con la disposición adicional 21 y aprueba el estatuto del IDAE, por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero (Ref. BOE-A-2014-834).
sobre fines y funciones del IDAE: Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio (Ref. BOE-A-2012-9364).
SE DEROGA las disposiciones adicionales 18 y 19, por Ley 13/2011, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9280).
SE MODIFICA:
las disposiciones adicionales 18.uno y 19, por Ley 42/2006, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-22865).
la disposición adicional 18, por Ley 30/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21525).
SE DECLARA:
la desestimación de la Cuestión 1410/2000, en relación con la disposición adicional 18.1, por Sentencia 82/2005, de 6 de abril (Ref. BOE-T-2005-7524).
en las Cuestiones 2851/1996, 2447/1997 y 3995/1999, su desestimación, en relación con la disposición adicional 18.1, por Sentencia 34/2005, de 17 de febrero (Ref. BOE-T-2005-4666).
SE DEROGA:
lo indicado de las disposiciones adicionales 1, 4 y transitoria 4, por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2000-12140).
lo indicado de la disposición adicional 4, por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2000-11121).
SE MODIFICA la disposición adicional 20, por Ley 55/1999, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24786).
SE DECLARA:
en las cuestiones 3674/1995, BOE- A- 1995- 27255, 3675/1995, BOE- A- 1995- 27256, 3430/1995, BOE- A- 1995- 25103, 3431/1995, BOE- A- 1995- 25104, 3498/1995, BOE- A- 1995- 25106, 3506/1995, BOE- A- 1995- 25107, 3527/1995, BOE- A- 1995- 25108, la DESESTIMACIÓN, por Sentencia 44/1996, de 14 de marzo (Ref. BOE-T-1996-8585).
la desestimación en relación con el art. 61.2 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la disposición adicional 31, por Sentencia 198/1995, de 21 de diciembre (Ref. BOE-T-1996-1495).
SE DEROGA:
la disposición adicional 13, por la Ley 43/1995, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-27752).
las disposiciones adicionales 14 y 38, por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-24262).
la disposición adicional 2, por la Ley 14/1993, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-30619).
SE DECLARA en los recursos acumulados 336 y 349/1986, la desestimación, la constitucionalidad de los arts. 11 y 62.3, rectamente interpretados según los F.J. 3 y 9 y el DESISTIMIENTO de la Junta de Galicia en la impugnación del art. 59, por Sentencia 237/1992, de 15 de diciembre (Ref. BOE-T-1993-1374).
SE DEROGA:
la disposición adicional 3, por Ley 17/1989, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1989-17199).
las disposiciones adicionales 16, 17, 42 y 43, en virtud de su Incorporación al nuevo texto refundido, por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
SE DICTA DE CONFORMIDAD la disposición adicional Vigesima primera, por Resolución de 3 de marzo de 1988 (Ref. BOE-A-1988-5697).
SE DEROGA:
lo indicado de la disposición adicional 16.2 d , por Ley 33/1987, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28404).
el art. 25 y disposición adicional 50, por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1987-12636).
las disposiciones adicionales 28, 46 y 48 y SE PRORROGA para 1987 la disposición transitoria 3, por Ley 21/1986, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1986-33382).
SE DESARROLLA el art. 58 por Real Decreto 1079/1986, de 11 de abril (Ref. BOE-A-1986-14675).
CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 98, de 24 de abril de 1986 (Ref. BOE-A-1986-10108).
SE DICTA DE CONFORMIDAD disposición final Septima por Real Decreto 112/1986, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1986-2282).
Referencias anteriores
DEROGA:
la disposición transitoria tercera de la Ley 20/1984, de 15 de junio (Ref. BOE-A-1984-13640).
el art. 35 de la Ley 194/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22668).
art. 24 del Decreto-ley 18/1962, de 7 de junio (Ref. BOE-A-1962-11069).
arts.10 y 11 de la Ley de 24 de noviembre de 1939 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1939-13747).
MODIFICA:
disposición adicional sexta y prórroga para 1986 el art. 35.1 de la Ley 9/1983, de 13 de julio (Ref. BOE-A-1983-19653).
art. 17 a) y c) de la Ley 5/1983, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1983-18137).
el art.3 de la Ley 20/1981, de 6 de julio (Ref. BOE-A-1981-15419).
el art. 10.5 b) de la Ley 15/1980, de 22 de abril (Ref. BOE-A-1980-8650).
los arts. 23 y 26 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-31230).
con vigencia para 1986, el art. 34.1 de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre (Ref. BOE-A-1978-23326).
arts. 6.1, 9.9, 86, 87.4 y 111 de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1965-7156).
art. 61.2 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
art. 4 a) del Decreto 2015/1959, de 12 de noviembre (Gazeta) (Ref. BOE-A-1959-15134).
PRORROGA:
para 1986, el título VII, los arts. 67.2 y 83, la disposición adicional 29 y la final 5 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-28337).
para 1986, la disposición adicional décima de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1983-34167).
DECLARA la vigencia para 1986, de la letra a) de la disposición adicional 1 de la Ley 44/1981, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1981-29991).
Materias
Academias militares
Administración Civil del Estado
Administración Local
Administración Militar
Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
Aduanas
Aeropuertos y aeródromos
Alimentación
Apuestas
Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas
Áreas Metropolitanas
Arrendamientos urbanos
Autopistas
Ayuntamientos
Bachillerato
Banco de España
Banco Europeo de Inversiones
Buques
Cabildos Insulares
Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
Cámaras Oficiales Mineras
Canarias
Carburantes y combustibles
Cédulas para inversiones
Centro de Gestión y Cooperación Tributaria
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
Centros de enseñanza
Ceuta
Circulación vial
Clases Pasivas Civiles
Clases Pasivas Militares
Comunidad Económica Europea
Comunidades Autónomas
Conductores de vehículos de motor
Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
Consejo de Ministros
Consejo de Seguridad Nuclear
Consejo General del Poder Judicial
Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Contrabando
Contratación de la Administración del Estado
Contratación de la Administración Institucional
Contratación de la Administración Local
Contratación de la Administración Militar
Contribución Territorial Urbana
Convenios colectivos
Cortes Generales
Cotización a la Seguridad Social
Crédito Oficial
Créditos
Cuerpo de la Policía Nacional
Cuerpo Especial de Asistentes Sociales
Cuerpos Especiales de Funcionarios Técnicos del Estado al Servicio de la Sanidad Local
Curso de Orientación Universitaria
Desempleo
Deuda Pública
Dinero
Diputaciones Provinciales
Dirección General de Presupuestos
Dirección General de Tráfico
Dirección General de Tributos
Educación
Educación Especial
Educación General Básica
Educación Preescolar
Ejército de Tierra
Ejército del Aire
Empleo
Enseñanza
Enseñanza de Formación Profesional
Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
Escuela de Organización Industrial
Escuelas de Conductores
Especialidades y productos farmacéuticos
Estados Unidos de América
Exportaciones
Familia
Fondo de Compensación Interterritorial
Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios
Fondo de Solidaridad para el Empleo
Formación profesional
Fuerzas Armadas
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
Funcionarios Civiles de la Administración Militar
Funcionarios Civiles del Estado
Funcionarios de la Administración de Justicia
Funcionarios de la Administración Local
Funcionarios de Organismos Autónomos
Gastos públicos
Hacienda Pública
Haciendas Locales
Hipoteca
Importaciones
Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas
Impuesto sobre el Valor Añadido
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Impuesto sobre Sociedades
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Incompatibilidades
Industrias
Informática
Instituciones sanitarias de la Seguridad Social
Instituto de Crédito Oficial
Instituto Geográfico Nacional
Instituto Nacional de Estadística
Instituto Nacional de Fomento de la Exportación
Instituto Nacional de Hidrocarburos
Instituto Nacional de Industria
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
Instituto Social de las Fuerzas Armadas
Institutos de Bachillerato
Institutos de Formación Profesional
Intereses
Inversiones
Jefatura Central de Tráfico
Jubilación
Juego
Marina de Guerra
Marruecos
Melilla
Ministerio de Defensa
Ministerio de Economía y Hacienda
Ministerio de Industria y Energía
Moneda
Montepíos
Municipios
Mutilados
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
Mutualidad General Judicial
Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
Navarra
Navegación aérea
Navegación marítima
Obras
Oposiciones y concursos
Ordenación de gastos y pagos
Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado
Organismos autónomos
Organización de Trabajos Portuarios
Organización Nacional de Ciegos
País Vasco
Patrimonio Nacional
Pensiones
Personal Sanitario de la Seguridad Social
Precios
Presupuestos Generales del Estado
Profesorado
Radiodifusión
Radiotelevisión Española
Recaudación
Regímenes especiales de la Seguridad Social
RENFE
Renta de Aduanas
Retribuciones
Salarios
Sanidad
Sanidad local
Seguridad Social
Seguros
Servicio Central de Suministros
Servicio Militar
Servicio Nacional del Cultivo y Fermentación del Tabaco
Sistema tributario
Sociedades
Sociedades de Garantía Recíproca
Sociedades públicas
Subvenciones
Suministros
Tasas académicas
Tasas y exacciones parafiscales
Televisión
Terrorismo
Tesorería General de la Seguridad Social
Títulos valores
Trabajadores
Trabajo
Transportes aéreos
Transportes marítimos
Tribunal de Cuentas del Reino
Tribunal de Defensa de la Competencia
Universidades
Vehículos de motor
Viviendas
Viviendas de Protección Oficial
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico