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Documento BORME-C-2017-6377

HOBBY DEPORTES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOBBY FRANQUICIAS, S.L.U.
HOBBY CÁDIZ, S.L.U.
GRUPO DEPORHOBBY ANDALUCÍA, S.L.
HOBBY HUELVA, S.L.U.
HOBBY JEREZ, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 7417 a 7417 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6377

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el art 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 1 de junio de 2016, el socio único de HOBBY DEPORTES, S.L.U. (Sociedad Absorbente), el socio único de Hobby Franquicias, S.L.U., el socio único de Hobby Cádiz, S.L.U., los socios de Grupo Deporhobby Andalucía, S.L. (en sede de Junta Universal y por Unanimidad), el socio único de Hobby Huelva, S.L.U., y el socio único de Hobby Jerez, S.L.U. (todas ellas Sociedades absorbidas) sociedades intervinientes en la fusión, en ejercicio de sus competencias han aprobado la fusión por absorción de las sociedades Hobby Franquicias, S.L.U., Hobby Cádiz, S.L.U., Grupo Deporhobby Andalucía, S.L., Hobby Huelva, S.L.U., Hobby Jerez, S.L.U. (Sociedades absorbidas) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 1 de marzo de 2017. La entidad absorbida GRUPO DEPORHOBBY ANDALUCÍA, S.L., es titular del 100 % de las participaciones representativas del capital social de la sociedad absorbente y demás sociedades absorbidas, tratándose en consecuencia, de una fusión impropia de sociedades íntegramente participadas.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2016 y las operaciones de las Sociedades Absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2017.

La presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art. 49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el art. 52 de la misma ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores, de obtener el texto íntegro o solicitar el envío gratuito de los acuerdos adoptados. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009.

Huelva, 14 de junio de 2017.- D. Víctor Manuel Ceada García, Administrador único de Grupo Deporhobby Andalucia, S.L. (Sociedad Absorbida), y persona física representante de Grupo Deporhobby Andalucia, S.L., como Administradora única, de Hobby Deportes, S.L.U. (Sociedad Absorbente), Hobby Franquicias, S.L.U., Hobby Cádiz, S.L.U., Hobby Huelva, S.L.U., Hobby Jerez, S.L.U. (Sociedades absorbidas).

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