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Documento BOE-B-2008-138033

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones, sobre la notificación al don Raúl Martínez López para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 7 de junio de 2008, páginas 7272 a 7272 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2008-138033

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don Raúl Martínez López (02.205.232-S) el Acuerdo de 20 de febrero de 2008, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente: «Con escrito de este Servicio n.º 1.533 de 18 de mayo de 2.007, se le notificaba el inicio del Expediente Administrativo, incoado por el percibo indebido de la cantidad líquida de 403,04 euros en concepto de Trienios, en el período comprendido entre 01-12-2005 al 30-09-2006, abonada en la nómina de los meses de diciembre de 2005 a septiembre de 2006, al percibir sin corresponderle un determinado número de trienios debido a un error informático. A la vista del escrito de alegaciones suscrito por el interesado y una vez revisado el expediente, se rectifica el citado escrito en el sentido de que la cantidad declarada como ingresos indebidos, tal y como se refleja en la nueva liquidación que se adjunta asciende a 393,30 euros. Establecido lo anterior y por lo que respecta a su solicitud sobre el número de trienios que le corresponde percibir, dicha solicitud debe de plantearla ante el Servicio de Recursos Humanos de la Guardia Civil al ser dicho servicio competente al respecto. Por lo expuesto Acuerdo Estimar parcialmente lo peticionado en el escrito de alegaciones, confirmando que la cantidad de 393,30 euros. percibidas por parte de don Raúl Martínez López (02.205.232-S) en concepto de Trienios, en el periodo comprendido entre el 01-12-2005 al 30-09-2006, tiene la consideración de «Ingresos Indebidos». Contra este acto que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de Alzada ante el Director General de la Guardia Civil en el plazo de un MES desde el día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107,114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), y preferentemente, por razones de mayor agilidad a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (carretera de Andalucía Km 25,500), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 23 de mayo de 2008.-Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, D. Emilio Muñoz Rubio.

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