Desconociéndose el domicilio actual de "Diáspora
Sistemas, Sociedad Limitada", procede acudir al
medio de notificación previsto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En consecuencia, a continuación se transcribe,
en lo que afecta a "Diáspora Sistemas, Sociedad
Limitada", y para que sirva de notificación-extracto
de la Resolución del procedimiento sancionador
número 52/1999, acumulado con el PS/53/1999.
El Director de la Agencia de Protección de Datos
resuelve imponer a "Diáspora Sistemas, Sociedad
Limitada", una multa de 50.000.001 (cincuenta
millones una) pesetas, por la cesión de un soporte
magnético con datos relativos a unas 8.000 personas
físicas a la empresa "Tele Postal Prex, Sociedad
Limitada", sin contar con el consentimiento de los
afectados, habiendo incurrido en una infracción del
artículo 11.1 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29
de octubre, tipificada como muy grave en el artículo
43.4 b) de dicha norma, de conformidad con el
artículo 44.3 de la misma Ley.
Se advierte a la sancionada que debe hacer efectiva
la sanción, de conformidad con lo establecido en
el artículo 20 del Reglamento General de
Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de
20 de diciembre, mediante ingreso en la cuenta
número 0300007857 a nombre de la Agencia de
Protección de Datos, abierta en la sucursal 0301
de Argentaria, Caja Postal y "Banco Hipotecario,
Sociedad Anónima".
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa
y contra ella puede interponer, potestativamente,
recurso de reposición ante el Director de esta
Agencia, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación de la Resolución, o puede
interponer directamente recurso
contenciosonistrativo ante la Sala de lo
Contenciosotrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 2 de noviembre de 1999.-La Secretaria
general, Sofía Perea Muñoz.-&1.666.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid