Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 25/05/1985
  • Fecha de publicación: 28/05/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 28/05/1985
  • Fecha de derogación: 28/06/2014

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • por Ley 10/2014, de 26 de junio (Ref. BOE-A-2014-6726).
    • el art. 7.1, en lo indicado, y 2 a 10, por Ley 26/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13723).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 6, 8, 10 bis y 11 y SE AÑADE el art. 10 bis.uno , por Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2013-12529).
    • la disposición adicional 2.1, por Ley 9/2012, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-14062).
    • la disposición adicional 2.1, por Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto (Ref. BOE-A-2012-11247).
    • los arts. 10.bis, 10.quater y 13, por Real Decreto-ley 10/2012, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2012-4091).
    • el art. 8.3, por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-20638).
    • el art. 6.2, por Ley 15/2011, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2011-10531).
    • los arts. 6, 10.bis, 10.ter, la disposición adicional 2 y se añade el art. 10.quater, por Ley 6/2011, de 11 de abril (Ref. BOE-A-2011-6548).
    • los arts. 10.bis, 10.ter y 11, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
    • los arts. 6.3, 7 y 8.3.d), por Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2010-11086).
    • el art. 8.3, por Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril (Ref. BOE-A-2010-5879).
    • los apartados 7.7 y 7.8, por Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio (Ref. BOE-A-2009-10575).
    • la disposición adicional 2.3, por Ley 4/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-20802).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre recursos propios de las entidades financieras: Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2008-2823).
  • SE MODIFICA la rúbrica del título 2, los arts. 6, 8, 9.4, 11, 12.1 y se añade el 10 bis y 10 ter, por Ley 36/2007, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19813).
  • SE DECLARA la vigencia de lo indicado de la disposición adicional 2, por Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006 (Ref. BOE-A-2006-20764).
  • SE DECLARA en el Recurso 1004/2003, la extinción por desistimiento del recurrente en relación con el art. 7 en la redacción dada por la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, por Auto de 13 de diciembre de 2005 (Ref. BOE-A-2006-94).
  • SE MODIFICA:
    • los apartados 5 y 6, por Ley 23/2005, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2005-19004).
    • los arts. 8, 9 y 13, por Ley 5/2005, de 22 de abril (Ref. BOE-A-2005-6561).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 7, sobre cuotas participativas de las cajas de ahorros: Real Decreto 302/2004, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2004-3877).
  • SE MODIFICA arts. 8, 9, disposición adicional 2 y SE AÑADE la transitoria 2, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre de 2003 (Ref. BOE-A-2003-23936).
  • SE AÑADE la disposición adicional 2, por Ley 19/2003, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2003-13471).
  • SE MODIFICA los arts. 7 y 11.4, por Ley 44/2002, de 22 de noviembre (Ref. BOE-A-2002-22807).
  • SE DECLARA en los recursos 800 y 801/1985, la desestimación en relación con determinados preceptos, por Sentencia 135/1992, de 5 de octubre (Ref. BOE-T-1992-24005).
  • SE DEROGA la disposición adicional 3 y se modifica el Título II y la disposición transitoria, por Ley 13/1992, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1992-12545).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre régimen de recursos Propios Minimos: Circular 19/1989, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-29549).
  • SE MODIFICA párrafo PRIMERO del art. 1, por Ley 37/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29563).
  • SE DEROGA:
    • el art. 12 y se modifica el art.. 7 A) , por Ley 26/1988, de 29 de julio de 1988 (Ref. BOE-A-1988-18845).
    • en la forma indicada la disposición adicional 2, por Ley 33/1987, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28404).
  • SE DESARROLLA:
    • su título Primero por Orden de 23 de diciembre de 1985 (Ref. BOE-A-1985-26782).
    • titulo Primero por Real Decreto 2254/1985, de 20 de noviembre (Ref. BOE-A-1985-25102).
    • titulo segundo por Real Decreto 1370/1985, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-1985-16769).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 135, de 6 de junio de 1985 (Ref. BOE-A-1985-10384).

Referencias anteriores

Materias

  • Banca
  • Banco de España
  • Cajas de Ahorro
  • Cajas Rurales
  • Coeficiente de Caja
  • Comunidades Autónomas
  • Cooperativas de crédito
  • Crédito Oficial
  • Créditos
  • Depósitos
  • Deuda Pública
  • Empresas de arrendamiento financiero
  • Entidades de financiación
  • Fondo de Crédito para la Difusión de la Propiedad Mobiliaria
  • Hipoteca
  • Incompatibilidades
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Inversiones
  • Préstamos
  • Seguros
  • Servicio Nacional de Productos Agrarios
  • Sociedades
  • Sociedades Anónimas
  • Títulos valores
  • Ventas a plazos

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid