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ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 27/12/1990
  • Fecha de publicación: 28/12/1990
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1991

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 97, por Ley 1/2015, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3178).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 103.6, con efectos de 1 de enero de 2010, por Ley 26/2009, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20765).
    • art. 103, por Ley 22/2009, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-20375).
    • el art. 103.5, por Ley 51/2007, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22295).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 100, aprobando el Estatuto del Centro Español de Metrología: Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-2007-18582).
  • SE DEROGA el art. 61, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 103.5 y 6, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24965).
    • el art. 103, por Ley 21/2001, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24962).
    • el art. 103.uno.6, por Ley 14/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24357).
  • SE DECLARA en las CUESTIONES 1989/1994 y 2955/1998, la desestimación en relación con el art. 33.2., por Sentencia 32/2000, de 3 de febrero (Ref. BOE-T-2000-4213).
  • SE MODIFICA:
  • SE AÑADE el art. 103.uno.6, por Ley 66/1997, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1997-28053).
  • SE DEROGA:
    • el art. 103.tres.bis, por la Ley 14/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29118).
    • el art. 105.2 y la disposición adicional 10, por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional décima, por Ley 22/1993, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31153).
    • el art. 103, por Ley 21/1993, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31087).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 16.7, regulando Aspectos de la gestión de Gastos y Pagos en el Exterior: Real Decreto 591/1993, de 23 de abril (Ref. BOE-A-1993-13175).
  • SE DECLARA en las Cuestiones 2161, 2162 y 2187/1991, su desestimación, por Sentencia 83/1993, de 8 de marzo (Ref. BOE-T-1993-9764).
  • SE DESARROLLA el art. 99, por Real Decreto 1145/1992,de 25 de septiembre (Ref. BOE-A-1992-23817).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 102, Constituyendose el Ente Escuela Oficial de Turismo: Real Decreto 50/1992, de 24 de enero (Ref. BOE-A-1992-2510).
  • SE MODIFICA el art. 103.3.4, por Ley 31/1991, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-30903).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 103, sobre Constitución efectiva de la Agencia: Orden de 25 de septiembre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-24002).
  • SE MODIFICA el art. 103, por la Ley 18/1991, de 6 de junio (Ref. BOE-A-1991-14391).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición final segunda, reestructurando Departamentos Ministeriales: Real Decreto 298/1991, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-1991-6787).
    • con el art. 42.2, sobre revalorización y complementos de pensiones de clases pasivas para el año 1991: Real Decreto 258/1991, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-1991-6082).
    • aprobando la oferta de empleo público para 1991: Real Decreto 226/1991, de 22 de febrero de 1991 (Ref. BOE-A-1991-5453).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, Publicandose el Plan de disposición de Fondos del Tesoro público para 1991: Resolución de 12 de febrero de 1991 (Ref. BOE-A-1991-4261).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 39, de 14 de febrero de 1991 (Ref. BOE-A-1991-3884).
  • SE MODIFICA los Incrementos Retributivos del personal Activo al Servicio del sector público, por Real Decreto-ley 2/1991, de 25 de enero (Ref. BOE-A-1991-2551).
  • SE DESARROLLA los arts. 42.2 y 45, por Real Decreto 51/1991, de 25 de enero (Ref. BOE-A-1991-2255).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • la disposición final primera, regulando Plan de empleo Rural: Real Decreto 31/1991, de 18 de enero (Ref. BOE-A-1991-1740).
    • con el art. 48, disponiendo la Creación de Deuda del Estado durante 1991: Real Decreto 21/1991, de 18 de enero (Ref. BOE-A-1991-1511).
    • sobre normas de cotización: Real Decreto 9/1991, de 11 de enero (Ref. BOE-A-1991-1060).
    • con los arts. 40 y 42.3 y 5, sobre revalorización de pensiones de la seguridad social para el ejercicio 1991, por Real Decreto 1670/1990, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31266).

Referencias anteriores

Materias

  • Abastecimiento de aguas
  • Administración Civil del Estado
  • Administración de Justicia
  • Administración Local
  • Administración Militar
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Aduanas
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Agencias informativas
  • Agricultura
  • Ancianos
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Asistencia social
  • Ayuntamientos
  • Bachillerato
  • Banco de España
  • Becas
  • Biblioteca Nacional
  • Cabildos Insulares
  • Caja Postal de Ahorros
  • Cajas de Ahorro
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Canarias
  • Carrera Judicial
  • Catástrofes
  • Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
  • Centro Español de Metrología
  • Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
  • Centros de enseñanza
  • Ceuta
  • Clases Pasivas Civiles
  • Clases Pasivas Militares
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Comunidad Económica Europea
  • Comunidades Autónomas
  • Condecoraciones y Recompensas
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Consejo Superior de Cooperativismo
  • Consejos Insulares
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Construcciones navales
  • Consumidores y usuarios
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Convenios colectivos
  • Cooperativas
  • Correos y Telecomunicaciones
  • Correos y Telégrafos
  • Cortes Generales
  • Crédito Oficial
  • Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria
  • Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado
  • Cuerpo de Traductores e Intérpretes
  • Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública
  • Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado
  • Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado
  • Cuerpo Nacional de Policía
  • Cuerpos Especiales de Funcionarios Técnicos del Estado al Servicio de la Sanidad Local
  • Cultura
  • Defensa Nacional
  • Deporte
  • Desempleo
  • Deuda Pública
  • Diputaciones Provinciales
  • Dirección General de Cooperativas y Sociedades Laborales
  • Dirección General de Correos y Telégrafos
  • Discapacidad
  • Drogas
  • Educación
  • Educación Compensatoria
  • Educación Especial
  • Educación General Básica
  • Ejército de Tierra
  • Ejército del Aire
  • Emigración
  • Empleo
  • Empresas nacionales
  • Enseñanza
  • Enseñanza Artística
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Enseñanza Náutica
  • Enseñanza Universitaria
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Escuela Oficial de Turismo
  • Escuelas de Artes aplicadas y Oficios artísticos
  • Estadística
  • Exportaciones
  • Exposiciones
  • Extranjeros
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Ferrocarriles de vía estrecha
  • Fondo de Ayuda al Desarrollo
  • Fondo de Compensación Interterritorial
  • Fondo de Solidaridad para el Empleo
  • Fondo Nacional de Protección al Trabajo
  • Fondos de inversión
  • Formación profesional
  • Fuerzas Armadas
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Ganadería
  • Gastos públicos
  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
  • Hospitales
  • Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas derivadas
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Incompatibilidades
  • Industrias
  • Instituciones de Inversión Colectiva
  • Instituciones penitenciarias
  • Instituciones sanitarias de la Seguridad Social
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Instituto de Turismo de España
  • Instituto Español de Comercio Exterior
  • Instituto Nacional de Fomento de la Economía Social
  • Instituto Nacional de Hidrocarburos
  • Instituto Nacional de Industria
  • Instituto Nacional de la Salud
  • Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
  • Instituto Social de las Fuerzas Armadas
  • Intereses
  • Inversiones
  • Inversiones extranjeras
  • Investigación científica
  • Jubilación
  • Juego
  • Lotería Nacional
  • Máquinas automáticas
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  • Medio ambiente
  • Melilla
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  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Mutualidad General Judicial
  • Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
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  • Objetores de conciencia
  • Oposiciones y concursos
  • Ordenación de gastos y pagos
  • Organismos autónomos
  • Organización de la Administración del Estado
  • País Vasco
  • Patrimonio del Estado
  • Patrimonio Histórico Español
  • Pensiones
  • Periodismo
  • Personal Sanitario de la Seguridad Social
  • Pesca marítima
  • Prensa
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Profesorado
  • Protección Civil
  • Puertos autónomos
  • Radiodifusión
  • Radiotelevisión Española
  • Recaudación
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • RENFE
  • Renta de Aduanas
  • Retribuciones
  • Salarios
  • Sanidad
  • Seguridad Social
  • Seguro de crédito a la exportación
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Seguro obligatorio de vejez e invalidez
  • Servicio de Vigilancia Aduanera
  • Servicio Militar
  • Sistema tributario
  • Sociedades Anónimas
  • Sociedades de Inversión Mobiliaria
  • Sociedades públicas
  • Subvenciones
  • Tasas fiscales
  • Televisión
  • Tercera Edad
  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Títulos valores
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  • Tribunal Constitucional
  • Turismo
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