Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Didac Fábregas Guillén que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente RG 2289/99, seguido a su instancia
por otros conceptos, se ha dictado resolución en
sesión del día 15 de diciembre de 1999, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, conociendo la reglamación
económico-administrativa promovida por don Didac Fábregas
Guillén, contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña de fecha
3 de febrero de 1999, recaída en los expedientes
número 8874/96 y 12451/96 acumulados, referente
a requerimiento de la unidad central de información,
acuerda desestimar el recurso interpuesto y
confirmar la resolución recurrida."
Lo que notifico reglamentariamente a usted
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 17 de abril 2000.-María de Rus Ramos
Puig.-23.577.
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