructuras que evitan la intrusión de la línea eléctrica en territorios por los que no transcurren dichos elementos, aun implicando una longitud mayor que con un trazado más directo. Seguidamente, se evita en la medida de lo posible la cercanía a núcleos urbanos que, junto con otros elementos de interés, como los espacios protegidos, y otros condicionantes territoriales, definen la alternativa de menor impacto. También reitera las medidas y las zonas de aplicación de la restauración ecológica e integración paisajística recogidas en el EsIA y que se han expuesto en apartados anteriores de esta resolución. Indica que, durante las obras, el impacto generado por la maquinaria tendrá carácter temporal. Alude al informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, en el trámite de consultas del procedimiento de evaluación ambiental estratégica de la planificación eléctrica, que consideró que el desmantelamiento de las líneas contribuía a la reducción del impacto del futuro proyecto de la línea 400 kV Itxaso-Castejón/Muruarte. En relación con los POT, señala que en el apartado de planificación territorial y urbanística del EsIA se contemplan los condicionantes territoriales y la compatibilidad del proyecto.

3.2.8 Patrimonio cultural, montes de utilidad pública y vías pecuarias.

El EsIA señala que las dos estaciones megalíticas de Altzania y de Brinkola-Zegama, en Guipúzcoa, se encuentran en el entorno de la línea eléctrica y que será preciso instalar dos apoyos, respectivamente, y acondicionar sus accesos dentro de sus límites. Otros seis elementos del patrimonio cultural se localizan fuera de la zona de afección de las obras y no se prevén impactos, por lo que no se proponen medidas. En las dos estaciones megalíticas citadas, aunque los dólmenes/túmulos catalogados quedan alejados de la zona de obras será necesaria la remoción de terrenos dentro de sus entornos acotados, por lo que propone, como medida preventiva de carácter general, la realización de un seguimiento y control arqueológico de los trabajos que impliquen remociones del terreno, desde el inicio de las obras y mientras duren los movimientos de tierra, ejecutado por un técnico-arqueólogo autorizado por la Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Guipúzcoa, así como el establecimiento de un protocolo de actuación arqueológica.

En el entorno del trazado de la línea en Navarra, el promotor no prevé impactos sobre 40 de los elementos del patrimonio cultural relacionados en el EsIA ni propone medidas específicas, aunque numerosos elementos se encuentran a menos de 100 m de los apoyos de la línea o de sus accesos. En el yacimiento de El Zoko propone el replanteo en obra del apoyo 69, desplazándolo fuera del perímetro del yacimiento; y en el de Montinano propone el balizado del perímetro del yacimiento en la zona de coincidencia con el tendido y la prohibición de circulación de vehículos y maquinaria por la zona balizada durante las labores de izado del tendido. Asimismo, propone la medida preventiva de carácter general del párrafo anterior. Finalmente, señala que previsiblemente los desmontajes no producirán afección alguna. En todos los casos, si durante los trabajos de excavación se detectasen restos arqueológicos, se procederá a la paralización de la obra y a informar a la autoridad competente, para que, en el caso de confirmarse su presencia, se puedan definir y caracterizar las afecciones y proponer las medidas que minimicen el impacto.

El Servicio de Patrimonio Histórico del Gobierno de Navarra informa que la nueva línea presenta 2 cruces sobre el Camino de Santiago, declarado BIC, si bien los estima admisibles y compatibles con su protección, por las razones que expone, aunque recomienda un alejamiento un poco mayor del apoyo T29. Asimismo, señala que no se aprecian afecciones a otros elementos del patrimonio arquitectónico histórico. El promotor acepta expresamente los condicionados, incluida la petición de alejar el apoyo.

La Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco informa, entre otras consideraciones, que será necesaria la presencia de un arqueólogo que se asegure del seguimiento de la obra. La Dirección General de Cultura, de la Diputación Foral de Guipúzcoa, indica que informó favorablemente el estudio arqueológico con el requerimiento de una acción complementaria en la zona 3 de las estaciones megalíticas de Altzania y Brinkola-Zegama, con determinadas especificaciones técnicas, y sometido a su autorización. Informa favorablemente el proyecto con la condición de que se incluya un programa de catas de prospección en los términos señalados en el informe. El promotor acepta expresamente los condicionados de ambos informes.

Por otro lado, en Guipúzcoa la línea sobrevuela alrededor de 2.984 m de los montes de utilidad pública (MUP) 3070.1, 1038.1 y 1043.1, si bien ningún apoyo se ubicará dentro de sus límites. En estos montes, se construirán un total de 3,5 km de nuevos accesos y se acondicionarán 14,1 km de caminos existentes, los cuales, junto a los 13,6 km existentes en buen estado, permanecerán durante la fase de explotación. En Navarra, el EsIA indica que no se sobrevuela ningún MUP. Por otro lado, se desafectará la longitud de MUP sobrevolada por las líneas a desmantelar.

La Dirección General de Montes y Medio Natural de la Diputación Foral de Guipúzcoa informa que parte de la línea 400 kV discurre por varios MUP y que deberá realizarse el trámite de concurrencia de utilidades públicas, expediente de ocupación y otros aspectos regulados por la normativa sectorial que el promotor ha aceptado expresamente.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, informa favorablemente de acuerdo con la normativa regional en materia de montes en relación con la prevalencia o compatibilidad de dichas actuaciones sobre los terrenos forestales afectados e incluidos en el Catálogo de MUP de Navarra. Señala que deberán subsanarse errores observados en los 20 MUP afectados que relaciona. Igualmente, se debe justificar, además de la compatibilidad con la utilidad pública del monte, la imposibilidad de localizarla sobre terrenos desarbolados de estos montes y de evitar afectar a zonas arboladas. Indica las tramitaciones a realizar en el contexto de la normativa sectorial de montes y, en particular, señala que «en los montes catalogados, bien de utilidad pública o bien protectores, al menos un 5 por 100 de su superficie será conservada sin actuación humana, sometida a su evolución natural», y que su elección se realizará conjuntamente por los titulares del monte y las Administraciones forestal y medioambiental. Se analizará la necesidad de realizar modificaciones puntuales al trazado o si no fuera posible, el establecimiento de medidas compensatorias. El promotor acepta el contenido del informe.

En el documento de aclaraciones, el promotor corrige los datos del EsIA sobre los MUP en Navarra: relaciona 17 MUP sobrevolados en 27.619 m por la línea de 400 kV, con una superficie de ocupación total de apoyos y accesos de 9,29 ha y 7,1 ha, respectivamente.

En relación con las vías pecuarias, el promotor indica que en Navarra la línea 400 kV sobrevuela la Cañada Real de Milagros a Aezkoa-CRMA y a la vía pecuaria-Camino, así como el cruce de una travesía por el acondicionamiento de un acceso. En todos los casos las afecciones serán puntuales y temporales y se cumplirá lo establecido en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de vías pecuarias de Navarra.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, señala que se deberá obtener informe favorable del órgano competente de acuerdo con la Ley Foral 19/1997. El promotor acepta expresamente el condicionado.

3.2.9 Efectos sinérgicos y acumulativos.

Para el análisis de sinergias se tienen en cuenta infraestructuras presentes y previstas en el ámbito de estudio, a fecha de abril de 2021, con impactos similares a los de la infraestructura planificada, como otras líneas eléctricas, subestaciones e instalaciones de generación eléctrica renovable. En este sentido, el EsIA indica que se debe tener en cuenta el desmantelamiento de dos líneas y que se aprovechan sus pasillos para trazar la nueva.

También señala que, al norte del parque eólico de la sierra del Perdón, en Cizur, no existen infraestructuras cercanas a la línea, la más próxima es la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla de REE, que discurre a 1 km del trazado previsto, por lo que se descartan en este tramo efectos sinérgicos. Se encuentra en tramitación una planta solar fotovoltaica y su línea de evacuación que podría quedar condicionado por la futura línea y, así mismo, podrían surgir nuevas infraestructuras o que algunas de las tramitadas no se autoricen, por lo que el promotor realiza la valoración con las que consta que están en curso. Entre los apoyos T1 y T36, sobre todo, es donde más se concentran estas infraestructuras.

El promotor identifica los factores del medio más relevantes y susceptibles de sufrir este tipo de impactos. Respecto a la población, señala que, para la totalidad del ámbito del nuevo eje no existe un efecto sinérgico o acumulativo significativo, ya que se desmantelan dos líneas y se deja sólo una, por lo que se produce una reducción del 47,6 % en el número de apoyos y una disminución de la longitud de líneas pasando de 120,7 km a 92,5 km. Esto conlleva la desafección en las ZEC Aralar y Parque Natural de Sierra de Aralar, permite la recuperación de la vegetación y hábitats para la fauna y una disminución considerable del riesgo de colisión para la avifauna. No obstante, se puede producir un incremento sinérgico del riesgo de colisión en el entorno de la sierra del Perdón por la presencia del parque eólico y el paso de la nueva línea, especialmente en el tramo T1-T19, en el que coinciden varias infraestructuras: un parque eólico, su línea de evacuación, las líneas de evacuación de las plantas solares, la línea 400 kV Castejón-Muruarte, la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla, la futura línea 220 kV Tierra Estella-Muruarte y la línea objeto de este proyecto, si bien se señalizará la línea con salvapájaros.

En relación con el paisaje, el promotor considera que el único tramo de la línea 400 kV donde se aumentan de forma significativa los elementos artificiales es el T1-T36, en el que coinciden varios parques eólicos y sus líneas eléctricas y otros elementos de evacuación. Si bien indica que se trata de una zona alejada de puntos de observación cotidiana y contemplativa, concluye que existirá un impacto sinérgico en la fase de funcionamiento.

Los informes de numerosos Ayuntamientos y Concejos, así como diversas alegaciones, exponen la coincidencia de la tramitación del presente proyecto con dos de energía renovable, Kyoko y Ume, que contemplan una nueva línea de 400 kV de cuatro circuitos, denominada línea a 220/400 kV SET Bayo-SET Vitoria 220 kV, que discurre a unos 150 m de distancia en paralelo con la línea de 400 kV Itxaso-Castejón/Muruarte en todo su recorrido. Señalan que esta línea no aparece contemplada en el EsIA, pero provoca impactos acumulativos y sinérgicos con la línea del presente proyecto, lo que ha impedido una adecuada evaluación y a los Ayuntamientos disponer de información actualizada. Se destaca que el EsIA se fundamenta en que el impacto de la línea de 400 kV Itxaso-Castejón/Muruarte es asumible por la compensación que supone el desmontaje de las actuales líneas de 220 kV Itxaso-Orcoyen. Aprecian deficiencias sustanciales en el EsIA, ya que no atiende al artículo 35.1.c de la Ley de evaluación ambiental al no tener en cuenta los impactos acumulativos y sinérgicos sobre la vegetación, avifauna, paisaje, población, salud y la Red Natura 2000, especialmente sobre la ZEC Urbasa y Andía y sus objetivos de conservación y a la conectividad de los espacios de la Red Natura 2000 del valle de la Sakana, situado entre dos ZEC, que resultaría atravesado por las dos nuevas líneas proyectadas y citadas anteriormente.

