Con el fin de atender las necesidades de personal de
Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso
de las atribuciones conferidas por el artículo 3 de la Ley 7/1996,
de 8 de julio, de Creación de la Universidad "Rey Juan Carlos" ;
el artículo 1 del Decreto 90/1997, de 10 de julio, del Consejo
de Gobierno, por el que se fijan las competencias de los órganos
provisionales de la Universidad "Rey Juan Carlos" hasta la
aprobación de sus Estatutos, dentro del marco de lo dispuesto por
el artículo 3 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de
Reforma Universitaria, con la conformidad de la Consejería de
Educación, y de acuerdo con lo dispuesto por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de los Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, ha resuelto convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Superior de
Administradores de la Universidad "Rey Juan Carlos", con sujeción a las
siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas
pertenecientes a la Escala Técnica Superior de Administradores
de esta Universidad, grupo A, por el sistema de promoción interna.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de
julio ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección será el de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican como anexo I.
1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es
el que figura como anexo II de esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas comenzarán a partir de julio de 2000.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la función pública, y en particular:
2.1.1 Ser español u ostentar la condición de nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea.
2.1.2 Tener la nacionalidad española o nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados
a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se
halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
2.1.3 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
2.1.4 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero
Superior, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo
en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
2.1.5 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.6 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.1.7 Además, los aspirantes que concurran a estas plazas
deberán pertenecer el día que termine el plazo de presentación
de solicitudes a Cuerpos o Escalas de Administración General o
de Administración Universitaria de grupo B, establecidos en el
artículo 25 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública, excluidos los Cuerpos o Escalas de Bibliotecas
e Informática ; tener destino actual en la Universidad "Rey Juan
Carlos" y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el
Cuerpo o Escala a la que pertenezcan.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26
de diciembre, correspondientes a los Cuerpos o Escalas
anteriormente citados, serán computables a efectos de antigüedad para
participar en estas pruebas selectivas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse el día de finalización del plazo de presentación de
instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente en la Oficina de Información y Registro de la Universidad
"Rey Juan Carlos", Rectorado, calle Tulipán, sin número, Móstoles
(Madrid) ; en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las
Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas, en el
Centro de Información Administrativa para las Administraciones
Públicas, en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en
los Rectorados de todas las Universidades públicas del Estado,
siempre que las solicitudes de que dispongan éstos sean de
características similares a la publicada como anexo IV.
3.2 Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia una
fotocopia legible del documento nacional de identidad. Y los
documentos que se mencionan en los anexos IV y VI.
3.3 En las solicitudes se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1 "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación en la Escala objeto de esta convocatoria: "Escala Técnica
Superior de Administradores".
En el apartado 3 "Forma de acceso", se consignará "P", sistema
de promoción interna.
En el apartado 25 "letra A)" se indicará el/los idioma(s) para
el tercer ejercicio.
3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad "Rey Juan Carlos", Rectorado, calle Tulipán
sin número, 28931 Móstoles (Madrid), o en la forma prevista en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", dirigidas al excelentísimo señor Rector de la
Universidad "Rey Juan Carlos".
3.5 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas, y se
ingresarán en la Caja de Madrid (entidad 2038), oficina
número 2221, de la plaza del Pradillo, número 2, 28931 Móstoles,
número de cuenta 6000500593, "Derechos de examen", bien
directamente o por transferencia bancaria.
El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de
examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad
bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto
o adjuntando el correspondiente resguardo de ingreso. La falta
de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante. En ningún caso el abono de los derechos examen
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dirigido al
excelentísimo señor Rector dentro del plazo establecido en la base 3.4
para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa
excepcional sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el
Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
RectorPresidente de la Universidad "Rey Juan Carlos" dictará, en el plazo
máximo de un mes, resolución que será publicada en el "Boletín
Oficial del Estado", declarando aprobadas las listas provisionales
de admitidos y excluidos. En dicha resolución se indicará el lugar,
fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación
de los aspirantes excluidos, con mención expresa, en todo caso, de
los apellidos, nombre, número del documento nacional de
identidad y motivo que la produce.
4.2 Los aspirantes excluidos o los que no figuren en las
relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución que aprueba las listas provisionales de admitidos
y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos
en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de
la realización de las pruebas.
4.3 La resolución que apruebe definitivamente los admitidos
pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, los aspirantes
definitivamente excluidos podrán formular recurso potestativo de
reposición en el plazo de un mes o recurso
contencioso-administrativo.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador se ajustará a lo establecido por
el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y es
el que se relaciona en el anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando
concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las
circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,
al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión
el Tribunal acordará las decisiones pertinentes en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones,
el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de
la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y
adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la
convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases y la
normativa aplicable.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector-Presidente
de la Universidad.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá
nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición a realizar de forma
escrita y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio
de Presidencia, de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del
Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal
excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres,
rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de
los mismos.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad "Rey Juan Carlos"
(edificio Rectorado), calle Tulipán, sin número, 28931 Móstoles
(Madrid), teléfono 91 664 74 97. El Tribunal dispondrá en esta sede
al menos una persona, miembro o no del Tribunal, que atienda
a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas
pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de primera de las recogidas en el Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del
día 19).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
Derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de la
Administración Pública de fecha 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el resultado
del sorteo para la determinación del orden de actuación de los
aspirantes en todos los procesos que se convocan en ejecución
de la oferta de empleo público de la Administración General del
Estado para 2000. En el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra indicada, el orden
de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience con la letra "C", y así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización del
ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados, los cuales serán libremente apreciados por
el Tribunal.
6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo
ejercicio y los posteriores se efectuará por el Tribunal en los locales
donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar
su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate
del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al
excelentísimo señor Rector-Presidente de la Universidad,
comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el
aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas,
a los efectos procedentes.
Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, el interesado podrá formular recurso potestativo de
reposición, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo
ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportuno, la relación de aspirantes que han
superado las pruebas, por orden de puntuación alcanzada, con
indicación del número de su documento nacional de identidad.
7.2 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de
la lista de aprobados al excelentísimo señor Rector-Presidente de
la Universidad.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde que se publique
la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que figuren en
la misma deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos
y Organización de la Universidad "Rey Juan Carlos", toda la
documentación necesaria para ser nombrados funcionarios de la Escala
Técnica Superior de Administradores de esta Universidad, que
no obre en el referido Servicio.
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de
presentar los documentos expresados en la base anterior, podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria,
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, que no prestasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios de
carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
8.4 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado", con el orden definitivo de puntuación.
9. Norma final
9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, cabrá recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados
a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad a lo
establecido en el artículo 46.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9.2 A tal efecto, contra las decisiones del Tribunal podrá
interponerse, por persona legitimada, recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir de la notificación o publicación, ante el
excelentísimo señor Rector-Presidente de la Universidad "Rey Juan
Carlos". Contra la resolución de éste podrá interponerse, por
persona legitimada, recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, o recurso contencioso-administrativo. De no producirse
contestación a los recursos administrativos se entenderán
denegados por silencio administrativo negativo.
Móstoles, 5 de mayo de 2000.-El Rector-Presidente, Guillermo
Calleja Pardo.
ANEXO I
Proceso selectivo: Valoraciones, pruebas y puntuaciones
1. Fase de oposición
Estará constituido por dos ejercicios, de carácter eliminatorio,
y un tercero, voluntario y de méritos.
Primer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar, por
escrito, un tema general que elegirán de los dos extraídos previamente
al azar, entre cinco temas presentados por el Tribunal,
relacionados con el programa a que hace referencia el anexo II, sin que
tengan que coincidir necesariamente con algún epígrafe de éste.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de
un tiempo máximo de tres horas. El ejercicio deberá ser leído
por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que lo calificará
valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la
calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación
o exposición.
Segundo ejercicio: El Tribunal presentará cuatro supuestos de
carácter práctico, relacionados con el programa a que hace
referencia el anexo II. Los aspirantes elegirán dos supuestos prácticos
de entre los cuatro propuestos, y elaborarán, por escrito, la
propuesta de resolución, informe, recurso y/o instrumento que
proceda. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros o
documentación que consideren necesaria y que aporten para la ocasión.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de
cinco horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión
pública ante el Tribunal, que lo calificará valorando los
conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión
escrita, así como su forma de presentación o exposición.
Tercer ejercicio (voluntario y de méritos): Consistirá en la
realización de una traducción directa, por escrito, en castellano y
sin diccionario, de un documento redactado en francés, inglés,
y/o alemán. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes
dispondrán, para cada uno de los idiomas a los que se presenten,
de un tiempo máximo de una hora y media. Para cada uno de
los idiomas a que se presente el aspirante deberá proceder a la
lectura de la traducción realizada en este ejercicio en sesión
pública ante el Tribunal.
Asimismo, corresponderá al Tribunal resolver cuantas
incidencias e interpretaciones se susciten respecto a las valoraciones y
pruebas contenidas en este anexo.
2. Fase de concurso
1. Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. En ella se valorarán los méritos
relacionados con la carrera profesional, el puesto desempeñado,
el nivel de formación y la antigüedad.
1.1 Antigüedad.-Se valorarán los servicios efectivos
prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de
diciembre, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, en el Cuerpo o Escala a la que pertenezca o haya
pertenecido. El máximo a valorar en este apartado será hasta ocho
puntos. Y ello conforme a los siguientes criterios:
a) Los servicios prestados o reconocidos en Cuerpos o Escalas
pertenecientes al grupo B, a razón de 0,80 puntos por año de
servicio.
b) Los servicios prestados o reconocidos en Cuerpos o Escalas
pertenecientes a otros grupos, a razón de 0,50 puntos por año
de servicio.
Se considerarán como años completos las fracciones iguales
o superiores a seis meses.
1.2 Grado personal.-El grado personal consolidado, referido
al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
se valorará conforme a la siguiente escala:
Por grado menor al 20 o sin consolidar: Ocho puntos.
Por grado 22: Nueve puntos.
Por grado 24: 10 puntos.
1.3 Puesto de trabajo.-Se valorará el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo desempeñado en
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
conforme a la escala que se indica:
Nivel de complemento de destino 24: Nueve puntos.
Nivel de complemento de destino 26: 10 puntos.
1.4 Nivel de formación académica.-Se valorará la formación
académica de los aspirantes en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, hasta un máximo de dos puntos,
de la siguiente forma:
Otros títulos de Diplomado y Licenciado, o equivalentes además
del exigido en la convocatoria: Un punto.
Título de Doctor: Dos puntos.
2. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán,
única y exclusivamente, a la puntuación obtenida por aquellos
aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
3. La acreditación de estos méritos se realizará mediante
certificación expedida por la Unidad correspondiente de Recursos
Humanos y se ajustará al modelo que se adjunta como anexo V
a la presente convocatoria.
3. Valoración final
3.1 La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (oposición
y concurso), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas,
un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.
3.2 Para superar las presentes pruebas selectivas y obtener
algunas de las plazas convocadas, será necesario aprobar la fase
de oposición y encontrarse, una vez sumada la fase de concurso,
en un número de orden no superior de plazas convocadas.
3.3 En caso de igualdad en la puntuación total, una vez
sumadas las fases de concurso y de oposición, se dará prioridad al
aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en la fase de
oposición, y, en caso de persistir la igualdad, se acudirá a dirimirlo
a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso por el
mérito del grado consolidado, y así sucesivamente con los
siguientes méritos. Si, una vez aplicadas estas reglas, no dirimiese el
empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los
aspirantes igualados.
ANEXO II
Programa
BLOQUE 1.o
Derecho Administrativo
Tema 1. La Administración pública: El principio de legalidad.
Las potestades administrativas: Regladas y discrecionales. El
control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.
Tema 2. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto. El
papel de la costumbre. Los principios generales del Derecho.
Tema 3. La Constitución como norma jurídica. La Ley:
Concepto y reserva de ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias.
Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-leyes y
Decretos Legislativos.
Tema 4. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites
de la potestad reglamentaria: Formales y sustanciales.
Reglamentos ilegales: Sanción, medios técnicos de reacción y remedios
activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.
Tema 5. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos
del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.
Tema 6. El acto administrativo: Motivación. Notificación.
Publicación. Actos presuntos.
Tema 7. El acto administrativo. Efectos: Eficacia demorada y
eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.
Tema 8. El acto administrativo: Nulidad de pleno derecho.
Anulabilidad. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados.
Conservación de actos y trámites. Convalidación.
Tema 9. El acto administrativo: Revisión de actos nulos. Revisión
de actos anulables. Revocación de actos. Límites de la revisión.
Tema 10. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común: Objeto y ámbito de aplicación. Principios
generales.
Tema 11. Órganos de las Administraciones públicas:
Competencia. Abstención y recusación. Órganos colegiados.
Tema 12. Los interesados en el procedimiento administrativo.
Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las
Administraciones públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación
y tramitación de urgencia.
Tema 13. El procedimiento administrativo: Iniciación.
Ordenación. Instrucción. Finalización.
Tema 14. Los recursos administrativos: Principios generales.
Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones previas
al ejercicio de las acciones civiles y laborales.
Tema 15. Las reclamaciones económico-administrativas:
Materias sobre las que pueden versar. Actos susceptibles de
reclama
ción. Órganos competentes para conocer y resolver las
reclamaciones.
Tema 16. La jurisdicción contencioso-administrativa:
Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción
contenciosoadministrativa. Las partes en el proceso
contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.
Tema 17. El procedimiento contencioso-administrativo.
Ejecución de sentencias. Recursos contra sentencias.
Tema 18. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Ámbito de aplicación. Requisitos para contratar con la
Administración.
Tema 19. Actuaciones administrativas preparatorias de los
contratos. Tramitación de los expedientes de contratación.
Prerrogativas de la Administración.
Tema 20. De los procedimientos y formas de adjudicación de
los contratos. Revisión de precios en los contratos de la
Administración.
Tema 21. Perfección y normalización de los contratos.
Ejecución y modificación. Extinción de los contratos.
Tema 22. Cesión de los contratos y subcontratación.
Contratación en el extranjero. Invalidez de los contratos.
Tema 23. El contrato de obras.
Tema 24. El contrato de gestión de servicios públicos.
Tema 25. El contrato de suministro.
Tema 26. El contrato de consultaría y asistencia. El contrato
de servicios.
Tema 27. La responsabilidad patrimonial de la Administración.
La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de
las Administraciones públicas.
BLOQUE 2.o
Administración de personal
Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública:
Ámbito de aplicación. Órganos superiores de la función pública.
Registros de personal.
Tema 2. Planificación de recursos humanos. Relaciones de
puestos de trabajo.
Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios: Normas
generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección.
Convocatorias y procedimiento selectivo.
Tema 5. Provisión de puestos de trabajo. Disposiciones
generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.
Tema 6. Carrera profesional: Grado personal. Intervalo de
niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.
Tema 7. Situaciones administrativas: Supuestos y efectos de
cada una de ellas.
Tema 8. Sistema de retribuciones de los funcionarios:
Conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos
retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas.
Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero.
Indemnizaciones por razón del servicio.
Tema 9. Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones públicas: Principios generales y ámbito de aplicación.
Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.
Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios: Personas
responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento
para la sanción de las faltas disciplinarias.
Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios
públicos. La negociación colectiva y la participación en la
determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios
públicos. El derecho de reunión.
Tema 12. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.
La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.
Tema 13. Las fuentes del ordenamiento laboral. Aplicación
e interpretación de las normas laborales. Principios de ordenación
jerárquica en el Derecho Laboral.
Tema 14. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad
para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos
y deberes derivados del contrato. Período de prueba.
Tema 15. Contratos formativos. Contrato de trabajo en
prácticas y contrato para la formación. Contrato a tiempo parcial,
contrato fijo-discontinuo y contrato de relevo. Contratos de
duración determinada.
Tema 16. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.
Salarios y garantías salariales. Tiempo de trabajo.
Tema 17. Modificación del contrato de trabajo: Movilidad
funcional, movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las
condiciones de trabajo. Garantías por cambio de empresario. La
suspensión del contrato de trabajo.
Tema 18. La extinción del contrato de trabajo: Causas.
Extinción por voluntad del trabajador. Extinción por causas objetivas.
Despido colectivo, disciplinario e improcedente.
Tema 19. La libertad sindical. Órganos de representación:
Delegados de personal y Comités de Empresa. Derecho de reunión.
Tema 20. Los Convenios Colectivos: Naturaleza y efectos.
Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión y
extensión.
Tema 21. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El
cierre patronal.
Tema 22. El procedimiento laboral: El ejercicio de la potestad
jurisdiccional. Las partes procesales. La evitación del proceso.
