De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto- ley 5/2023 de 28 de junio (LME) se hace público que la junta general de socios de Inmobiliaria Txominchu, S.L., aprobó el día 6 de mayo de 2026 la fusión por la que Inmobiliaria Txominchu, S.L. (Sociedad Absorbente), absorbe a Albirta Inmuebles, S.L.U. (Sociedad Absorbida) (el Acuerdo de Fusión), así como los balances de fusión de ambas sociedades (ambos de fecha 31 de diciembre de 2025) (los Balances de Fusión). Como consecuencia, se produce la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con el traspaso en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Se deja expresa constancia de que la fusión se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 9 y 53.1 de la LME, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de la totalidad de las acciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, en aplicación del artículo 53.1 de la LME, no habrá tipo de canje ya que la Sociedad Absorbente no amplía su capital social. Asimismo, en aplicación del artículo 9 de la LME, el Acuerdo de Fusión se ha adoptado sin publicar o depositar los documentos exigidos por la Ley, siendo incorporados en la escritura de fusión.
De conformidad con los artículos 10 y 13 de la LME, se hace constar: (i) el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del Acuerdo de Fusión, así como los Balances de Fusión de ambas sociedades; y (ii) el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación del Acuerdo de Fusión, en los términos del artículo 13 de la LME.
Por último, se hace constar el derecho de socios y trabajadores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social copia íntegra de los documentos a que hace referencia el artículo 46 de la LME referidos a la fusión, así como de obtener la entrega o el envío gratuitos de los mismos por medio electrónicos de un ejemplar de cada uno de ellos.
Bilbao a, 6 de mayo de 2026.- Representante persona física de la mercantil Consultoría de Gestión Gráfica, S.L., administrador único de Inmobiliaria Txominchu, S.L. y administrador único de Albirta Inmuebles, S.L.U, D. José Ramón Benito Garrido.
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