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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.

[Disposición derogada]

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 02/07/1996
  • Fecha de publicación: 09/10/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 18/07/1996
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final, el 18 de julio de 1996.
  • Publicada en el BON núm. 86, de 17 de julio de 1996.
  • Fecha de derogación: 14/06/2023

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • por Decreto Foral Legislativo 2/2023, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2023-16401).
    • el art. 16; SE MODIFICA los arts. 15, 48 y, con los efectos indicados, 39, 42, 47; disposiciones adicionales 2, 10 a 13 y SE AÑADE la adicional 14 con los efectos señalados, y la transitoria 1, por Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-3349).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 39, 42, 47, disposición adicional 10 y SE AÑADE las disposiciones adicionales 12 y 13 , por Ley Foral 10/2022, de 7 de abril (Ref. BOE-A-2022-7706).
    • con efectos de 17 de julio de 2021, art. 1, capítulo VI del título I y disposición adicional 2.2, por Ley Foral 19/2021, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-2067).
  • SE DEROGA los capítulos II, III, IV, V del título I y la disposición adicional 1, por Ley Foral 13/2021, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2021-12827).
  • SE MODIFICA los arts. 25.1 y 31, por Ley Foral 21/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-1355).
  • SE DEROGA:
    • la disposición adicional 7 y la transitoria 1 y SE MODIFICA, con los efectos indicados, determinados preceptos, por Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-450).
    • el art. 21 y SE MODIFICA el art. 39.5 y las disposiciones adicionales 5, 6 y 10, por Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-752).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 10, el título de la disposición transitoria 1 y AÑADE la disposición transitoria 2, por Ley Foral 25/2016, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-2355).
  • SE DEROGA las disposiciones adicionales 10 y 12 y SE MODIFICA el art. 9 y las disposiciones adicionales 9 y 11, con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016, por Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-573).
  • SE MODIFICA el art. 18, por Ley Foral 29/2014, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-1017).
  • SE AÑADE el capítulo IV al título II y las disposiciones adicionales 11 y 12, por Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo (Ref. BOE-A-2014-5949).
  • SE MODIFICA los arts. 13, 33, 34, 39.2 y 41 d), por Ley Foral 38/2013, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-888).
  • SE AÑADE la disposición adicional 10, por Ley Foral 18/2013, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-2013-6906).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 9 y 11, por Ley Foral 14/2013, de 17 de abril (Ref. BOE-A-2013-5623).
    • el art. 35 y disposiciones adicionales 2 y 4, por Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-1546).
    • con los efectos indicados, la disposición adicional 2.1, por Ley Foral 4/2010, de 6 de abril (Ref. BOE-A-2010-8389).
    • los arts. 22 y 25, por Ley Foral 17/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-2630).
    • los arts. 2, 18, 19.3, 21, 33.4, 34.2, 37 y 38, por Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-3960).
    • el art. 39.5 y se añade la disposición adicional 9, por Ley Foral 2/2008, de 24 de enero (Ref. BOE-A-2008-3585).
    • los arts. 25, 33 y 35, por Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-2208).
    • los arts. 19, 25, 32 y las disposiciones adicionales 2 y 3, por Ley Foral 19/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-846).
    • el art. 17, 18 y 25, por Ley Foral 19/2004, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-1581).
    • la disposición adicional 1, por Ley Foral 35/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-1077).
    • los arts. 22.2, 39 y la disposición adicional 4, por Ley Foral 3/2002, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2002-8354).
    • los arts. 18.2, 33.4 y 37.4, por Ley Foral 19/1999, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-1736).
    • el art. 2, por Ley Foral 23/1998 de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-2523).
  • SE DECLARA la vigencia excepto el art. 35, por Ley Foral 22/1998 de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-2522).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • art. 9.m) del Decreto Foral Legislativo 153/1986, de 13 de junio (Ref. BON-n-1986-90011).
    • Acuerdo Foral de 2 de diciembre de 1976.
    • en la forma indicada, el Decreto Foral 278/1992, de 2 de septiembre.
  • MODIFICA los arts. 39.7.B) y 74.7 de la Ley Foral 6/1992, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-1992-14905).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20824).
  • CITA:

Materias

  • Asociaciones
  • Asociaciones confesionales no católicas
  • Cruz Roja Española
  • Donaciones
  • Fundaciones
  • Iglesia Católica
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Navarra
  • Obras y objetos de arte
  • Organización Nacional de Ciegos
  • Sistema tributario

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