Orden de 3 de abril de 1961 por la que se autoriza a los bares, cafés, casinos, hoteles, restaurantes, salas de fiestas, locales de espectáculos públicos, así como cualquier otra entidad de naturaleza análoga que así lo solicite para vender labores de tabaco, peninsulares o importadas, exclusivamente dentro del local o recinto en que desarrollan su actividad.
Corrección de erratas de la Resolución de la Dirección General de Comercio Exterior, que establecía las normas técnicas para la exportación de almendra.
Orden de 22 de abril de 1961 por la que se delegan facultades en el Secretario general de la Dirección General de la Vivienda.
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