Por parte del Servicio de Conservación y
Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado
en Asturias, se ha incoado un expediente de
resarcimiento de daños a la carretera o a sus elementos
funcionales o complementarios, de conformidad con
el artículo 117 del Reglamento General de
Carreteras, aprobado por Real Decreto 1.812/1996, de 2
de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del 23)
y no habiendo podido ser practicada directamente
la notificación de la liquidación definitiva de los
referidos daños, es preciso acudir al procedimiento
regulado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del
14), que la modifica, y con el contenido expresado
en el artículo 61 del mismo cuerpo legal, por
entender esta Demarcación de Carreteras que la
publicación íntegra de la propuesta de liquidación podría
lesionar derechos o intereses legítimos de los
causantes.
Nombre y apellidos: Juan Carlos Migoya Ferreira,
número de expediente 83/03-D. La resolución de
la liquidación es firme en vía administrativa, y contra
ella cabrá interponer ante este Servicio un recurso
potestativo de reposición en el plazo de un mes,
contado a partir de la presente publicación, o
directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de
Justicia de Asturias, igualmente contados a partir
de la presente publicación, sin que pueda
interponerse este segundo recurso hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del primero (artículos 116 y 117 de la
Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley
4/1999). El expediente está a disposición de los
interesados en la Demarcación de Carreteras del
Estado en Asturias, Plaza de España, 3, primero,
en Oviedo.
Oviedo, 1 de abril de 2004.-El Jefe de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias,
D. Agustín Falcón Bascarán.-14.200.
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