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Derechos Fundamentales

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Artículo 12 - Mayoría de edad

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años

Mayoría de edad. Minoría de edad.

  • Caso Handels-og Kontorfunktionaerernes Forbund i Danmark v. Dansk Arbejdsgiverforening.

    Organismo: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

    Sentencia: C-179/88  [ECLI:EU:C:1990:384]

    Fecha: 08/11/1990

    Ver original (Referencia C-179/88)

    Comentario

    El TJCE declara que la Directiva 76/206/CEE ha de interpretarse en el sentido de que el despido de una trabajadora por razón de su embarazo constituye una discriminación directa basada en el sexo.

  • Caso Barberá, Messegué y Jabardo v. España.

    Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    Sentencia: 10590/83  [ECLI:CE:ECHR:1988:1206JUD001059083 ]

    Fecha: 06/12/1988

    Ver original (Referencia 10590/83)

    Comentario

    El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que en las actuaciones procesales llevadas a cabo en España se había violado el art. 6.1 CEDH, lo que plantea el problema de las consecuencias que han de extraerse en relación con la protección y reparación de los titulares de los derechos vulnerados.

  • Caso Askoy v. Turquía.

    Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos

    Sentencia: 21987/93  [ECLI:CE:ECHR:1996:1218JUD002198793 ]

    Fecha: 18/12/1996

    Ver original (Referencia 21987/93)

    Comentario

    El TEDH interpreta que cuando un detenido es puesto en libertad con evidencia de maltrato, el Estado está obligado a proporcionar las explicaciones necesarias para no incurrir en violación del art. 3 CEDH.

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