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Documento BOE-B-2000-41084

Resolución sancionadora número IC754/99, de la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2000, páginas 2067 a 2068 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-41084

TEXTO

Asunto: Resolución del expediente sancionador

número IC754/99, dimanante del acta de inspección

número 0754249, de fecha 22 de febrero de 1999,

instruido a don Manuel Ortega Melchor, con

vehículo matrícula CR-7317-H.

Vistas las actuaciones practicadas por la Sección

de Sanciones del Servicio de Recursos y Sanciones

de esta Dirección General en el expediente

sancionador que se cita en el epígrafe de este escrito,

con origen en el acta de inspección, también

referenciada, levantada por los Servicios Centrales de

la Inspección del Transporte de la Administración

del Estado, y teniendo en cuenta la propuesta de

resolución emitida por el Instructor, así como los

trámites y actuaciones realizados, que se ajustan

a Derecho, por lo que resulta lo siguiente:

Antecedentes del hecho

1. De la documentación facilitada por la

empresa "Iberturbo, Sociedad Anónima", se ha observado

que el vehículo de su propiedad, matrícula

CR-7317-H, ha realizado un servicio público de

transporte de mercancías por carretera en la

modalidad de carga completa, el día 15 de septiembre

de 1998, entre Toledo y Córdoba, sin poseer el

preceptivo título habilitante exigido por la legislación

vigente para hacer esta clase de servicio.

2. El día 26 de abril de 1999 se comunica a

la persona que figura en el encabezamiento de este

escrito el inicio del expediente sancionador, no

presentando en su defensa ningún escrito de descargos,

por lo que habrá que darse al acta inspectora la

autenticidad inherente a todo documento público

y tener como constitutivos de infracción los hechos

descritos en la misma.

Fundamentos de Derecho

Del expediente tramitado y de los hechos que

se estiman probados y que han sido causa del mismo

se deduce, a juicio del Instructor, la calificación

siguiente:

Número de infracciones: 1. Normas infringidas:

Artículo 140.a) de la Ley 16/1987 y

artículo 197.a) del Real Decreto 1211/1990. Otras:

Artículo 90 de la LOTT y artículo 41 del Reglamento.

Naturaleza de la infracción: Muy grave. Cuantía

de las sanciones: 250.000 pesetas y precintado del

vehículo, por tres meses, matrícula CR-7317-H.

Por todo ello acuerdo, en virtud de las facultades

que me confiere la Ley Orgánica 5/1987, de 30

de julio, en su artículo 10.3, y artículo 204.1 del

Reglamento de la LOT, dar por conclusa la

tramitación del expediente, estimar cometidos los

hechos que se declaran probados e imponer una

sanción por la cantidad totalizada de 250.000

pesetas (1.502,53 euros) y las sanciones accesorias

anteriormente reseñadas.

La referida sanción deberá hacerse efectiva dentro

de los quince días hábiles siguientes a la firmeza

de esta Resolución -firmeza que se producirá al

no interponer recurso de alzada dentro del plazo

establecido en el párrafo siguiente-, transcurrido

el cual, sin haber satisfecho la sanción impuesta

en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva,

según lo dispuesto en los artículos 164.4 de la LOTT

y 215 de su Reglamento de aplicación.

De conformidad con lo establecido en el

artículo 213.1 del Reglamento de Ordenación de los

Transportes Terrestres, en relación con el 114 de

la Ley 30/1992, del Procedimiento Administrativo

Común, contra esta Resolución se podrá interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Infraestructuras y de Transportes,

dentro del plazo de un mes, contado a partir de

la notificación de la presente.

Instrucciones: Caso de conformidad con la

resolución deberá hacerse efectiva la multa impuesta

por uno de los siguientes medios:

a) Entregando su importe en papel de pagos

del Estado en la Subdirección General de Inspección

del Transporte de la Dirección General de

Ferrocarriles y Transportes del Ministerio de Fomento.

b) Ingreso o transferencia en la cuenta corriente

número 9668876 de la Caja Postal, agencia urbana

de la plaza de San Juan de la Cruz, sin número,

de Madrid, haciendo constar expresamente el

número del expediente sancionador.

Madrid, 28 de febrero de 2000.-El Director

general, Juan Miguel Sánchez García.-6.504.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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