Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid,
a instancia de Iberdrola Distribución Eléctrica,
Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en
Madrid, avenida de Burgos, número 8, solicitando
la autorización administrativa de la modificación
de la instalación arriba citada.
Resultando que la línea a 220 kV, doble circuito,
"Aceca-Villaverde" fue autorizada y declarada, en
concreto, de utilidad pública por Resolución de la
Dirección General de la Energía del Ministerio de
Industria y Energía de fecha 20 de julio de 1983,
aprobándose el proyecto de ejecución por
Resolución de la misma fecha.
Resultando que de conformidad con lo establecido
en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, el Consorcio
Urbanístico de Parla Este ha solicitado a Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima
Unipersonal la modificación de la línea "Aceca-Villaverde"
entre los apoyos números T-71 y T-86 dado que
con motivo del Plan General del Municipio de Parla
es preciso realizar el desvío de la línea en el tramo
citado a fin de adecuar al Reglamento de Líneas
Eléctricas Aéreas de Alta Tensión los cruzamientos
que presenta con el mencionado Plan General.
Resultando que sometida la petición de Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima
Unipersonal, a información pública, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 125 del citado Real
Decreto 1955/2000, no se han presentado alegaciones
ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.
Resultando que de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 127 y 131 del mismo Real Decreto,
se solicitó informe y establecimiento de
condicionados a los Ayuntamientos de Parla y Torrejón
de Velasco, a la Demarcación de Carreteras del
Estado del Ministerio de Fomento, a RENFE
(Mantenimiento de Infraestructuras), y a Telefónica
de España, informando favorablemente la
viabilidad del proyecto el Ministerio de Fomento y
Telefónica de España, no contestando los
Ayuntamientos ni a la petición de informe ni a su reiteración,
por lo que de conformidad con lo establecido en
los citados artículos ha de entenderse que no existe
oposición al proyecto y son aceptadas las
especificaciones técnicas propuestas por el peticionario.
Resultando que por Mantenimiento de
Infraestructuras de RENFE se contesta a la petición de
informe y condicionado manifestando que para la
ejecución de las obras dentro de la zona de influencia
del ferrocarril AVE Madrid-Sevilla se deberá
presentar ante la Gerencia de Infraestructura y Vía
la correspondiente solicitud, a la vista de la cual
se redactará el oportuno condicionado técnico y
económico.
Resultando que por Iberdrola Distribución
Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal son aceptadas
las alegaciones de RENFE.
Resultando que con fecha 27 de diciembre
de 2002 la sociedad Infraestructuras de Alta
Tensión (INALTA), previa autorización de la
Dirección General de Política Energética y Minas,
adquirió todas las instalaciones de transporte de
energía, hasta entonces propiedad de Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima
Unipersonal, entre las que se encuentra el primer circuito
de la línea a 220 kV "Aceca-Villaverde" que se
pretende modificar.
Resultando que el proyecto de modificación de
la instalación y su estudio de impacto ambiental
han sido sometidos al procedimiento de Evaluación
de Impacto Ambiental, habiendo sido formulada
la correspondiente Declaración de Impacto
Ambiental mediante Resolución de la Secretaría General
de Medio Ambiente del Ministerio de Medio
Ambiente de fecha 5 de febrero de 2004.
Visto el informe favorable emitido por el Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Madrid.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a la sociedad Infraestructuras de Alta
Tensión (INALTA) la modificación del primer
circuito de la línea eléctrica aérea a 220 kV
"Aceca-Villaverde" en el tramo comprendido entre los
apoyos números T-71 y T-86, compartidos en doble
circuito, con el segundo circuito de la misma línea
propiedad de Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima, en la provincia de Madrid, cuyas
características principales son:
Origen: Apoyo compartido para doble circuito
T-71.
Final: Apoyo compartido para doble circuito T-86.
Instalación de nuevos apoyos para doble circuito
números 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81,
82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 91, todos
bis.
Desmontar los actuales apoyos desde el número
T-72 hasta el número T-85, ambos incluidos.
Apoyos: Metálicos para doble circuito
constituidos por perfiles de angulares de acero galvanizado,
organizados en forma de celosía.
Cimentaciones: De hormigón en masa,
independientes para cada pata del apoyo.
Número de circuitos: Uno, dúplex, el denominado
primer circuito de la línea.
Conductores: De aluminio-acero, tipo GULL,
de 381 milímetros cuadrados de sección.
Cables de tierra: Dos, uno de acero de 50
milímetros cuadrados de sección, y otro OPGW-15 con
fibras ópticas en el núcleo de 15,1 milímetros de
diámetro.
Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio
templado tipo U 120 BS.
Puestas a tierra: Todos los apoyos irán puestos
a tierra mediante un sistema mixto de picas y anillos
de forma que la resistencia de difusión máxima no
supere los valores que se establecen en el
Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.
Longitud de la modificación: 7.073 metros.
Términos municipales afectados: Parla y Torrejón
de Velasco.
La finalidad de la modificación del trazado de
la línea es su adecuación a las obras del complejo
urbanístico que desarrolla el Consorcio Urbanístico
de Parla Este.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor
Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7
de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 18 de febrero de 2004.-La Directora
General, doña Carmen Becerril Martínez.
Área de Industria y Energía. Delegación del
Gobierno. Madrid.-10.877.
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