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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 30/07/1987
  • Fecha de publicación: 31/07/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/08/1987

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 99, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2023-15135).
    • con efectos desde el 29 de septiembre de 2023, el art. 63.1 a), por Ley 7/2023, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2023-7936).
    • los arts. 43.1, 54.2, 143.1, y el 141, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-22685).
  • Recurso 7079/2022 promovido contra el art. 140.42, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2022-20550).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 140, 141, 143 y la disposición adicional 13, por Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2022-12925).
    • los arts. 33, 140, 141 y 143 y SE AÑADE la disposición adicional 13, por Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2022-3290).
    • los arts. 140, 141 y 143 y SE AÑADE el art. 144, por Ley 13/2021, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2021-16029).
    • el art. 91, por Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-2018-13179).
    • los arts. 9.1, 48 y 91, por Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2018-5451).
    • determinados preceptos , por Ley 9/2013, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2013-7320).
    • los arts. 72 a 74, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
    • los arts. 18, 91, 123.1, 128, 133 y 134 y se suprimen los arts. 49, 50, 124, 129 a 132, 135 y 136, por Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20725).
  • SE DECLARA la desestimación de la CUESTIÓN 2096/1999, en relación con el art. 38.1, por Sentencia 352/2006, de 14 de diciembre (Ref. BOE-T-2007-880).
  • SE DEROGA la sección 2 del capítulo II y los capítulos III, IV y V del título VI, por Ley 39/2003, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20978).
  • SE MODIFICA los arts. 22, 23, 33, 35.2, 38, 42.1, el título V y se añade la disposición adicional 9, por Ley 29/2003, de 8 de octubre (Ref. BOE-A-2003-18681).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo convencional: Real Decreto 646/2003, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-2003-11724).
  • SE MODIFICA el art. 72.3, por Ley 10/2003, de 20 de mayo (Ref. BOE-A-2003-10185).
  • SE ACTUALIZA, sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución de 12 de diciembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-25009).
  • SE MODIFICA:
  • SE DECLARA en las CUESTIONES acumuladas 596 y 2127/1996, 3729 y 3938/1998, inconstitucional y nulo el inciso indicado del art . 142 n), por Sentencia 60/2000, de 2 de marzo (Ref. BOE-T-2000-5987).
  • SE MODIFICA:
  • SE DEROGA el art. 149 y se modifican los arts. 38, 56, 147, 148 y 179.3, por Ley 13/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29117).
  • SE DECLARA:
    • en los recursos 1390 y 1392/1987, la inconstitucionalidad de lo indicado de los arts. 2 y 14, 113 a 118 y disposición transitoria 10; la no aplicabilidad del art. 124 en Cataluña; y el carácter básico o no de determinados preceptos, por Sentencia 118/1996, de 27 de junio (Ref. BOE-T-1996-17381).
    • en las CUESTIONES acumuladas 2112/1991 y 2368/1995, la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo 1 y del inciso indicado del párrafo 2 del arts. 38.2, por Sentencia 174/1995, de 23 de noviembre (Ref. BOE-T-1995-27749).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 147, sobre régimen juridico de la Declaración de porte: por Orden , de 26 de diciembre de 1990 (Ref. BOE-A-1991-350).
  • SE DESARROLLA, por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-1990-24442).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD arts. 184.4 y 188, sobre Realización del Inventario de Bienes Adscritos a Feve: Real Decreto 719/1990, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1990-13235).
  • SE DICTA EN RELACIÓN con el art. 57, constituyendo una comisión consultiva de la Dirección General de Transportes Terrestres: por Orden de 31 de enero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-3893).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando el Reglamento del seguro obligatorio de viajeros: por el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-30474).
    • art. 184, sobre actualización del inventario de bienes adscritos a RENFE: por el Real Decreto 1480/1989, de 24 de noviembre (Ref. BOE-A-1989-29537).
    • regulando un régimen transitorio para las autorizaciones de transporte otorgadas en favor de comunidades de bienes: por la Orden de 11 de abril de 1989 (Ref. BOE-A-1989-9358).
  • SE INTERPRETA, por Resolución de 29 de marzo de 1989 (Ref. BOE-A-1989-7187).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición adicional primera, creando la empresa Nacional de Transportes y aprobando su Estatuto de organización y funcionamiento, por Real Decreto 1420/1988, de 4 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-27603).
    • modificando las tarifas de los servicios públicos discrecionales y regulares de uso especial de transporte de viajeros por carrtera en vehiculos de mas de nueve plazas: por Orden de 22 de julio de 1988 (Ref. BOE-A-1988-18954).
    • con la disposición transitoria segunda, sobre sustitución de concesiones de transporte regular de viajeros por carretera: por Orden de 14 de abril de 1988 (Ref. BOE-A-1988-9304).
    • la disposición adicional 7, sobre condiciones para el ejercicio profesional del transporte público, por Real Decreto 216/1988, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-1988-6863).
    • sobre otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones de transporte de viajeros: por Orden de 22 de febrero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-5371).
    • con los arts. 18 y 19, estableciendo un nuevo marco tarifario para los servicios públicos discrecionales de transporte de mercancías por carretera contratado acarga completa: por Orden de 19 de febrero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-4830).
    • regulando la distribución de los cupos de Autorización de transportes internacionales: por Orden de 11 de febrero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-4348).
    • actualizando las tarifas aplicables a los servicios públicos regulares de transporte por carrtera: por Orden de 8 de febrero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-3757).
    • sobre la puesta en practica de las convalidaciones, conversiones, canjes o expediciones de nuevas autorizaciones de transporte por carretera: por Resolución de 8 de enero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-1151).
    • con la disposición transitoria Undécima, Tramitación de Convalidaciones, Conversiones o Canjes de Autorizaciones de Transporte: Orden de 30 de diciembre de 1987 (Ref. BOE-A-1988-953).
  • SE INTERPRETA procedimiento establecido en el art. 140.A) y 140.B): por Orden de 23 de diciembre de 1987 (Ref. BOE-A-1988-32).
  • SE COMPLETA, excluyendo la delegación de funciones a que se refiere el art. 32.3, por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1987-17800).

Referencias anteriores

Materias

  • Administración Local
  • Agencias de transportes
  • Agencias de viajes
  • Alquiler de vehículos automóviles
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos
  • Baleares
  • Canarias
  • Código de Comercio
  • Comisión de Directores Generales de Transporte
  • Comunidades Autónomas
  • Conferencia Nacional de Transportes
  • Consejo Nacional de Transportes Terrestres
  • Consumidores y usuarios
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Cooperativas
  • Cooperativas de trabajo asociado
  • Cooperativas de transportistas
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Defensa Nacional
  • Dirección General de Transportes Terrestres
  • Distribuidores
  • Emigración
  • Empresas nacionales
  • Estaciones de transporte por carretera
  • Extranjeros
  • Ferrocarriles
  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Ferrocarriles metropolitanos
  • Juntas Arbitrales
  • Juntas de Detasas
  • Mercancías
  • Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones
  • Movilización nacional
  • Organización de la Administración del Estado
  • Policía
  • Precios
  • Protección Civil
  • Red Nacional Integrada de Transporte Ferroviario
  • Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte
  • RENFE
  • Seguros
  • Tarifas
  • Tasas y exacciones parafiscales
  • Teleféricos
  • Transporte escolar
  • Transportes terrestres
  • Trolebuses
  • Turismo
  • Vehículos de motor

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