De conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, sobre ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales, esta Secretaría General Técnica ha dispuesto la publicación, para general conocimiento, de todas las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es Parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores entre el 1 de enero y el 30 de abril de 1977 y que afectan a Tratados que en el momento de la recepción de dichas comunicaciones, han sido publicados en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 13 de mayo de 1977.–El Secretario general técnico, Fernando Arias-Salgado y Montalvo.
ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
Estatutos de la Organización Mundial del Turismo (OMT). Méjico, 27 de septiembre de 1970. |
Suiza, notificación, 10 de marzo de 1977. Comunicando que el Gobierno de Trinidad-Tobago ha hecho llegar al Gobierno suizo una declaración con fecha 23 de diciembre de 1976 por la que se retira de la OMT con efecto desde el 31 de diciembre de 1977. Mauritania, notificación de su aprobación de los Estatutos y aceptación de las obligaciones inherentes a su calidad de miembro, 9 de julio de 1976. Bélgica, notificación de su aprobación de los Estatutos y aceptación de las obligaciones inherentes a su calidad de miembro, 3 de agosto de 1976. Portugal, notificación de su aprobación de los Estatutos y aceptación de las obligaciones inherentes a su calidad de miembro, 11 de noviembre de 1973. |
«Boletín Oficial del Estado» de 3 de diciembre de 1974. |
Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Enmiendas a los artículos 24 y 25. Ginebra, 23 de mayo de 1967. |
Arabia Saudita, aceptación, 13 de enero de 1977. Etiopía, aceptación, 6 de enero de 1977. Egipto, aceptación, 21 de diciembre de 1976. Níger, aceptación, 28 de diciembre de 1976. Noruega, aceptación, 29 de diciembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 10 de noviembre de 1975. |
Convenio sobre privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas. Londres, 13 de febrero de 1946. |
Sudán, adhesión, 21 de marzo de 1977. Bahamas, notificación, 17 de marzo de 1977, de sucesión del Gobierno de Bahamas al Convenio. |
«Boletín Oficial del Estado» de 17 de octubre de 1974. |
TERRITORIO DEL ESTADO
Convenio sobre la alta mar. Ginebra, 29 de abril de 1958. | República Federal Alemana, comunicación, 28 de marzo de 1977, considerando inaceptables la reserva y la declara como hecha por Mongolia al Convenio el 5 de noviembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre de 1971. |
Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas. Viena, 18 de abril de 1961. |
Emiratos Arabes Unidos, adhesión de 24 de febrero de 1977, con la siguiente declaración: «... La Adhesión de los Emiratos Arabes Unidos al Convenio no implicará de ninguna forma el reconocimiento o establecimiento de alguna relación convencional con Israel.» Camerún, adhesión, 4 de marzo de 1977. Dinamarca, comunicación, 29 de marzo de 1977, no considerando válidas las reservas hechas por la República Popular de China al artículo 37 del Convenio. Gran Bretaña, declaración, 4 de febrero de 1977, objetando la reserva hecha al párrafo 1 del artículo 11 del Convenio por el Gobierno del Yemen. Democrático el 8 de diciembre de 1976. Francia, 28 de diciembre de 1976, comunicación no considerando válidas las reservas formuladas por China al artículo 37 del Convenio, si bien ello no impide la entrada en vigor del Convenio entre Francia y China. Israel, 12 de enero de 1977, comunicación objetando a la declaración hecha en su día por el Gobierno del Yemen del Sur al depositar el instrumento de adhesión al Convenio, por considerar que ésta contenía una declaración de carácter político inapropiada referida a Israel y contraria a los principios, objetivos y propósitos de la ONU. Australia, declaración, 25 de enero de 1977, no considerando válidas las reservas hechas en su día por China a los párrafos 2, 3 y 4 del artículo 37 del Convenio. Nueva Zelanda, declaración, 25 de enero de 1977, no considerando válidas las reservas hechas en su día por China a los párrafos 2, 3 y 4 del artículo 37 del Convenio. Gran Bretaña, declaración, 25 de enero de 1977, no considerando válidas las reservas hechas en su día por China a los párrafos 2, 3 y 4 del artículo 37 del Convenio. Corea, ratificación del Protocolo Facultativo al Convenio de 25 de enero de 1977. Bahamas, notificación, 17 de marzo de 1977, de sucesión al Convenio. |
«Boletín Oficial del Estado» de 24 de enero de 1968. |
Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares. Viena, 24 de abril de 1963. |
República de Corea, adhesión, 7 de marzo de 1977. Emiratos Arabes Unidos, adhesión, 24 de febrero de 1977, declarando que «la adhesión de los Emiratos Arabes Unidos a este Convenio no implicará en ningún caso el reconocimiento de Israel ni el establecimiento de relaciones convencionales.» Marruecos, adhesión, 23 de febrero de 1977, con las siguientes reservas: no reconocimiento de Israel y no aplicación de los artículos 62 y 65. |
«Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo de 1970. |
Convenio internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial. Nueva York, 7 de marzo de 1966. |
Sudán, adhesión de 21 de marzo de 1977. Ecuador, declaración, 18 de marzo de 1977, reconociendo la competencia del Comité de la Discriminación Racial, de acuerdo con el artículo 14 del Convenio. Guayana, adhesión, 15 de febrero de 1977. Guinea, ratificación, 14 de marzo de 1977. |
«Boletín Oficial del Estado» de 17 de mayo de 1969. |
Convención complementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas similares a la esclavitud. Ginebra, 7 de septiembre de 1956. | Guinea, adhesión, 14 de marzo de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 29 de diciembre de 1967. |
TRATADOS POLITICOS; GUERRA, PAZ
Protocolo relativo a la prohibición en la guerra del empleo de los gases asfixiantes, tóxicos o similares y medios bacteriológicos. Ginebra, 17 de junio de 1925. |
Jordania, 20 dé enero de 1977, con las siguientes reservas: 1) La adhesión no implica el reconocimiento de Israel. 2) No obliga a concluir con Israel los acuerdos señalados en el Protocolo. 3) El gobierno jordano no se obliga o respetar las obligaciones contenidas en el Protocolo respecto a los Estados cuyas fuerzas armadas, regulares o irregulares, no respeten las disposiciones del Protocolo. |
«Gaceta de Madrid» de 14 de septiembre de 1930. |
Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 para la protección de las víctimas de guerra. | Bolivia, adhesión, 31 de marzo de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 23 de agosto de 1952, 2 de septiembre de 1952 y 5 de septiembre de 1952. |
DERECHO PRIVADO, PENAL Y ADMINISTRATIVO Y PROCEDIMIENTO
Convenio sobre reconocimiento y ejecución de las decisiones en materia de obligaciones alimenticias hacia los niños. La Haya, 14 de abril de 1958. |
Portugal, notificación de 16 de febrero de 1977 por la que hace saber que considera la declaración de Surinam de 29 de octubre de 1976 como un instrumento de adhesión. Por consiguiente, el Convenio ha entrado en vigor entre Portugal y Surinam el 10 de enero de 1977. Surinam, notificación de 29 de octubre de 1976 declarando que el Convenio sigue siendo aplicable al territorio de la República tras el acceso a la independencia el 25 de noviembre de 1975. Suiza, notificación de 3 de marzo de 1977 aceptando la adhesión de Surinam al Convenio. El Convenio ha entrado en vigor entre Suiza y Surinam el 4 de marzo de 1977. |
«Boletín Oficial del Estado» de 12 de noviembre de 1973. |
Convenio sobre Ley aplicable a las obligaciones alimenticias hacia los niños. La Haya, 24 de octubre de 1956. | Japón, adhesión de 10 de febrero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 6 de mayo de 1974. |
Convenio para regular los conflictos de leyes sobre el matrimonio. La Haya 12 de junio de 1902. | Holanda, denuncia, 21 de febrero de 1977; efectos, 1 de junio de 1979. | «Gaceta de Madrid» de 1 de mayo de 1905. |
Convenio europeo relativo a las formalidades prescritas para la solicitud de patentes. París, 11 de diciembre de 1953. | Francia, denuncia, 14 de diciembre de 1976; vigor, 15 de diciembre de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 23 de diciembre de 1969. |
Convenio estableciendo la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Estocolmo, 14 de julio de 1967. |
Zambia, adhesión, 14 de febrero de 1977. Surinam, declaración de continuidad relativa a la aplicación del convenio, 16 de noviembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 30 de enero de 1974. |
Convenio universal sobre derecho de Autor revisado en París el 24 de julio de 1971. |
Polonia, adhesión, 9 de diciembre de 1976. En virtud del párrafo 3 del artículo nueve del Convenio, la adhesión de Polonia constituye también una -adhesión al Convenio universal sobre derecho de Autor de 6 de septiembre de 1952 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de agosto de 1956). Bahamas, adhesión, 27 de septiembre de 1976. Surinam, adhesión, 16 de noviembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 15 de enero de 1975. |
Convenio para la protección de productores de fonogramas. Ginebra, 29 de octubre de 1971. | Dinamarca, ratificación, 7 de diciembre de 1976. Italia, ratificación, 20 de diciembre de 1976. Chile, adhesión, 15 de diciembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 7 de septiembre de 1974. |
Convenio relativo al Procedimiento Civil. La Haya, 1 de marzo de 1954. | Surinam, adhesión, 29 de octubre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 13 de diciembre de 1961. |
Convención sobre ejecución de laudos arbitrales extranjeros. Ginebra, 26 de septiembre de 1927. | Bahamas, notificación, 16 de febrero de 1977 de sucesión al Convenio. | «Gaceta de Madrid» de 29 de mayo de 1930. |
IGLESIA Y RELACIONES ECLESIASTICAS, EDUCACION Y RELACIONES
Convenio europeo en el campo de información sobre el Derecho extranjero. Londres, 7 de junio de 1968. | Holanda, aceptación, 1 de diciembre de 1976. Los Estados miembros del presente Convenio del Consejo Europeo: Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Francia. República Federal Alemana, Islandia, Italia, Malta, Noruega, Suecia, Suiza, Turquía y Gran Bretaña, así como tres Estados adheridos: Costa Rica, España y Liechtenstein. | «Boletín Oficial del Estado» de 7 de octubre de 1974. |
Acta de París del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas. París, 24 de julio de 1971. | Egipto, adhesión, 2 de marzo de 1977, declarando que la adhesión no implica el reconocimiento de Israel ni a entrar en relaciones con dicho país y que la República Arabe de Egpito no se considere obligada por las disposiciones del epígrafe 1) del artículo 33 del Convenio. | «Boletín Oficial del Estado» de 4 de abril de 1974 y 30 de octubre de 1974. |
Convenio para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado, y Protocolo. La Haya, 14 de mayo de 1954. | Níger, adhesión, 6 de diciembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 24 de noviembre de 1960. |
DERECHO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, SANIDAD PUBLICA
Constitución de la Organización Internacional del Trabajo. Versalles, 28 de junio de 1919, | Guinea-Bissau, aceptación formal de las obligaciones contenidas en la Constitución Internacional del Trabajo. En virtud del artículo 1, párrafo 3, de la Constitución de la Organización, GuineaBissau, como miembro de las Naciones Unidas, puede adquirir la calidad de miembro de la OIT. | «Gaceta de Madrid» de 16 de agosto de 1919. |
Convenio número 108 de la Organización Internacional del Trabajo sobre documentación de los marinos mercantes. | Bulgaria, ratificación. | «Boletín Oficial del Estado» de 24 de mayo de 1972. |
Convenio Internacional sobre responsabilidad civil por daños debidos a la contaminación por hidrocarburos. Bruselas, 29 de noviembre de 1969. |
Bélgica, ratificación, 12 de enero de 1977, acompañada de una nota por la que no acepta la reserva hecha por la URSS el 24 de junio de 1975 al párrafo 2 del articulo XI del Convenio. El Gobierno belga estima que el Derecho internacional no autoriza a ningún Estado a solicitar inmunidad judicial para buques de su propiedad -y para aquellos utilizados por el mismo con fines comerciales, y añade que la legislación belga sobre la materia está de acuerdo con el Convenio internacional para la unificación de los Reglamentos relativos a la inmunidad de buques de propiedad estatal, firmado en Bruselas el 10 de abril de 1926. Ecuador, ratificación, 23 de diciembre de 1976. Brasil, ratificación, 17 de diciembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo de 1976. |
Convenio internacional sobre la intervención en alta mar en caso de daños causados por contaminación del mar por hidrocarburos. Bruselas, 29 de noviembre de 1969. | Ecuador, aceptación, 23 de diciembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 26 de febrero de 1970. |
Convención para la prevención de la contaminación marítima por arrojar desperdicios y otras materias. Washington, Londres, Méjico y Moscú, 29 de diciembre de 1972. |
Libia, adhesión, 22 de noviembre de 1976. Islas Faro, comunicación de haber tomado las medidas necesarias para la entrada en vigor del Convenio, por lo que la reserva formulada por el Gobierno danés el 2 de noviembre de 1976 quedaba sin efecto a partir del 15 de noviembre de 1976. Dinamarca, ratificación, 4 de noviembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 10 de noviembre de 1975. |
Convenio internacional para la prevención de la contaminación del mar por los hidrocarburos. Londres, 12 de mayo de 1954. |
Surinam, aceptación, 1 de diciembre de 1976, de] texto modificado del Convenio. Nigeria, aceptación, 19. de enero de 1977, de las enmiendas adoptadas el 21 de octubre de 1969 al Convenio. Con esta aceptación se ha alcanzado el número de dos tercios que permite la entrada en vigor de las citadas enmiendas, de acuerdo con lo establecido en el artículo XVI, 4 del Convenio. La fecha de tal entrada en vigor será el 20 de enero de 1978. Argentina, aceptación, 30 de diciembre de 1976, de las enmiendas al Convenio adoptadas el 21 de octubre de 1969. República Dominicana, aceptación, 14 de enero de 1977, de las enmiendas al Convenio adoptadas el 21 de octubre de 1969. Bulgaria, aceptación, 28 de enero de 1977, de las enmiendas al Convenio adoptadas el 21 de octubre de 1969. Méjico, aceptación, 31 de enero de 1977, de las enmiendas al Convenio adoptadas el 21 de octubre de 1969. Surinam, aceptación, 1 de marzo de 1977, de. las enmiendas al Convenio adoptadas el 21 de octubre de 1969. |
«Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio de 1964. |
Protocolo enmendando la Convención única sobre estupefacientes. Ginebra, 25 de marzo de 1972. | Bahamas, adhesión, 23 de noviembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 15 de febrero de 1977. |
Convención sobre sustancias sicotrópicas. Viena, 21 de febrero de 1971. | Costa Rica, ratificación, 16 de febrero de 1977 Grecia, ratificación, 10 de febrero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 10 de septiembre de 1976. |
TRAFICO, TRANSPORTE, SERVICIOS Y OBRAS PUBLICAS (INCLUIDOS LOS ATOMOS PARA LA PAZ)
Convenio aduanero sobre contenedores. Ginebra, 2 de diciembre de 1972. | Bulgaria, ratificación, 22 de febrero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo de 1976. |
Convenio sobre protección de animales en transporte internacional. París, 13 de diciembre de 1968. | Chipre, adhesión. | «Boletín Oficial del Estado» de 6 de noviembre de 1975. |
Convenio adicional a la Convención Internacional sobre el CIV relativa a las responsabilidades por la muerte y heridas de viajeros de ferrocarril. Berna, 26 de febrero de 1966. | Irán, adhesión, 31 de marzo de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 26 de febrero de 1973. |
Convenio internacional sobre transporte de mercancías por ferrocarril (CIM). Berna, 7 de febrero de 1970. | Irán, adhesión; 31 de marzo de 1977, al Protocolo II del Convenio. | «Boletín Oficial del Estado» de 6 a 18 de agosto de 1975. |
Convenio internacional sobre transporte de viajeros y equipajes por ferrocarril (CIV), con anejos I, II y III. Berna, 7 de febrero de 1970. | Irán, adhesión, 31 de marzo de 1977, al Protocolo II. | «Boletín Oficial del Estado» de 24 de enero de 1975. |
Organización Consultiva Marítima Intergubernamental. Ginebra, 6 de marzo de 1948. |
Austria, aceptación. Israel, comunicación, 23 de diciembre de 1976, afirmando que la aceptación del Gobierno de Bahrain, 22 de septiembre de 1976, contiene una alusión de carácter político referida a Israel y que el Gobierno israelita considera que ése no es el lugar indicado para hacer tales afirmaciones políticas que, además, están en flagrante contradicción con los principios, objetos y propósitos de la Organización, por lo que la afirmación del Gobierno de Bahrain no puede afectar a las obligaciones a las que se encuentra sometido por el Derecho internacional general o por tratados particulares. Israel adoptará hacia el Gobierno de Bahrain una actitud de completa reciprocidad. |
«Boletín Oficial del Estado» de 6 de junio de 1962. |
Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional. Londres, 9 de abril de 1965. |
Hungría, aceptación, 15 de diciembre de 1976, declarando que el artículo 10 del Convenio contiene medidas discriminatorias, ya que no da iguales derechos de participación a todo Estado que debe ser Parte del mismo. Austria, aceptación, 1 de marzo de 1977. |
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Convenio internacional sobre líneas de carga. Londres, 5 de abril de 1966. |
Comunicación del Gobierno de Papua-Nueva Guinea en aplicación de las disposiciones del artículo 26 confiando la inspección de marcas y la expedición de certificados a los siguientes organismos no gubernamentales: American Bureau of Shipping. Bureau Veritas. Det Norske Veritas. Germanischer Lloyd. Lloyd’s Register of Shipping. Nippon Kaiji Kyokai. Indonesia, adhesión, 17 de enero de 1977. Malta, comunicación de acuerdo con el artículo 26, 1, c, autorizando a las siguientes sociedades para expedir certificados. American Bureau of Shipping. Bureau Veritas. Det Norske Veritas. Germanischer Lloyd. Lloyd's Register of Shipping. Registro Italiano Navale. Surinam, notificación de sucesión, 7 de octubre de 1976, indicando que los «Tratados en cuestión eran aplicables a Surinam a partir de la fecha de su independencia». La República de Surinam debe, pues, ser considerada como Parte del convenio internacional de 1966 sobre líneas de carga desde el 25 de noviembre de 1975. Austria, comunicación, 6 de octubre de 1976, por la que, de acuerdo con el articulo 26, el Gobierno de Austria autoriza al American Bureau of Shipping a: a) Efectuar las visitas e inspecciones previstas en el artículo 14 del Convenio, y b) A expedir los certificados enumerados en el artículo 16 del Convenio. Malta, comunicación del Secretario general de la Imco a los Gobiernos contratantes el 6 de diciembre de 1976, de la transmisión del Gobierno de Malta del texto de las leyes, decretos, órdenes, reglamentos y otros instrumentos regulados por el artículo 26, 1, b del Convenio. |
«Boletín Oficial del Estado» de 10 de agosto y 26 de octubre de 1968. |
Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar. Londres, 17 de junio de 1960. |
Papúa-Nueva Guinea, aceptación con la siguiente reserva: «el Gobierno de Papúa-Nueva-Guinea declara qué al aceptar íntegramente las disposiciones del capítulo VIII del Convenio, legislará de manera que haga efectiva estas disposiciones desde que la necesidad se haga sentir y obrará en el intervalo en conformidad con lo dispuesto en él capítulo VIII en lo que se refiere a todo navío nuclear extranjero». Austria, comunicación, 16 de octubre de 1976, autorizando, de acuerdo con el artículo III del Convenio, al American Bureau of Shipping para: a) Efectuar las visitas e inspecciones previstas en las reglas 7 a 10 del capítulo I de las reglas anexas al citado Convenio, y b) Expedir los certificados enumerados en el capítulo I, regla 12 de las reglas anexas al citado Convenio. República Democrática Alemana, 11 de noviembre de 1976, con las declaraciones siguientes: «la posición del Gobierno dé la República Democrática Alemana, en lo que se refiere a las disposiciones del artículo XIII relativas a los territorios coloniales, reposa sobre lo estipulado por la declaración de las Naciones Unidas sobre la independencia de los países y pueblos colonizados». Res. número 1514 (XV). «En lo que se refiere a la aplicación a Berlín (Oeste), la República Democrática Alemana declara que conforme al Acuerdo Cuatripartito de 3 de septiembre de 1971, Berlín (Oeste) no es parte constitutiva de la República Federal Alemana y no debe ser gobernado por ella. En consecuencia, la declaración de la República Federal Alemana por la que el Convenio es igualmente aplicable al territorio de Berlín es incompatible con el Acuerdo Cuatripartito y no puede tener valor jurídico.» |
«Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre de 1965 y 23 de diciembre de 1966. |
Convenio relativo a la responsabilidad civil en la esfera del transporte marítimo de sustancias nucleares. Bruselas, 17 de diciembre de 1951. | Comunicación de la OCMI de 2 de febrero de 1977 relativa a una corrección al texto original del Convenio: Artículo 8, párrafo 1, reemplazar «cette extensión a en lieu» por «la présente convention s’étend à ce terrotoire». | «Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto de 1975. |
Convenio internacional relativo a la limitación de la responsabilidad de los propietarios de los buques que navegan por alta mar y Protocolo de firma. Bruselas, 10 de octubre de 1957. | Monaco, adhesión, 24 de enero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 21 de junio de 1970. |
Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar. Reglamento para prevenir los abordajes en el mar. Londres, 17 de junio de 1960. | Libia, aceptación, 16 de febrero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre de 1965 y 23 de diciembre de 1966. |
TRANSPORTES TERRESTRES
Acuerdo relativo al cumplimiento de condiciones - uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Ginebra, 20 de marzo de 1958. | Rumania, adhesión, 23 de diciembre de 1976. Los Reglamentos 1 a 12, 18 a 21, 24 a 26, 28, 30, 31 y 36 entraron en vigor para Rumania el 21 de febrero de 1977. | «Boletín Oficial de1 Estado» de 3 de enero de 1962. |
Reglamento número 4 anejo al Acuerdo relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Ginebra, 20 de marzo de 1958. | Finlandia, comunicación, 15 de marzo de 1977, notificando que pretende aplicar el Reglamento. | «Boletín Oficial del Estado» de 27 de marzo de 1968. |
Reglamento número 6 anejo al Acuerdo relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor, Ginebra, 20 de marzo de 1958. | Finlandia, comunicación, 15 de marzo de 1977, notificando que pretende aplicar el Reglamento. | «Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 1970. |
Reglamento número 7 anejo al Acuerdo relativo al Cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Ginebra, 20 de marzo de 1958. | Finlandia, comunicación, 15 de marzo de 1977, notificando que pretende aplicar el Reglamento. | «Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 1970. |
Reglamento número 15 anejo al Acuerdo relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Ginebra, 20 de marzo de 1958. | Comunicación del Director de la División Jurídica de las Naciones Unidas informando que habiendo transcurrido noventa días desde la fecha de la notificación para presentar objeciones a las enmiendas presentadas en su día por Gran Bretaña al Reglamento número 15, éstas han entrado en vigor el 1 de marzo de 1977 para todos los Estados parte del Acuerdo. | «Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio de 1970. |
Reglamento número 23 anejo al Acuerdo relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Ginebra, 20 de marzo de 1958. | Dinamarca, 28 de diciembre de 1976, aplicación de las enmiendas propuestas por Checoslovaquia el 22 de octubre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 13 de junio de 1973. |
Acuerdo europeo referente al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). Ginebra, 30 de septiembre de 1958. |
Acuerdos entre Estados miembros derogando temporalmente disposiciones de los anejos del Acuerdo. