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En fecha 10 de octubre de 2002, el Director del
Instituto Catalán del Suelo ha resuelto:
1. Asumir el contenido del informe, de fecha
9 de octubre de 2002, elaborado por la Unidad
de Gestión Jurídica del Área del Suelo, del Instituto
Catalán del Suelo, mediante el cual se propone
estimar o desestimar, según el caso, las diferentes
alegaciones presentadas en el trámite de información
pública, al que se ha sometido el Proyecto de
reparcelación del Plan parcial del Subsector 1, del SAU
Catalunya Sud, del término municipal de L'Aldea.
2. Rectificar el Proyecto de reparcelación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2
del Reglamento de Gestión Urbanística, ya que
como consecuencia de la estimación de parte de
las alegaciones presentadas, se debe proceder a
introducir y recoger las correspondientes modificaciones
en el redactado de la memoria de este Proyecto
de reparcelación, con todas las consecuencias
técnicas y jurídicas que ello comporta.
3. Abrir un nuevo plazo de quince días de
audiencia a los interesados afectados por las
rectificaciones introducidas en el redactado de la
memoria del Proyecto de reparcelación del Plan
parcial del Subsector 1, del SAU Catalunya Sud,
del término municipal de L'Aldea; con la
notificación personal a los interesados, y la publicación
correspondiente en el "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña", en el "Boletín Oficial del
Estado", y en un diario de gran divulgación de la
provincia de Tarragona, así como también con
exhibición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de L'Aldea, por igual plazo; con la puntualización
que, respecto a los diferentes interesados que tengan
domicilio desconocido o que sean ilocalizables la
correspondiente publicación de este anuncio en los
diarios oficiales y su exhibición en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento producirá además, los efectos
previstos para estos supuestos el artículo 59.5 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Barcelona, 10 de octubre de 2002.-El Jefe de
la Unidad de Gestión Jurídica, Esteve Trunas i
Masuet.-&49.489.
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