El proceso ordinario. La ejecución de sentencias frente a entes
públicos.
Tema 23. La Seguridad Social: Campo de aplicación y
estructura del sistema de la Seguridad Social. Afiliación y cotización.
Tema 24. Régimen general de la Seguridad Social: Acción
protectora. Incapacidad temporal. Invalidez.
Tema 25. Régimen general de la Seguridad Social: Jubilación.
Muerte y supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.
Tema 26. Protección por desempleo: Objeto. Nivel
contributivo. Nivel asistencial. Régimen de las prestaciones
BLOQUE 3.o
Hacienda Pública y gestión financiera
Tema 1. El presupuesto: Concepto y clases. El presupuesto
por programas: Objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto
en base cero: Objetivos, unidades y paquetes de decisión y
asignación de prioridades.
Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: Principios
y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios.
Gastos plurianuales.
Tema 3. Modificaciones de los créditos. Transferencias de
crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.
Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de
crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
Tema 4. Los ingresos: Concepto. Impuestos directos: Concepto
y clasificación. Impuestos indirectos: Concepto y clasificación.
Tasas y precios públicos.
Tema 5. La financiación de las Comunidades Autónomas:
Financiación incondicionada, financiación condicionada y
financiación autónoma.
Tema 6. Los gastos: Concepto. Gastos de personal. Gastos
para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes
y de capital. Gastos de inversión.
Tema 7. Los pagos: Concepto. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija.
Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.
Tema 8. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases
del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos
del Tesoro Público.
Tema 9. El control presupuestario: Concepto y ámbito de
aplicación. Control Interno: La Intervención General del Estado. El
control externo: El Tribunal de Cuentas. Especial referencia al
control de legalidad.
Tema 10. La contabilidad pública: El Plan General de
Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.
BLOQUE 4.o
Administración universitaria
Tema 1. La autonomía universitaria: Reconocimiento
constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y
estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El
Consejo de Universidades. Competencias educativas y órganos
gestores a nivel universitario de la Comunidad Autónoma de
Madrid. La Ley de Reforma Universitaria.
Tema 2. Las Universidades públicas (1). Naturaleza, fines y
competencias. Organización académica: Departamentos,
Facultades y Escuelas Universitarias.
Tema 3. Las Universidades públicas (2). Organización
académica: Institutos Universitarios e Interuniversitarios. Centros de
Enseñanza Superior. Colegios Mayores. Hospitales universitarios
y Hospitales asociados.
Tema 4. Las Universidades públicas (3). Órganos de gobierno
y administración colegiados: Consejo Social. Claustro
Universitario. Junta de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos
de Departamento y de Institutos Universitarios.
Tema 5. Las Universidades públicas (3). Órganos de gobierno
y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario
general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de
Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas
Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios
de Departamento.
Tema 6. El Profesorado universitario: Clases y régimen jurídico.
Retribuciones.
Tema 7. El Personal de Administración y Servicios funcionario.
Clases y régimen jurídico.
Tema 8. Personal de Administración y Servicios laboral:
Convenio Colectivo de Universidades públicas de la Comunidad de
Madrid. Clases y régimen jurídico.
Tema 9. Las Universidades públicas (4). Alumnado: Acceso.
Permanencia. Planes de estudios. Titulaciones universitarias:
Oficiales y propias. La regulación de los estudios del tercer ciclo.
Tema 10. Convalidación de estudios y homologación de títulos
extranjeros. Becas y ayudas al estudio. Precios públicos por la
prestación del servicio público de la educación superior.
Tema 11. Las Universidades públicas (5). Investigación:
Proyección investigadora, científica y cultural. Participación en
programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 11 de
la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 12. Las Universidades públicas (6). Régimen económico:
Financiación y presupuesto. Régimen patrimonial.
Tema 13. La Universidad "Rey Juan Carlos". Régimen jurídico.
Órganos de Gobierno provisionales y competencias.
BLOQUE 5.o
Gestión pública directiva
Tema 1. La dirección de las organizaciones. Funciones
directivas. Origen y naturaleza de la autoridad. El liderazgo. Jerarquía
y autoridad: El proceso escalar. Responsabilidad y autoridad.
Jerarquía lineal y jerarquía funcional. Delegación de la autoridad.
