Visto el expediente incoado en la Delegación
Territorial en Lérida del Departamento de Industria,
Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña,
a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, 177,
solicitando la autorización administrativa de la
modificación de la instalación que se cita.
Resultando que la línea fue autorizada y declarada,
en concreto, de utilidad pública por Resolución de
la Dirección General de la Energía del Ministerio
de Industria de fecha 7 de junio de 1976,
aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución
de la misma fecha.
Resultando que a los efectos previstos en el
artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, se ha sometido a información
pública la petición de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", no habiéndose presentado
alegaciones ni oposición alguna durante el plazo
reglamentario.
Resultando que enviada separata del proyecto y
solicitados los condicionados técnicos procedentes,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 127
y 131 del referido Real Decreto en lo que afecta
a bienes o derechos a su cargo, a la Demarcación
de Carreteras del Estado en Cataluña, y al
Ayuntamiento de Tarrés, no presentándose oposición en
los informes emitidos y siendo aceptados por "Red
Eléctrica de España, Sociedad Anónima", los
condicionados impuestos.
Resultando que la modificación de la línea está
ocasionada por las obras que se van a efectuar para
la línea férrea de alta velocidad
Madrid-Barcelona-Frontera francesa en el tramo de
Lérida-Martorell, habiendo sido el Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias quien, al amparo de lo establecido en
el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, de
1 de diciembre, ha solicitado que se realice una
variante de la actual línea Ascó-Sentmenat, entre
los apoyos 105 y 107 con objeto de adecuar la
línea al proyecto ferroviario y cumplir las distancias
que el vigente Reglamento de Líneas Eléctricas de
Alta Tensión determina.
Resultando que el Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias pone a disposición de "Red Eléctrica
de España, Sociedad Anónima" los terrenos
afectados por los nuevos apoyos y servidumbre de paso
aéreo, por lo que no resulta precisa una nueva
declaración en concreto de utilidad pública.
Visto el informe favorable emitido por los órganos
correspondientes del Departamento de Industria,
Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios que se establecen en el capítulo II
del título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", la modificación de la línea eléctrica aérea
a 400 KV, doble circuito "Ascó-Sentmenat", entre
los apoyos 105 y 107, en el término municipal de
Tarrés (Lérida), que consiste fundamentalmente en:
Desmontar los actuales apoyos 105, 106 y 107.
Instalación de tres nuevos apoyos de ángulo, el
número 105 a 12 metros del actual en la misma
traza de la línea en dirección al apoyo número 104,
el numero 106 fuera de la traza de la línea, y el
número 107 en la misma traza de la línea desplazado
13 metros del actual en dirección al apoyo
número 108.
Longitud de la modificación: 608 metros.
Número de circuitos: Dos.
Conductores: De Al-Ac, tipo Cardinal, de 547,3
milímetros cuadrados, dúplex.
Cables de tierra: Dos, de alumoweld de 58,56
milímetros cuadrados de sección.
Apoyos: Metálicos galvanizados, constituidos por
perfiles angulares de lados iguales con estructura
en forma de celosía.
Cimentaciones: Independientes para cada pata del
apoyo, de hormigón en masa.
Aislamiento: Cadenas dobles de 22 aisladores de
vidrio templado U-160 BS.
Puestas a tierra: Anillos concéntricos de cable
de cobre de 50 milímetros cuadrados de sección,
reforzados en caso necesario con picas de acero
galvanizado de forma que el valor de la resistencia
de difusión a tierra sea inferior a 20 ohmios.
La finalidad de la modificación es adaptar la línea
al proyecto de construcción de la línea de Alta
Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera francesa que le
afecta en el punto kilométrico 308,770, en el termino
municipal de Tarrés "Lérida".
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7
de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 15 de abril de 2003.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-16.778.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid