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Documento BOE-B-2008-296043

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad «Jaime Llorca, S.A.», para la explotación de una nave ubicada en una parcela de 1.333 m2 en la Dársena Pesquera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 9 de diciembre de 2008, páginas 14452 a 14452 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-296043

TEXTO

En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en fecha 13 de diciembre de 2007, se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad "Jaime LLorca, S.A.", para la explotación de una nave ubicada en una parcela de 1.333 m2 en la Dársena Pesquera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, para ser destinada a industria frigorífica de manipulación de pescados y mariscos bajo, entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto de condiciones que se establecen en el Pliego:

Plazo de otorgamiento: Quince (15) años.

Tasa por Ocupación Privativa del dominio público portuario, que para el año 2007 asciende a la cantidad de treinta y cuatro mil cincuenta y nueve euros con ochenta y dos céntimos (34.059,82 euros), con sujeción a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General. - Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a la Tasa por Ocupación privativa del dominio público portuario que se determinará aplicando un porcentaje del veinte por cientos (20%) sobre la cuota líquida a ingresar de la misma y que para el año 2007 asciende a la cantidad de seis mil ochocientos once euros con noventa y seis céntimos (6.811,96 euros) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y en la Disposición Transitoria Sexta de la mencionada Ley 48/2003. Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios, que se determinará sobre el importe neto de la cifra de negocio desarrollado por el concesionario en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife, aplicándole un porcentaje del 1% al importe declarado, y que para el año 2007 asciende a la cantidad de cuarenta y cuatro mil ciento tres euros con veintiseis céntimos (44.103,26 euros), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la precitada Ley 48/2003. Tasa por Servicios Generales e la parte correspondiente a la Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios, que se determinará aplicando un porcentaje del 201 sobre la cuota líquida a ingresar de la misma y que para el año 2007 asciende a la cantidad de ocho mil ochocientos veinte euros con sesenta y cinco céntimos (8.820,65 euros), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y Disposición Transitoria Sexta de la Ley 48/2003.

Lo que se publica para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, 10 de noviembre de 2008.-El Presidente, Pedro Rodríguez Zaragoza.

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