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Documento BOE-A-2024-12368

Real Decreto 532/2024, de 4 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el viaducto de la antigua línea de ferrocarril Linares-Almería sobre el río Guadahortuna, también conocido como «puente del Hacho», en los municipios de Alamedilla y Guadahortuna (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2024, páginas 70926 a 70941 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2024-12368

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 24 de enero de 2024 de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, se acuerda incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, a favor del viaducto de la antigua línea de ferrocarril Linares-Almería sobre el río Guadahortuna, también conocido como «puente del Hacho», en los municipios de Alamedilla y Guadahortuna (Granada).

El viaducto ferroviario, también conocido como puente del Hacho, es una estructura monumental de hierro de finales del siglo XIX que se encuentra junto a la estación de Alamedilla - Guadahortuna, sobre el río Guadahortuna, salvando una fuerte vaguada. Formaba parte de la línea de ferrocarril Linares-Almería. Esta singular obra de ingeniería supuso, en su época, la materialización del progreso representado por el ferrocarril.

El puente del Hacho constituye un testimonio de la llamada arquitectura del hierro, en la que adquiere un papel predominante lo técnico, habiendo una fusión de arquitectura e ingeniería. Ya desde su construcción se convirtió en un claro referente en este sentido, al ser el puente de hierro más largo de España. Con la arquitectura del hierro fue desterrada la idea tradicional de que las obras de ingeniería no poseen cualidades estéticas. La belleza formal del puente viene dada por la simetría y rotundidad de las líneas, conformando sin duda un hito visual y paisajístico con una relevante presencia en el territorio.

Por otro lado, este viaducto ferroviario es un elemento representativo de las transformaciones surgidas de la Revolución Industrial, que modificaron sustancialmente el territorio y la sociedad andaluza. Así, el puente del Hacho constituye por derecho propio un símbolo del desarrollo de la industria en Andalucía y un icono del ferrocarril, medio de transporte que llegó a tener una gran vitalidad en esta parte de España. Socialmente, dio trabajo de forma directa a cientos de personas durante su construcción a lo largo de casi una década, originando un poblado que se ubicó en los alrededores de la estación Alamedilla-Guadahortuna y que se mantuvo hasta la década de los años cincuenta del siglo XX.

Para afrontar este proyecto del ferrocarril Linares-Almería, surgido con el objetivo prioritario de dar salida por el puerto de Almería a la rica producción minera de la zona de Sierra Morena, en 1889 se crea la Compañía de los Caminos de Hierro del Sur de España, encargando las obras a la empresa francesa Fives-Lille y modificando el trazado inicial, proyectado por Úbeda y Baza. La compañía Fives-Lille, una de las más importantes de Europa, levantó numerosos puentes en Francia, Italia, Rusia y España, participando en obras civiles tan importantes como la Torre Eiffel en París o el puente de San Jorge en Oporto. El estudio para la construcción del puente del Hacho lo firman dos experimentados ingenieros franceses, Duval y Boutilliea, que habían sido colaboradores de Gustave Eiffel, actuando como supervisor general de los trabajos el ingeniero granadino Rogelio de Inchaurrandieta.

El puente del Hacho fue construido entre los años 1886 y 1895. Entró en uso el 22 de marzo de 1898, fecha en la que se inauguró el tramo comprendido entre la estación de Alamedilla-Guadahortuna y la estación de Alicún.

Casi un siglo después, debido a la dificultad y elevado coste que implicaba la adecuación del puente decimonónico a las modernas condiciones de circulación ferroviaria, en la década de 1970 se optó por construir un puente paralelo en hormigón, que es el que presta servicio al ferrocarril actualmente. A finales de este mismo decenio comienzan las iniciativas de protección de la construcción, debido a su relevancia en el contexto del patrimonio industrial peninsular del siglo XIX.

En consecuencia, queda de manifiesto que el puente del Hacho es una realización de gran singularidad, altamente representativo del periodo histórico en el que fue construido, exponente de la tecnología de la época, que ha formado un paisaje característico y tiene la suficiente entidad como para ser valorado como obra arquitectónica de naturaleza artística. Por consiguiente, se considera que está completamente justificado su reconocimiento como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, al tratarse de un inmueble de interés artístico, histórico, científico y técnico, según lo establecido en el artículo 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

El puente del Hacho es un bien de dominio público adscrito al Ministerio de Cultura. Al tratarse de un inmueble adscrito a un servicio público de titularidad y gestión de la Administración General del Estado, las competencias para la ejecución de la Ley del Patrimonio Histórico Español corresponden a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias que en materia de Patrimonio Histórico tenga la Junta de Andalucía.

La tramitación del expediente se ha llevado a efecto de conformidad con lo establecido en la citada Ley 16/1985, de 25 de junio, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consta en el expediente el informe favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural emitido por la Universidad de Granada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, a propuesta del Ministro de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de junio de 2024,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural.

Se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, el viaducto de la antigua línea de ferrocarril Linares-Almería sobre el río Guadahortuna, también conocido como «puente del Hacho», en los municipios de Alamedilla y Guadahortuna (Granada).

Artículo 2. Descripción.

El puente del Hacho, estructura monumental de hierro de finales del siglo XIX, se encuentra junto a la estación de Alamedilla-Guadahortuna, sobre el río Guadahortuna, salvando una fuerte vaguada. Formaba parte de la línea de ferrocarril Linares-Almería.

Está formado por tres tramos apoyados en once pilastras, siete de hierro y cuatro de piedra. El primer tramo, de unos 32 metros de longitud, es una viga armada que parte del estribo del puente y tiene como segundo apoyo un pilar de cantería. El siguiente tramo está constituido por una viga continua apoyada en las siete pilastras de hierro. El tercero es una viga continua independiente sustentada por tres pilastras de piedra y el otro estribo del puente.

La peculiaridad de la construcción radica en que presenta perfiles estructurales de tres tipos exclusivamente: ángulo, pletina y «U». Todos los elementos son de acero laminado y las piezas están unidas entre sí mediante la técnica del roblonado. En el punto de contacto entre la viga continua y las pilastras metálicas existen juntas de dilatación auxiliadas por rodillos, cuya finalidad era asegurar la estabilidad de toda la estructura; exceptuando la pilastra central, que tiene un apoyo fijo.

Artículo 3. Partes integrantes del bien.

Las partes integrantes de la estructura del bien son:

El bastidor de hierro mide 623 metros aproximadamente y tiene una anchura de 4,75 metros. Consta de tres tramos. La base está formada por tres vigas dispuestas longitudinalmente, siendo la central la más ancha; otras vigas más cortas unen las anteriores perpendicular y diagonalmente. Los laterales del bastidor son arriostrados mediante doble cruz en aspa. La cara superior del tablero está compuesta por vigas longitudinales, viguetas transversales, largueros y el arriostramiento de dichos elementos. Sobre esta superficie está montado el carril de la vía férrea. A lo largo de ésta hay varias compuertas metálicas que dan acceso al interior del tablero. Existen nueve miradores a cada lado de la vía.

Todos los elementos son de acero laminado. La unión de los perfiles se realiza mediante roblones, pues la técnica de la soldadura todavía no era empleada en los años de construcción del puente.

En el punto de unión entre la viga continua central y las pilastras metálicas existen unos dilatadores con cinco rodillos cada uno. Su función es posibilitar la libre dilatación de la viga continua y que la reacción en el apoyo de la viga produzca siempre un empuje vertical sobre las pilastras. El pilar metálico central es el único cuyo apoyo no tiene rodillos.

Los pilares, siete de hierro y cuatro de piedra, están cimentados con una argamasa en el subsuelo. Los pilares de hierro están formados por un basamento de piedra, sobre el que se monta la pilastra metálica.

La base de piedra es de planta rectangular, con una medida aproximada de 12 x 3,20 metros, y está horadada por una bóveda de cañón ligeramente rebajada. En los laterales de ambos lados mayores se encuentran unas pequeñas hornacinas donde se ubican las piezas de anclaje que unen la estructura metálica con el basamento de piedra. Han desaparecido las puertas de hierro que las cerraban.

La pilastra metálica constituye una estructura troncopiramidal formada por cuatro largas viguetas de hierro en cuyas caras se disponen cinco barras transversales; entre ellas hay otras vigas colocadas diagonalmente formando una malla metálica a modo de armazón intermedio. Por el centro de la pilastra discurre una escalerilla que une el basamento con el tablero del puente.

Los pilares de piedra son de forma troncopiramidal. Una sencilla hilada de piedra los remata, detalle también existente en los basamentos de las pilastras metálicas. Los estribos también son de piedra.

Artículo 4. Delimitación del bien.

Los elementos que se considera necesario proteger como Bien de Interés Cultural están constituidos por el viaducto ferroviario del Guadahortuna, conformado por el bastidor de hierro, los pilares y las bases de piedra, con una superficie de 2.963 m2, inscrita en un área de 3.967 m2, cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:

Coordenada X Coordenada Y
473185.67 4160091.37
473190.67 4160092.01
473194.06 4160062.65
473200.23 4160018.48
473206.26 4159971.36
473211.98 4159929.69
473220.71 4159860.62
473226.80 4159814.02
473232.65 4159769.99
473238.17 4159728.90
473243.96 4159687.02
473259.56 4159566.57
473273.76 4159463.48
473268.10 4159462.65
473253.20 4159575.96
473247.43 4159620.98
473242.36 4159659.90
473226.63 4159778.91
473202.74 4159960.24
473185.67 4160091.37
Artículo 5. Delimitación del entorno de protección.

El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural. Con su imponente presencia, el viaducto es el elemento más condicionante del paisaje en el valle del río Guadahortuna. Este curso de agua, a pesar de su escasa entidad, ha formado una depresión de gran amplitud, que es sobrevolada por el puente a una altura media de 50 metros.

Su presencia se advierte desde lejos, reconociéndose inmediatamente su monumentalidad y un afortunado contraste entre las rotundas geometrías artificiales del puente con las suaves líneas naturales del entorno. Se trata de un paisaje característico, una suerte de «Land art» o «arte de la tierra» espontáneo asociado a los grandes puentes ferroviarios decimonónicos, y que con el viaducto del Guadahortuna llega a una de sus máximas expresiones.

La delimitación de dicho entorno de protección se enmarca en las parcelas catastrales número 18090A004090170000AQ, 18090A001090100000AI, 18090A001090170000AW, 8090A001090090000AE y 18090A001090080000AJ del catastro de Granada-Jaén, afectando a la totalidad de estas con una superficie total de 74.060 m2, estando delimitada por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:

Parcela 18090A004090170000AQ

Coordenada X Coordenada Y
473240.33 4159244.58
473229.52 4159276.24
473231.16 4159276.78
473232.76 4159277.50
473234.46 4159278.39
473236.24 4159279.45
473237.94 4159280.82
473239.39 4159282.58
473240.67 4159284.62
473241.87 4159286.79
473243.05 4159289.26
473244.23 4159292.20
473245.26 4159295.73
473246.08 4159299.87
473246.96 4159304.56
473248.13 4159309.60
473249.27 4159314.60
473250.04 4159319.25
473250.69 4159323.99
473251.51 4159329.24
473252.25 4159334.87
473252.65 4159340.61
473252.88 4159346.31
473253.17 4159351.87
473253.46 4159357.34
473253.62 4159362.85
473253.60 4159368.63
473253.35 4159374.87
473253.03 4159381.33
473252.80 4159387.78
473252.65 4159394.32
473252.56 4159401.02
473252.65 4159407.53
473253.00 4159413.57
473253.33 4159419.59
473253.40 4159426.03
473253.36 4159432.45
473253.41 4159438.31
473253.60 4159443.58
473253.92 4159448.39
473254.32 4159452.99
473254.79 4159457.56
473255.43 4159461.75
473256.39 4159465.22
473257.73 4159468.22
473259.46 4159470.97
473261.49 4159473.28
473263.72 4159474.89
473265.67 4159475.74
473266.32 4159476.03
473269.47 4159476.98
473273.23 4159477.79
473277.80 4159478.45
473281.87 4159478.85
473285.82 4159478.97
473289.75 4159478.98
473294.05 4159479.02
473298.36 4159479.06
473302.23 4159479.05
473305.53 4159479.10
473308.26 4159479.34
473310.46 4159479.77
473310.03 4159473.76
473310.43 4159468.84
473312.68 4159452.36
473315.57 4159425.63
473322.96 4159377.23
473296.43 4159337.48
473290.55 4159329.20
473285.44 4159321.99
473263.28 4159283.97
473256.23 4159271.87
473240.33 4159244.58
473249.69 4159303.57
473248.89 4159298.46
473249.49 4159298.37
473248.13 4159289.52
473255.64 4159288.36
473257.79 4159302.32
473249.69 4159303.57

Parcela 18090A001090100000AI

Coordenada X Coordenada Y
473241.38 4159582.12
473241.27 4159582.98
473239.96 4159589.25
473232.91 4159623.14
473239.56 4159623.00
473254.72 4159622.67
473281.14 4159622.10
473282.82 4159611.44
473284.86 4159594.56
473286.43 4159588.00
473287.99 4159581.46
473290.50 4159572.49
473293.51 4159558.80
473297.40 4159539.07
473301.24 4159517.14
473303.19 4159505.08
473306.55 4159489.19
473304.66 4159489.07
473301.88 4159489.05
473298.26 4159489.06
473294.02 4159489.02
473289.66 4159488.98
473285.53 4159488.98
473281.21 4159488.83
473276.67 4159488.38
473271.31 4159487.58
473266.73 4159486.57
473263.12 4159485.43
473258.58 4159483.44
473254.93 4159480.84
473251.70 4159477.23
473249.04 4159473.06
473247.07 4159468.77
473246.10 4159465.44
473245.74 4159464.21
473244.91 4159459.20
473244.38 4159454.07
473243.95 4159449.14
473243.62 4159444.10
473243.42 4159438.60
473243.36 4159432.61
473243.40 4159426.24
473243.32 4159419.93
473242.99 4159413.97
473242.65 4159407.86
473242.56 4159401.14
473242.65 4159394.19
473242.81 4159387.48
473243.04 4159380.97
473243.35 4159374.56
473243.59 4159368.49
473243.62 4159362.96
473243.46 4159357.68
473243.18 4159352.31
473242.89 4159346.85
473242.66 4159341.35
473242.28 4159335.85
473241.57 4159330.45
473240.78 4159325.40
473240.15 4159320.88
473239.41 4159316.41
473238.29 4159311.53
473237.14 4159306.62
473236.30 4159302.15
473235.60 4159298.41
473234.80 4159295.53
473233.91 4159293.28
473233.01 4159291.40
473232.20 4159289.90
473231.54 4159288.81
473230.94 4159288.05
473230.26 4159287.50
473229.45 4159287.03
473228.50 4159286.54
473227.70 4159286.14
473226.79 4159285.96
473225.89 4159286.09
473222.72 4159296.48
473221.07 4159308.24
473220.30 4159318.78
473219.79 4159332.32
473220.02 4159342.94
473219.63 4159352.56
473219.25 4159367.80
473218.32 4159380.25
473216.40 4159393.72
473214.25 4159405.39
473209.78 4159416.51
473206.78 4159426.60
473203.98 4159436.28
473209.75 4159447.58
473212.89 4159453.62
473218.07 4159461.22
473220.24 4159465.44
473221.94 4159468.76
473227.53 4159485.87
473236.73 4159503.01
473245.33 4159515.45
473250.51 4159518.44
473248.33 4159533.62
473245.04 4159553.23
473241.38 4159582.12

Parcela 18090A001090170000AW

Coordenada X Coordenada Y
473232.91 4159623.14
473226.37 4159624.69
473227.40 4159630.17
473228.34 4159638.77
473228.42 4159642.63
473228.56 4159648.83
473228.35 4159651.95
473228.24 4159654.71
473228.13 4159657.29
473234.67 4159657.60
473249.66 4159658.32
473274.47 4159659.51
473281.23 4159658.57
473286.25 4159657.88
473289.82 4159657.65
473292.82 4159657.90
473296.14 4159658.51
473300.16 4159659.04
473305.01 4159659.07
473310.36 4159658.75
473315.88 4159658.31
473321.82 4159657.71
473328.48 4159656.85
473335.62 4159655.61
473342.84 4159654.00
473349.38 4159652.41
473354.60 4159651.25
473358.60 4159650.57
473361.71 4159650.37
473364.46 4159650.71
473367.25 4159651.56
473369.87 4159652.46
473372.05 4159652.97
473373.77 4159653.06
473375.17 4159652.76
473376.55 4159652.07
473378.22 4159651.01
473380.27 4159649.67
473382.78 4159648.20
473383.70 4159647.75
473358.41 4159631.43
473350.00 4159626.29
473348.53 4159625.91
473345.81 4159625.57
473343.02 4159625.62
473340.42 4159626.10
473337.86 4159626.77
473335.19 4159627.29
473332.84 4159627.52
473331.21 4159627.38
473329.82 4159626.97
473328.01 4159626.47
473325.14 4159626.12
473320.76 4159626.16
473315.25 4159626.60
473309.20 4159627.34
473303.49 4159627.95
473298.81 4159628.07
473294.93 4159627.83
473291.43 4159627.37
473288.13 4159626.49
473284.87 4159624.88
473281.14 4159622.10
473254.72 4159622.67
473239.56 4159623.00
473232.91 4159623.14

Parcela 8090A001090090000AE

Coordenada X Coordenada Y
473143.84 4159972.82
473146.66 4159972.01
473149.63 4159970.64
473152.62 4159968.99
473155.55 4159967.29
473158.65 4159965.27
473162.19 4159962.61
473166.39 4159959.35
473171.29 4159955.67
473176.33 4159951.94
473180.96 4159948.44
473185.28 4159945.40
473189.42 4159942.95
473192.90 4159941.14
473195.80 4159939.70
473197.45 4159938.86
473200.09 4159937.33
473202.88 4159935.37
473204.15 4159934.48
473210.10 4159929.76
473217.42 4159924.02
473223.53 4159918.06
473230.02 4159912.16
473236.57 4159906.43
473242.37 4159901.92
473246.70 4159899.57
473246.68 4159889.25
473248.44 4159874.55
473253.17 4159832.44
473257.97 4159793.93
473261.95 4159757.52
473266.74 4159719.82
473271.01 4159694.53
473272.54 4159681.92
473274.26 4159670.42
473274.47 4159659.51
473249.66 4159658.32
473234.67 4159657.60
473228.13 4159657.29
473227.92 4159659.90
473227.65 4159662.54
473227.38 4159665.28
473227.18 4159668.59
473227.04 4159672.82
473226.87 4159677.53
473226.54 4159682.21
473226.15 4159686.93
473225.82 4159691.79
473225.59 4159696.47
473225.45 4159700.63
473225.22 4159704.21
473224.74 4159707.28
473223.93 4159710.10
473222.81 4159712.92
473221.60 4159715.82
473220.47 4159718.81
473219.35 4159721.87
473218.15 4159725.01
473216.99 4159728.36
473216.01 4159731.97
473215.25 4159735.63
473214.72 4159739.13
473214.33 4159742.74
473213.98 4159746.69
473213.73 4159750.79
473213.59 4159754.83
473213.44 4159759.23
473213.18 4159764.35
473212.83 4159769.82
473212.50 4159775.21
473212.32 4159780.40
473212.38 4159785.62
473212.50 4159792.13
473212.56 4159800.84
473212.92 4159810.40
473209.70 4159841.41
473202.47 4159874.58
473201.88 4159882.95
473200.96 4159892.06
473199.98 4159900.36
473199.25 4159906.36
473198.41 4159913.19
473193.00 4159917.04
473186.12 4159923.58
473179.65 4159929.73
473173.79 4159934.48
473169.55 4159937.63
473166.02 4159939.50
473162.06 4159940.48
473159.86 4159944.53
473157.56 4159948.37
473155.26 4159952.10
473153.00 4159955.84
473150.56 4159959.85
473147.62 4159964.78
473143.84 4159972.82

Parcela 18090A001090080000AJ

Coordenada X Coordenada Y
473186.76 4159968.56
473183.55 4159979.44
473181.34 4159989.63
473179.91 4160001.83
473179.16 4160016.85
473178.45 4160027.46
473176.68 4160034.25
473172.53 4160038.51
473168.77 4160042.98
473161.29 4160050.42
473151.77 4160060.13
473142.54 4160071.36
473135.42 4160081.30
473129.64 4160088.25
473128.27 4160095.44
473127.19 4160102.64
473126.32 4160109.84
473124.45 4160115.53
473123.11 4160120.03
473122.44 4160126.83
473123.07 4160133.04
473124.41 4160139.37
473177.45 4160164.84
473178.78 4160165.41
473193.83 4160171.80
473193.91 4160171.87
473202.09 4160175.31
473224.47 4160174.23
473224.65 4160174.23
473227.94 4160166.15
473232.54 4160156.68
473237.33 4160148.82
473241.09 4160143.25
473243.97 4160135.87
473246.01 4160122.87
473247.94 4160110.77
473250.11 4160093.87
473250.73 4160081.96
473250.81 4160073.95
473250.92 4160063.54
473251.01 4160054.63
473250.19 4160046.41
473247.95 4160040.77
473242.32 4160032.81
473235.79 4160024.33
473231.15 4160017.87
473227.89 4160012.73
473226.63 4160008.91
473226.10 4160002.20
473228.19 4159983.99
473232.24 4159959.40
473235.74 4159941.11
473239.62 4159924.03
473245.35 4159907.72
473240.28 4159911.79
473234.17 4159917.17
473227.81 4159922.95
473221.13 4159928.92
473216.33 4159932.99
473214.08 4159934.89
473207.83 4159939.84
473203.45 4159942.89
473201.95 4159943.76
473200.54 4159944.58
473198.31 4159945.72
473195.90 4159946.91
473192.62 4159948.61
473186.76 4159968.56
Artículo 6. Descripción complementaria.

La descripción complementaria del Monumento, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en los planos y demás documentación que obran en el expediente.

Artículo 7. Publicidad.

La Declaración de Bien de Interés Cultural tendrá efectos a partir de la fecha de publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 4 de junio de 2024.

FELIPE R.

El Ministro de Cultura,

ERNEST URTASUN DOMÈNECH

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Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid