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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 28/07/2011
  • Fecha de publicación: 19/11/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 21/10/2011
  • Publicada en el DOG núm. 201, de 20 de octubre de 2011.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • los arts. 5 y 17, por Ley 2/2024, de 7 de noviembre (Ref. DOG-g-2024-90195).
    • los arts. 5 y 14; SE AÑADE el art. 3 bis, la disposición transitoria 3 y SE SUPRIME la sección 4 del capítulo II del título II, por Ley 10/2023, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-2777).
    • con efectos desde el 6 de octubre de 2023, el art. 19, por Ley 3/2023, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2023-19355).
    • los arts. 5.3, 7.4, 8.4, 13 quater, 20.3 y con efectos desde el 1 de enero de 2022, el art.4; SE AÑADE, con los mismos efectos, el 4 bis, por Ley 7/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-6382).
    • los arts. 4, 5, 13 y 14, y SE AÑADE el 13 quater , por Ley 18/2021, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-3415).
    • los arts. 7, 8, 13 ter, 16, 17 y, con efectos desde el 1 de enero de 2021, los arts. 3 y 5, por Ley 11/2021, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2021-10669).
    • los arts. 16 y 17, por Ley 9/2021, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-2021-5210).
    • los arts. 14, 15, 16 y 17, por Ley 4/2021, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2021-4633).
    • los arts. 5, 6.2, 7.4, 8.4 y 14, por Ley 7/2019, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-1849).
  • SE DEROGA el art. 18 y SE MODIFICA los arts. 5, 6.2, 13 bis y 14, por Ley 3/2018, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-3997).
  • SE MODIFICA los arts. 5, 13 ter, 16 y 17, por Ley 9/2017, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1753).
  • SE CORRIGEN errores, con modificación de los arts. 1, 3, 10 y 64, de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, en DOG núm. 58 de 23 de marzo de 2017 (Ref. DOG-g-2017-90304).
  • SE MODIFICA los arts. 16, 17 y 31, por Ley 2/2017, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2017-3823).
  • SE DECLARA en el recurso 5458/2015, la inconstitucionalidad y nulidad del art. 27.5 en la redacción dada por el art. 5.2 de la Ley 12/2014, de 22 de diciembre, por Sentencia 33/2016, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-2016-2914).
  • SE MODIFICA los arts. 4, 6, 7, 11, 14 a 17 y 29, por Ley 13/2015, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-2017).
  • Recurso 5458/2015 planteado en relación con el art. 27.5, en la redacción dada por el art. 5.2 de la Ley 12/2014, de 22 de diciembre, con suspensión, desde el 9 de octubre de 2015 de vigencia y aplicación del precepto impugnado y, desde el 30 de septiembre de 2015 para las partes legitimadas (Ref. BOE-A-2015-10864).
  • SE MODIFICA:
    • Arts. 7.5, 8.5, 16.3, por Ley 4/2015, de 17 de junio (Ref. BOE-A-2015-9230).
    • los arts. 3, 5, 18 a 21 y 27 y SE AÑADE el art. 39, por Ley 12/2014, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-2606).
    • los arts. 4, 5, 8, 16, 18, 20, 30 y 31, por Ley 11/2013, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-885).
    • el art. 27.3 y, con efectos de 1 de enero de 2013, los arts. 5, 7, 8, 13 ter y 17, por Ley 9/2013, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-883).
    • los arts. 5, 7, 8, 14, 15, 17, 23, 27, el capítulo V y SE AÑADEN los arts. 13.bis, 37 y 38, por Ley 2/2013, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-2013-4088).
    • el art. 5.7.c), por Ley autonómca 8/2012, de 29 de junio (Ref. BOE-A-2012-11415).
    • determinados preceptos, por Ley 12/2011, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-1252).

Referencias anteriores

Materias

  • Cesión de Tributos
  • Galicia
  • Impuesto sobre el Patrimonio
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Impuestos Especiales
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Sistema tributario
  • Tasas

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