Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Gómez Ruiz,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, en
sentencia de fecha 9 de enero de 1997, como autora de un delito contra
la salud pública y delito de contrabando, a la pena de tres años, nueve
meses y un día de prisión y multa de 2.850.000 pesetas, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,
Vengo en conmutar a doña María del Carmen Gómez Ruiz ambas penas
impuestas, por una única de dos años de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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