De conformidad con lo prevenido en el artículo 139.4 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y en consonancia con la cláusula 8.13 del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el procedimiento de contratación de referencia, y se advierte una infracción no subsanable debido a un error en la preparación del contrato, por lo que este órgano de contratación, en resolución de fecha 21 de octubre de 2010, ha acordado desistir del procedimiento abierto n.º 19/2010.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de su notificación, según el artículo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
Madrid, 27 de octubre de 2010.- El Secretario general, Juan Pedro Serrano Arroyo.
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