A efectos de lo previsto en la Orden de 23 de enero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios del Consejo Superior de Deportes (CSD), y de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la Resolución del Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes de 9 de marzo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 17), por la que se clasifican las instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, la clasificación de los centros se realizará por la Dirección General de Deportes del CSD.
Una vez analizada la documentación remitida por los titulares de cada una de las instalaciones, y de acuerdo con los criterios específicos señalados en el apartado primero de la ya citada Resolución, en la que se establecen los criterios de clasificación, El Director general de Deportes del CSD resuelve clasificar los siguientes centros:
Centro de Tecnificación Deportiva, en Alicante.
Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Tenis, en Cornellà de Llobregat (Barcelona).
Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Natación, en Ourense.
Madrid, 19 de marzo de 2001.-El Director general, Guillermo Jesús Jiménez Ramos.
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