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 407. Entre R. F. Alemana y Luxemburgo, número 410. Entre R. F. Alemana y Suecia, número 411. Entre R. F. Alemana y Holanda, número 412. Entre Bélgica y R. F. Alemana, número 413. Entre Suecia y R. F. Alemana, número 414. Entre Suecia y R. F. Alemana, número 415. Entre Luxemburgo y R. F. Alemana, número 416. Entre R. F. Alemana y Luxemburgo, número 417. Entre Austria y R. F. Alemana, número 418. Entre Austria y R. F. Alemana, número 419. Entre Austria y R. F. Alemana, número 420. Entre R. F. Alemana y Suecia, número 421. Entre Austria y R. F. Alemana, número 422. Entre R. D. Alemana y R. F. Alemana, número 423. Entre Holanda y Bélgica, número 424. Entre Holanda y Francia, número 425. Entre Italia y R. F. Alemana, número 426. Entre Francia y R. F. Alemana, número 427. Entre Gran Bretaña y R. F. Alemana, número 428. Entre Francia e Italia, número 429. Entre Italia y Francia, número 430. Entre Luxemburgo y Suiza, número 431. Entre R. D. Alemana y Suiza, número 432. Entre Bélgica y Suiza, número 433. Entre Gran Bretaña y Suiza, número 434. Entre Austria y Suiza, número 435. Entre Holanda y Suiza, número 436. Entre Suecia y Suiza, número 437. Entre Polonia y Suiza, número 438. Entre R. F. Alemana y Suecia, número 439. Entre R. D. Alemana y R. F. Alemana, número 440. Entre Italia y R. F. Alemana, número 441. Entre Gran Bretaña y R. F. Alemana, número 442. Entre R. F. Alemana y Bélgica, número 443. Entre Luxemburgo y R. F. Alemana, número 444. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 445. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 446. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 447. Entre R. D. Alemana y R. F. Alemana, número 448. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 449. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 450. Entre Gran Bretaña y R. F. Alemana, número 451. Entre Holanda y Bélgica, número 452. Entre Bélgica y Holanda, número 453. Entre Holanda y Bélgica, número 454. Entre Holanda y España, número 455. Entre Holanda y España, número 456. Entre Holanda y Suecia, número 457. Entre Holanda y Suiza, número 458. Entre R. F. Alemana y R. D. Alemana, número 459. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 460. Entre Bélgica y R. F. Alemana, número 461. Entre Francia y R. F. Alemana, número 462. Entre Gran Bretaña y R. F. Alemana, número 463. Entre Francia y Suiza, número 464. Entre Suiza y Alemana, número 465. Entre Bélgica y R. F. Alemana, número 466. Entre R. F. Alemana y Suiza, número 467. Entre Noruega y R. F. Alemana, número 468. Entre Gran Bretaña y R. F. Alemana, número 469. Entre Bélgica y R. F. Alemana, número 470. Entre Francia y R. F. Alemana, número 471. Entre Suiza y R. F. Alemana, número 472. Entre Bélgica y R. F. Alemana, número 473. Entre Bélgica y Gran Bretaña, número 474. Entre Bélgica y R. F. Alemana, número 475. Entre Bélgica y España, número 476. Entre Italia y Holanda, número 477. Entre España y Francia, número 478. Entre Francia y Gran Bretaña, número 479. Entre Bélgica y Gran Bretaña, número 480. Entre Gran Bretaña y Suiza, número 481. |
«Boletín Oficial del Estado» de 9 al 17 de julio de 1973. |
Acuerdo relativo al transporte internacional de productos perecederos y sobre el equipo especial que debe ser usado en dicho transporte. Ginebra, 1 de septiembre de 1970. | Yugoslavia, comunicación, 12 de enero de 1977, informando que la Administración competente de dicho país para poner en ejecución el Convenio es el Instituto Yugoslavo de Standardización. Austria, ratificación, 1 de marzo de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1976. |
Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves. La Haya, 16 de diciembre de 1970. |
Indonesia, ratificación, 22 de agosto de 1976. Bahamas, declaración, 16 de julio de 1976, por la que el Gobierno de las Bahamas se considera obligado por las disposiciones del Convenio |
«Boletín Oficial del Estado» de 15 de enero de 1973. |
Tratado sobre los principios que rigen las actividades de los Estados para la exploración y el uso del espacio exterior, incluyendo la luna y otros cuerpos celestes. Washington, 27 de enero de 1967. |
Bahamas, sucesión, 11 de agosto de 1976. Singapur, adhesión, 10 de septiembre de 1976. Israel, ratificación, 1 de marzo de 1977. |
«Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero de 1969. |
Constitución de la Unión Postal Universal. Viena, 10 de julio de 1964. |
Angola, adhesión; vigor, 3 de marzo de 1977. Francia, notificación, 22 de diciembre de 1976, por la que denuncia la Constitución de la Unión Postal Universal para el conjunto de territorios representados por la Oficina francesa de Correos y Telecomunicaciones de Ultramar. Por otra parte, a partir de la fecha de entrada en vigor de esta denuncia, 22 de diciembre de 1977, la aceptación por la República francesa de las actas de la Unión se aplicará, de acuerdo con el artículo 23, párrafo 1 de la Constitución de la UPU, al conjunto de territorios representados antes por la Oficina francesa de Correos y Telecomunicaciones de Ultramar. Estados Unidos, notificación, 30 de diciembre de 1976, por la que denuncia la participación en la UPU, como país miembro, del conjunto de territorios de los Estados Unidos de América, incluidos los territorios bajo tutela de las islas del Pacífico. Por otra parte, en aplicación del artículo 23 de la Constitución de la UPU, la participación de los Estados Unidos en la UPU comprenderá, a partir del 1 de enero de 1978, los territorios citados, habiendo constituido previamente un país miembro de la UPU. |
«Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre de 1966. |
Acuerdo intergubernamental relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite (INTELSAT). Washington, 20 de agosto de 1971. | El Salvador, adhesión, 19 de enero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 29 de marzo de 1973. |
Convenio internacional de Telecomunicaciones de Málaga-Torremolinos. Málaga-Terremolinos, 25 de octubre de 1973. |
San Marino, adhesión, 25 de marzo de 1977. República Popular de Benín, adhesión, 2 de febrero de 1977. Argentina, aprobación, 1 de noviembre de 1976, del Convenio, sus anexos y Protocolos adicionales, por Ley, número 21.748. Guayana, adhesión, 30 de noviembre de 1976. Haití, adhesión, 10 de diciembre de 1976. Birmania, ratificación, 15 de noviembre de 1976. República Federal Alemana, ratificación, 18 de noviembre de 1976. Sierra Leona, ratificación, 25 de noviembre de 1976. Brasil, ratificación, 30 de noviembre de 1976. Zaire, ratificación, 10 de diciembre de 1976. Ciudad del Vaticano, ratificación, lo de diciembre de 1976. Noruega, ratificación, 16 de diciembre de 1976. Vietnam, ratificación, 16 de diciembre de 1976. Malí, ratificación, 21 de diciembre de 1976. Mónaco, ratificación, 23 de diciembre de 1976, confirmando la declaración número XCV que figura en el Protocolo final. República Ruandesa, ratificación, 23 de diciembre de 1976. Bulgaria, ratificación, 29 de diciembre de 1976, confirmando la declaración XLIX. China, ratificación, 29 de diciembre de 1976, confirmando el segundo párrafo de la declaración LIX. Emiratos Arabes Unidos, ratificación, 29 de diciembre de 1976. Etiopía, ratificación, 29 de diciembre de 1976. Francia, ratificación, 29 de diciembre de 1976. Suecia, ratificación, 29 de diciembre de 1976. Chipre, ratificación, 31 de diciembre de 1976. URSS, ratificación, 31 de diciembre de 1976, confirmando la declaración XLIX. Arabia Saudi, ratificación, 6 de enero de 1977. Bielorrusia, ratificación, 6 de enero de 1977, confirmando la declaración XLIX. El Salvador, ratificación, 6 de enero de 1977. Indonesia, ratificación, 6 de enero de 1977. Islandia, ratificación, 6 de enero de 1977. República Democrática Popular Lao, ratificación, 6 de enero de 1977. Ucrania, ratificación, 6 de enero de 1977. Nueva Zelanda, ratificación, 7 de enero de 1977. Guayana, adhesión, 20 de noviembre de 1976. Haití, adhesión. 10 de diciembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 25 y 26 de agosto de 1976. |
Convenio relativo a la Organización Hidrográfica Internacional. Monaco, 3 de mayo de 1967. | URSS, adhesión. El Convenio entró en vigor para el Gobierno de la URSS el 18 de febrero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre de 1975. |
Convenio complementario al Convenio de París de 29 de julio de 1960 sobre responsabilidad civil en el campo de la energía nuclear. Bruselas, 31 de enero de 1963. |
Finlandia, adhesión, 14 de enero de 1977. Gran Bretaña, notificación, 6 de diciembre de 1976, comunicando la lista puesta al día de las instalaciones nucleares en Gran Bretaña. |
«Boletín Oficial del Estado». |
Protocolo adicional al Convenio de 31 de enero de 1963 complementario al de París de 29 de julio de 1960 sobre responsabilidad civil en el campo de la energía nuclear. París, 28 de enero de 1964. | Finlandia, adhesión, 14 de enero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 22 de noviembre de 1975. |
Acuerdo relativo a un programa internacional de la energía y anejo. París, 18 de noviembre de 1974. | Nueva Zelanda, adhesión, 29 de diciembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 7 de abril de 1975. |
FINANZAS, EMPRESTITOS, IMPUESTOS, ADUANAS, CUESTIONES MONETARIAS
Convenio europeo sobre tratamiento europeo de paletas usadas en transporte internacional. Ginebra, 9 de diciembre de 1960. |
República Democrática Alemana, adhesión, 9 de diciembre de 1960, con las siguientes reservas y declaraciones. Reserva relativa al 11, párrafos 2 y 3, permitida de acuerdo con el artículo 12. La República Democrática Alemana no se considera obligada por las disposiciones del artículo 11, párrafos 2 y 3 del Convenio, de acuerdo con el cual cualquier disputa relativa a la interpretación o aplicación del Convenio que no sea solucionada por negociación será sometida a arbitraje si cualquiera de las partes contratantes implicadas en la controversia lo solicita. La República Democrática Alemana opina que en todos los casos, el consentimiento de todas las partes implicadas en una controversia debe ser requerido para que tal controversia sea sometida a decisión arbitral. Declaración relativa al articulo 1 La posición de la República Democrática Alemana sobre el artículo 10 del Convenio, en lo que se refiere a la aplicación del Convenio a territorios colonizados y dependientes, se guía por las normas de la declaración de las Naciones Unidas (Res. 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960). La República Democrática Alemana acompaña su Instrumento de Adhesión con una última declaración: En lo que se refiere a la aplicación del Convenio a Berlín Oeste, la República Democrática Alemana firma que, en virtud del Acuerdo Cuatripartito de 3 de septiembre de 1971, Berlín Oeste no constituye parte de la República Federal Alemana y no puede ser gobernada por ésta. En consecuencia, la afirmación de la República Federal Alemana declarando que el Convenio era también aplicable al «Land de Berlín» está en contradicción con el Acuerdo Cuatripartito. |
«Boletín Oficial del Estado» de 7 de julio de 1973. |
Convenio aduanero relativo al carnet ATA para la admisión temporal de. mercancías. Bruselas, 6 de diciembre de 1961. | Chipre, adhesión. El Convenio ha entrado en vigor para Chipre el 25 de enero de 1977. | «Boletín Oficial del Estado» de 7 de octubre de 1974. |
Acuerdo del Fondo Monetario Internacional. Washington, 27 de diciembre de 1945. | Comores, aceptación, 21 de septiembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado de 13 de septiembre de 1958. |
Acuerdo del Banco internacional de Reconstrucción y Desarrollo. Washington, 27 de diciembre de 1945. | Comores, aceptación, 28 de octubre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 13 de septiembre de 1945. |
ECONOMIA, COMERCIO, AGRICULTURA, EXPLOTACION FORESTAL, PESQUERIAS, ASISTENCIA TECNICA
Protocolo relativo a las negociaciones comerciales entre los países en vías de desarrollo. Ginebra, 8 de diciembre de 1971. | Bangla Desh, adhesión, 29 de diciembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 18 de septiembre de 1973. |
Protocolo para la nueva prórroga del Convenio sobre el comercio del trigo de 1971. Washington, 25 de marzo de 1975. | España, adhesión, 22 de diciembre de 1976. | «Boletín Oficial del Estado» de 18 de noviembre de 197*. |
Acuerdo Internacional del Cacao 1975, Ginebra, 20 de octubre de 1975. |
Méjico, ratificación, 1 de marzo de 1977. Naciones Unidas: Comunicación del Asesor Jurídico de 10 de diciembre de 1976 acusando recibo del Instrumento de Ratificación de España al Acuerdo. Gabón, adhesión, 6 de diciembre de 1976. Granada, adhesión, 6 de diciembre de 1976. Samoa Occidental, adhesión, 6 de diciembre de 1976. España, ratificación, 9 de diciembre de 1976. República Democrática Alemana, aprobación, con las siguientes declaraciones: Sobre el artículo 14, el Gobierno de la República Democrática Alemana considera necesario señalar que las disposiciones del artículo 14 no permiten a algunos Estados adquirir el status de observador. El Gobierno de la República Democrática Alemana estima que de acuerdo con el principio de la igualdad soberana de los Estados interesados de ben tener la oportunidad de participar como observadores en las sesiones de Consejo Internacional del Cacao. Sobre los artículos 3 y 71, la posición del Gobierno de la República Democrática Alemana sobre los artículos 3 y 71 del Acuerdo se rige por las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas [Resolución número 1415 (XV) de 14 de diciembre de 1960). |
«Boletín Oficial del Estado» de 19 de febrero de 1976. |
Acuerdo Internacional del Café 1976. Londres, 3 de diciembre de 1975. |
Méjico, ratificación, 9 de febrero de 1977. Benín, rátificación, 11 de febrero de 1977. Kenya, ratificación, 23 de febrero de 1977. Colombia, ratificación, 24 de febrero de 1977. Gran Bretaña, comunicación de 21 de enero de 1977 por la que declara, de acuerdo con el artículo 64, párrafo 1, del Acuerdo, que éste será extendido a los Alguacilazgos de Guernsey y Jersey. Yugoslavia, ratificación, 3 de mayo de 1977. Costa Rica, ratificación, 20 de enero de 1977. Haití, 21 de enero de 1977, ratificación. Comunicación de la Junta Ejecutiva de la Organización Internacional del Café decidiendo extender hasta el 30 de septiembre de 1977 la fecha límite para depositar los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación del Acuerdo. Chipre, adhesión, 28 de marzo de 1977. Israel, ratificación, 29 de marzo de 1977. Austria, ratificación, 31 de marzo de 1977. Tanzania, ratificación, 4 de marzo de 1977. Panamá, ratificación, 13 de diciembre de 1976. Togo, ratificación, 8 de diciembre de 1976. España, ratificación, 9 de diciembre de 1976. Japón, 10 de diciembre de 1976, aceptación. Guatemala, ratificación, 15 de diciembre de 1976. Etiopía, ratificación, 29 de noviembre de 1976. Bolivia, ratificación, 30 de noviembre de 1976. |
«Boletín Oficial del| Estado» de 23 de febrero de 1977. |
Acuerdo Internacional del Estaño. Ginebra, 21 de junio de 1975. |
Yugoslavia, ratificación, 29 de diciembre de 1976. España, ratificación, 9 de diciembre de 1976. |
«Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero de 1977. |
Convenio Internacional para la Conservación del Atún Atlántico. Río de Janeiro, 2 a 14 de mayo de 1966. | URSS, adhesión, 7 de enero de 1977, declarando que las disposiciones del párrafo 1 del artículo XIV, según las cuales ciertos Estados no pueden ser partes del Convenio, tienen un carácter discriminatorio y están en contradicción con el principio, universalmente admitido, de la igualdad soberana de los Estados. | «Boletín Oficial del Estado» de 22 de abril de 1969. |
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