Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado.
SE DEROGA con la excepción indicada, por Real Decreto 581/2017, de 9 de junio (Ref. BOE-A-2017-6586).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
y regula el reconocimiento de cualificaciones adquiridas en otros Estados para la profesión de traductor-intérprete jurado: Orden PRE/189/2016, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2016-1739).
con el anexo VIII.1, sobre los planes de estudios de máster en ingenierías de armamento y material, y de construcción y electricidad: Resolución de 9 de septiembre de 2014 (Ref. BOE-A-2014-9783).
con el anexo X.1, sobre reconocimiento de la profesión regulada de ingeniero de armas navales: Resolución 400/38034/2014, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2014-3188).
SE MODIFICA los anexos V y VI, por Real Decreto 103/2014, de 21 de febrero (Ref. BOE-A-2014-2523).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
con el art. 23 sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de abogados y procuradores: Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo (Ref. BOE-A-2013-2905).
con la disposición final 4 regulando el reconocimiento de la cualificación profesional de graduado social : Orden PRE/1733/2012, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2012-10515).
con la disposición final 4 regulando el reconocimiento de las cualificaciones profesionales del sector de la seguridad privada: Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-2011-16595).
regulando el reconocimiento y ejercicio profesional en España de agentes europeos de la propiedad industrial: Orden ITC/2505/2010, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2010-14844).
Referencias anteriores
DEROGA:
Real Decreto 253/2003, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2003-4245).