Tema 2. El proceso de adopción de decisiones. Iniciativa,
preparación y normalización de decisiones. Información y
comunicación. Modalidades y medios de comunicación. Obstáculos para
las comunicaciones y técnicas para superarlas.
Tema 3. Planificación y programación de la actividad de la
organización. Definición de objetivos, evaluación y asignación de
recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de
reproducción en la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos
de análisis y mejora de la organización.
Tema 4. Políticas públicas. Formulación, implantación y
evaluación.
ANEXO III
Tribunal
El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Jacinto Martín Segundo, de la Escala Técnica
de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid.
Vocales:
Primera: Doña Elena de la Cuesta Elósegui, Profesora titular
de Universidad.
Segundo: Don Pascual Sicilia Martín, de la Escala Técnica de
Gestión de la Universidad Complutense de Madrid,
Tercero: Don Francisco Palancar Arranz, del Cuerpo de
Arquitectos de Hacienda Pública.
Cuarto: Don José Manuel de León Ceano-Vivas, de la Escala
Técnica de Gestión de la Universidad Complutense de Madrid,
quien actuará como Secretario.
Suplentes:
Presidente: Don Bruno Aguilera Barchet, del Cuerpo de
Catedráticos de Universidad.
Vocales:
Primero: Don Jerónimo Caruana de las Cajigas, de la Escala
Técnica Superior de la Administración General.
Segundo: Don Pedro García Moreno, del Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Tercero: Don Enrique Chaves Guzmán, de la Escala Técnica
de Gestión de la Universidad Autónoma de Madrid.
Cuarto: Don Ricardo González Castrillo, de la Escala de
Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad Complutense
de Madrid, quien actuará como Secretario.
ANEXO IV (ver imagen página 19035).
INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO
Instrucciones generales
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie
dura, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares
Consigne en forma de acceso una sola letra mayúscula,
tomando la que corresponda a la siguiente clave:
Letra Formadeacceso
L Libre.
P Promoción interna.
Consigne en la liquidación el importe de los derechos de
examen y número de la cuenta corriente que se indican en la
convocatoira, ya que es un impreso autoliquidativo.
Adjunte fotocopia del documento nacional de identidad al
presentar o remitir el ejemplar de la solicitud destinado a la
Universidad.
Al realizar la prestación, solicite de la oficina receptora
constancia de la fecha en el ejemplar destinado al interesado, que
deberá conservar en su poder como justificante del ingreso de
los derechos y de la presentación de la solicitud.
ANEXO V
Certificación de méritos
Don .................................................................................
Responsable de la Unidad de Personal/Recursos Humanos,
CERTIFICO:
Que de los antecedentes obrantes en esta Unidad, relativos
al aspirante abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:
Apellidos y nombre ................................................................
Cuerpo o Escala a la que pertenece ..........................................
Documento nacional de identidad .................. NRP ..................
1. Destino actual .................................................................
2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de
pertenencia:
...................... años ...................... meses ...................... días.
2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de
carrera hasta el día de la publicación de la convocatoria:
Grupo B ................. años ................. meses ................. días.
Grupo C ................. años ................. meses ................. días.
Otros grupos ........... años ................. meses ................. días.
3. Grado consolidado en la fecha de publicación de la
convocatoria ...........................................................................
4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que
se desempeña en la fecha de publicación de la convocatoria ..
5. Titulaciones ....................................................................
Y para que conste, expido la presente certificación en
.................................... a ............ de ....................................
ANEXO VI
Don/doña ........................................................................
aspirante a las plazas convocadas para el acceso a la Escala
Superior de Administradores de la Universidad "Rey Juan Carlos",
presenta la documentación acreditativa referente a los méritos a
valorar por formación académica y que no obran en mi expediente
personal.
Títulos oficiales:
............................................................................................
............................................................................................
............................................................................................
En .......................... a ........ de .......................... de ........
Excmo. Sr. Rector-Presidente de la Universidad "Rey Juan Carlos".
ANEXO VII
Don/doña ........................................................................
con domicilio en ....................................................................
y con documento nacional de identidad ....................................
declara bajo juramento o promete, a los efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala ...........................................
que no ha sido separado del servicio de alguna de las
Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
En .......................... a ........ de .......................... de ........
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid