Resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Central, Vocalía Segunda, sobre notificación
a "Readisa, Sociedad Anónima", en el expediente
R. G.: 433-97, por aplicación de lo dispuesto en
el artículo 86 del Reglamento de Procedimiento en
las Reclamaciones Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones según comunica el
Servicio de Correos, por el presente se notifica a
"Readisa, Sociedad Anónima", por el Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente
de R. G.: 433-97, seguido a su instancia por el
Impuesto de Sociedades se ha dictado Resolución
en la sesión del día 22 de septiembre de 2000,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en la Sala, en la reclamación
económico-administrativa, en única instancia, interpuesta por don
Miguel López Galdeano, en nombre y
representación de "Readisa, Sociedad Anónima", contra el
acuerdo de liquidación, referido al expediente
número 950895000478, de la Oficina Nacional de
Inspección, del Departamento de Inspección
Financiera y Tributaria, de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, de fecha 30 de octubre
de 1996, relativo al Impuesto sobre Sociedades,
ejercicio 1898, por importe de 118.296.356 pesetas.
Acuerda: 1.o Estimar la reclamación interpuesta por
la recurrente. 2.o Anular la liquidación recurrida."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa, puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 21 de mayo de 2001.-El Vocal de la
Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-31.677.
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