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Documento BOE-A-1983-7551

Real Decreto 488/1983, de 9 de marzo, por el que se dictan normas complementarias para el desarrollo de las elecciones locales y a los Parlamentos de las Comunidades Autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Valenciana.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 1983, páginas 7339 a 7341 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1983-7551
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/03/09/488

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 09/03/1983
  • Fecha de publicación: 12/03/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/1983
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, por Real Decreto 2301/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23129).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 92, de 18 de abril de 1983 (Ref. BOE-A-1983-10615).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD la disposición final primera, dando normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las Elecciones locales y a los Parlamentos Autonómicos: Orden de 28 de marzo de 1983 (Ref. BOE-A-1983-9130).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
  • DECLARA:
    • de aplicación en ambos procesos electorales Real Decreto 1954/1982, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1982-20739).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 8 de marzo de 1979 (Ref. BOE-A-1979-7187).
    • de aplicación en las elecciones locales Real Decreto 81/1979, de 5 de enero (Ref. BOE-A-1979-2186).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Real Decreto 80/1979, de 5 de enero (Ref. BOE-A-1979-2185).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 17 de enero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-1725).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 12 de enero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-1220).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 5 de enero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-367).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Real Decreto 33/1979, de 5 de enero (Ref. BOE-A-1979-364).
    • de aplicación en las elecciones locales Ley 39/1978, de 17 de julio (Ref. BOE-A-1978-18636).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 20 de mayo de 1977 (Ref. BOE-A-1977-12405).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Real Decreto 1047/1977, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-1977-12026).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 9 de mayo de 1977 (Ref. BOE-A-1977-11607).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 6 de mayo de 1977 (Ref. BOE-A-1977-11606).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 6 de mayo de 1977 (Ref. BOE-A-1977-11456).
    • de aplicación en ambos procesos electorales Orden de 3 de mayo de 1977 (Ref. BOE-A-1977-11137).
  • CITA:
Materias
  • Aragón
  • Asturias
  • Baleares
  • Canarias
  • Cantabria
  • Castilla La Mancha
  • Castilla y León
  • Comunidad Valenciana
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Elecciones autonómicas
  • Elecciones locales
  • Extremadura
  • La Rioja
  • Madrid
  • Medios de comunicación social del Estado
  • Murcia
  • Navarra
  • Notarías
  • Prensa
  • Propaganda electoral
  • Radiodifusión
  • Radiotelevisión Española
  • Televisión
  • Voto por correspondencia

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