Las alegaciones cuestionan que el EsIA descarte efectos sinérgicos con la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla situada a 1 km de distancia. Así, la línea de 400 kV Itxaso-Castejón/Muruarte, desde su inicio hasta aproximadamente el apoyo 51, discurre en paralelo muy próxima a la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla de REE y provoca efectos sinérgicos, no considerados en el EsIA, sobre varios núcleos de población, como Astrain, Muru-Astrain, Paternain u Ororbia, «encajonados» entre las dos líneas, o a escasa distancia, como Adiós y Eneriz, además de coincidir con principales rutas de vuelo de aves. El reiterado argumento del desmantelamiento de las dos líneas de 220 kV, que sirve para justificar el impacto de la nueva línea 400 kV, no se ha considerado en cambio en relación con la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla. Y significa que el EsIA olvida que buena parte del trazado de la línea 400 kV kV afecta a municipios por los que no discurren las líneas de 220 kV a desmantelar, en concreto las situadas al S de la subestación Orcoyen: Oltza, Cizur, Legarda, Barasoain, Artajona, Añorbe, Enériz, Adiós, Muruzábal o Uterga. Adicionalmente, la línea de evacuación del proyecto Kyoko discurre en paralelo a escasa distancia de la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla y tampoco se han tenido en cuenta los efectos acumulativos y sinérgicos con las dos líneas de REE.

Otras alegaciones señalan que el EsIA recoge la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla en su apartado de efectos acumulativos y sinérgicos, aunque no incluye otras numerosas infraestructuras presentes o proyectadas, como líneas de alta tensión de distinto tipo, autopistas, autovías, carreteras, líneas ferroviarias, tren de alta velocidad, como las del valle de la Sakana, ni los incontables proyectos de parques solares y eólicos con sus líneas asociadas con destino a las SET de Orcoyen y Muruarte. En otros casos, se alude a los efectos acumulativos y sinérgicos de la línea de 220 kV Elgea-Itxaso existente con la nueva línea sobre las viviendas próximas. Reitera que en el EsIA apenas se han estudiado los efectos acumulativos y sinérgicos que pueden generarse.

En escritos de alegaciones posteriores, se expone que el desmantelamiento de las líneas de 220 kV supone una condición necesaria pero no suficiente para que el proyecto resulte compatible con los valores ambientales, sociales y económicos. Por otra parte, señalan la incompatibilidad de la línea de 400 kV proyectada con la línea a 220/400 kV SET Bayo-SET Vitoria 220 kV; y se oponen a la construcción en paralelo de la línea proyectada con la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla.

En base a los argumentos anteriores, las alegaciones reiteran las alternativas propuestas en el trámite de elaboración del documento de alcance y que se reproducen a continuación: Alternativa 1, soterramiento de la línea entre la SET Muruarte –donde finaliza la actual línea 400 kV Castejon-Muruarte– y la SET Orcoyen, para a partir de allí acomodarse al «Escenario 4» previsto en el Documento Inicial; Alternativa 2, desmontaje de la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla de REE –prevista a repotenciar– y utilizar el pasillo así liberado para el trazado de la nueva línea de 400 kV; Alternativa 3, línea en alta en corriente continua, con soterramiento total o parcial de la línea entre la SET Muruarte y la SET Itxaso.

El promotor responde que el análisis de sinergias ha tenido en cuenta las infraestructuras existentes y previstas de las que tenía constancia a fecha de abril de 2021, con impactos similares a los de la planificada, de acuerdo con la definición de efecto acumulativo y efecto sinérgico de la Ley de evaluación ambiental. Además, la información pública de los proyectos alegados se realiza con posterioridad, el 28 de septiembre de 2021. En relación con lo anterior, alude a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid de 1 de abril de 2021, que recoge: «… considera el juzgador que no puede afirmarse que la falta de evaluación del impacto conjunto de todos esos proyectos por parte de la Junta de Castilla y León sea un defecto sustancial capaz de provocar la nulidad. El motivo es que realizar ese examen del impacto conjunto cuando ninguno de esos proyectos había sido aprobado es imposible, y cualquier intento de hacerlo no hubiera pasado de meras hipótesis que, además, sin perjuicio de lo que luego se dirá de los transportes, hubiera dado como resultado, sin duda alguna, la inexistencia de esa afectación, habida cuenta la naturaleza de la explotación y las distancias existentes entre ellas. Como bien alega la administración serán los proyectos posteriores los que deban tener en cuenta los proyectos aprobados previamente, que es el momento en que se conoce de forma definitiva su contenido. Por lo tanto, no se trata de un defecto a alegar frente a esta resolución sino, en su caso, frente a las posteriores. Sin perjuicio de ello, tampoco puede olvidarse que, si bien sucinta, en el estudio de evaluación ambiental si se trata de las sinergias con otros proyectos (por ejemplo, folios 120 y 121 del acontecimiento 14 de la ampliación) y, como se ha dicho, no puede ser de otro modo porque en ese momento se carece de la certeza debida que sí podría existir en otros casos».

Por otra parte, reitera que el proyecto contempla medidas compensatorias de entidad como el desmantelamiento de las dos líneas 220 kV Itxaso-Orcoyen, así como el aprovechamiento, en la medida de lo posible y recomendable, de partes del trazado de estas líneas. También alude al EsIA al indicar que, al norte del parque eólico de la Sierra del Perdón, en Cizur, no existen infraestructuras cercanas a la línea; la más próxima es la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla, que discurre a 1 km del trazado previsto; por tanto, descarta también en este tramo efectos sinérgicos. El promotor concluye que el proyecto no aumenta los impactos sobre el medio natural, sino que supone una reducción de la afectación actual del mismo.

En relación con las alternativas propuestas, el promotor responde que resulta técnicamente imposible conseguir transportar la intensidad de corriente de la línea objeto del proyecto mediante un cable de 400 kV enterrado. Así mismo, relaciona limitaciones técnicas asociadas a la orografía y a las pendientes, restricciones legales, dificultades de operación, mantenimiento y de identificación de faltas en el tramo soterrado y diversos efectos ambientales. Concluye que el soterramiento comportaría, con alta probabilidad, la inviabilidad técnica de la infraestructura e incrementaría de forma extrema el impacto ambiental y el coste asociado a la misma. Por otro lado, alude a la planificación energética y señala que el desmantelamiento de la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla supondría sobresaturar la línea 400 kV proyectada por encima de sus posibilidades, al tener que cumplir, además de con los objetivos para los que fue diseñada, con la función de transportar la electricidad que actualmente transporta la línea 220 kV Orcoyen-Tafalla.

3.2.10 Medio socioeconómico, población y otros aspectos.

Se han expuesto con anterioridad diversas afecciones a la población y a la salud. Respecto de la pérdida de calidad de residencia en las áreas habitadas más cercanas, el promotor resalta que el desmantelamiento supone la desafectación de varios municipios por el paso de alguna de las líneas de 220 kV y que en los tramos conflictivos se ha alejado la nueva línea de núcleos de población. El EsIA relaciona los municipios que quedan totalmente desafectados, los que disminuyen la longitud de línea que discurre por su término y aquellos en los que antes no pasaba ninguna de las dos líneas a desmontar y que ahora tendrán la nueva línea a 400 kV.

El promotor señala que se ha llevado a cabo un proceso de participación ciudadana de carácter voluntario para conocer el grado de aceptación del proyecto por la población, con un reducido número de participantes. Indica que el proyecto carece de aceptación social, aunque sí que se ha percibido que el desmontaje de las líneas existentes podría cambiar la percepción de la misma. Se ha procurado utilizar, en la medida de lo posible el trazado de una de las líneas a desmantelar y en los tramos en los que no se ha hecho, se ha mejorado el trazado teniendo en cuenta aspectos socioeconómicos, territoriales y ambientales. Por todo ello, valora el impacto global como moderado.

Numerosas alegaciones de Ayuntamientos, Concejos, asociaciones y particulares muestran su oposición al proyecto. Consideran incorrecta la calificación del promotor de la aceptación social del proyecto como moderada. Solicitan que la declaración de impacto ambiental tenga en cuenta que el proyecto carece de aceptación social de ningún tipo, como queda acreditado en la adhesión de 438 cargos electos locales de municipios incluida en la «Declaración de cargos electos» suscrita, entre otros, por 63 alcaldes de Ayuntamientos y 42 presidentes de concejos, que presentan como anexo. En su respuesta, el promotor, entre otros aspectos, alude a la sentencia del Tribunal Supremo, de 11 de octubre de 2014, (RJ\2014\3422), al respecto, en la que se expone: «… En aplicación de la legislación existente no sería posible hacer una DIA desfavorable basándose en el rechazo social». Finaliza insistiendo en que, tras evaluar los resultados del proceso de participación y consultas previas y el documento de alcance, se ha propuesta el desmantelamiento de las 2 líneas de 220 kV para compensar la construcción del nuevo eje de 400 kV.

El EsIA expone las afecciones sobre la propiedad, los usos del suelo y el sector primario y contempla, entre otras medidas, acuerdos amistosos con los propietarios afectados, de forma que las indemnizaciones cubran, o compensen, las pérdidas económicas que se puedan generar. Respecto de la actividad agrícola y ganadera, especifica que, tras la instalación de la línea, el propietario podrá recuperar a su uso tradicional la zona afectada temporalmente por las operaciones de montaje, excluida la limitada superficie ocupada por los apoyos, siempre y cuando se respete la zona de servidumbre y las distancias de seguridad. Destaca la afección a las explotaciones forestales en las que resulta necesario abrir la calle de seguridad mediante la eliminación por tala del arbolado existente bajo la línea y su pérdida económica asociada. La longitud de plantaciones forestales sobrevolada por la nueva línea es de 14,2 km y la superficie eliminada de 48 ha.

También analiza las afecciones al planeamiento urbanístico, la ordenación territorial y a las infraestructuras (de comunicación, eléctricas, telefónicas, tuberías, gasoductos, etc.), la minería, actividades recreativas como la caza, la pesca y las rutas turísticas. En todos los casos se cumplirán las correspondientes normas sectoriales, así como con las distancias exigidas en el Reglamento de líneas eléctricas y las zonas de servidumbre. Una vez finalizados todos los trabajos, se procederá, entre otras actuaciones, a la retirada a gestor autorizado de los restos en el entorno de las líneas (áridos, restos de materiales eléctricos, basuras de la obra o vertidos, etc.) y a la reparación de los daños ocasionados a las propiedades y, en su caso, a determinar las indemnizaciones correspondientes.

Constan en el expediente numerosos informes y más de 670 alegaciones de Ayuntamientos, Concejos y particulares que plantean diferentes consideraciones y objeciones en relación con los aspectos expuestos en los párrafos precedentes y de afecciones sobre diversos elementos de interés ambiental, ya analizados en esta resolución, así como las correspondientes respuestas del promotor.

3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIA analiza las catástrofes naturales y los accidentes graves que pudiera provocar el proyecto sobre el medio, y señala que la vulnerabilidad se puede reducir a la caída de apoyos y conductores como consecuencia de potenciales catástrofes. Considera que el ámbito de estudio presenta un riesgo o peligrosidad baja por sismicidad, media por fuertes vientos, alta por movimientos en masa y alta por riadas e inundaciones. No obstante, considera que la vulnerabilidad, o probabilidad de ocurrencia, de la caída de apoyos y de los conductores es baja debido al tipo y características de diseño del proyecto, a sus coeficientes de seguridad y a la ubicación de los apoyos. Por otro lado, el riesgo de incendios es bajo en la parte guipuzcoana y alto y muy alto en la mayor parte del ámbito navarro. El promotor identifica las causas potenciales de incendio forestal y recoge medidas de prevención y extinción, entre ellas la poda de ejemplares arbóreos para mantener las distancias de seguridad a las líneas.

El deterioro o caída de los elementos de la instalación no implica riesgos ambientales relevantes, salvo la posible afección puntual a arbolado o vegetación. Si bien el entorno presenta una peligrosidad alta, con un consiguiente riesgo alto de incendio por caída de los conductores, con las medidas de mantenimiento de la calle de seguridad con vegetación compatible con las líneas eléctricas, el riesgo de incendios es valorado como bajo. El promotor no prevé efectos sobre las personas o sus bienes teniendo en cuenta las distancias de seguridad entre los apoyos y las edificaciones e infraestructuras.

Por todo lo anterior, concluye que la probabilidad de ocurrencia de accidentes o catástrofes en la zona y la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves y de catástrofes son bajas.

La Dirección General de Interior del Gobierno de Navarra informa que considera aplicable la norma sismorresistente y que el trazado de la línea atraviesa zonas inundables de los ríos Arakil y Arga, lo que se deberá tener en cuenta para garantizar la estabilidad de las torres. Indica que la infraestructura, en sus zonas cercanas a los cauces, se encuentra afectada por la onda de avenida de los pantanos de Urdalur y Eugui. Por otro lado, para evitar posibles incendios forestales se estará a lo dispuesto en la normativa sobre seguridad en líneas eléctricas de alta tensión. En relación con el riesgo producido por el viento, el diseño de los elementos deberá resistir las velocidades de las rachas de viento que determina. Finalmente, señala otro tipo de riesgos por cruces con otras infraestructuras que se deberán tener en cuenta para no provocar interferencias.

La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología del Gobierno Vasco informa de los cruzamientos del proyecto de varios cauces y de sus zonas inundables en el País Vasco. En relación con las afecciones sobre el DPH, sus zonas de protección asociadas y las zonas inundables, se deberá cumplir lo dispuesto en los Planes Hidrológicos del Cantábrico oriental y del Ebro, así como con el PTS de ordenación de ríos y arroyos de la CAPV, y los condicionantes recogidos en la preceptiva autorización de la correspondiente administración hidráulica. Asimismo, indica que se tendrán en cuenta las precipitaciones máximas correlacionadas con los oportunos caudales de retorno para el diseño de las obras de drenaje y la Norma de Construcción sismorresistente. En relación con el riesgo de incendios forestales, indica que se deben considerar las servidumbres respecto a los tendidos eléctricos que deben ser generadas para la contención de incendios.

El promotor acepta expresamente los condicionados recogidos en ambos informes.

3.4 Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.

El objetivo de la propuesta del Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) es definir el modo de seguimiento de las actuaciones y describir el tipo de informes, su frecuencia y el período de emisión.

Las funciones básicas del PVA son, entre otras, garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras recogidas en el EsIA, en las condiciones de la DIA y en la normativa ambiental aplicable y verificar su eficacia; comprobar que los impactos generados no superan las magnitudes que figuran en el EsIA y reducirlas en la medida de lo posible, así como evitar los impactos que son evitables; permitir el control de aquellos impactos de difícil predicción y de los imprevistos, así como articular nuevas medidas correctoras, en el caso de que las ya aplicadas no sean suficientes.

El PVA se divide en dos capítulos, uno para la fase de construcción de la línea 400 kV y desmantelamiento de las líneas I-O1 y 2 y otro para la fase de operación y mantenimiento. El EsIA incluye las diferentes tareas de control y seguimiento en las que especifica los correspondientes objetivos, actuaciones, indicadores, umbral de alerta y medidas de protección y corrección. En la fase de construcción se contemplan, entre otros, controles de la zona afectada por la obra, movimientos de tierras, gestión de residuos, protección de la vegetación, afección a la fauna, instalación correcta de balizas salvapájaros, protección del patrimonio cultural y restauración de la zona de obras. En la fase de mantenimiento, los controles se centran en la restauración de zonas de ocupación temporal y control de colisiones con la nueva línea de 400 kV.

Respecto de este último control, se prevé efectuarlo los 2 primeros años de funcionamiento de la línea (contado desde el izado de los conductores), con periodicidad mensual, para comprobar si se produce un incremento de mortandad de aves por colisión. En función de los resultados se valorará y plantearán seguimientos posteriores. En cualquier caso, se ajustará a lo que especifique el protocolo diseñado por el órgano competente. En el supuesto de detectarse un número significativo de colisiones plantea corregir la ubicación y número de dispositivos salvapájaros y comunicación al órgano competente.

En función de los resultados obtenidos tras finalizar las campañas de muestreo, se podrá determinar la evolución de los sistemas afectados, la aparición de nuevas alteraciones, y la eficacia y operatividad de las medidas protectoras y correctoras desarrolladas en cada caso, así como valorar la necesidad de aplicar nuevas medidas de corrección.

El EsIA indica que se emitirá un informe antes del comienzo de las obras, informes durante las obras de los controles realizados con periodicidad en función de la duración de las actuaciones e informes finales sobre el nivel de cumplimiento de las medidas correctoras aplicadas a la finalización de las obras. Se emitirán informes especiales cuando se presenten deterioros ambientales o situaciones de riesgo. En la fase de funcionamiento, se redactará un informe a los seis meses de la puesta en servicio de la línea, en el que se recogerán las revisiones y la eficacia de las medidas correctoras llevadas a cabo.

La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra indica que, para mejorar el conocimiento de las interacciones del milano real con las líneas eléctricas, se realizará un seguimiento con GPS, que comenzará al menos un año antes del inicio de las obras y se extenderá durante un mínimo de tres años, de dos ejemplares de territorios comprendidos desde la entrada en Navarra de las líneas por el O hasta la Sierra de Bizcai en los concejos de Atondo y Ochovi por el E. El promotor presentará un programa que deberá ser conformado por la Sección de Impacto Ambiental, a la que presentará anualmente informe de seguimiento. Así mismo, el promotor desarrollará un sistema de grabación automática de cantos para la detección de pico mediano y pico dorsiblanco, con objeto de disponer de un programa de reconocimiento y seguimiento. El programa deberá contar con la conformidad de la Sección de Impacto Ambiental. Finalmente, con al menos 72 horas de antelación al inicio de las obras se deberá dar aviso al Negociado de Seguimiento Ambiental de la Sección de Impacto Ambiental y se le presentarán los informes del PVA con una periodicidad semestral, tanto de la fase previa como de construcción y explotación. El promotor ha aceptado expresamente las anteriores condiciones.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado g, del grupo 3, del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso–Castejón/Muruarte y de desmontaje de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2 (Comunidad Foral de Navarra y TH de Gipuzkoa)» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

1. Condiciones al proyecto

1.1 Condiciones generales.

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución.

2. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

1.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

Flora, vegetación y hábitats.

3. Previamente al inicio de las obras, se realizará una prospección para detectar la presencia de especies de flora protegida, en particular de Orchis papilionácea. En el supuesto de confirmarse y de que algún ejemplar pueda resultar afectado por cualquier actuación del proyecto, se procederá a señalizar la zona y se trasladará comunicación a la Administración regional competente que determinará las medidas a aplicar, entre ellas pequeñas modificaciones en el trazado, la translocación de ejemplares, etc.

4. De acuerdo con lo señalado por la Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco, deberán plantearse medidas concretas para prevenir, corregir y, en su caso, compensar las afecciones no contabilizadas en el EsIA sobre varias manchas de robledal por la apertura de campas y nuevos accesos de los apoyos 160, 161,162, 170, 176 y 190.

5. El promotor procederá a la restauración de todos los HIC y de las formaciones de vegetación natural de interés afectados por el proyecto de forma temporal, así como a la compensación en superficie equivalente de los anteriores afectados permanentemente. Las restauraciones se realizarán mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad preexistente. El mismo criterio se aplicará a las compensaciones de superficie, que se ubicarán lo más próximas posible a las afectadas.

6. El proyecto de restauración e integración paisajística previsto por el promotor concretará, detallará y cuantificará las superficies de plantaciones forestales, de vegetación de interés y de HIC finalmente afectadas temporal y permanentemente por las diferentes operaciones del proyecto, así como las acciones de restauración, revegetación, reforestación, reposición de superficies, compensación, etc. destinadas a mitigar las afecciones sobre la vegetación de interés y de HIC. Especificará los métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto, cronograma y cartografía de todas las actuaciones a escala de proyecto ejecutivo. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia durante la vida útil del proyecto de las formaciones vegetales implantadas, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso. El proyecto de restauración deberá contar con la conformidad de las Administraciones regionales competentes en biodiversidad y se incorporará al proyecto ejecutivo previamente a la autorización del órgano sustantivo.

Fauna.

7. La señalización de los cables de tierra-fibra óptica con balizas salvapájaros se realizará, conforme a lo indicado por las Administraciones regionales, en toda la longitud de la línea 400 kV con dispositivos móviles en forma de aspa con catadióptrico desarrollado por REE, excepto en los cruces de carreteras, en los que se instalarán espirales, para evitar producir destellos que puedan afectar a la seguridad. Se colocarán al tresbolillo en ambos cables de tierra, con una separación máxima de 14 m entre elementos en cada cable. El balizamiento se acometerá después del izado y tensado de los conductores en un plazo de cinco días y se incluirá su mantenimiento en las operaciones generales de conservación de la línea. Las balizas serán repuestas cuando no cumplan su función por deterioro.

