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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado sentencia, con fecha 25 de mayo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 192/1992, en el que son partes, de una, como demandante, doña Encarnación Gallardo Salso, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 8 de octubre de 1991, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra Resolución del propio Departamento de fecha 9 de junio de 1989, sobre derecho a percibir pensión de jubilación.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallo: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Dolores Rodrigo Villar, en nombre y representación de doña Encarnación Gallardo Salso, contra Resolución de la Subsecretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas de 8 de octubre de 1991, confirmatoria en vía de recurso de reposición de otra anterior de 9 de junio de aquel año, relativa a prestación de jubilación del régimen de derechos pasivos y confirmamos dichos actos, sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 19 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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