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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 07/07/1995
  • Fecha de publicación: 28/07/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 01/10/1995

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AÑADE los arts. 44 bis, 140 bis y 147 bis , por Real Decreto 117/2024, de 30 de enero (Ref. BOE-A-2024-1771).
  • SE MODIFICA los arts. 19.3, 26, 39.7, 45 y 123 bis y SE AÑADE la disposición transitoria 5, con efectos desde el 20 de mayo de 2024, por Real Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-26454).
  • SE AÑADE, con efectos desde 1 de enero de 2022, el art. 57 ter, por Real Decreto 443/2023, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2023-14044).
  • SE MODIFICA y SE AÑADE determinados preceptos, por Ley 11/2023, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2023-11022).
  • SE DEROGA y SE MODIFICA lo indicado del art. 26, y, en la redacción dada por la disposición final 4.b) del Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, del art. 4, por Real Decreto 399/2021, de 8 de junio (Ref. BOE-A-2021-9558).
  • SE DESARROLLA el art. 26 del Reglamento: Orden HAC/1271/2019, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-18747).
  • SE DEROGA lo indicado en la redacción dada por el art. 3 Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre; SE MODIFICA determinados preceptos, SE AÑADE el art. 141 bis, la disposición transitoria 3 y SE SUPRIME el art. 13 bis, por Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17995).
  • SE DESARROLLA lo indicado de los arts. 27, 101, 102 y 110, por Orden HAC/1147/2018, de 9 de octubre (Ref. BOE-A-2018-14900).
  • SE MODIFICA, con los efectos indicados, determinados preceptos y SE AÑADE los arts. 75 ter, 108 ter, 129, y las disposiciones transitorias 1 y 2 al reglamento, por Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15843).
  • SE DEROGA:
    • el art. 28.2, apartados 8 a 10 del art. 75, art. 119, apartados 5 y 8 del 121 y el caítulo IX del título I, SE MODIFICAN determinados preceptos y SE AÑADEN los arts. 57 bis, 75 bis, 85 bis, 112 bis y el título IV, por Real Decreto 1074/2014, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-13253).
    • los apartados 7 del art. 88 y 4 del art. 128 y los arts. 108 ter y 108 quáter y MODIFICA derterminados preceptos, por Real Decreto 1041/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13758).
  • SE MODIFICA determinados preceptos , por Real Decreto 1715/2012, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15700).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando los modelos 500 y 501: Orden EHA/3385/2010, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-20145).
    • el art. 44.1 cuarto párrafo, aprobando el modelo 513: Orden EHA/3345/2010, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19956).
  • SE DEROGA los arts. 62, 74.2 y 75.5, SE MODIFICA determinados preceptos y se añaden los arts. 30 bis, 32 bis, 53 bis, 72 bis, 108 ter, 108 quáter y 123 bis, por Real Decreto 191/2010, de 26 de febrero (Ref. BOE-A-2010-3369).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 41.3, aprobando el repertorio de actividades y de los dígitos y caracteres identificativos: Orden EHA/3948/2006, de 21 de dciiembre (Ref. BOE-A-2006-22785).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos, por Real Decreto 774/2006, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2006-11286).
    • el art. 41.2, por Real Decreto 87/2005, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2005-1572).
  • SE DEROGA el art. 118.1d), SE MODIFICA determinados preceptos y se añade el 108 bis, por Real Decreto 1739/2003, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-614).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre análisis y emisión de dictámenes por los laboratorios de aduanas e impuestos especiales: Orden HAC/2320/2003, de 31 de julio (Ref. BOE-A-2003-16342).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD estableciendo el procedimiento para la presentación por Internet de los documentos,ORDEN HAC/1149/2003, de 5 de mayo (Ref. BOE-A-2003-9617).
  • SE DECLARA en el CONFLICTO 3985/1995, la desestimación y que la titularidad de la competencia controvertida corresponde al Estado, por Sentencia 16/2003, de 30 de enero (Ref. BOE-T-2003-4479).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 114, aprobando los trazadores y marcadores que deben incorporarse a determinados hidrocarburos: Orden PRE/1724/2002, de 5 de julio (Ref. BOE-A-2002-13562).
  • SE DECLARA la nulidad del párrafo segundo del art. 103.1, en la redacción dada por el Real Decreto 1965/1999, de 23 de diciembre, por Sentencia del TS de 2 de octubre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-23893).
  • SE ACTUALIZA, sobre conversión a euros de las cuantías indicadas: Resolución de 20 de noviembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-22447).
  • SE DECLARA la nulidad del inciso indicado del art. 118.1.b), en la redacción dada por el Real Decreto 1965/1999, de 23 de diciembre, por Sentencia del TS de 16 de marzo de 2001 (Ref. BOE-A-2001-9553).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 136, aprobando el modelo 05: Orden de 2 de abril de 2001 (Ref. BOE-A-2001-7230).
  • SE DEJA SIN EFECTO en la forma indicada los arts. 4 y 5, por Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24368).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 45.5, estableciendo el sistema para la presentación telemática por internet de los documentos de circulación: Orden de 26 de septiembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-17876).
    • con el art. 29.1 y 32.3, aprobando los nuevos modelos de relaciones recapitulativas y soportes magnéticos: Orden de 22 de marzo de 2000 (Ref. BOE-A-2000-6277).
  • SE DEROGA el art. 47 y se modifican determinados preceptos, por Real Decreto 1965/1999, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24787).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 44.4, aprobando los modelos en euros y la presentación por vía telemática: Orden de 2 de febrero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-2766).
    • con el art. 45, sobre transmisión electrónica de declaraciones y documentos utilizados en la gestión de los impuestos especiales de fabricaccción: Orden de 16 de julio de 1998 (Ref. BOE-A-1998-18453).
  • SE DEROGA el art. 125 y se modifican determinados preceptos, por Real Decreto 112/1998, de 30 de enero (Ref. BOE-A-1998-2233).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando Precintas para Envases de 4,5, 5 y 10 Litros: Orden de 27 de diciembre de 1996 (Ref. BOE-A-1997-79).
  • SE ACTUALIZA lo indicado del art. 88, por Orden de 19 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-27714).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm 222, de 16 de septiembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-20896).

Referencias anteriores

Materias

  • Canarias
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
  • Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas derivadas
  • Impuesto Especial sobre el Vino y Bebidas fermentadas
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuesto Especial sobre la Cerveza
  • Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco
  • Impuesto Especial sobre Productos Intermedios
  • Impuestos Especiales
  • Sistema tributario

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