8. En el caso de detectarse mortalidad por colisión con la nueva línea de 400 kV de ejemplares de especies incluidas en los catálogos regionales y español de especies amenazadas o en el LESRPE durante el seguimiento, se deberá intensificar de forma progresiva la señalización de aquellos tramos que provoquen estos sucesos disminuyendo la distancia entre balizas, sustituyendo el modelo de baliza por el de aspas catadióptricas fotoluminiscentes o de luz flash, incorporando balizas en los conductores, etc. Finalmente, si las anteriores medidas resultaran ineficaces en base a los resultados del seguimiento específico de mortalidad, se procederá a instalar en los apoyos de los tramos conflictivos nuevos dispositivos anticolisión actualmente en fase de investigación, como cámaras de vídeo de alta resolución con disuasores de sonido u otros de eficacia probada. El protocolo de seguimiento de mortalidad del PVA citado más adelante deberá cuantificar el número de accidentes de ejemplares de las diferentes especies, en función de su categoría de amenaza, que obligará a introducir las medidas adicionales anteriores.

Paisaje.

9. Conforme a lo informado por la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra, en los paisajes singulares en los que se producirán los principales impactos por intrusión visual de la línea de 400 kV y en los PAE en los que el EsIA valora el impacto como severo, el promotor deberá estudiar e implantar medidas de integración paisajística y/o compensatorias que minimicen los impactos, con un presupuesto proporcional a la entidad del proyecto. Respecto de las líneas de 220 kV, el promotor deberá concretar las actuaciones dirigidas a restaurar los terrenos y/o bienes, así como las medidas necesarias para la restauración paisajística, materializadas en el correspondiente presupuesto detallado proporcionadas a la entidad de las mismas.

10. El promotor incluirá la información de la condición precedente en el Plan de restauración e integración paisajística que deberá trasladar a las Administraciones competentes a los efectos procedentes.

Montes de utilidad pública.

11. De acuerdo con el informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, en los 17 MUP de Navarra por los que discurren 27,6 km de la línea de 400 kV, el promotor, además de realizar las tramitaciones preceptivas de la normativa forestal, justificará la imposibilidad de localizar el trazado sobre terrenos desarbolados de los MUP y de evitar la afección a zonas arboladas; identificará de forma detallada las afecciones a las masas forestales u otros valores; incluirá medidas de prevención, como modificaciones puntuales del trazado o, si no fuera posible, introducirá medidas compensatorias.

12. El promotor incluirá en el proyecto de restauración e integración paisajística el resultado de la aplicación de la condición anterior, en concreto las afecciones a superficies arboladas y las correspondientes compensaciones mediante la reforestación de espacios y reposición de superficies en los MUP afectados, que deberá contar con la conformidad de la correspondiente Administración regional forestal.

1.3 Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

13. El promotor desarrollará el PVA de forma concreta y detallada para las fases de construcción, explotación y desmantelamiento. Se establecerán controles para cada una de las operaciones generadoras de impactos y para los factores ambientales afectados, así como sobre la eficacia de las correspondientes medidas de mitigación. Para cada control, se especificarán y detallarán los objetivos perseguidos, parámetros y periodicidad, indicadores de cumplimiento, responsable, presentación y frecuencia de informes, etc., sin perjuicio de las especificaciones expuestas en las siguientes condiciones, que prevalecerán sobre las propuestas por el promotor en caso de discrepancia.

14. Durante los primeros cinco años, se realizarán controles anuales sobre el arraigo y consolidación de plantaciones y siembras contempladas en el proyecto de restauración. El PVA concretará la frecuencia de los controles posteriores de mantenimiento y conservación, al menos uno cada cinco años o hasta que quede asegurada la persistencia de las diferentes formaciones vegetales.

15. El promotor desarrollará un protocolo detallado para el seguimiento propuesto de mortalidad de aves con la línea de 400 kV, concretando las especificaciones técnicas de aplicación que determinarán, entre otros aspectos, selección de tramos y longitud a muestrear; tipo de recorridos; anchura de banda de muestreo bajo línea; tasas de corrección de predación y detección; número de observadores; procedimiento de comunicación en caso de detectar animales siniestrados; toma de datos del accidente, etc. El protocolo se basará en la metodología de seguimiento de líneas eléctricas de la publicación «Directrices para la evaluación del impacto de los parques eólicos en aves y murciélagos. Version 3.0», editada por la SEO-BirdLIFE, y en las instrucciones al respecto, en caso de existir, de los correspondientes órganos regionales competentes, a los que se trasladará para su conformidad si estos lo estiman necesario, y se incorporará al proyecto de ejecución previamente a su autorización.

16. El seguimiento de mortalidad tendrá una duración mínima de cinco años, continuando su aplicación siempre que se mantenga un número significativo de sucesos. El protocolo determinará el número de ejemplares afectados de las diferentes especies a los efectos de fijar el umbral de significatividad anterior. Durante los dos primeros años de funcionamiento, se realizarán campañas mensuales. Las prospecciones se extenderán a todo el trazado de la línea en estos dos años o hasta que se disponga de datos fiables del riesgo de los diferentes tramos. A partir de ese momento, la periodicidad, los tramos y longitud de muestreo podrán ajustarse a los resultados del seguimiento, aumentando o disminuyendo el esfuerzo temporal y espacial. En todo caso, en los tramos coincidentes con zonas de uso frecuente de aves sensibles, flujos y pasos migratorios identificados en el EsIA, se mantendrán las campañas de prospección mensuales durante un mínimo de 5 años con especial atención a los periodos fenológicos relevantes.

17. Conforme a lo señalado por la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, se presentarán informes semestrales, mientras se mantenga el control de mortalidad, donde se incluirán los resultados del seguimiento de siniestralidad, así como el de las poblaciones de milano real y de pícidos requeridos por la Administración regional.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 13 noviembre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las Administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados Contestación
Confederación Hidrográfica del Ebro. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
Confederación Hidrográfica del Cantábrico (MITECO).
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras. Departamento de Cohesión Territorial. Gobierno de Navarra. No
Dirección General de Medio Ambiente. Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Gobierno de Navarra.
Dirección General de Ordenación del Territorio. Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos. Gobierno de Navarra.
Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3. Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial. Gobierno de Navarra. No
Dirección General de Cultura-Institución Príncipe Viana. Departamento de Cultura y Deporte. Gobierno de Navarra.
Dirección General de Salud. Departamento de Salud. Gobierno de Navarra.
Servicio de Protección Civil y Emergencias. Dirección General de Interior. Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior. Gobierno de Navarra.
Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco.
Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco.
URA – Agencia Vasca del Agua. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco.
Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco. No
Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana. Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes. Gobierno Vasco. No
Dirección de Patrimonio Cultural. Departamento de Cultura y Política Lingüística. Gobierno Vasco.
Dirección de Salud Pública y Adicciones. Departamento de Salud. Gobierno Vasco.
Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología. Departamento de Seguridad. Gobierno Vasco.
Dirección de Coordinación de Seguridad. Departamento de Seguridad. Gobierno Vasco.
Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos. Viceconsejería de Industria. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco. No
Servicio de Instalaciones Radiactivas. Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. Gobierno Vasco. No
Dirección General de Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas. Diputación Foral de Guipúzcoa.
Dirección General de Montes y Medio Natural. Departamento de Promoción Económica, Turismo y Medio Rural. Diputación Foral de Guipúzcoa.
Dirección General de Carreteras. Departamento de Infraestructuras Viarias. Diputación Foral de Guipúzcoa. No
Dirección General de Ordenación del Territorio. Departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio. Diputación Foral de Guipúzcoa. No
Dirección General de Cultura. Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes. Diputación Foral de Guipúzcoa.
Ayuntamiento de Adiós.
Ayuntamiento de Alsasua.
Ayuntamiento de Añorbe.
Ayuntamiento de Araitz. No
Ayuntamiento de Arakil.
Ayuntamiento de Arbizu.
Ayuntamiento de Arruazu.
Ayuntamiento de Artajona.
Ayuntamiento de Bakaiku.
Ayuntamiento de Barasoain.
Ayuntamiento de Basaburua. No
Ayuntamiento de Berrioplano. No
Ayuntamiento de Cendea de Olza.
Ayuntamiento de Cizur.
Ayuntamiento de Enériz.
Ayuntamiento de Ergoiena.
Ayuntamiento de Etxarri Aranatz.
Ayuntamiento de Imotz. No
Ayuntamiento de Irañeta.
Ayuntamiento de Iturmendi.
Ayuntamiento de Iza.
Ayuntamiento de Lakuntza.
Ayuntamiento de Larraun. No
Ayuntamiento de Legarda.
Ayuntamiento de Lekumberri. No
Ayuntamiento de Mendigorria. No
Ayuntamiento de Muruzábal.
Ayuntamiento de Obanos.
Ayuntamiento de Ollo. No
Ayuntamiento de Orkoien.
Ayuntamiento de Puente La Reina.
Ayuntamiento de Uharte-Arakil.
Ayuntamiento de Urdiain.
Ayuntamiento de Uterga.
Ayuntamiento de Abaltzisketa. No
Ayuntamiento de Altzaga. No
Ayuntamiento de Armezketa. No
Ayuntamiento de Ataun. No
Ayuntamiento de Baliarrain. No
Ayuntamiento de Beasain. No
Ayuntamiento de Ezkio-Itsaso. No
Ayuntamiento de Gabiria.
Ayuntamiento de Gaintza. No
Ayuntamiento de Idiazabal. No
Ayuntamiento de Itsasondo. No
Ayuntamiento de Lazkao. No
Ayuntamiento de Legorreta. No
Ayuntamiento de Mutiloa.
Ayuntamiento de Olaberría. No
Ayuntamiento de Ordizia. No
Ayuntamiento de Orendain. No
Ayuntamiento de Ormaiztegi. No
Ayuntamiento de Segura.
Ayuntamiento de Tolosa. No
Ayuntamiento de Zerain.
Iberdrola, SA.
Telefónica.
Enagás.
Nedgia. No
Renfe, SL. No
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Electra Valdizarbe Distribución, SLU.
Ecologistas en Acción en Navarra.
Grupo de Acción Local Zona Media de Navarra. No
Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada. No
Ecologistas en Acción -Ekologistak Martxan Bizkaia. No

Alegaciones recibidas en la información pública:

Ayuntamiento de Tirapu.

Ayuntamiento de Ucar.

Veinte concejos de los ayuntamientos de Arakil, Cendea de Olza, Cizur, Ergoiena e Iza.

Ecologistas en Acción Sangüesa.

Asociación en Defensa de la Tierra Lurrarekin Bat.

Fundación Sustrai Erakuntza.

648 alegaciones.

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