De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de transposición de Directiva de la Unión Europea en Materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, "RD 5/2023"), se hace público que, en fecha 20 de noviembre de 2025, la socia única de INRODODEN, S.L.U., esto es, la mercantil RODOLINA, S.L., ha acordado la fusión por absorción de INDENROD, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") por parte de INRODODEN, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") con la consiguiente disolución y extinción de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo, así como los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
En la medida en que tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida son 100% participadas por la misma socia única, la mercantil RODOLINA, S.L., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del RD 5/2023, se trata de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RD 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del RD 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión a oponerse a la misma, en los términos y con los efectos legalmente previstos en el artículo 13 del RD 5/2023, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en los artículos 5.6 y 46 RD 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Cerdanyola del Vallès, 19 de noviembre de 2025.- Dª. Mireia Masdevall Llorens, en su condición de (i) administradora solidaria de Inrododen, S.L.U. (Sociedad Absorbente), Y (ii) administradora solidaria de Indenrod, S.L.U. (Sociedad Absorbida).
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